Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1841/Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de agosto de 1841

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1841)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de agosto de 1841
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 31 ORDINARIA, EN 20 DE AGOSTO DE 1841
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO DE EYZAGUIRRE


SUMARIO.— Nómina de los asistentes.— Aprobacion del acta precedente.— Cuenta.— Solicitudes de doña Teresa Lazo i de doña Nicolasa Romero.— Id. de doña Cármen i doña Rosario Bascuñan.— Acusacion contra el Intendente de Coquimbo.— Sueldo de los jueces.— Solicitud de doña Cármen Carrera, viuda de Gormaz.— Id. de doña Cármen Ibáñez, viuda de Briceño.— Acta.— Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision Militar sobre la solicitud de doña Teresa Lazo. ( V. sesiones del 9 de Julio i del 23 de Agosto de 1841.)
  2. De otro informe de la misma Comision sobre la solicitud de doña Nicolasa Romero, viuda de Segovia. (Anexo núm. 400. V. sesion del 28 de Julio próximo pasado.)
  3. De una solicitud entablada por doña Mercedes, doña Cármen i doña Rosario Bascuñan, en demanda de que se les conceda alguna pension en mérito de los servícios que su padre don Juan Rafael Bascuñan prestó a la República. (Anexos núms. 401 i 402)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Peticiones informe sobre la solicitud de doña Cármen, doña Mercedes i doña Rosario Bascuñan. (V. sesion del 17 de Setiembre venidero.)
  2. Tratar en la próxima sesion de la acusacion entablada contra el Intendente de Coquimbo. ( V. sesiones del 4 i del 23.)
  3. Dejar pendiente la discusion jeneral del proyecto de lei que aumenta los sueldos de los jueces. (V. sesiones del 18 i del 23.)
  4. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a doña Cármen Carrera, viuda de Gormaz, en la forma en que lo aprobó el Senado. (V. sesion del 18.)
  5. Devolver a doña Nicolasa Romero de Segovia la solicitud que ha entablado en demanda de montepío, a fin de que la presente aparejada de todos los antecedentes. necesarios. (V. sesion del 27.)
  6. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a doña Cármen Ibáñez, viuda de Briceño. (V. sesiones del 28 de Julio de 1841 i del 16 de Junio de 1843.)

===ACTA===
SESION DEL 20 DE AGOSTO DE 1841

Se abrió con los señores Cerda, Cobo, Concha, Correa don Luis, Covarrúbias, Echeñique, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fórmas, Gana, Huidobro, Iñiguez don Pedro Felipe, Larrain, López, Ovalle, Ortúzar, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Prado, Reyes don Ignacio, Rozas Urrutia, Solar, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Ramón, Vicuña i Arístegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos informes de la Comision Militar, en las solicitudes de doña Teresa Lazo i doña Nicolasa Romero, i quedaron en tabla para discusion.

Se dió cuenta, así mismo, de una peticion de don Pedro Nolasco Bascuñan, a nombre de sus hermanas doña Cármen i doña Rosario, para que se les conceda una pension, i se remitió a la Comision de Peticiones.

El señor Concha pidió que se tratase con preferencia la acusacion del Intendente de Coquimbo, en atencion a estar próximo a concluirse el período ordinario de las sesiones del Congreso, i la Cámara acordó ocuparse de ella en la sesion inmediata.

Continuó la discusion jeneral del proyecto sobre dotacion de jueces, i quedó pendiente sin resolverse.

A segunda hora, se tomó en consideracion el acuerdo del Senado para que se reconsidere por esta Cámara la parte que adicionó al proyecto de decreto en que se concede una pension alimenticia a doña Cármen Carrera, viuda del contador don Manuel Gormaz, i la Sala, adhiriendo al dictámen de la Comision de Hacienda, acordó la supresion de dicha adicion.

Igualmente, en conformidad del parecer de la Comision Militar, se mandó devolver su solicitud. a doña Nicolasa Romero para que la acompañe con todos sus antecedentes.

Por último, se puso a discusion el proyecto de decreto propuesto por la Comision de Lejislacion en favor de doña Cármen Ibáñez, i se aprobó por mayoría, en los términos siguientes:

"artículo único. Se concede a doña Cármen Ibáñez, viuda del contador mayor don Francisco Solano Briceño, la cantidad de 25 pesos mensuales." Con lo cual se levantó la sesion.— Eyzaguirre.— José Miguel Arístegui, diputadosecretario.


ANEXOS editar

Núm. 400 editar

La Comision Militar ha examinado la solicitud de doña Nicolasa Romero viuda del ayudante mayor don Cipriano Segovia, i no estando instruida de los fundamentos que obligaron a los señores Ministros del Tesoro i Tribunal de Justicia, a negar el derecho de montepío a la espresada señora, opina que este espediente debe devolverse a la interesada para que acompañe todos los antecedentes.

Sala de la Comision.— Santiago, Agosto 20 de 1841.— Agustin López.— Carlos Formas.— José Francisco Gana.


Núm. 401 editar

Excmo. Señor:

Don Pedro Nolasco Bascuñan, por mis hermanas doña Mercedes, doña Cármen i doña Rosario, hijas de don Juan Rafael Bascuñan, a V. E. respetuosamente digo:—Que la absoluta orfandad en que éstas han quedado por consecuencia de la irreparable pérdida de nuestro padre, quien solo nos legó por patrimonio un nombre sin mancha i el recuerdo de importantes servicios a la Patria, me obligan a elevar a V. E. la voz de una familia que merece su atencion i que no duda encontrarla en la sabiduria i justicia del Congreso. Para decidirla mejor trazaré lijeramente, no el cuadro lastimoso de la posicion actual de las hijas de un patriota, sino los servicios de éste, desde la época difícil de 1810 hasta la de 38, en que tuvimos la desgracia de perderlo.

Mi padre, Excmo. Señor, con un patrimonio regular, bastante para no cifrar su dicha en la renta de un empleo, se presentó voluntariamente al servicio de las armas, cuando era tan incierto i oscuro el porvenir de la República, pero sí cuando él concibió que la Patria era preferible a todo, i que ella necesitaba de su débil esfuerzo. Esta determinacion fué acojida por nuestra primera Junta Gubernativa, con el interes que merecía, i en su consecuencia, le honró en dos de Diciembre de 1810 con el título de Capitan del rejimiento de Granaderos de Chile, que se rejistra a fs... del espediente adjunto. El fiel desempeño de este cargo, su decision por la santa causa de la libertad i sus fuertes compromisos, a este fin le hicieron acreedor cada vez mas a la consideracion de los primeros padres de la Patria, como se ve por la honorífica exaltacion que tuvo a Teniente Coronel del mismo rejimiento en 9 de Abril de 1811. Será demás recordar a V. E. que mi padre tuvo en el aquel entónces una pequeña parte en la jornada del Ejército a que pertenecía, porque mereciendo la alta confianza del Gobierno, era empleado en comisiones de la mayor importancia. No obstante, los acontecimientos posteriores lo acreditan. Ocupada la capital por el Ejército español, fué mi padre perseguido, preso i desterrado a Juan Fernández; los padeci míentos de este destierro son inesplicables i quizá no faltará en el Soberano Congreso quien los recuerde, quien dé a ellos su verdadero valor. Pero no pararon aquí los infortunios de mi familia; entónces mi madre, rodeada de pequeños hijos, fué tambien perseguida con la crueldad que los enemigos acostumbraban i desterrada a Melípilla, quedando nuestra fortuna en manos de ellos i nosotros reducidos casi a la mendicidad.

Restablecido el pais volvió mi padre de su destierro, pero quebrantada su salud se vió impelido de hacer dimision de su empleo militar. Pensó entónces en atender a su fortuna, pero ya era tarde, i el Gobierno mismo le dió como por premio en 10 de Abril de 1817 el empleo de Vista de la Aduana de Santiago. Entusiasta cual ninguno por la libertad, hizo en 1822 la campaña libertadora del Perú, en clase de Comisario de guerra, i conseguido el objeto a su vuelta a Chile se le colocó en 824 en el empleo de Contador Mayor de la Renta de Correos, que sirvió hasta su fallecimiento.

Aun hai mas, de sus hijos dedicó cuatro al servicio de las armas, que lo fueron don Juan Manuel, don José Antonio, don Francisco Javier i don José Joaquin; de los cuales los dos primeros murieron en el servicio i en acciones de guerra. No creo ajeno de mi solicitud manifestar aquí que mis hermanos, sin legales sucesores a su fallecimiento, dejaron a favor del Fisco aquella porcion que éste les descontó durante su vida para montepío.

Si estas consideraciones, que son casi de rigorosa justicia, unidas a los servicios prestados por mi padre en la época de nuestra emancipacion como militar, i a su acrisolada honradez en los diversos i delicados cargos civiles que desempeñó, i que he trazado verdadera i fielmente no bastan para limitar la voluntad del Congreso a favor de mis hermanas,lógrelo siquiera la circunstancia de ser huérfanas de padre i madre para que la Soberanía Nacional estienda a ellas una mano bienhechora, declarándole una pension pia correspondiente a su rango i condicion.— Excmo. Señor.— Pedro Nolasco Bascuñan.


Núm. 402 editar

S.C.M.

Don Pedro Nolasco Bascuñan, a US. con el respeto debido digo: que, habiéndose estraviado por una lamentable casualidad los títulos orijinales que comprobaban los servicios prestados a la República por mi querido padre don Juan Rafael Bascuñan, desde el año de 1810 al de 38, en que falleció, tanto en la carrera militar como en la civil, los que deben existir tomados en razon de los libros de la oficina de su cargo, i conviniendo a mi derecho tener copias testimoniadas de ellos para acreditarlos segun convenga.

A US. suplico tenga a bien ordenar se me den por el oficial archivero.— Es gracia en justicia, etc.— Pedro Nolasco Bascuñan.


Contaduria Mayor, Agosto 9 de 1841.— Dése por el archivero los certificados de los títulos que ha obtenido el finado don Juan Rafael Bascuñan, previo el visto-bueno del 4.° contador de resultas.— Novoa.


El oficial archivero de esta Contaduria Mayor, en cumplimiento del decreto que antecede del señor contador mayor, procede a dar las copias que en él se ordena, i son como siguen:

La Junta Provisional Gubernativa del Reino de Chile, instalada a nombre del señor don Fernando VII para conservacion de sus dominios, etc. Por cuanto atendiendo al mérito i servicios de don Juan Rafael Bascuñan, ha venido en conferirle el empleo de Capitan de la tercera compañía del batallón veterano de infanteria de Granaderos de Chile, por tanto, manda al Comandante de dicho cuerpo dé la órden conveniente para que se le ponga en posesion de la referida compañía i a los oficiales i soldados de ella para que le reconozcan, i respeten por su Capitan, obedeciendo las órdenes que les diere del real servicio, por escrito i de palabra, sin réplica ni dilacion alguna i que así como los demás cabos mayores i menores, oficiales i soldados del Ejército de este reino, le hagan i tengan por tal Capitan, guardándole i haciéndole guardar las honras, preeminencias i exenciones que le tocan i deben serle guardadas bien i cumplidamente, que así es la voluntad de S M. en virtud de este despacho de que se tomará razon en la tesoreria jeneral de Ejército i real de hacienda, en la que se le formará el asiento correspondiente de dicho empleo con el sueldo designado de cincuenta i cinco pesos mensuales.

Que es dado en la ciudad de Santiago de Chile, a 22 de Diciembre de 1810.— El Conde de la Conquista.— Fernando Márquez de la Plata.— Dr. Juan Martínez de Rozas.— Ignacio de la Carrera.— Francisco Javier de Reina.— Juan Enrique Rosales.— José Gaspar Marin, secretario.

La Excelentísima Junta confiere la tercera compañía del batallón veterano de Granaderos de Chile, nuevamente creado, a don Juan Rafael Bascuñan.

Otro. Entre una relacion de títulos espedidos a favor de varios oficiales del nuevo batallón de Granaderos de Chile, aparece don Juan Rafael Bascuñan de Teniente-Coronel graduado. Su fecha 9 de Abril de 1811.

Así consta a fs. 58 i 88 del libro de tomas de razon número 18.

Otro. El Director Supremo del Estado de Chile, Brigadier i Jeneral en jefe de los Ejércitos de la Patria, don Bernardo O'Higgins. Por cuanto en la administracion de Aduana de esta capital se halla vacante el empleo de segundo vista i sea preciso proveerlo en persona de aptitud i decidido patriotismo para su desempeño. Por tanto, atendiendo a los méritos i servicios que tiene contraidos en la carrera militar el Coronel que fué de Granaderos de Chile, don Juan Rafael Bascuñan i que en este individuo residen las dos cualidades necesarias al efecto indicado, he venido en nombrarle como lo elijo i nombro por tal, segundo vista de la citada casa de Aduana. En cuya consecuencia, ordeno i mando lo hagan i reconozcan por tal, guardándole i haciéndole guardar todas las honras, fueros, gracias i preeminencias que por razon de aquel empleo le correspondan, para todo lo cual le mando espedir el siguiente titulo firmado de mi mano, sellado con sello de las armas del Estado i autorizado por mi escribano mayor de Gobierno i de la Guerra, del que se tomará razon en las oficinas que corresponda.

Dado en la sala del despacho de Santiago de Chile, a 10 de Abril de 1817.— Bernardo O'Higgins.— Juan de Dios Romero, escribano mayor de Gobierno i de la Guerra.

S. E. confiere título de segundo vista de la administracion de Aduana de esta capital a don Juan Rafael Bascuñan.

Así consta a fs. 79, tomo 21 de tomas de razon de decretos i títulos.

Otro. El Director Supremo, etc., atendiendo a los méritos i servicios de don Juan Rafael Bascuñan, he venido en conferirle el empleo de Comisario del Ejército de Chile, Libertador del Perú, con sueldo de 4,000 pesos anuales, concediéndole las gracias, etc.

Dado en el Palacio directorial de Santiago de Chile, a 15 de Junio de 1822.— Bernardo O'Higgins.— José Antonio Rodríguez.— Se tomó razon en 15 de dicho.

Así consta a fs. 139 vuelta, tomo 23 de tomas de razon de títulos.

Otro.— Santiago, Julio 28 de 1824.

Habiendo representado la Contaduria Mayor el atraso en que se hallan las cuentas de la Administracion Jeneral de Correos i la imposibilidad de presentarlas por no estar provistas sus plazas, consultando el Gobierno la economía con el mejor servicio público, ha acordado i decreta:

artículo primero.— Nómbrese a don Juan Rafael Bascuñan para el empleo de contador, vacante por renuncia de don José Ignacio Sánchez, con el sueldo de reglamento i cesando el medio de comandante del resguardo que hoi disfruta.

art. 2º.— Póngase un oficial auxiliar en el sueldo de quinientos pesos.

art. 3º.— Nómbrase para este destino a don José Antonio Prieto.

Tómese razon y transcrib a quienes corresponda e imprímase.— "Freire.— Benavente.

Se tomó razon en 1.° de Agosto de dicho.

Así consta de los libros i fojas citadas.

Contaduria Mayor.— Agosto 10 de 1841.— José Agustin Várgas, primer archivero.— V.° B.° —DIEGO A. TAGLE.