Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1839/Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de agosto de 1839

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1839)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de agosto de 1839
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 20, EN 5 DE AGOSTO DE 1839
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ JOAQUIN PÉREZ


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Sucesion de los estranjeros. —Lei de mayorazgos. —Las facultades estraordinarias i el estado de sitio. —Acta. —Anexos.


CUENTA editar

Se da cuenta:


  1. De un oficio con que el Senado acompaña otro por el cual el Presidente de la República insta al Congreso a que despache cuanto ántes la reforma del artículo 10 de la lei que regla la sucesion de los estranjeros muertos intestados. (Anexo núm. 609. V. sesion del 29 de Julio de 1836.)
  2. De una mocion presentada por don Santiago Pérez Matta, quien propone que se encargue a la Comision de Lejislacion formular un proyecto de lei sobre mayorazgos, en cumplimiento del artículo 162 de la Constitucion. (Anexo núm. 610. V. sesiones del 31 de Agosto de 1832 i del 7 de Agosto de 1839.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:


  1. Agregar a sus antecedentes el oficio del Gobierno sobre la sucesion de los estranjeros, i encomendar a la Comision de Lejislacion el pronto despacho del proyecto. (V. sesion del 17 de Junio de 1842.)
  2. Dejar pendiente la discusion de la mocion del señor Valdivieso sobre las facultades estraordinarias i el estado de sitio. (V. sesiones del 10 de Julio i del 7 de Agosto de 1839.)




ACTA editar

SESION DEL 5 DE AGOSTO DE 1839


Se abrió con los señores Arce, Arriarán, Aspillaga, Bilbao, Bustillos, Concha, Covarrúbias, Eyzaguirre, Fierro, Formas, Frutos, Gandarillas, García de la Huerta, Gárfias, Garrido, Gatica, González, Huidobro, Iñiguez, Irarrázaval, Izquierdo, Larrain, Martínez, Matte, Montt, Ovejero, Ortúzar, Palacios, Pérez don José Joaquin, Pérez Matta, Plata, Reyes, Rozas, Seco, Solar don Fermin, Solar don José María, Tocornal, Toro, Valdés Aldunate, Valdés Larrea, Valdés Saravia, Valdivieso i Vidal.


Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un oficio del Senado acompañando nuevamente un Mensaje del Presidente de la República, que ya había obtenido su aprobacion en 9 de Julio de 1836, relativo a reformar el artículo 10 de la lei sobre sucesion a las herencias de estranjeros que mueren intestados; dicho proyecto pasó a esta Cámara en aquella fecha, i encontrándose hasta ahora sin aprobarse, recomienda al señor Presidente le dé a este asunto el curso que corresponda. Se mandó agregar a sus antecedentes, con especial encargo a la Comision de Lejislacion para su pronto despacho.


Se leyó por primera vez la mocion del señor Pérez Matta para que la antedicha Comision redacte, a la mayor brevedad, el proyecto de lei, prevenido por el artículo 162 de la Constitucion, para determinar el modo i forma cómo los actuales mayorazgos deben espedirse en el arreglo de sus intereses.


Ultimamente, se puso a discusion jeneral la mocion del señor Valdivieso: tomaron la palabra algunos Diputados, i siendo la hora avanzada, se levantó la sesion, quedando en tabla para la inmediata los mismos asuntos que estaban señalados para la presente. —JOSÉ JOAQUIN PÉREZ. —Rafael Valentín Valdivieso, diputado-secretario.




ANEXOS editar

Núm. 609 editar

El Presidente de la República, con fecha 27 del pasado, trascribió a esta Cámara el Mensaje que tengo el honor de acompañar á V. E. El proyecto de lei que contiene, ha sido aprobado anteriormente por el Senado, i en 29 de Julio de 1836 pasó un oficio a V. E. el Presidente de esta Cámara, incluyéndole el Mensaje orijinal i anunciándole que el proyecto en él contenido se había aprobado sin modificacion alguna.


A consecuencia de esto, la Sala, en su sesion de 29 del pasado, acordó se oficiase a V. E. para que, en atencion a lo espuesto, se sirva dar a este asunto el curso correspondiente. —Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 3 de 1839. —JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO. —José Miguel Irarrázaval, secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 610 editar

Siendo de absoluta necesidad el que se pongan en planta lo mas pronto posible los artículos constitucionales, i el que se determine el modo i forma cómo los actuales poseedores de mayorazgos deban espedirse en el arreglo de sus intereses, salvando las dudas i tropiezos que ocurren a muchos i dejando sellada para siempre una cuestion que ha ocupado casi a todas las lejislaturas del pais, el Diputado que suscribe presenta el siguiente


PROYECTO DE DECRETO:


"Artículo único. —La Comision de Lejislacion redactará a la mayor brevedad el proyecto de lei de que habla el artículo 162 de la Constitucion." —Santiago, Agosto 5 de 1839. —Santiago Pérez Matta.