Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1836/Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de octubre de 1836

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1836)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de octubre de 1836
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 39, EN 7 DE OCTUBRE DE 1836
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobación del acta precedente. —Cuenta. —Autorización para declarar la guerra al Perú. —Reintegro de la Comision de Gobierno. —Acta. —Anexos.


A primera hora


CUENTA editar

Se da cuenta:


De un oficio con que el Senado trascribe un proyecto de lei que autoriza al Presidente de la República para declarar la guerra al Perú. (Anexo núm. 351. V. sesiones del 2 i del 9 de Setiembre último.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:


  1. Que las Comisiones de Gobierno i Militar informen sobre la declaración de la guerra al Perú. (V. sesión del 8.)
  2. Integrar la Comision de Gobierno con los señores Arriarán i Gutiérrez.


A segunda hora


CUENTA editar

Se da cuenta:


De un informe de las Comisiones de Gobierno i Militar sobre el proyecto de lei que autoriza al Presidente de la República para declarar la guerra al Perú. (Anexo núm. 352.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:


  1. Aprobar en jeneral dicho proyecto de lei.
  2. Celebrar sesión mañana sábado 8 para continuar en la discusión particular del mismo asunto.




ACTA editar

SESION ESTRAORDINARIA DEL 7 DE OCTUBRE DE 1836


Se abrió con los señores Arce don Estanislao, Arlegui, Arriarán, Astorga, Bustillos, Carrasco, Eyzaguirre, Fierro, Gárfias, Gutiérrez, Iñiguez, Izquierdo, Luna, Martínez, Mena, Mendiburu, Montt, Morán, Pérez, Plata, Prieto, Renjifo, Reyes, Tagle, Tocornal don José María, Tocornal don Joaquin, Torres, Troncoso, Urízar, Valdés don José Agustín, Valdés don Miguel, Vial don Manuel i Vidal. Leída el acta de la sesion anterior, fué aprobada.


Dióse cuenta del acuerdo del Senado en el Mensaje del Presidente de la República, autorizándole para declarar la guerra al Gobierno del Perú, en caso de no obtener satisfacción de los agravios que dicho Gobierno ha inferido a Chile, i se pasó a las Comisiones de Gobierno i Militar reunidas, reintegrándose la primera que se hallaba incompleta con los señores Arriarán i Gutiérrez.


A segunda hora, se leyó su informe; i puesto a discusión se aprobó en jeneral por unanimidad; habiéndose acordado que para la continuación de la particular se tuviese sesión estraordinaria el sábado 8 del actual; con lo que se levantó la sesión. —Jose Vicente Izquierdo. Montt, diputado-secretario.




ANEXOS editar

Núm. 351 editar

El Senado, a consecuencia del Mensaje del Presidente de la República, que acompaño, ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE DECRETO:

"El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que, en caso de no obtener del Gobierno del Perú reparaciones adecuadas a los agravios que éste ha inferido a Chile, bajo condiciones que afiancen la Independencia de esta República, declare la guerra a aquel Gobierno, haciendo presente a todas las naciones la justicia de los motivos que obligan al pueblo chileno a tocar este último recurso, despues de estar colmada la medida de los sacrificios que ha consagrado a la conservación de la paz."

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 5 de 1836. —Gabriel José de Tocornal. Fernando Urízar Gárfias, pro-secretario. —A. S. E . el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 352 editar

Las Comisiones de Gobierno i Militar reunidas, han examinado detenidamente el proyecto de lei, acordado por la Cámara de Senadores, autorizando al Presidente de la República para declarar la guerra al Gobierno del Perú, en caso de no obtener reparaciones adecuadas a los agravios recibidos; i son de dictámen que puede la Cámara prestarle su aprobación. Las razones que las Comisiones informantes tienen para opinar de este modo, son tan notorias a la Cámara i a todo el pueblo chileno que parece escusado reproducirlas en estas circunstancias.

Secretaría de la Cámara de Diputados. —Octubre 7 de 1836. Juan de Luna. —Diego Arriarán. — Fernando Márquez de la Plata. —Pedro Nolasco Vidal. —Anjel María Prieto. — Joaquin Gutiérrez.