Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1836/Sesión de la Cámara de Senadores, en 5 de octubre de 1836

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1836)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 5 de octubre de 1836
CÁMARA DE SENADORES
SESION 2.ª ESTRAORDINARIA, EN 5 DE OCTUBRE DE 1836
PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ DE TOCORNAL


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Declaracion de guerra al Perú. —Acta. —Anexo.

CUENTA editar

Se da cuenta:

De un dictámen de las Comisiones de Gobierno i Guerra sobre la autorizacion pedida por el Presidente de la República para declarar la guerra al Perú; las Comisiones informan en sentido afirmativo. (Anexo núm. 255. V. sesion del 3.)


ACUERDO editar

Se acuerda:

Autorizar al Presidente de la República para declarar la guerra al Perú una vez agotados los medios pacíficos. (V. sesion del 10.)


ACTA editar


Sesion del 5 de octubre

Asistieron los señores Tocornal, Barros, Benavente, Echéverz, Eyzaguirre, Elizalde, Egaña, Ortúzar, Ovalle, Portales, Vial Santelices, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la anterior, se dio cuenta del dictámen de las Comisiones de Gobierno i Guerra, sobre autorizar al Presidente de la República para declarar la guerra al actual Gobierno del Perú, en el caso de no obtener, por medios pacíficos, las reparaciones i garantías que se le piden para establecer una paz sólida i duradera. Se puso en discusion el mismo dictámen i conforme a él, fué aprobado por unanimidad el siguiente proyecto de decreto:

«El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que, en caso de no obtener del Gobierno del Perú, reparaciones adecuadas a los agravios que éste ha inferido a Chile, bajo condiciones que afiancen la Independencia de esta República, declare la guerra a aquel Gobierno, haciendo presente a todas las naciones la justicia de los motivos que obligan al pueblo chileno a tocar este último recurso, despues de estar colmada la medida de los sacrificios que ha consagrado a la conservación de la paz.» Se acordó, en seguida, que se comunicase a la Cámara de Diputados ántes de la aprobacion del acta, i se levantó la sesion. —Tocornal, Presidente.


ANEXO editar

Núm. 255 editar

Las Comisiones de Gobierno i Guerra reunidas han tomado en consideracion el Mensaje del Presidente de la República, de 3 del corriente, i le han prestado la detenida atencion que exije la importancia de su asunto. Siendo manifiestos los agravios que ha recibido Chile de la Administracion peruana, i exijiendo el honor de la Patria i su seguridad que se hagan oir nuestras justas reclamaciones, hasta obtener, por todos los medios de que pueda disponer la Nacion, la reparacion que le es debida i la suficiente garantía de que no se repetirán nuevos agravios, las Comisiones son de unánime dictámen que puede el Senado aprobar el siguiente

PROYECTO DE DECRETO:

«El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que, en caso de no obtener del Gobierno del Perú, reparaciones adecuadas a los agravios que éste ha inferido a Chile, bajo condiciones que afiancen la Independencia de esta República, declare la guerra a aquel Gobierno, haciendo presente a todas las naciones la justicia de los motivos que obligan al pueblo chileno a tocar este último recurso, despues de estar colmada la medida de los sacrificios que ha consagrado a la conservacion de la paz.»

Santiago, Octubre 5 de 1836. D.J. Benavente. —José Ignacio de Eyzaguirre. —M. Egaña. —José Manuel Ortúzar.