Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Senadores, en 1 de octubre de 1842

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1842)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 1 de octubre de 1842
CAMARA DE SENADORES
SESION 26.ª EN 14 DE SETIEMBRE DE 1842
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL



SUMARIO. -Nómina de los asistentes. -Aprobacion del acta precedente. -Cuenta. -Prórroga de las sesiones ordinarias. -Academia militar. -Inventario de la Secretaría. -Presupuestos de 1843. —Cuenta de inversion de 1841. -Cobro de las contribuciones. -Inversion del sobrante de las rentas nacionales. -Fuerzas de mar i tierra. -Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha resuelto prorrogar por veinte dias las sesiones ordinarias. (Anexo núm. 168).
  2. De otro por el cual el mismo majistrado comunica que ha mandado estender carta de ciudadanía a favor de don Félix Ortiz Alcalde. (Anexo núm 169. V. sesion del 21 de Setiembre último).
  3. De otro con que la Cámara de Diputados devuelve aprobado el proyecto de lei que establece una academia militar. (Anexo núm. 170. V. sesion del 2 de Setiembre último).
  4. De una nota por la cual el Ministro de la Tesorería Jeneral don José María Berganza pide un inventario de los muebles i útiles de la secretaría. (Anexo núm 171. V. sesion del 31 de Agosto de 1839).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobierno que el Senado queda instruido de la prórroga de las sesiones.
  2. Comunicarle asimismo la lei que establece una academia militar.
  3. Que se forme i se remita a la Tesorería jeneral una relacion de los muebles i útiles de la Secretaría. (Anexo núm. 172).
  4. Aprobar las rebajas hechas por la Cámara de Diputados a los Presupuestos de 1843, hacer en ellos otras variaciones que constan en el acta i citar al Ministro de la Guerra para que informe sobre otras. (V. sesiones del 28 de Setiembre i 3 de Octubre de 1842).
  5. Aprobar el proyecto de lei que aprueba las cuentas de inversion de 1841 i que prohibe los gastos fuera de Presupuesto. (V. sesion del 21 de Setiembre i 5 de Octubre de 1842).
  6. Aprobar el proyecto de lei que declara que la aprobacion parlamentaria de las cuentas de inversion se debe entender sin perjuicio de los reparos que contra ella formule la Contaduría Mayor. (V. la sesion precedente i la Cámara de Diputados en 10 de Octubre corriente).
  7. Aprobar el proyecto que autoriza el cobro de las contribuciones. (V. sesiones del 21 de Setiembre de 1842 i 4 de Agosto de 1843).
  8. Aprobar el proyecto de lei que manda invertir el sobrante de las rentas nacionales en la amortizacion de las deudas del Estado. (V. sesiones del 21 de Setiembre de 1842 i 4 de Diciembre de 1844).
  9. Aprobar el proyecto de lei que fija las fuerzas de mar i tierra. (V. sesiones del 24 de Setiembre i 28 de Octubre de 1842).

ACTA editar

SESION DEL 1.º DE OCTUBRE DE 1842

Asistieron los señores Irarrázaval, Alcalde, Barros, Bello, Benavente, Cavareda, Echevers, Egaña, Formas, Ortúzar, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior se dió cuenta de dos notas del Presidente de la República en la primera de las cuales anuncia haber acordado prorrogar por veinte dias mas las sesiones de las Cámaras Lejislativas i se mandó acusar recibo de ella i archivarla. En la segunda avisa el Presidente de la República haber mandado estender carta de naturaleza a favor de don Félix Ortiz Alcalde; i se mandó archivar. Se leyó un oficio de la Cámara de Diputados en que devuelve aprobado sin variacion alguna el proyecto de lei sobre establecimiento de una Academia Militar i se mandó comunicar al Presidente de la República.

Se dió cuenta de un oficio del Ministro de la Tesorería Jeneral don José María Berganza en que pide al secretario de esta Cámara una relacion de los muebles i demás útiles existentes en la Secretaría i Sala; i se mandó dar la relacion que se pide.

Se procedió a la discusion por menor del proyecto de lei en que se fijan los Presupuestos para el año venidero, i fueron unánimemente aprobadas todas las rebajas acordadas por la Cámara de Diputados, deduciéndose ademas $ 6,000 de la cantidad pedida para suscripcion a periódicos particulares, en virtud de una indicacion que hizo el señor Egaña i que la Sala aprobó por ocho votos contra cuatro. Se aprobó tambien el aumento de $ 8,000 para gastos estraordinarios a los dos mil asignados con este objeto en el presupuesto del departamento de Relaciones Esteriores. Las rebajas acordadas recaen sobre las siguientes partidas:

Al presupuesto del Ministerio del Interior, se rebajan las partidas siguientes:

  1. $ 365 por el sueldo de un oficial ausiliar de la oficina de Correos;
  2. $ 10,468 6 reales de la cantidad pedida para suscripciones a periódicos particulares;
  3. $ 150 que se pedian para costear el local de la oficina de Correos de Valparaiso;
  4. $ 2,256 por el sueldo del Gobernador del puerto Constitucion.

Del presupuesto del Ministerio de Justicia se rebajan $ 209 1 real que se abonan al Secretario de Cámara don José Camilo Gallardo que disfruta el sueldo de sarjento mayor retirado.

Del presupuesto del Ministerio de Guerra i Marina se rebajan las partidas siguientes:

  1. $ 1,296 sueldo de don Isidro Vergara que ha fallecido.
  2. $ 900 sueldo menor de dos que aparécen señalados a un individuo que es sarjento mayor de un batallon de Cívicos de esta ciudad, i sirve tambien una plaza en el Ministerio del Interior, miéntras los dos empleos estén desempeñados por una misma persona.
  3. Se rebajan $ 3,380 consultados en el presupuesto para dotar las mayorías de plaza de Chiloé i Valdivia, un ayudante de plaza en Coquimbo, i el alquiler de casa para la mayoría de Valparaiso.
  4. $ 950 sueldo del oficial de marina don Pablo Délano por haber fallecido.

Del presupuesto del Ministerio de Hacienda se rebajan las partidas siguientes:

  1. $ 500 de un fundidor de la Casa de Moneda que estaba suspenso i ha fallecido;
  2. $ 2,330 que se asignan a una mesa de la Contaduría Mayor destinada al exámen de cuentas rezagadas;
  3. $ 241 intereses del capital de $ 6,040 que el Fisco no debe abonar por no haber tenido efecto la compra del fundo que se iba a tomar en esa cantidad para la Sociedad de Agricultura.

En seguida se tomaron en consideracion las rebajas propuestas por la Comision de presupuestos i no contenidas en el proyecto de lei remitido de la otra Cámara. Se convino en no insistir en la rebaja de $ 150 del sobresueldo que se abona al oficial de pluma de la secretaría del Consejo de Estado, dejando coirer esta partida como aparece en los presupuestos. Las deducciones que a continuacion se copian fueron unánimemente aprobadas, con escepcion de la primera contra la cual resultó un voto.

En el Ministerio de Guerra existe tambien un oficial auxiliar de pluma i por las razones aducidas anteriormente i lo espresado por el señor Ministro se baja a $ 365.

En la Inspeccion Jeneral se consideran los sueldos de algunas plazas vacantes i debiendo ellas llenarse con oficiales que las tienen asigna das en otros lugares se bajan, para que no aparezcan duplicadas las partidas $ 5,748.

En los cuerpos cívicos hai sarjentos veteranos i a mas uno de brigada. Las guardias de prevencion se hacen por sarjentos de milicias i por dos cabos, lo que no está proporcionado a la fuerza i centinelas que cubren. Deben, pues, hacerse por un sarjento veterano i por un solo cabo: i así se bajan los diarios que en los cuatro batallones de la capital ascienden a $ 912 4 reales.

Existe en Concepcion un sarjento mayor retirado que está empleado en distinta carrera, i por las razones que a otros se ha negado el goce de sueldos dobles debe tambien bajarse a éste del sueldo civil $ 480.

En la factoría de Valparaiso, atendiendo a las indicaciones que ha hecho el señor Ministro, i al nuevo destino que piensa darle se baja el sueldo de un oficial auxiliar que son $ 365.

Se dejaron para segunda discusion la rebaja del sueldo del Director de las Escuelas Dominicales i la de $ 5,748 que se consideran en el presupuesto para las dotaciones de las mayorías de plaza de Valparaiso, Valdivia, Chiloé i la Serena, siendo la rebaja acordada por la Cámara de Diputados en razon de esta partida solo de la cantidad de $ 3, 380; i se acordó solicitar la asistencia del señor Ministro de la Guerra a la sesion próxima para oir lo que tuviere a bien esponer sobre estas dos partidas.

Se procedió a la discusion por menor del proyecto de lei número 2 que fué unánimemente aprobado en la forma siguiente:

Artículo único. Se aprueba la cuenta de la inversion de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública en el año pasado de 1841. Se aprobaron en jeneral i en particular las observaciones emitidas por la Comision de presupuestos sobre los gastos del año pasado, agregándose una cláusula al fin de la primera i suprimiéndose otra al fin de la última en la forma siguiente:

  1. Que no puede gestarse lo que no está en el presupuesto a no ser que sea en ocurrencias estraordinarias, o porascensos de algunos empleados, jubilaciones, montepíos, etc , ni pueden jirarse libranzas ni cubrirse por las Tesorerías sin designarse la parte del presupuesto en que se autoriza aquel gasto conforme a lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitucion;
  2. Que se hacen anticipaciones a empleados civiles i militares, lo que es prohibido por las leyes i solo dispensado en los casos que lo exija el servicio público;
  3. Que se señalan sueldos a los oficiales de milicias, cuando se ocupan como fiscales en la instruccion de procesos;
  4. Que a los cuerpos del ejército permanente se les han triplicado las cantidades concedidas en los presupuestos para luz i lumbre, en virtud, segun se dice, de un reglamento de 1822, que no debia estar en uso, ni pudo hacerse recibir despues de la lei de presupuestos;
  5. A la Intendencia de Santiago se le abonan $ 600 para casa, i sin embargo se han gastado $ 200 mas en pagar la que ocupa su secretaría.

Se procedió a la discusion por menor del proyecto de lei en que se declara que la aprobacion de las cuentas por el Congreso no salva los reparos que hicieren en su revision las oficinas contadoras: i fué aprobada por unanimidad en la forma siguiente:

Artículo único. La aprobacion anual que, en conformidad de lo dispuesto en el párrafo 1.º, artículo 36 de la Constitucion, prestare el Congreso a la cuenta de la inversion de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública, se entiende sin perjuicio de los justos reparos que las contadurías mayores o cualquiera otra autoridad competente, hicieren en la glosa i fenecimientos de cuentas a los que presentaren las tesorerías, oficinas, o cualquiera personas encargadas de la exaccion o administracion de fondos públicos, o de cualquiera otra manera responsables de ellos.

Los proyectos de lei número 3.º i número 4º.de los iniciados por la comision de los presupuestos, fueron consecutivamente puestos en discusion i aprobados por unanimidad en la forma que sigue:

PROYECTO DE LEI NUMERO 3.º

Artículo único. El Congreso Nacional, en virtud de la atribucion que le concede la parte 3.ª del artículo 37 de la Constitucion, decreta que las contribuciones establecidas legalmente subsistirán por el término de dieciocho meses, contados desde la promulgacion de esta lei.

PROYECTO DEL LEI NÚM. 4 .º

Artículo primero. Se autoriza al Gobierno para que invierta en la amortizacion de la deuda nacional, los sobrantes que haya despues de cubiertos los presupuestos.

Art. 2.º Esta autorizacion durará por el término de tres años, concluidos los cuales, dará cuenta al Congreso de las cantidades invertidas, de las amortizadas i del precio de las amortizaciones.

Ultimamente se discutió por menor i resultó unánimemente aprobarlo el proyecto de lei en en que se fija la fuerza del ejército permanente para el año venidero, i es del tenor siguiente:

"La fuerza del ejército permanente de tierra, para el año de 1843, será de dos mil doscientas dieciseis plazas, distribuidas entre las tres armas de artillería, infantería i caballería. Las fuerzas de mar se compondrán de una fragata i de dos buques menores". En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima los puntos pendientes del proyecto de lei sobre presupuestos i los que tratan sobre la pena en que incurren los chilenos que hicieren el tráfico de esclavos, de la visita judicial, de nombramientos i dotacion de jueces i del fenecimiento de las cuentas de los ministros tesoreros Vargas i Marzan. —IRARRÁZAVAL.


SESION DE 1.º DE OCTUBRE [1]

(Esta sesion fué remitida oportunamente a la imprenta i por un olvido quedó sin publicarse). Se abrió a la una i acabó a las dos i tres cuartos de la tarde. Leida i aprobada el acta, se dió cuenta de un oficio del Gobierno prorrogando por veinte dias las sesiones del Congreso i de un informe de la comision en una solicitud de carta de ciudadanía. Tuvieron el trámite correspondiente i en seguida pasó la Sala a considerar las observaciones hechas a los presupuestos del año venidero. Despues de algunas lijeras discusiones, aprobó las siguientes:

Al Ministerio del Interior se rebajan:

  1. $ 165, sueldo de un oficial ausiliar de la oficina de Correos;
  2. $ 10,468 de la suma pedida para suscripcion a periódicos particulares;
  3. $ 150 del alquiler de la oficina de Correos que no se ha tomado; i
  4. $ 2,250, sueldo del Gobernador del puerto de Constitucion.

Del presupuesto del Ministerio de Justicia se rebajan $ 209 1 real, menor sueldo de dos que gozaba el secretario de Cámara don José Camilo Gallardo.

Del de Guerra i Marina se rebajan:

  1. $ 1,296, sueldo de don Isidro Vergara;
  2. $ 900, sueldo de don Manuel José Jara, mayor del batallon cívico núm. 1;
  3. $ 3,380 que se piden para dotar las mayorías de plaza de Chiloé i Valdivia, un ayudante de plaza en Coquimbo i el alquiler de casa para la mayoría de Valparaiso; i "
  4. $ 959, sueldo del oficial de marina don Pablo Délano, que ha fallecido.

Del de Hacienda se rebajan:

  1. $ 500 de un fundidor de la Casa de Moneda, que ha fallecido;
  2. $ 2,330 que se asignan a una mesa de la Contaduría, destinada al examen de cuentas rezagadas;
  3. $ 241, intereses del fundo que iba a comprarse para la Sociedad de Agricultura.

Al de Guerra se rebajan, ademas, $ 365 de un ausiliar, $ 5.748 de la suma pedida para sueldos de la Inspeccion Jeneral, $ 912 de los diarios que se dan a los batallones cívicos de Santiago i $ 480 a un sarjento mayor letirado que goza de doble sueldo en Concepcion.

A la Factoría de Valparaiso se rebajaron tambien $ 365, sueldo de un oficial ausiliar que no necesita.

Se dejaron para segunda discusion la rebaja del sueldo del director de escuelas dominicales i la de $ 5,748 que se consideran en el prespuesto para dotacion de las mayorías de plaza de la Serena, Valparaiso, Valdivia i Chiloé, se acordó citar a ellas al señor Ministro de la Guerra. Despues se aprobaron en jeneral i particular las observaciones hechas por la comision de presupuestos sobre los gastos públicos del año pasado, agregándose que no puede el Gobierno gastar mas de las partidas del presupuesto, a no ser que ocurran circunstancias estraordinarias, i que no pueda jirar libranzas ni cubrirlas la Tesorería jeneral si no se designa, conforme al artículo 155 de la Constitucion, el capítulo del presupuesto que menciona aquel gasto.

Aprobóse de seguido, en jeneral, unánimemente i sin debate el artículo único de un proyecto de lei en que se manda que "la aprobacion de cuentas que haga el Congreso, no salva en ningun caso los reparos que hagan en su revision las oficinas contadoras".

En particular, se aprobaron despues los proyectos números 3 i 4 iniciados por la comision de presupuestos, sobre contribuciones i amortizacion de la deuda nacional.

Se aprobó, asimismo, otro que dispone que la fuerza del ejército de tierra en el año pióximo sea de 1,216 plazas i la de mar conste de una fragata i dos buques menores. Aquí se levantó la sesion, quedando en tabla para la siguiente la continuacion de los presupuestos, el proyecto sobre tráfico de esclavos, el de visita judicial, nombramiento i dotacion de jueces i fenecimiento de cuentas de los tesoreros Vargas i Marzan.


ANEXOS editar

Núm. 168 editar

Estando al concluir la prórroga de treinta dias de sesiones que con arreglo a la atribucion concedida por la parte 4.ª del artículo 82 de la Carta Constitucional acordó el Gobierno con fecha 30 del mes anterior, i no habiéndose llenado el objeto con que dicha prórroga fué acordada, pues que pende todavía en ámbas Cámaras la resolucion de importantes proyectos sometidos a su deliberacion, en uso de la facultad que me está conferida he acordado prorrogar nuevamente las sesiones de la lejislatura por veinte dias mas que principiarán a contarse desde el 1.º del próximo mes de Octubre. Lo comunico a V. E. pata el conocimiento de la Cámara que preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 29 de 1842. —Manuel Búlnes. Ramon Luis Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 169 editar

Conforme al acuerdo de la Cámara de Senadores, que V. E. me ha trascrito con fecha 24 del presente, he mandado estender la correspondiente carta de naturaleza a favor de don Félix Ortiz Alcalde; lo que pongo en conocimiento de V. E. en contestacion a su citada nota.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 27 de 1842. -Manuel Búlnes. -Ramon Luis Irarrázaval. -A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 170 editar

Devuelvo a V. E. el proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República para establecer nuevamente la Academia militar, despues de haberle prestado su aprobacion esta Cámara en los mismos términos que lo hizo la que V. E. preside.

Dios guarde a V. E. -Santiago, Setiembre 26 de 1842. —JOSÉ JOAQUIN PÉREZ. José Miguel Arístegui, Diputado Secretario. -A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 171 editar

En el juicio de las cuentas del 4.º trimestre de 1841 de la responsabilidad del Ministro Tesorero que suscribe, la Contaduría Mayor, con fecha 13 del actual, ha puesto la siguiente prevencion:

"En los inventarios de esa tesorería jeneral practicados en fin de Diciembre del año de esta cuenta, se echa ménos en ellos el del Ministerio de Hacienda, Cámara del Senado, la de Diputados i el de la Corte Suprema, por lo que se encarga al Ministro responsable lo practique en la relacion que debe presentaren fin de Diciembre de 1842".

Lo trascribo a Ud. a fin de que se sirva pasar a esta oficina una relacion de los muebles i demás útiles que existan en la Sala i Secretaría de la Cámara de Senadores, para anotarlos en los inventarios que deben practicarse en fin del corriente año.

Dios guarde a Ud. —Santiago, Setiembre 28 de 1842. —José M. Bergansa. —Señor Secretario de la Cámara de Senadores.


Núm. 172 editar

Incluyo la razon de los muebles que existen en la Secretaría i Sala del Senado, que V. S. se sirvió pedirme en oficio de que contesto.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Diciembre 31 de 1842.


Núm. 173 editar

Se ha puesto en conocimiento de esta Cámara la nota en que V. E. me comunica haber acordado prorrogar las sesiones del Congreso por veinte dias mas contados desde el 1.º del corriente. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 4 de 1842. —A S E. el Presidente de la República.


  1. Esta sesion ha si lo tomada de El Semanario de Santiago, núm. 16, de 20 de Octubre de 1842. -(Nota del Recopilador)