Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1841/Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de noviembre de 1841

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1841)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de noviembre de 1841
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 6.ª ESTRAORDINARIA EN 12 DE NOVIEMBRE DE 1841
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Nómina de los asistente?. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Inclusion de nuevos asuntos en la convocatoria. —Derechos de depósito i Aduana de Valparaíso. —Junta revisora de los trabajos de codificacion. —Proyecto de réjimen interior. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

A PRIMERA HORA

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha resuelto incluir en la convocatoria los dos proyectos del Senado sobre formación i presentacion de los presupuestos. (Anexo núm. 8. V. sesion del 19 de Octubre último.)
  2. De otro oficio por el cual el mismo majistrado propone un proyecto de lei que le autoriza de nuevo para establecer los derechos de depósito i para reformar la Aduana de Valparaíso. (Anexo núm. 9. V. sesiones del 29 de Agosto i 18 de Diciembre de 1840.)
  3. De otro oficio por el cual el mismo majistrado propone que se proceda a nombrar los miembros de la junta revisora de los trabajos de codificacion. Anexo núm. 10. V. sesion del 19 de Octubre i 19 dé Noviembre de 1841.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda informe el proyecto de leí relativo a los derechos de depósito i a la reforma de la Aduana de Valparaíso.
  2. Aprobar los artículos lio a 147 del proyecto de réjimen interior salvo el 121 i el 122 que se dejaron para discutirlos en la sesion especial acordada. (V. sesiones del 8 i el 15.)

CUENTA editar

A SEGUNDA HORA

Se da cuenta de un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para fijar de nuevo los derechos de depósito i para reformar la Aduana de Valparaíso. (Anexo núm. 11. V. sesion del 15.)

ACTA editar

SESION DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 1841

Se abrió con los señores: Bernales, Cerda, Concha, Correa don Luis, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Gana, Gatica, Iñiguez don Vicente, Irarrázaval, López, Meneses, Montt, Ovalle, Palacios don Juan José, Palazuelos, Plata, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Renjifo, Seco, Solar, Tocornal Grez, Várgas, Velázquez, Vergara, Vial don Ramon, Vial don Antonio, Vidal, Urriola i Aristegui.

Aprobada el acta de la sesión anterior se leyeron tres oficios del Presidente de la República: el primero designando en el número de los asuntos de que deben ocuparse las Cámaras en el actual período estraordinario, los dos proyectos acordados por el Senado relativos a la formacion i presentación de los presupuestos de gastos de la administración pública; el segundo pidiendo se le autorice para establecer nuevamente los derechos de depósitos i reformar el réjimen de la Aduana de Valparaíso, i se remitió a la comision de hacienda, i el tercero para que se nombren los individuos que deben componer la junta revisora del Código Civil.

Continuó la discusion del proyecto de lei del réjimen interior desde el artículo fio hasta el 147, habiéndose reservado el 121 i 126 para la sesión siguiente.

Por último se leyó el informe de la Comision de Hacienda en la autorización pedida por el Ejecutivo en el mensaje de que arriba se hizo mención, i quedó en tabla para discutirse, con lo que se levantó la sesión. —José Ignacio de Eyzaguirre —José Miguel Aristegui, Diputado-Secretario.


ANEXOS editar

Núm. 8 editar

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Sabedor el Cobierno por comunicación oficial de la Cámara de Senadores de que se han iniciado i están pendientes en el Congreso dos proyectos de lei, el uno sobre la formacion de los presupuestos para los gastos de la administracion pública, i el otro sobre el tiempo en que aquellos deben presentarse a la Lejislatura, i el modo como ésta debe espedirse en su exámen i en el de la cuenta de los fondos ya invertidos; i considerando de la mayor importancia la materia sobre que se versan dichos proyectos, ha acordado comprenderlos en el número de los asuntos que han de ocupar la atención de las Cámaras en el actual período de sesiones estraordinarias. —Santiago, Noviembre 10 de 1841. —Manuel Búlnes. —Ramón Luis Irarrázaval


Núm. 9 editar

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados: Autorizado el Gobierno por diversas leyes, que el Congreso Nacional dictó al efecto, para establecer una nueva regulación de los derechos de depósito, almacenaje i trasbordo; i para alterar el servicio de la Aduana de Valparaíso, hizo uso de esta facultad en los términos que estimó convenientes, publicando a consecuencia un reglamento de reforma en 5 de Junio del año que rije; pero desgraciadamente al reducir a práctica las disposiciones que contiene esta ordenanza, se ha conocido que muchos de sus mandatos complican los procedimientos, i embarazan la celeridad del despacho.

Sin que ningún espíritu de censura me anime para reprobar una obra en que reconozco el puro celo con que fué trabajada, i confesando que contiene mejoras de mucha importancia respecto al órden económico de la renta i a la acertada reduccion de los impuestos, me hallo en la necesidad de pedir al Cuerpo Lejislativo ámplia autorizacion para reformar aquellas disposiciones del nuevo reglamento que la esperiencia ha acreditado ya, imponen trabas supérfluas, i destruyen la sencillez de los trámites en que consisten la mas eficaz protección que el Gobierno puede conceder a la industria mercantil.

Persuadido de que sentireis como yo la fuerza de las razones que hacen necesario este voto de confianza, con acuerdo de mi Consejo de Estado, someto a vuestra deliberación el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para que determine i establezca los derechos de depósito, almacenaje i trasbordo, i clasifique las mercaderías de que deben exijirse.

Art. 2.º Se le autoriza igualmente para que reforme el réjimen de la Aduana de Valparaíso si lo considerase preciso, aumentando o disminuyendo el número de empleados i lijando los sueldos de su dotacion.

Art. 3.º De todo lo que se obrase, instruirá al Congreso Nacional, el Ministro secretario del Despacho de Hacienda, sin perjuicio de poner en planta la reforma. — Santiago, Noviembre 11 de 1841. —Manuel Búlnes —Manuel Renjifo.

Núm. 10 editar

Por la lei de 20 de Octubre último se manda crear una junta revisora del proyecto del Código Civil detallan al mismo tiempo sus atribuciones. Mas para que obtengan su cumplimiento las disposiciones que ella contiene, es necesario que, con arreglo al artículo se verifique el nombramiento de los individuos que deben componerla; i considerando importante el que dicha junta de desde luego principio a sus trabajos, juzgo oportuno llamar la atención de la Cámara que V. E. preside, ocupada en el dia de otros muchos objetos, al nombramiento reclamado por la citada lei. —Santiago, Noviembre 10 de 1841. —Manuel Búlnes. Manuel Montt. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Núm. 11 editar

Señores de la Cámara de Diputados:

La Comision de Hacienda ha examinado el mensaje del Presidente de la República, i está persuadida que son tan sólidos los fundamentos en que apoya el proyecto de lei de autorizacion que pide para reformar la Ordenanza de la Aduana de Valparaíso, que cree debe la Cámara prestarle su aprobacion en los mismos términos que se halla redactado. —Sala de la Comision, Noviembre 12 de 1841. Ignacio Reyes. —Rafael Gatica. —Antonio Vergara.