Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Senadores, en 28 de setiembre de 1842

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1842)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 28 de setiembre de 1842
CÁMARA DE SENADORES
SESION 30.ª EN 28 DE SETIEMBRE DE 1842
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL



SUMARIO. -Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. -Cuenta. -Estado de la Caja de Crédito Público. -Presupuestos de 1843. -Comision de venta del factor de estanco. -Efectos de la aprobacion parlamentaria de las cuentas de inversion. -Solicitud de don José Ramon Vargas i Berval. -Acta. -Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un proyecto de lei propuesto por el señor Egaña para declarar que la aprobacion parlamentaria de las cuentas de inversion no empece a los reparos que la Contaduría Mayor formule.
  2. De un oficio con que el Presidente del Crédito Público acompaña un Boletin i un estado de la Caja de esta institucion. (Anexos núms. 165 i 166.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Contestar al Presidente del Crédito Público que el Senado ha recibido el Boletin i el estado de la Caja.
  2. Aprobaren forma de proyecto de lei las observaciones formuladas por la Comision Mistado presupuestos. (V. sesion del 24 de Setiembre i el 1.º de Octubre de 1842).
  3. Que la Comision de Presupuestos traiga redactado un proyecto de lei que reduzca al uno por ciento la comision de venta del Factor de estanco. (V. sesiones del 5 de Octubre de 1842 i 1.º de Julio de 1829 i Cámara de Diputados en 1.º de Diciembre de 1828).
  4. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que declara que la aprobacion parlamentaria de las cuentas de inversion no empece a los reparos de la Contaduría Mayor. (V. la sesion siguiente).
  5. Aprobar en jeneral la idea de cancelar la responsabilidad del Ministro jubilado de la Tesorería Jeneral don José Ramon Vargas i Berval i la del finado don Nicolás Marzan. (V. sesiones del 24 de Setiembre i 3 de Octubre de 1842).

=== ACTA ===
SESION DEL 28 DE SETIEMBRE DE 1842

Asistieron los señores Irarrázaval, Alcalde, Bello, Benavente, Cavareda, Echevers, Egaña, Formas, Ovalle Landa, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de un oficio del Director de la Caja de Crédito Público en que acompaña un estado de las operaciones de dicha Caja durante los trimestres corridos desde el 1.º de Julio de 1841 hasta el 1.º de Julio del presente año i tambien un ejemplar del Boletin número 53 relativos a la amortizacion de los fondos públicos de seis por ciento, i se mandó archivar contestándose al oficio.

Pasó la Sala a considerar las observaciones hechas a los presupuestos por la Comision encargada de su exámen; i habiéndose suscitado una cuestion prévia sobre si era lei o acuerdo el objeto de la presente discusion, la Sala declaró por diez votos contra dos que se trataba de un proyecto de lei. Puesto éste en discusion jeneral i fijada la proposicion en los términos siguientes: "si se aprueba o nó el proyecto de pasar al Supremo Gobierno las observaciones contenidas en el informe de la Comision de Presupuestos", se adoptó la afirmativa por unanimidad.

Se procedió en seguida a la discusion por menor de dichas observaciones i fueron todas unánimemente aprobadas, oponiéndose sí el señor Vial del Rio a la forma en que se hallan redactadas, por considerar que deben redactarse como artículos de un proyecto de lei. Las observaciones son del tenor siguiente:

Departamento Del Interior

"Por la lei de 14 de setiembre de 1827 se autorizó al Gobierno para gastar anualmente diez mil pesos en los precisos objetos que ella señaló; i como esta autorizacion se halla aplicada ilegalmente a fines distintos, conviene estenderla a otros que sean de utilidad pública para que en las cuentas que deben llevarse a cada ítem del presupuesto, no aparezca esta ilegalidad",

Departamento de Guerra i Marina
Observaciones jenerales
  1. Que hai empleados muchos oficiales de milicias ganando sueldos del ejército, habiendo tantos veteranos que lo gozan sin hacer servicio efectivo.
  2. Que en la instruccion de las milicias se ocupan muchos individuos debiendo bastar en cada batallon o escuadron uno solo para desempenar las funciones de instructor i de mayor.
  3. Que muchas veces se destinan individuos de armas distintas como de caballería para al infantería o vice-versa para obtener así un sueldo mayor, porque el de caballería lo goza siempre i al de infantería se le aumenta.
  4. Que se hace igual señalamiento a muchos que obtienen comisiones.
  5. Que se destinan tambien instructores para cuerpos que existen solo en el nombre o que jamas se ponen en asamblea.
  6. Que los estados mayores o varios jefes tienen, un número excesivo de adictos o ayudantes, notándose en varios ser tan innecesarios que se emplean en distintas funciones o residen en diferentes lugares.
  7. Que existen muchas comisiones aparentes o de tan poca conocida utilidad i trabajo que podrían desempeñarse bien agregándolas o refundiéndolas en otras, como por ejemplo, la Calificadora de Servicios que debió residir en la Corte Marcial que es la que califica las calidades exijidas para el goce del montepío.
  8. Que en la misma Corte Marcial no entran jenerales como en primer lugarlo manda la lei de su institucion, lo que traeria a mas de otras ventajas, un ahorro efectivo, pues los jenerales gozan de sueldo entero aunque no sirvan.
  9. Las comisarías i mui principalmente la del Sur debían estar reunidas a las tesorerías, porque la reducida fuerza de nuestro ejército i armada no exije la multiplicidad de esas oficinas. Las comisiones informantes no desconocen las muchas dificultades que ofrece una refotma súbita de tantos abusos, pero tampoco puede autorizarlos con su silencio i ménos mirarlos el Congreso con indiferencia, ni dejar que el tiempo los sancione o aumente. Creer pues indispensablemente necesario que se acuerde de que estas observaciones se pasen al Gobierno para que teniéndolas presente dicte aquellas providencias que aconseja la justicia i exije el bien público.
Observaciones particulares

"La capitanía de puerto de Valparaiso se sirve actualmente por un oficial de artillería cívica, que tiene a mas la gratificacion de mesa cómo embarcado. Este destino debe servirse por un oficial de la Armada.

"La fragata Chile carece de un capellan, cuya plaza es de absoluta necesidad i debe abonarse el sueldo i mandar que se provea.

Departamento de Hacienda

"En la Contaduría Mayor se nota siempre la existencia de un oficial llamado de fé pública sin ser escribano ni haberse recibido ante el Tribunal que señala la lei, i lo mas estraño es todavía que sea un hijo del jefe de la oficina.

"Estando el Gobierno autorizado para reformar las oficinas de la Aduana de Valparaiso i no debiendo talvez quedar el número de empleados que existen en ellas, es de necesidad declarar conforme a las leyes que su precaria permanencia no da derecho a la propiedad de empleos, ni a otras reformas que las establecidas anteriormente. Tambien es preciso insistir en el abuso de mantener allí empleados unidos por parentesco dentro de los grados prohibidos por la lei.

"El resguardo de cordillera en la provincia de Coquimbo es mandado por un oficial del ejército i goza de ámbos sueldos, debe sólo tener uno".

En cuanto a la observacion dirijida a que el Sueldo del Factor del Estanco se reduzca al uno por ciento sobre la utilidad neta, sin que pueda pasar de cuatro mil pesos anuales, se acordó darle la forma de artículos de un proyecto de lei i se encargó su redaccion a los senadores miembros de la Comision de Presupuestos.

Se presentó redactado por el señor Egaña un proyecto de lei en que se establece que la aprobacion anual de las cuentas que presta el Congreso Nacional se entiende sin perjuicio de los reparos que hicieren las contadurías mayores, i puesto en discusion jeneral fué aprobado por unanimidad.

Habiendo asistido a esta sesion el señor Ministro de Hacienda en virtud de la citacion acordada, contituó la discusion jeneral del proyecto de lei iniciado por la Comision de hacienda de esta Cámara a consecuencia de la solicitud del Ministro Tesorero don Ramon Vargas i Berval, para que se concluya el exámen de las cuentas de su administracion. El señor Benavente hizo una indicacion para que se contrajese a don Ramon Vargas i al finado Ministro Tesorero don Nicolas Marzan la exoneracion de responsabilidad que concede el proyecto de lei en discusion; i esta indicacion fué aprobada en jeneral por unanimidad, dejándose su discusion por menor para la sesion próxima.

En este estado se levantó la presente quedando en tabla para la próxima los proyectos de lei i sobre presupuestos, aprobacion de cuentas, contribuciones, fuerza del ejército permanente i fenecimiento de las cuentas de los ministros tesoreros Vargas i Marzan. —IRARRÁZAVAL.


ANEXOS editar

Num. 165 editar

Acompaño a V. S. un estado de las operaciones de esta caja en los trimestres corridos desde el 1.° de Julio de 1841, hasta el 1.° de Julio del presente año i un ejemplar del Boletin número 5 relativo a la amortizacion de los fondos públicos del 6%, cuyos documentos se servirá V. S. elevar al conocimiento de la Sala.

Dios guarde a V. S. —Diego Antonio Barros. Miguel del Fierro, secretario. —Al señor Secretario de la Cámara de Senadores.


Núm. 166 editar

ESTADO DE LAS OPERACIONES DE LA CAJA DEL CRÉDITO PÚBLICO EN LOS TRIMESTRES CORRIDOS DESDE EL 1.° DE JULIO DE 1841 HASTA EL 1.° DE JULIO DE 1842.


Cargo


Existencia del trimestre vencido en 1." de Julio de 1841
$ 9552 2
Recibido de la Tesorería Jeneral por las asignaciones de los cuatro trimestres corridos desde el 1.º de Julio de 1841, hasta el 10 de Julio de 1842, a razon de 10,729 pesos 4 reales en cada trimestre
42,918
Total $ 43.873 2


Data


Intereses del trimestre de Octubre de 1840 que quedaron sin pagar
$ 114
Dhos. id. de Enero de 1841 id.
114
Dhos. id. de Abril de id. id. id.
114
Dhos. id. de Julio de id. id. id.
543
Dhos. id. de Octubre de id 
3,504
Dhos. id. de Enero de 1842
5,423
Dhos. id. de Abril de id
3,291
Dhos. id. de Julio de id
3,054 4
Amortizacion de 32,700 pesos en fondos públicos del 6 % cuyas cantidades i precios en cada trimestre se manifiestan por el BOLEITIN número 53 que se acompaña 
29,340 2
Total $ 43.557 6
Existencias por intereses no pagados $ 291
Sobrante de amortización $ 24. 4 315 4
Total $ 43,873 2


Santiago, 17 de Setiembre de 1842. —Diego Antonio Barros. —Miguel del Fierro.


Boletín núm. 53 de la Caja de Amortizacion


Estado que demuestra la cantidad de fondos públicos, reconocida por el Congrego Nacional hasta la fecha, la que se ha amortizido i la que existe en circulacion.


Lei de creacion A la circulacion Capital al 6%
1828 Diciembre 22 1829 Abril 1.º $ 600,000


Amortizacion
1829. Junio 22 al 53% De valor $  2,800

Agosto 8 al 24 i 24½ " 7,000

Diciembre 31 al 21⅜ i 22 " 7,700





1830. Marzo 21 al 19, 21½, 23 i 30 " 8,300

Mayo 24 al 23 i 25. " 8,600

Agosto 20 al 24 " 9,000

Noviembre 4 al 20 i 30. " 8,100





1831. Marzo 15 al 25 " 9,700

Mayo 28 al 25 " 10,300

Setiembre 10 al 27, 28 i 30. " 9,500

Diciembre 14 al 30, 32, 34 i 35. " 8,400





1832. Marzo 10 al 39 i 39½ " 7,500

Junio 9 al 39, 39½ i 40 " 7,800

Setiembre 6 al 41, 43½ i 45 " 7,200

Diciembre 5. al 43 i 44 " 7,600





1833 Marzo 2 al 43⅞ i 44. " 7,800

Junio 7 al 44 i 45 " 7,900

Setiembre 14 al 45, 46 i 47. " 7,900

Diciembre 10 al 47, 49 i 50. " 7,600





1834. Abril 8 al 58 " 6,700

Junio 13 al 60 i 65 " 6,100

Setiembre 6 al 65 i 68 " 6,000

Diciembre 4 al 69½ i 70. " 5,900





1835 Marzo 9 al 68½ i 69 " 6,200

Mayo 5 al 68 " 6,300

Julio 14 al 66 i 67.. " 6,700

Noviembre 19 al 691/2 i 75 " 6,400





1836. Febrero 6 al 68½, 70 i 73. " 6,700

Junio 4 al 75 " 6,300

Setiembre 15 al 72 " 6,700

Diciembre 10 al 70 " 7,000





1837 Marzo 14 al 67 i 67½ " 7,500

Junio 17 al 60 i 66 " 7,900

Setiembre 23 al 65, 66 i 67. " 8,000

Diciembre 14 al 65 i 66 " 8,300
Lei de creacio A la circulacion Capital al 6%
1828 Diciembre 22 1829 Abril 1.º $ 600,000


1838 Marzo 20 al 63, 64, 70 i 72. De valor 8,100

Junio 23 al 65, 66 i 74 " 8,300

Setiembre 22 al 73½ i 75 " 7,800

Diciembre 19 al 72 "
8,200





1839. Marzo 16 al 76 i 76½ " 7,800

Junio 13 al 75 i 82 " 7,800

Setiembre 9 al 84 " 7,400

Diciembre 6 al 79½ i 82 "
8,000





1840 Marzo 13 al 83, 85 i 86. " 7,600

Junio 6 al 85 i 90 " 7,400

Setiembre 3 al 89 i 96 " 7,400

Noviembre 27 al 89¾ i 89⅞ "
7,600





1841 Marzo 10 al 89⅞ i 90 " 7,700

Junio 8 al 89½ " 7,800

Setiembre 2 al 88½ i 89⅜ " 8,100

Diciembre 4 al 89, 89⅞ i 90. " 7,400





1842. Marzo 3 al 89, 90 i 92. " 8,800

Mayo 21 al 89¾ " 8,400




$ 401,000






Quedan en circulacion $ 199,000


Santiago de Chile, 21 de Mayo de 1842. —Miguel del Fierro.

Núm. 167 editar

S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores me ordena manifestar a V. S. que su asistencia a las sesiones es absolutamente necesaria por el corto número de las que quedan en el período actual, por la multitud e importancia de los asuntos pendientes i la gran dificultad que se esperimenta para reunir la Sala.

La sesion próxima tendrá lugar a las siete de la noche de mañana 1° de Octubre. —Dios guarde a V. S. —Santiago, Setiembre 30 de 1842. —Por secretaría a los señores Barros, Gandarillas i Portales.