Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1836/Sesión de la Cámara de Diputados, en 23 de diciembre de 1836

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1836)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 23 de diciembre de 1836
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 57, EN 23 DE DICIEMBRE DE 1836
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ Manuel ASTORGA


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobación del acta precedente. —Cuenta. —Declarpcion de guerra al Perú. —Reforma de la contribución del Catastro. —Acta. —Anexos.


CUENTA editar

Se da cuenta:


  1. De un oficio con que el Presidente de la República acompaña las notas cambiadas entre los Plenipotenciarios de Chile i el Perú i manifiesta que. agotados todos los recursos para mantener la paz, se ha visto en la necesidad de declarar la guerra a esta nación. (Anexos núms. 384 a 412. V . sesión del 8 de Octubre de 1836.)
  2. De un informe de la Comision de Hacienda sobre las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de reforma de la contribución del Catastro. (Anexo núm. 413. V. sesión del 25 de Noviembre último.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:


  1. Que las Comisiones de Gobierno i de Guerra informen sobre la ruptura de las relaciones entre Chile i el Perú. (V. sesión del 24.)
  2. Aprobar en jeneral las modificaciones hechas por el Senado en el proyecto de reforma de la contribución del Catastro. (V. sesiones del 20 de Enero de 1837 i del 31 de Julio de 1840.)




ACTA editar

SESION DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1836


Se abrió con los señores Astorga, Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Arlegui, Barra, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Garrido, García de la Huerta, Irarrázaval, Luna, Larrain, Morán, Martínez, Prieto, Plata, Reyes, Rozas, Sotomayor, Soffia, Torres, Tocornal don José María, Tocornal don Joaquin, Toro don Antonio, Toro don Santiago, Tagle, Valdés i Vidal.


Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un Mensaje del Presidente de la República dando cuenta del mal éxito que ha tenido la misión del Plenipotenciario don Mariano Egaña, cerca de la República peruana, encargado de negociar un tratado de paz i buena intelijencia entre aquel Estado i el de Chile; i sometiendo ala ratificación del Congreso la declaración de guerra que se hizo, en su consecuencia, al Gobierno del Jeneral Santa Cruz, se mandó pasar a las Comisiones de Gobierno i Militar reunidas.


En seguida, se dió cuenta del informe de la Comision de Hacienda, en las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de lei adicional del Catastro, i se señaló para discusión jeneral, la que se verificó inmediatamente i fué aprobado en jeneral; con lo que se levantó la sesión, anunciándose para la inmediata la discusión particular del mismo asunto. — Jose Manuel de Astorga . Montt, diputado-secretario.




ANEXOS editar

Núm. 384 editar

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:


Tengo que daros cuenta del mal éxito de los esfuerzos que hemos hecho para negociar con el Gobierno peruano una avenencia que asegurase la paz i buena armonía de la República de Chile con las del Perú i Bolivia.


Sin embargo de habérseme hecho proposiciones para entablar estas negociaciones en Santiago, creí que el lugar mas apropósito para que pudiesen continuarse sin interrupción i conducir en breve tiempo a un resultado definitivo, era la capital del Perú. Chile se presentaba en ella como actor, i podía suceder que no se hubiese previsto la naturaleza o la estension de nuestras demandas; que el Plenipotenciario peruano careciese, por consiguiente, de instrucciones para responder a nombre de su Gobierno sobre alguna de ellas; i que la necesidad de consultarle ocasionase demoras que hubieran empeorado mucho nuestra posicion, si (como todo, por desgiacia, lo anunciaba) el mal suceso de las negociaciones nos forzaba a recurrir a las armas. Si teneis presente la poca confianza que inspiraba un Gobierno que había roto la paz con un acto inaudito de perfidia; con cuya sinceridad en los tratos que iban a iniciarse hubiera sido insensatez contar; i que probablemente entraba en ellos con la sola mira de ganar tiempo, miéntras llegase el momento de hacernos la guerra con ventaja; no dudo que aprobareis la determinación que tomé de enviar a Lima un Ministro Plenipotenciario que, esponiendo directamente nuestras quejas al Gobierno peruano, obtuviese las reparaciones i seguridades competentes i que en caso de no alcanzarlas le intimase la guerra.


Tomé al mismo tiempo la resolución de enviar nuestra Escuadra a los mares peruanos. No era justo permitir que el Gobierno agresor aumentase i concentrase sus fuerzas navales a la sombra de aquellos tratos, i que reportase con ellos la ventaja de poder dar principio a las operaciones ofensivas, o mas bien de renovarlas, miéntras nosotros nos hallásemos todavía ignorantes del mal suceso de las negociaciones. Agregábase a esto la necesidad de dar a nuestro Ministro Plenipotenciario medios espeditos de comunicación con su Gobierno, i el peligro en que uno o dos buques de guerra se hubieran hallado de ser apresados por la Escuadra peruana, si aquella paz, tan dudosa i precaria, era seguida de la guerra.


Con el objeto de quitara esta medida todo lo que pudiera presentar de odioso, se hicieron aquí esplicaciones sobre su verdadero carácter al Encargado de Negocios de Bolivia. Pero no se contentó con esto el Gobierno. Nuestro Plenipotenciario llevaba entre sus instrucciones la de obviar el inconveniente de la presencia de la Escuadra, arreglando de común acuerdo los puntos a que deberían retirarse nuestros buques i la actitud en que habrían de permanecer los peruano; estipulando que entre la ruptura de las negociaciones i el principio de las hostilidades mediase un intervalo razonable; i allanándose a afianzar el cumplimiento de estos pactos con la garantía de todas o cualquiera dü las legaciones estranjeras residentes en Lima, o de los comandantes de buques de guerra estranjeros surtos en el Callao. Creo que no era posible llevar mas allá nuestras consideraciones al honor de un Gobierno, cuya conducta con el nuestro nada había sido ménos que decorosa i delicada. Sin embargo, no se quiso ni aun dar oidos a las proposiciones del Ministro chileno; no se le permitió ni aun entenderse de palabra con el de Relaciones Esteriores del Gobierno peruano; a la propuesta de condiciones recíprocas, se contestó exijiéndole una seguridad llana i sin condiciones, como preliminar a todo trato; i se le redujo a la dura alternativa de retirarse, como lo hizo, intimando, en conformidad a sus instrucciones, que se mirase como declarada la guerra.


Las copias impresas que os acompaño de las comunicaciones que mediaron sobre este asunto entre el jefe de la Escuadra i el gobernador del Callao i entre el Ministro Plenipotenciario chileno i el de Relaciones Esteriores del Perú, os darán a conocer que no pudieron ser mayores por nuestra parte ni la franqueza, ni el miramiento o lo que razonablemente podía esperarse de nosotros por consideración al honor del Gobierno peruano.


Luego que se supo en Santiago el desfavorable resultado de las negociaciones de Lima, intentó el Ministro Plenipotenciario del Perú entablarlas aquí, i dirijió a este efecto las notas de que acompaño copias manuscritas bajo los números 1 i 2. En la contestación del Ministro chileno de Relaciones Esteriores se accedió a esta proposicion, ise le dió noticia de lospuntos que indispensablemente, segunel juiciodel Gobierno de Chile, debían servir de base a la avenencia que solicitaba. Creo necesario llamar vuestra atención a cada uno de ellos, i no podré hacerlo sin recordaros algunos de los que ya han dado asunto a mis comunicaciones con vosotros.


El primero de estos puntos es una satisfacción por la violencia cometida en la persona de don Ventura Lavalle, nuestro Encargado de Negocios en Lima. Sería desperdiciar el tiempo detenerme a probar la justicia de esta demanda. La providencia de mandarle salir del territorio peruano hubiera sido bastante, aun dado el caso que este individuo se hubiese hecho culpable de alguna irregularidad en el desempeño de la misión pública que le estaba confiada; pero ni ántes ni despues de aquella tropelía se ha oido imputación alguna contra su conducta; a no ser que se mire como una ofensa la visita que hizo al Aquíles en la mañana que precedió a la aprehensión de los buques de guerra peruanos surtos en el Callao, o el conocimiento anticipado de un hecho que fué resuelto en Santiago sin su participación, i que no le era posible impedir. Su prisión fué puramente en odio de Chile, i apesar de la magnitud de este agravio, que hería tan profundamente el honor nacional, en obsequio de la paz estábamos determinados a contentarnos con una satisfacción moderada en que se consultase la dignidad de ámbas partes.


El segundo punto es la independencia de Bolivia i del Ecuador, en otros términos, la conservación del equilibrio político de las Repúblicas del Sur, violentamente trastornado por una intervención cuyo objeto ostensible era restablecer el órden lejítimo en el Perú i cuyo resultado fué la usurpación de todo aquel pais por el Jeneral Santa Cruz. Solo olvidando el primero de todos los deberes de una nación, el de velar sobre su propia seguridad, podría desconocerse el derecho de las Repúblicas del Sur, que aun están exentas del yugo, para resistir con las armas una innovación que pone en tanto peligro su independencia. Si interviniendo ahora la Francia en la guerra civil de la Península, concertase con uno de los partidos la incorporacion de aquellos dos Estados en uno bajo un gobierno cualquiera, ¿lo contemplarían las naciones vecinas en silencio? ¿No se oiría un grito jeneral de indignación desde un cabo de la Europa al otro? ¿Habría quien dijiese entónces a los Estados que se declarasen contra el nuevo órden de cosas: este es un negocio en que no teneis parte, i que no ha podido llevarse a efecto sin consultaros? La historia de los pueblos civilizados es una lección continua que inculca la necesidad i demuestra el derecho de resistir a los primeros atentados de la ambición. Ella nos muestra los resultados funestos de esa culpable indolencia, que no ve el peligro sino cuando está a la puerta, i que hace caer los pueblos uno tras otro en el abismo que se les ha preparado, i de que hubieran podido salvarse juntando sus medios de defensa contra el enemigo común. Ella nos muestra lo que vale la garantía de las virtudes personales de los usurpadores i sus protestas irrisorias de moderación i justicia. El pacto nacional del nuevo pueblo Perú-boliviano ha sido ajustado entre la traición por una parte, la fuerza i la astucia por otra.


Chile no se entromete a defender intereses ajenos; defiende su propia salud; defiende la causa de la asociación política de que es miembro; i aunque no es el mas influente de todos, ha tenido motivos peculiares de ofensa para anticiparse a los otros en el sostenimiento de sus propios derechos i de los derechos comunes. Esto me conduce a la tercera de las bases propuestas al Ministro Plenipotenciario peruano. Aun no estaba consumado el plan de la usurpación del Perú, i de la sujeción de Bolivia al nuevo Gobierno, cuando estallaron las asechanzas contra Chile, encubiertas ántes bajo alevosas protestas de amistad. No es menester recordar el modo con que se fraguó en Lima la espedicion que vino a invadir nuestras costas; su publicidad, los elementos de que se componía, que eran buques de guerra del Estado peruano, con armas peruanas, bajo el pabellón del Perú; la parte que tuvieron en ella los empleados del Gobierno peruano; i el decreto de embargo espedido el dia despues de su salida para estorbar que un buque enviado por el ájente chileno trajiese la noticia a Chile. Se ha querido atribuir a descuido la connivencia de los empleados; i se ha dicho que el objeto del embargo fué impedir que se reuniesen a la espedicion otros buques, como si para lograr este fin hubiera sido bastante una detención de pocas horas, levantada inmediatamente que se supo que el buque portador de la noticia estaba fuera del puerto. Yo quiero suponer que el Gobierno peruano no viese lo que todo el mundo veía; no supiese lo que era sabido de todos. Admitamos que no tuvo conocimiento del destino de la espedicion hasta el 8 de Julio, fecha del decreto de embargo, o si se quiere hasta el 9, fecha de la primera comunicación que don Trinidad Morán, jefe superior del departamento, dirijió a don Ventura Lavalle, para hacerle creer que su Gobierno no había tenido parte en aquel atentado. Aun no habían trascurrido cuarenta i ocho horas. Aun era tiempo de detener la espedicion, especialmente cuando nadie ignoraba que la Monteagudo iba a reunirse con el Orbegoso en las cercanías de Huacho. ¿Por qué no se enviaron los otros buques de guerra nacionales en demanda de la Monteagudo i el Orbegoso para hacerlos volver a los puertos peruanos? ¿Por qué se solicitó la asistencia de los buques de guerra estranjeros, cuyos comandantes la habrían, sin duda, prestado con la mejor voluntad para impedir la ejecución de una empresa desautorizada que comprometía la paz de dos pueblos amigos, i los intereses del comercio, i que si no era peruana, tenía todos los caracteres de piratería? ¿Cómo es que el Gobierno peruano se limita a lavarse de la nota de complicidad con oficios privados en que se trasluce la falta de sinceridad i hasta el sarcasmo, i con una información sumaria, a que no concurren ni los empleados culpables, ni aquéllos de los principales motores de la espedicion que existían en Lima i eran conocidos de todos? ¿Cómo no intima a los autores i parti cipantes del crimen el castigo que les tienen señalado las leyes peruanas, como las de todos los pueblos? El Gobierno peruano se portó con aquellos empleados como si no hubiesen hecho otra cosa que cumplir con sus órdenes, i con los demás delincuentes, como si el hecho hubiese sido un acto indiferente i no una grave ofensa contra la Suprema Autoridad del Perú. Dos de los principales caudillos de la espedicion volvieron a Lima, cuando estaba allí en toda su fuerza el convenio de 28 de Agosto. ¿Fueron acaso vengadas en sus personas las leyes peruanas que tan enormemente habían violado? ¿Se cumplió siquiera con una de las cláusulas de aquel convenio, que obligaba a relegar al interior a los espedicionarios que regresasen al Perú? Notad de paso la infidelidad del Jeneral Santa Cruz en la observancia de aquel pacto i el acierto con que procedió este Gobierno cuando se negó a ratificarlo. Todo Gobierno es directamente responsable aun de la neglijencia de sus ajentes; i cuando la Autoridad Suprema, tranquila espectadora del delito, deja que se consume sin tomar providencia alguna para impedirlo i castigarlo, su conducta es una verdadera agresión.


No puede ser mas indubitable el ultraje; i sin embargo, este Gobierno estaba determinado a que la obligación de satisfacer por él se mirase como una deuda de mera reparación pecuniaria; i no con la mira de insistir en ella sino para condenarla del todo, supuesta la aquiescencia del Jeneral Santa Cruz a las demás proposiciones. Era imposible dar una prueba mas positiva de nuestros deseos pacíficos, i de los sacrificios con que estábamos dispuestos a comprar la paz. Hubiéramos convenido también, sin la menor dificultad, en que se cancelasen para siempre los reclamos hechos al Perú por el valor de los auxilios que se le dieron en la guerra de Independencia. I si respecto de la deuda del empréstito, no nos era dado ser igualmente jenerosos, en circunstancias de hallarse esta República empeñada en una transacción costosa con los acreedores del suyo propio, de cuyos fondos salieron los que se prestaron al Perú; a lo ménos era el ánimo del Gobierno, (i en este concepto se estendieron las instrucciones a nuestro Ministro Plenipotenciario) reducir el capital i los intereses vencidos a una suma equitativa, dándose competentes seguridades para el pago de los intereses de ella i para su estincion gradual.


La cuarta de las bases propuestas al Ministro Plenipotenciario peruano llevaba un objeto en que no solo se interesaba la seguridad nuestra i de las demás Repúblicas del Sur, sino que importaba en gran manera para evitar dispendios gravísimos a sus rentas, pues al aumento de las fuerzas navales del Perú, era consiguiente el aumento de las de cada una de las otras Repúblicas; ¿i en qué punto terminarían estos esfuerzos sucesivos, que tan ruinosos hubieran sido a las rentas i a la prosperidad interior de todas ellas? El objeto que nos propusimos era de una importancia jeneral; í con todo eso, como el empleo que cada Estado quiera hacer de sus recursos, es un asunto en que no deben mezclarse los otros, en tanto que no se amenace a su reposo, no hubiéramos vacilado en aceptar otra garantía cualquiera, aunque no fuese del todo equivalente; i en este sentido estaban concebidas literalmente las instrucciones dadas al Ministro Plenipotenciario chileno.


En virtud de la quinta proposicion, debían renunciar ámbas partes a toda medida de excepción contra su respectivo comercio. No podíamos desatender este objeto, a vista de la hostilidad declarada de tiempo atras contra el comercio de Valparaiso por la administración peruana, i particularmente desde que tuvo en ella un ascendiente decidido el Jeneral Santa Cruz; i que pudiera fácilmente renovarse bajo la influencia de un espíritu de rivalidad, que halla mas fácil dañar a la prosperidad del vecino con excepciones odiosas, que estimular la propia por las vías lejítimas que la naturaleza ha puesto al alcance de todos. Hace tiempo que el Gobierno peruano tiene motivo de saber que, contentos con su imparcialidad, no aspiramos a privilejios de ninguna clase.


La última de las bases propuestas, la exención de los chilenos en el Perú, como de los peruanos en Chile, de contribuciones i cargas especiales i de todo servicio militar compulsivo, es de la mas rigurosa justicia. Por largos años ha estado sujeto Chile, apesar de incesantes reclamaciones, a la injuria de ver arrastrados por centenares sus ciudadanos a las filas de la milicia i del ejército i a las tripulaciones de los buques de guerra del Perú, miéntras que los estranjeros de otras naciones gozaban de una inmunidad completa en el territorio peruano. Si hai derecho para compeler a este servicio a los estraños, ejérzase igualmente sobre todos; limitar esta carga a los ciudadanos de una nación solo porque se cree que ésta carece de fuerzas para repulsar el agravio, es un proceder indigno de todo Gobierno que profesa principios de imparcialidad i justicia, i a que no puede someterse ningún pueblo, sin hacerse cómplice de su propia degradación.


Las copias manuscritas que os acompaño desde el número i hasta el 6, os impondrán del corto término que duraron las negociaciones que solicitó iniciar aquí el Ministro Plenipotenciario peruano. Vereis en ello justificado el partido que tomó este Gobierno de entablarlas en Lima, temiendo el embarazo de la insuficiencia de instrucciones, que es el motivo que ha introducido la práctica usual de conducir este jénero de tratos cerca del Estado a quien se demanda. Vereis así mismo la denegación del ájente peruano a admitir la mas importante de las bases propuestas, desconociendo en nosotros aun el derecho de hacer mención de ella, como concerniente a un negocio en que Chile no era parte lejítima, Verdad es que en la última de las notas del señor Olañeta se modifica esta repulsa; pero si el Gobierno peruano fuese de diferente opinion que su Ministro, abierta le queda siembre la vía de las negociaciones para poner término a los desastres de la guerra, accediendo a nuestras justas demandas.


El buen juicio del pueblo chileno i de las naciones estranjeras i el fallo imparcial de la posteridad, decidirán si las razones justificativas que he tenido la honra de esponer son suficientes para lejitimar el recurso a la guerra; si es conveniente i necesaria esta medida para la conservacion de nuestros mas caros derechos i de la existencia misma; i si estaban agotados los medios de conciliación, que, sin aventurar los destinos de la Patria, me eran permitidos con un enemigo que ha sido el primero en violar la paz, que lo hizo con un acto de la mas horrible alevosía, que se ha servido constantemente de las negociaciones para encubrir las asechanzas, que en medio de la paz se ha desvelado siempre en fomentar la sedición i la anarquía en los paises vecinos para allanar el camino a sus armas, i de cuya política insidiosa i pérfida será un ejemplo memorable la usurpación del Perú. Tarde o temprano era inevitable la guerra con este caudillo ambicioso, cuyos designios de dominar a la América del Sur se han revelado al mundo años hace en una correspondencia célebre i de una autenticidad que nadie se ha atrevido a disputar, con un hombre de aspiraciones tan opuestas a la seguridad de los Estados vecinos i a la forma popular de las instituciones americanas que él mismo ha jurado sostener. No era cordura suponerle ménos ambicioso, cuando tiene mas medios de ensanchar sus dominios, i mas respetador de los derechos ajenos, cuando puede mas impunemente violarlos. La única alternativa que estaba a nuestro arbitrio era ésta: si debíamos aguardar para hacerle la guerra a que hubiese hecho irrevocablemente suya la grande i desgraciada presa que ha caido en sus manos; a que hubiese consolidado su nuevo poder, organizado nuevos ejércitos i dominado nuestra mar; a que la desesperación de sacudir el yugo i el hábito de la servidumbre hubiese talvez amortiguado la indignación de los pueblos que tiene a vasallados i los sentimientos de independencia que aun arden en ellos; o si debíamos apresurarnos a defender inmediatamente nuestra existencia i la de los otros Estados del Sur. La elección no admitía, en mi sentir, un momento de duda. Someter nuestra causa a la decisión del Dios de las batallas, vengador de la injusticia i la perfidia, era el único partido que nos restaba.


En esta virtud, os propongo las resoluciones siguientes:


  1. El Jeneral don Andrés Santa Cruz, Presidente de la República de Bolivia, detentador injusto de la soberanía del Perú, amenaza a la independencia de las otras Repúblicas Sud-Americanas,
  2. El Gobierno peruano, colocado de hecho bajo la influencia del Jeneral don Andrés Santa Cruz, ha consentido, en medio de la paz, la invasión del territorio chileno por un armamento de buques de la República Peruana, destinado a introducir la discordia i la guerra civil entre los pueblos de Chile.
  3. El Jeneral don Andrés Santa Cruz ha vejado contra el Derecho de Jentes la persona de un Ministro público de la Nación Chilena.
  4. El Congreso Nacional de la República de Chile, insultado en su honor, atacado i amenazado en su seguridad interior i esterior, ratifica solemnemente la declaración de guerra hecha, con autoridad del Congreso Nacional i del Gobierno, por el Ministro Plenipotenciario don Mariano Egaña al Gobierno del Jeneral don Andrés Santa Cruz. —Santiago, Diciembre 21 de 1836. —Joaquín Prieto. Diego Portales.



Núm. 385 editar

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Número 1


Señor:


Los males horiibles que van a sufrir los pueblos con motivo de la guerra declarada por el Gobierno de Chile al del Perú, i las consecuencias espantosas que infaliblemente han de seguirse de una mui larga hostilidad entre naciones que, no teniendo campo de batalla, no harán mas que destruirse para hacer la paz, en medio de la desolación jeneral, me obligan a convidar a V. S., por última vez, a la reconciliación. No imperta que haya sonado el cañón fratricida, si podemos aun imponer silencio a la discordia llegando al término de una paz amistosa.


Para conseguir este laudable fin, propongo a V. S. un armisticio por el tiempo que sea conducente a entendernos, no en medio de Escuadras amenazantes ni con los aparatos del orgullo que siempre ofenden, sino por aquellas vias que aconseja la prudencia i previene la calma de la sabiduría.


Pedí incesantemente a V. S., en mi primera conferencia, el que no fuera la Escuadra acompañando un Ministro de concordia. Entónces no oculté a V. S. cuáles serían los resultados, i temí con mucho fundamento que mi Gobierno no consentiría en esta nueva ofensa humillante, ni en esa clara infracción del Derecho de Jentes que provocaba decididamente a una ruptura. Sin embargo, por los datos que le había ya pasado, por las reflexiones que le ofrecía i, mas que todo, cierto de los deseos del Jefe del Perú por una transacción, no dudé un instante que admitiría la Legación chilena. Mas, despues, convencido mi Gobierno de que el de Chile no solo ha buscado la alianza del de Buenos Aires, por conducto de un ájente secreto mandado públicamente reconocer por un decreto del Gobierno arjentino i por la mas singular anomalía; cuando sabe a ciencia cierta i con datos indudables cuánto se ha trabajado en el Ecuador con el mismo fin, i no dudando de que en la Escuadra enviaban los emigrados peruanos, los elementos de la combustión para incendiar i revolver su pais, miéntras la negociación hacía dormir al Gobierno en el sueño funesto de la confianza; ha llenado su deber para con el pueblo que manda i ante las naciones que nos observan, negándose a recibir una Legación armada de cañones i rodeada de elementos combustibles. Pero, aun dado este paso necesario i que le prescribía su mas sagrada obligación, nos hallamos todavía con medios para evitar nuestras comunes desgracias; i para ello ruego a V. S. se digne escuchar mi proposicion de suspender las hostilidades por solo un corto término, aquel que sea preciso para oir las demandas del Gobierno de Chile i acceder a ellas, si tengo facultades; o para marcharme al Perú a facilitar i traer los medios que sean necesarios para un acomodamiento.


Si el Gobierno de Chile no cree conveniente retroceder en este asunto, ruégole mui encarecidamente tenga la bondad de mandarme dar el pasaporte para mí i mi comitiva, suplicándole al mismo tiempo el que se digne dirijir las órdenes necesarias para que un buque de guerra chileno me conduzca al Callao, no debiendo haber, como es probable, ninguno mercante con dirección a los puertos del Perú ya bloqueados; i pídolo como una cosa mui comunmente practicada entre las naciones en iguales acontecimientos.


Quiera V. S. persuadirse de mi particular aprecio, con el que me suscribo su mui atento i seguro servidor.


Santiago, Diciembre 7 de 1836. —Casimiro Olañeta. -Excmo. señor Ministro de Relaciones Esteriores, señor don Diego Portales.


Está conforme. —A. Bello.




Núm. 386 editar

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Número 2.

Señor:


Antes de haber recibido una larga correspondencia de mi Gobierno, que hoi ha llegado a mis manos, anticipé sus órdenes proponiendo ayer al Gobierno de Chile el abrir las negociaciones para poner término a losmales que amenazan a los pueblos.


Dos son las quejas que hace el Gobierno de Chile contra el del Perú: la espedicion del Jeneral Freire i la prisión del señor Lavalle, su Encargado de Negocios. Mi Gobierno me manda asegurar a V. S. que satisfará por lo uno i lo otro, de la manera mas ámplia i completa, si el Gobierno de Chile se halla dispuesto a lo mismo por el modo con que aprehendió los buques en el Callao.


Yo no creo que el Gobierno de Chile se detenga en oir francas esplicaciones, ni en recibir la satisfacción ofrecida, i ménos todavía en que sean aquellas causas leves el verdadero oríjen de esta guerra fratricida. Al Ministro del Perú no se le ocultan los deseos del Gobierno de Chile i por lo mismo, ademas de prestarse a satisfacer por los dos puntos indicados, ofrece firmar una paz sólida, garantida por todos los medios que el mismo Gobierno chileno elija, siempre que sean conciliables con los intereses del Perú i no mengüen en manera alguna su honor.


Sería alucinarse o no conocer a fondo nuestra brillante posicion, el pensar que, agolando las demandas de paz i de concordia, lo hacemos por debilidad o por temor de la guerra. Fuertes por la naturaleza de la causa, robustos por el apoyo de la opinion que nunca abandona la justicia, i vigorosos por la inmensidad de nuestros recursos, insistimos en negociar esa paz; sin la cual las naciones se destruyen aun triunfando, i no nos cansaremos de pedirla en cualquiera circunstancia.


Si, por el contrario, se desoyen nuestras reclamaciones, i si con tenacidad se persiste en la guerra, el Gobierno del Perú la acepta lleno del horror que inspiran los desastres que produce, ofreciendo ahora al Gobierno de Chile por lo mas sagrado: que aun victorioso el del Perú, i cuando despues de inútiles esfuerzos le pidan esa paz que actualmente reclama, nunca exijirá nada humillante, nada indigno de la Nación Chilena. ¡Quiera el cielo, señor Ministro, que yo sea el órgano de estos sentimientos, ya que por desgracia no lo he sido el de reconciliación! Así pagaré la deuda inmensa que he contraído con el pueblo noble que me ha dado una jenerosa acojida.


Tengo, señor, la honra de repetir a V. S. que soi su afectísimo obediente servidor.


Santiago, Diciembre 8 de 1836. —Casimiro Olañeta. —Excmo. señor Ministro de Relaciones Esteriores, señor don Diego Portales.


Está conforme. —A. Bello.




Núm. 387 editar

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Número 3


He tenido la honra de recibir las dos notas de V. S. de 7 i 8 del corriente. En la primera de ellas, manifestándome los deseos de paz de que está animado su Gobierno, i deplorando las calamidades que deberá acarrear a ámbos pueblos la guerra que acaba de intimarse por nuestra parte, me propone un armisticio, durante el cual pueda negociarse una honrosa avenencia que las aleje de nosotros, i establecerse sobre cimientos sólidos la amistad futura de Chile i del Perú; proposicion que V. S . reitera en la segunda de dichas notas, haciéndome saber que ha recibido órdenes e instrucciones recientes para abrir esta negociacion en Santiago, e indicándome los puntos esenciales que deberán discutirse, i en que el Gobierno peruano está determinado a hacernos, i a que por nuestra parte se le haga justicia.


A vista del resultado que ha tenido nuestra mision al Perú, a la cual ni siquiera se ha dado oidos, haciéndose al lenipotenciario chileno el ultraje gratuito de no permitirle ni aun poner el pié en tierra, confieso que no esperaba semejante proposicion. Recuerdo lo que V. S. me anunció con motivo de la presencia de la Escuadra chilena en el teatro de las negociaciones; i sé lo que han dicho sobre este asunto los órganos oficiales del Gobierno peruano, pero estoi cierto de que los obstáculos que una escusable delicadeza pudo suscitar a primera vista, hubieran sido completamente removidos por medio de la convencion preliminar que propuso el señor Egaña, en que se habrían dado i pedido al Gobierno peruano las garantías necesarias, no solo sobre la situacion de las respectivas fuerzas navales, sino sobre un intervalo entre la ruptura de la negociacion i el principio de las hostilidades. El Gobierno peruano desechó esta proposicion sin informarse primero de ella, i persistió hasta el fin en la demanda de lo que él llamaba una garantía llana, sin condicion alguna; que era en sustancia exijir que sacrificáramos todas nuestras ventajas a la perspectiva incierta de las discusiones que iban a entablarse ante él.


Aunque el Presidente no percibe, en esta conducta, esos deseos de paz que tanto encarecen los órganos del Gobierno peruano, S. E. acoje gustoso las instancias que V. S. le hace para que se abran las negociaciones en Santiago, pero juzga necesario dar a V. S. una noticia prévia de los puntos que S. E. desea ver satisfactoriamente arreglados entre ámbos Gobiernos, para que, si las instrucciones de V. S. no se estendiesen a todos ellos, se ahorrasen estériles contestaciones.


Paso, pues, a enumerar a V. S. estos puntos, observando que el arreglo de todos ellos es indispensable para la paz.


  1. Una satisfaccion honrosa por la violencia cometida en la persona del Encargado de Negocios, don Ventura Lavalle.
  2. La independencia de Bolivia i del Ecuador que Chile mira como absolutamente necesaria para la seguridad de los demas Estados Sud-Americanos.
  3. El reconocimiento de la suma de dinero que el Perú debe a Chile, tanto en razon del empréstito i de los auxilios en la guerra de la Independencia, como de la indemnizacion a que Chile tiene derecho por los daños que ha causado al pais la espedicion de Freire.
  4. Limitacion de las fuerzas navales del Perú.
  5. Reciprocidad en cuanto a comercio i navegacion, colocando cada Estado al otro sobre el pié de la nacion mas favorecida; i
  6. Exencion, para los chilenos en el Perú, como para los peruanos en Chile, de toda contribucion forzosa a título de empréstito o donacion i del servicio compulsivo en el ejército, milicia i armada.


Debo tambien hacer presente a V. S. que no nos es posible convenir en el armisticio que me propone para proceder al ajuste de la paz, i que, por la distancia a que se hallan nuestras fuerzas, no pudiera tener lugar sin un dispendio de tiempo que sería pernicioso para nosotros.


Creo que solo me resta responder a las reconvenciones que se hacen a este Gobierno, en la nota del 7, por los pasos que ha dado para hacer sentir a las Repúblicas del Rio de la Plata i del Ecuador la crisis inminente en que la actitud del Jeneral Santa Cruz ha puesto la independencia de los Estados Sud-Americanos, que lindan con el Perú i con Bolivia, i que pudiera sin dificultad estenderse a los otros, si de antemano no opusiesen a ello una barrera inespugnable.


El Gobierno de Chile no solo reconoce haber obrado en este sentido, sino que mira semejante conducta como fundada en los mas sanos principios de política internacional i de justicia. Pudiera ser que no lograse inspirar a los otros Estados su propia conviccion; pudiera ser que se encontrase solo en la lucha que ha emprendido a favor de la causa común, pero sea cual fuere el éxito de sus esfuerzos, está seguro de que se hará justicia a sus intenciones por todos los hombres imparciales. Debo, sin embargo, hacer alto sobre la inexactitud con que se habla en la nota de V. S. de "lo que se ha trabajado en el Ecuador" para inducirle a una alianza con Chile, afirmando que el Jefe del Perú "lo sabe a ciencia cierta i con datos indudables." La verdad es que esas jestiones en el Ecuador han tenido principio con la reciente mision encomendada a don Ventura I,avalle; i estoi cierto de que el Jefe del Perú no podría producir prueba alguna en apoyo de la asercion de V. S.


Pero, cuando así fuera ¿qué tendría de ilícito o de ménos honroso que el {{MarcaCL|A|Gobierno|OK|Contestación del Ministro de Relaciones Exteriores de Chile}Gobierno de Chile procurase granjearse la buena opinion i la cooperacion de los otros Estados, en un objeto en que va a cada uno de ellos nada ménos que la existencia? Chile ha querido suscitar defensores, no a sus intereses peculiares, sino a la causa jeneral de los Estados Sud-Americanos, cuyo equilibrio ha sido turbado por la incorporacion de Bolivia 1 del Perú, incorporacion tramada en el misterio i consumada bajo el imperio de la fuerza. Chile invitaba los Estados vecinos a concurrir a las negociaciones de Lima. ¿Qué testimonio mas positivo de su sinceridad i del sentimiento de justicia que dirijía sus pasos, que solicitar la presencia, la intervencion, los buenos oficios de aquellas Repúblicas, i someter de este modo su conducta a la opinion de todos los pueblos Sud-Americanos?


La circunstancia de haber ido algunos periódicos chilenos en la Escuadra, no me parece un motivo fundado de queja miéntras no se pruebe que se procuró o se toleró que se esparciesen, violando las leyes i reglamentos peruanos. Pero la incomunicacion en que se mantuvo la Escuadra no da lugar a semejante imputacion. Si se envió una coleccion de aquellos periódicos al señor gobernador del Callao, fué en correspondencia a un obsequio de la misma especie hecho por aquel jefe a la Escuadra.


El Gobierno de Chile celebraría que, instruido, como ya lo está V. S., de los puntos que deben servir de bases de las negociaciones, se creyese autorizado para entrar inmediatamente en ella. Si sucediere lo contrario, quedará a Chile la satisfaccion de no ser el que ha provocado esta guerra. No es Chile el que, desnivelando el órden de cosas existentes, ha inquietado la seguridad de las Repúblicas vecinas i las ha obligado a recurrir a las armas para conjurar el peligro. Chile, por el contrario, ha visto hostilizado su territorio en medio de una paz profunda, por un armamento formado con buques de guerra peruanos, bajo la bandera peruana, i lo ha visto salir de los puertos del Perú i arribar a sus costas sin que las autoridades de aquel pais hubiesen tomado providencia para impedir este atentado, miéntras fué posible, ni para castigarlos despues. El mundo imparcial, comparando estos i otros agravios con las satisfacciones i garantías que Chile se ve obligado a pedir, sabrá imputar las calamidades de la guerra si, por desgracia, no pudiese evitarse, a sus verdaderos autores.


Reitero a V. S. las protestas de la distinguida consideracion con que tengo el honor de ser de V. S. atento seguro servidor. —Santiago, Diciembre 10 de 1836. —Diego Portales. —Señor Ministro Plenipotenciario del Perú.


Está conforme. —A. Bello.




Núm. 388 editar

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Número 4


Señor:


En el mismo instante de haber recibido la comunicacion de V. S., respondiendo a mis notas del 7 i 8 de este mes, iba a felicitar al Gobierno de Chile por la terminacion de la guerra ántes de que nos hiciera sentir sus terrificantes efectos, cuando mis meditaciones me condujieron a dudar de lo que en un principio me parecía mui sencillo. Plena i omnímodamente autorizado por el jefe de la confederacion peruana para negociar i firmar un tratado de paz i otro de comercio con la Nacion chilena, me creí mui feliz leyendo, al fin, las demandas que debían ser el objeto de nuestras conferencias, porque así satisfacía los ardientes votos de mi Gobierno i los deseos que me animan. Pero, reflexionando detenidamente sobre el contenido de la tercera proposicion que me hace V. S., siento hallar contrariados aquellos sentimientos, examinando el asunto para que V. S. me diga la final resolucion de S. E. el Presidente de la República de Chile.


Bolivia es un Estado soberano e independiente: cuando hubiese querido dejar de serlo, el Gobierno de Chile no tiene derecho alguno para intervenir en la cuestion. Bolivia se ha confederado con los Estados peruanos; la confederacion no hace perder la independencia a las naciones.


La independencia de Bolivia está sellada con la sangre de los primeros mártires de la revolucion americana, rejistrada en la historia de nuestra gloriosa lucha con la España, por los sacrificios heróicos que hizo constante en 16 años de la mas sangrienta guerra sancionada por el acto solemne en que juró no pertenecer mas que a sí misma, protestada por sus representantes en aquella invasion del Jeneral Gamarra en 1828; proclamada por el respetable Congreso Constituyente reunido en sesiones ostraordinarias, i reiterados sus juramentos por la asamblea jeneral de 1831. Hállase, ademas, confirmada por aquel noble i virtuoso entusiasmo con que, amenazándola de nuevo el Jeneral Gamarra, Bolivia se armó en masa para resistir la injusta agresion, resuelta a ver la Patria reducida a escombros i a sus hijos sepultados en sus ruinas ántes que consentir en que plantas estranjeras mancharan su suelo. Por esta cara independencia, objeto constante de sus mas vehementes votos, ha agotado sus tesoros manteniéndose siempre con las armas en la mano para resistir a sus enemigos, i a aquéllos que nunca abandonaron el proyecto de turbar su reposo para encadenarla. I por ella tambien sus ejércitos han volado en socorro de sus hermanos aflijidos por una gran calamidad pública, i en una campaña ha vencido a su mas implacable enemigo; ha pasado i repasado las nieves de los Andes para triunfar de nuevo i rodeada del esplendor de la victoria, cubierta de laureles, ha abrazado a un pueblo amigo para sostener de mancomún sus recíprocos intereses i sus voluntades soberanas. ¿Quién, despues de todo esto, ha arrebatado a Bolivia su independencia? ¿Quién atreverse pudiera a robársela impunemente? ¿I quién no ve que tiene su parte fundamental, su gobierno propio, sus leyes, sus tribunales i todo lo conducente al ejercicio ámplio de su soberanía? Bolivia existe independiente en el corazon de sus hijos; i es tan firme esta resolucion, que aun el dudarlo sería una ofensa, i el tratar de esta cuestion una mancilla para todo boliviano. I por lo mismo, permita V. S. al deber i al patriotismo el asegurarle que Bolivia no necesita de la proteccion de nadie; que si, por desgracia, la mendigase, sería indigna de merecerla i que si no supiese defender esa independencia, en castigo a la falta de sus virtudes públicas, debiera sufrir la pena de besar humilde sus cadenas.


Pero, cuando Bolivia, libre i soberana, creyese conveniente a su existencia o sus intereses, el unirse con otra nacion para formar un todo, no conozco el derecho por el cual el Gobierno de Chile pudiese entablar una cuestion internacional hasta el punto de sostenerla con las armas en la mano. Independencia i soberanía importan en el lenguaje de la justicia en que se funda el derecho entre las jentes, libertad omnímoda de hacer todo aquello que cada Estado juzgue útil i necesario a su seguridad, su honor, su gloria i su felicidad. Existir independiente o reunirse a otro pueblo para aumentar su fuerza, sancionar sus pactos fundamentales bajo esta o aquella forma de gobierno, tratar o nó con las demas potencias, dictar sus leyes interiores i todos los demas actos de voluntad nacional, son inherentes a la soberanía. Todo procedimiento estraño que impida el ejercicio de aquéllos, es una ofensa manifiesta porque es una intervencion en asuntos que, siendo absolutamente esclusivos, no pertenecen a ningun poder estraño. Hai, sin embargo, una excepcion que alguna vez restrinje la facultad de unirse un pueblo a otro; i es cuando por obligaciones con un tercero ha establecido un derecho perfecto, al cual pudiera oponerse la nueva existencia social. Estos son los principios que regla la moralidad entre las naciones que yo creo que el Gobierno de Chile hállase dispuesto a reconocer i observar, porque son los de las mútuas convenciones, base i único oríjen de la política esterna: apliquémolos ahora en dos palabras a la cuestion presente.


Si Bolivia quiere perder su independencia, hará loque mejor le convenga como soberana; i siéndolo el mismo hecho convenido, privaría a a todos los Gobiernos de la tierra de intervenir en el asunto. Hacer una proposicion sobre la independencia de un Estado, i empeñarse en sostener una guerra para que por fuerza fuese independiente, aun en el caso de no deseárselo, paréceme una contradiccion mui clara. La República de Chile no tiene con la Boliviana ningun tratado de alianza, de comercio o navegacion; ningun pacto ni convencion alguna que produzca un derecho perfecto; i por consecuencia, carece de facultades para intervenir, haciendo proposiciones en negocios en que no es parte lejítima; porque "una nacion es dueña de su conducta miéntras no se oponga a los derechos propios i perfectos de otra nacion, i miéntras la primera no esté ligada sino con una obligacion interna sin ninguna obligacion esterna perfecta. Si ella abusa de su libertad, peca, pero las demas deben sufrirlo, pues no tienen derecho alguno para mandarle."


El Congreso de Bolivia ha decretado, por la lei de 22 de Julio de 1835, el confederarse con los Estados Norte i Sur peruanos, no para perder su independencia sino para defenderla con ménos sacrificios i mayor cantidad de recursos; no para debilitarse en sus medios de accion, sino para aumentar los de su seguridad; no para esponerse al choque violento de las pasiones políticas que producen la anarquía, sino para preservarse de los continuos amagos del desórden promovido por la inquietud de los Gobiernos de un pueblo hermano, a quien hicieron un vecino peligroso; no, en fin, para engrandecerse ni tomar de la tierra estraña un solo grano de arena, sino para consolidar sus instituciones i sostenerse en común de toda clase de agresiones. I cuando los pueblos, despues de inútiles esperiencias i estériles ensayos, buscan en la confraternidad su bienestar i su reposo, sacrificando bienes menores a la adquisicion de otros mayores, conservando su organizacion social interior, no hacen mas que confederarse sin dejar de ser independientes. Bolivia, en la plenitud de su soberanía i de su querer nacional, ha pactado esa confederacion porque la considera útil i porque ve en ella la única salvaguardia de esa misma independencia tan envidiada; una vez atacada de la manera mas tartárica que jamas tuvo, tantas veces amenazada i mil veces combatida por la intriga, la mala fé i la calumnia.


No me será necesario demostrar a V. S., con muchos razonamientos, que una nacion por el hecho de confederarse no pierde su independencia. La sabiduría del Gobierno chileno conoce mui bien los principios del derecho entre las jentes, i los deberes que le ligan a respetar i observar los compromisos que quiso contraer el pueblo chileno constituyéndose en nacion. Pero, tributando mi humilde homenaje a ese su saber, no puedo abstenerme de recordarle que muchos Estados soberanos e independientes pueden unirse por una confederacion perpétua, sin dejar de ser cada uno en particular un Estado perfecto. En este caso, formarán una república federativa: las deliberaciones comunes no menoscabarán la soberanía de cada miembro aunque puedan embarazar, bajo ciertos aspectos, el ejercicio de ella, en consecuencia de obligaciones voluntarias.


No deja de ser libre e independiente una persona porque tenga que cumplir ciertas obligaciones que ella se haya impuesto. Tales eran en otro tiempo las ciudades de la Grecia, i tales son hoi dia las Provincias Unidas de los Paises Bajos, i los miembros del Cuerpo Helvético.


En cuanto a la proposicion que V. S. me hace sobre la independencia del Ecuador, mi Gobierno no se considera autorizado para escucharla, ni cree que Chile tenga facultades para arrogarse un derecho ajeno, esclusivo e indelegable. Aquella nacion es independiente i sobera na: tiene en su pacto fundamental i en la naturaleza misma de su ser, establecidos los órganos que hagan entender su voluntad, absteniéndome, por lo mismo i para siempre, de responder a la demanda de V. S.


Me abstengo tambien de responder a las quejas que hace V. S. contra mi Gobierno, por no haber recibido la Legacion chilena, que quizá fueran fundadas si ántes de su salida con una escuadra i acompañada de mil elementos revolucionarios, no hubiese anunciado a V. S. cuál sería la conducta del Jefe de la Confederacion.


Las acriminaciones e inculpaciones mutuas no pueden ya mas que irritar los ánimos, creando obstáculos a la paz i a la armonía, que tanto deseamos. Releguemos, pues, al olvido, señor Ministro, los motivos que alteran nuestra quietud i, comprendiendo bien los intereses de los pueblos, tratemos de una manera inalterable.


Las demas proposiciones que me hace V. S., como la base de una transaccion, puedo asegurarle que serán escuchadas; admitidas en su mayor parte; ventiladas en otra para demostrar su inconveniencia; examinadas con la mejor buena fé, i reducidas a un tratado de paz i otro de comercio. No puede ya ofrecer mas el Jefe de la Confederacion peruana ni su Ministro; que ha trabajado incesantemente en este negocio, libre de toda pasion; no puede ya hacer mas por esa paz tan apetecida de los pueblos, tan necesaria al desarrollo de la industria, creadora de la propiedad e ilustracion, i tan precisa para contener las facciones interiores, quitando de las manos de jente ociosa los elementos de su corrupcion i dándoles a lo útil, trabajadora i no aspirante para resistir a la anarquía.


No dudo, señor Ministro, que con el exámen circunspecto de las razones que he aducido sobre la tercera proposicion de su nota del 10, quedarán terminadas nuestras diferencias, procediendo inmediatamente a tratar sobre los demas puntos que contiene aquella comunicacion apreciable, borrada que sea la indicada proposicion.


Dios guarde a V. S. —Santiago, Diciembre 14 de 1836. —Casimiro Olañeta. —Excmo. señor Ministro de Relaciones Esteriores de la República de Chile.


Está conforme. —A. Bello.




Núm. 389 editar

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Número 5


Las objeciones que, en su nota del 14, se ha servido oponer V. S. a la 2.ª de las bases que, de órden del Presidente, le he presentado como necesarias para el establecimiento de la paz entre los Estados de Chile i del Perú, se fundan, si V. S. me permite decírselo, en una intelijencia errónea del sentido de aquella segunda base, i en un concepto exajerado de la obligacion en que se hallan los Estados de respetar mútuamente los derechos que emanan de su independencia i soberanía.


Que esta obligacion tiene límites, ningun Gobierno podría disputarlo, ménos sin esponerse a la nota de inconsecuente a sus propios principios, que el actual Gobierno peruano, que debe su existencia a una intervencion armada. Los mismos principios que invocó el Jeneral Santa Cruz para mezclarse en los negocios del Perú, puede invocar Chile ahora con igual objeto, pero con una notable diferencia a nuestro favor i es que el peligro que amenazaba a la seguridad de Bolivia por las convulsiones del Perú, no puede ponerse en paralelo con el que amaga a Chile por la incorporacion de los Estados de Bolivia i el Perú bajo un mismo Gobierno. Consideraré los hechos, haciendo abstraccion de circunstancias que pudieran dar mucho realce a las razones justificativas de la conducta que Chile se ha visto en la necesidad de observar, i me ceñiré a preguntar a V. S. ¿si en un suceso como el de la fusion de dos naciones en una, meditada sin participacion de los Estados vecinos i consumada notoria i evidentemente por la fuerza, hubiera sido contemplada en Europa con la fria indiferencia que V. S. recomienda al Gobierno de esta República, i no hubiera encendido la guerra de un estremo al otro en aquel continente? ¿Qué largas i sangrientas luchas no ha producido a veces la ocupacion de un pequeño distrito, que alteraba lijeramente las relaciones del poder entre los varios Estados? ¿I culpa V. S. al Gobierno de Chile de temeridad i de una imprudente injerencia en negocios ajenos, porque no ha podido ver con una apática tranquilidad la acumulacion repentina de tantas, tan vastas i tan interesantes provincias bajo un solo Gobierno, porque la catástrofe de una República hermana le ha inspirado recelos sobre su propia suerte i la de los otros Estados vecinos, porque no ha querido dejar los destinos futuros de la Patria a la merced de un hombre, sea cual fuere; porque, aleccionado por la esperiencia, ha creído que ese aislamiento de los pueblos, esa indolencia funesta a que se quiere dar el título de moderacion i prudencia, no hacen mas que allanar el camino a la ambicion i arrastrarlos uno tras otro a la servidumbre, de que hubieran podido salvarse previniendo el peligro en tiempo i combinando sus medios de resistencia contra el enemigo comun? No hai derecho que la historia de las naciones civilizadas confirme con tantos ejemplos, como el que tienen para oponerse, cuando esforzadamente les es posible, a las acumulaciones de poder, que turben el equilibrio establecido; ni hai derecho tampoco que se derive tan inmediatamente del de la propia conservacion, que es el primero de todos. Disputarlo es disputar un principio. Pero, Bolivia, dice V. S. "no ha perdido su independencia; Bolivia es un Estado soberano e independiente: porque su independencia está sellada con la sangre de los primeros mártires de la revolucion; rejistrada en la historia de nuestra gloriosa lucha con la España; jurada solemnemente por ella misma, protestada por sus representantes en la invasion del Jeneral Gamarra; proclamada por su Congreso Constituyente; jurada de nuevo por la Asamblea Jeneral de 1831; confirmada por grandes hechos de armas i por sacrificios heróicos." Todo esto prueba que Bolivia ha comprado noblemente su independencia; que era digna de ella; que tiene mil motivos para emplear todo su valor i su celo en la guarda de una adquisicion tan preciosa; en una palabra, que debe ser independiente. Pero, nada de eso prueba que actualmente lo sea. "Quién ha arrebatado a Bolivia su independencia," pregunta V. S. El Jeneral Santa Cruz, responderé sin vacilar. Que la Federacion Perú-Boliviana es la obra esclusiva del Jeneral Santa Cruz, que este proyecto ha sido meditado i madurado sin el voto de los pueblos, i que las asambleas que han parecido sancionarlo, no fueron mas que un simulacro vano de reprentacion nacional; son hechos que, aun los mas ciegos partidarios de aquel Jefe, no pudieran contradecir, sino desmintiendo a su propia conciencia. Bolivia i los nuevos Estados peruanos, bajo el título de federados, son provincias de una autocracia militar.


Pero, cuando la Federacion Perú-Boliviana tuviera algo de real; cuando fuera otra cosa que un nombre con que se pretende encubrir la usurpacion del Perú i la dependencia de Bolivia, cuando no estuviera, segu todas las apariencias, condenada a la destruccion, llegado que sea el momento de dar a esta fusion de estados la unidad de sustancia i de forma a que aspiran siempre los conquistadores; el nuevo sistema establecido por el Jeneral Santa Cruz no dejaría por eso de poner en manifiesto peligro la seguridad de las Repúblicas vecinas. Aunque en esa suposicion Bolivia i el Perú conservasen bajo ciertos respectos su soberanía, bajo el aspecto que mas importa a las naciones estranjeras formarían un solo cuerpo político, que, movido por una accion central, podría fácilmente dirijir las fuerzas reunidas de todos los miembros contra cualquiera de los otros Estados Sud-Americanos. Cuando por la base 2.ª de las que tuve la honra de presentar a V. S. se pide la independencia de Bolivia, como una condicion de la paz, se quiso dar a entender la independencia en su sentido mas absoluto; porque todo sistema en que la poblacion, las riquezas, los recursos del Perú i de Bolivia estén a disposicion de un solo Gobierno i de un Gobierno que nos ha dado pruebas irreparables de malevolencia, es incompatible con la seguridad de esta República. En el mismo sentido, se exije que el Gobierno peruano renuncie a todo designio sobre la independencia del Ecuador. Es evidente que, para exijir lo uno i lo otro, en el sentido de su propia conservacion, no necesita Chile poderes de nadie.


Tal es el sentido de la 2.ª de las bases propuestas i tales las razones que, en el concepto del Gobierno chileno, la justifican. El Presidente ha visto con el mayor dolor que V. S. la haya juzgado inadmisible, porque la mira como la mas esencial entre las condiciones que ha creido necesarias para el establecimiento de una paz, que merezca este nombre. Quedan, por consiguiente, terminadas las negociaciones i S. E. me hadado órden para acompañar a V. S. su pasaporte.


Siento que no me sea posible cumplir el deseo de V. S., manifestado en su nota del 7, proporcionándole un buque de guerra para su trasporte al Callao i le ruego se sirva admitir las seguridades de la alta i distinguida consideracion i aprecio, con que tengo la honra de ser, de V. S. atento i seguro servidor. —Santiago, Diciembre 15 de 1836. —Diego Portales. —Señor Ministro Plenipotenciario del Gobierno del Perú.


Está conforme. —A. Bello.



Núm. 390 editar

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Número 6


Señor:


Las objeciones que opuse a la segunda de las bases que me propuso V. S. i que por equívoco llamé tercera, tuvieron por principal objeto el aclarar este negocio hasta ponerlo bajo un punto de vista que no admitiere ninguna clase de interpretacion, ni que sobre un falso supuesto procediéramos a tratar, para inmediatamente romper las negociaciones, acusándonos quizas de mala fé. Sabía mui bien la respuesta que V. S. debía darme i con ella había pensado dar cuenta a mi Gobierno, marchando yo mismo a recibir nuevas instrucciones, regresar, si era admisible la proposicion o responder desde allí definitivamente. Ha creido V. S. mas conveniente terminar, mandándome el pasaporte, cuyo recibo tengo la honra de acusar.


Me dice V. S., en su última comunicacion, que yo he creido inadmisible la segunda de las bases propuestas. Hai en esto un equívoco, señor Ministro, porque el oponer objeciones para aclarar una cuestion, buscando su verdadero sentido, no es negarse a admitir la base, mucho mas cuando, sin autorizacion de mi Gobierno para tal asunto, debía examinarle, procurando su evidencia para instruirle sobre la demanda clara del Gobierno de Chile, no hallándome facultado para admitirla ni desecharla.


En el primer buque que de Valparaiso se haga a la vela para el Callao o para los intermedios, saldré sin falta, despues del 25 de este mes. Si mi residencia en Santiago hasta entónces ofrece bondad de anunciármelo, para marcharme sin dilacion al puerto i esperar allí la primera oportunidad favorable de salir.


Ya sea al lado del Jefe de la Confederacion peruana, ya sea en mi pais o en cualquiera otra parte, yo haré siempre valer mi débil influencia para economizar los horrores de la guerra con un pueblo americano i de mi singular estimacion.


Al escribir a V. S., por la última vez, ruégole quiera aceptar las espresiones sinceras de mi gratitud por la noble acojida que he merecido al pueblo chileno, por las consideraciones que me ha dispensado su Gobierno i por las muestras de benevolencia con que los individuos que lo componen han querido honrarme.


Dígnese V. S. tambien admitir mi particular aprecio i la consideracion con que soi de V. S. seguro servidor. —Santiago, Diciembre 16 de 1836. —Casimiro Olañeta. —Excmo. señor Ministro de Relaciones Esteriores, señor don Diego Portales.


Está conforme. —A. Bello.




Núm. 391 editar

Señor Ministro:


Acabo de desembarcar de la fragata Colo-Colo, en la que zarpé de la bahía del Callao el 11 de Noviembre, a las 7 de la noche, i aunque voi a ponerme en camino para Santiago, creo necesario anticiparme a informar a V. S. que el 30 de Setiembre último, a las ocho de la noche, fondeó la Escuadra chilena en la bahía del Callao, i que, habiendo el dia siguiente tratado de aproximarse al surjidero, le fué negada la entrada, lo que orijinó las contestaciones entre el Vice-Almirante i el Gobernador de la plaza, de que acompaño a V. S. copia.


El 4 de Noviembre salieron la fragata Monteagudo el bergantin Orbegoso con destino a Guayaquil, para impedir que los buques de guerra peruanos, que se decía existir alli, se reuniesen con los que pudiese haber en otros puntos del Perú. El lúnes 7 del mismo, me hizo saber el Vice-Almirante que era de absoluta e indispensable necesidad que la corbeta Valparaiso i bergantin Aquíles siguiesen el mismo destino en el acto, sin que hubiese la menor demora, i quedé yo en la Colo-Colo en la bahía del Callao, continuando las contestaciones que se habían suscitado con el Gobierno del Perú sobre mi desembarco.


El resultado de estas contestaciones (de que remito copia, incluyendo orijinales las del Ministro de Relaciones Esteriores de aquel Gobierno) ha sido regresarme yo para Chile despues de intimar al Gobierno del Perú que debía mirar como declarada la guerra.


No recuerdo acto alguno de mi vida a que haya procedido con mas violencia; pero así lo exijían, sin dejarme otro arbitrio, el interes de la Patria i la conservacion de su Escuadra; las instrucciones que V. S. se sirvió comunicarme i, sobre todo, el no haber tenido eleccion, porque absolutamente no había otro partido que tomar, principalmente en las críticas circunstancias en que me hallaba el dia 11, fecha de mi último oficio al Ministro de Relaciones Esteriores del Perú.


Acompaño a V. S. copia de los avisos que dí al Almirante i de los que posteriormente, en alta mar, he dado al intendente de Concepcion i al gobernador militar de Valparaiso. Tambien acompaño a V. S. todos los papeles públicos de Lima que pude haber a mis manos en el estado de incomunicacion en que me hallaba.


Solo verbalmente puedo instruir a V. S. de los hechos, circunstancias i pormenores que han dado mérito a cada uno de mis pasos i a los del Almirante, sin cuyo conocimiento acaso no podrá V. S. formar un juicio exato de las razones que nos han movido.


Por la goleta hamburguesa Elisa recibí, en la altura de 33 grados, la última contestacion del Ministro de Relaciones Esteriores del Perú que, como lo acredita la nota puesta al reverso de su sobre, se dirijió al Callao despues de haber salido yo de aquella bahía, de donde me era indispensable salir ya por el deseo de conservar al Estado la goleta Colo-Colo, que, tenía avisos, trataba de sorprender el Gobierno peruano. Dirijo tambien a manos de V. S. la contestacion del Ministro de Relaciones Esteriores del Perú al oficio que V. S. le dirijió avisándole mi nombramiento. Creí indispensable abrirlo para instruirme de su contenido i que él me sirviese de direccion.


Dios guarde a V. S. —Valparaiso, Diciembre 7 de 1836. —Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores de Chile.




Núm. 392 editar

COPIA DE LAS COMUNICACIONES DEL SEÑOR ALMIRANTE CON EL GOBERNADOR DEL CALLAO

Número 1.


El ayudante, con quien tuve el honor de remitir a V. S. un pliego del Gobierno de Chile para el Ministerio de Relaciones Esteriores del Perú i hacerle la prevencion de cortesía, que esperaba la brisa para dirijirme al fondeadero i arreglar la etiqueta del saludo que iba a hacer a la plaza, me ha instruido de que V. S. tuvo a bien contestarle que no permitía la entrada de la Escuadra de mi mando en el puerto, ni desembarcar persona alguna que viniese en ella, a excepcion del señor Ministro Plenipotenciario de algun reparo o inconvenientes V. S. tendrá la la República de Chile cerca del Gobierno peruano i su comitiva, que se halla a su bordo.


La respuesta de V. S. me ha sorprendido demasiado. Negar la entrada a la Escuadra chilena a un puerto de un Estado amigo, i al tiempo mismo de conducir un Ministro Plenipotenciario, me parece un acto positivo de hostilidad que no alcanzo a comprender, atendido el estado de las relaciones de amistad que subsisten entre Chile i el Perú. V. S. se servirá decirme cuál es el motivo de esta novedad, ciertamente la mas estraña, cuando los puertos de Chile están francos a toda clase de embarcaciones i personas peruanas que quieran dirijirse a ellos i que subsisten allí gozando de una especial hospitalidad i benevolencia.


La contestacion que V. S. se sirviere darme, me servirá de gobierno para tomar las disposiciones convenientes, que, sin un antecedente de esta gravedad i con arreglo a mis instrucciones, solo podían ser. pacíficas i dirijidas a estrechar en lo posible las relaciones de amistad i cordialidad entre ámbos paises.


Tengo la honra de saludar a V. S. i protestarle los sentimientos de la mayor consideracion i aprecio con que soi de V. S. mui atento servidor. —Comandancia Jeneral de la Escuadra de Chile, a bordo de la corbeta Valparaíso, al ancla en frente del Callao, Octubre 31 de 1836. —Manuel Blanco Encalada. —Al señor Jeneral, Comandante Jeneral de Marina i Gobernador del Callao.




Núm. 393 editar

Número 2


Señor:


He tenido la honra de recibir la comunicacion que, con esta fecha, se ha servido V. S. dirijirme, manifestándome su sorpresa por mi negativa a la insinuacion, que me fué hecha por su ayudante, de que la Escuadra de su mando esperaba la brisa para entrar en el surjidero i saludar la plaza, si ésta le contestaba tiro por tiro.


Esta conducta que V. S. tacha de hostil de parte del Perú, no es, sin embargo, mas que la consecuencia inmediatamente precisa de los procedimientos del bergantin Aquíles en 21 de Agosto próximo pasado, i la falta de ratificacion por parte del Gobierno de Chile al convenio preliminar celebrado en 28 del mismo, para poner término a las hostilidades abiertas de hecho contra el Perú i que debió suceder a los cincuenta dias ¡Cuán sorprendente no debía ser a éste ver que en lugar de dar Chile un paso hácia esa buena intelijencia de que V. S. habla, i el Perú ha probado desear, se dejó ver una Escuadra cuya presencia no puede ser un testimonio de paz i amistad, ni dejar de parecer alarmante, por mas que se quiera justificar su intencion!


Las relaciones de amistad que existen entre el Perú i Chile, han recibido en su confianza una terrible leccion de parte de éste, sin embargo de no haberse alterado jamas por aquél; no necesitan, pues, para continuarse, el apoyo de las fuerzas del mando de V. S., especialmente despues de las muestras del mas vivo deseo de perpetuarlas consignadas por el Perú en el convenio preliminar ya indicado, que, contra todas sus esperanzas, ve sin efecto.


El Perú, señor Vice-Almirante, desea la paz, porque de ella resulta el bien de los pueblos; no habra sacrificios, a excepcion solo del honor de que no se convalece jamas, que no haga por obtenerla. Mas, entre tanto, debo manifestar a V. S. que es su actitud i nó mi negativa la hostil, i que miéntras no reciba nuevas órdenes de mi Gobierno, a quien doi cuenta de esta ocurrencia, no puedo tomar otro partido.


El señor Ministro Plenipotenciario i su comitiva puede desembarcar cuando i como quiera, mui seguro de que será tratado cual corresponde a su carácter.


Aprovecho gustoso la ocasion de ofrecer, etc. —Callao, 31 de Octubre de 1836. —Ramon Herrera. —A. S. E. el Vice-Almirante, Comandante Jeneral de la Escuadra de Chile.




Núm. 394 editar

Número 3


Al anochecer del dia de ayer he recibido la comunicacion, de la misma fecha, en que V. S. se sirve contestarme que, ínterin no tenga nuevas órdenes de su Gobierno no puede tomar otro partido que el de impedir entren al surjidero los buques de mi mando, sin que persona alguna de las que se hallan a su bordo pueda comunicar con tierra, a excepcion del señor Ministro Plenipotenciario i su comitiva.


Como no me es posible permanecer por mas tiempo en el estado de incertidumbre en queme pone esta conducta hostil e inesperada, ruego a V. S. se digne recabar de su Gobierno, a la mayor brevedad, o que le dé las órdenes que le autoricen para admitir en el puerto a los buques de mi mando, como deben serlo los de una nacion amiga, o la declaracion espresa de que la Escuadra chilena es mirada como enemiga. V. S. de hecho la ha considerado hasta ahora como tal. Han sido detenidas las embarcaciones que he despachado a tierra. Los conductores de las comunicaciones que he dirijido a V. S., han sido recibidos como parlamentarios de una armada enemiga, i se me niega la hospitalidad i auxilios con que justamente debía contar en los puertos de una nacion amiga. Mi posicion, en suma, a excepcion del actual fuego a que no da lugar la distancia a que me hallo de las baterías, es la misma en que me hallaba cuando, en defensa de la libertad del Perú i al mando de la Escuadra combinada, bloqueaba el puerto i batía las fortalezas ocupadas por el Jeneral español Rodil. Franqueando el Gobierno del Perú sus puertos a todas las naciones de la tierra, parece que solo reserva este tratamiento para Chile i acaso para la España.


V. S. encuentra la razon de esta conducta en los procedimientos del bergantin Aquíles en 21 de Agosto último; pero, el embargo de los buques peruanos, a mas de haber sido conforme a los mas severos principios de justicia, fué, como V. S. no ignora, la consecuencia inmediatamente precisa del uso que el Gobierno del Perú hacía de sus fuerzas navales para destruir la libertad i aun la independencia misma de Chile, abismándole primero en todos los horrores de la guerra civil.


En alguno de los buques de mi mando, reconocerá V. S. las prendas de paz con que el Gobierno del Perú brindaba a Chile en medio de la mas perfecta amistad, i cuando la honradez i lealtad chilenas no habían dado el menor motivo de queja; mas, no es del caso tocar estos hechos odiosos que renuevan ideas contrarias a los sentimientos de paz que debemos guardar, i de que, sobre todo, no corresponde a nosotros tratar.


Los deseos de mi Gobierno de estrechar las relaciones de amistad entre el Perú i Chile, se manifiestan mejor en el hecho mismo de remitir un Ministro Plenipotenciario a este efecto, que en el insignificante convenio firmado por don Victorino Garrido, i que, celebrado con quien no tenía clase alguna de poderes que le autorizasen para convenir sobre los intereses jenerales de la Nacion, fué visto dejarse a la ratificacion discrecional del Gobierno de Chile.


Por el contrario, la conducta del Gobierno del Perú respecto de la Escuadra de mi mando, indica el deseo gratuito de manifestar un ánimo hostil sin motivo i sin objeto. Las fuerzas peruanas no pueden desalojarme de la posicion que ocupo en este puerto ni de ninguna otra, fuera de los fuegos de las baterías, i el ponerme dentro de su alcance, léjos de ser motivo de alarma, lo sería de satisfaccion para el Gobierno, i una prueba evidente de mi confianza i de la sinceridad de mis intenciones.


Por último, señor Jeneral, encargado de conducir a mi bordo i poner en tierra al señor Ministro Plenipotenciario de Chile, i esperar el resultado de las negociaciones, mi deber es cumplir con esta órden. El no puede desembarcar si se impide que la Escuadra que le conduce éntre al puerto. Tampoco puede permanecer incomunicado con la Escuadra de mi mando, despues que desembarque, ni sería decoroso ni posible que, al mismo tiempo que permanecía un Ministro Plenipotenciario en tierra i subsistiesen las relaciones de buena armonía, estuviese la Escuadra de mi mando en absoluta incomunicacion i considerada de hecho como enemiga. Tampoco alcanzo a concebir qué nueva hostilidad podría resultar de que los buques chilenos se hallasen en mas o ménos proximidad a tierra, o qué clase de desconfianza puede tenerse de ellos en una situacion u otra; atendido el estado actual de las fuerzas navales del Perú.


Con este motivo, tengo el honor de reiterar a V. S. las protestas de los sentimientos, de consideracion i aprecio, con que soi de V. S. mui atento i obediente servidor. —Comandancia Jeneral de la Escuadra de Chile. —A bordo de la Corbeta Valparaiso al ancla enfrente del Callao. —Noviembre 1.º de 1836. —Manuel Blanco Encalada. —Al señor Jeneral, Comandante Jeneral de Marina i Gobernador del Callao.




Núm. 395 editar

Número 4


Señor:


El oficio que V. S. se ha servido dirijirme, con esta fecha, es de tal naturaleza, que siento no esté en la esfera de mis atribuciones el pasar a contestarlo en los términos debidos. Como gobernador político i militar de esta plaza, debo ceñirme al desempeño de las obligaciones que mi destino me impone, i al exacto cumplimiento de las órdenes de mi Gobierno, sin entrar en comunicaciones que son propiamente del dominio de la diplomacia.


Las instrucciones que tengo respecto de la Escuadra del mando de V. S., son de no dejarla entrar en el puerto a tiro de cañon porque el Gobierno, en defensa i custodia de los intereses nacionales, no debe dar lugar a que se repitan actos semejantes al que V. S. ha querido calificar de embargo. Si el Gobierno de Chile desea sinceramente la buena intelijencia con el del Perú, i supuesto que existe a bordo de la Escuadra un Ministro Plenipotenciario, encargado del cultivo de relaciones amistosas, parece que lo natural es que el predicho Ministro se dirija a mi Gobierno para todo lo que pueda conducir al lleno de su mision, bien sea desembarcando, como he tenido la satisfaccion de participar a V. S. que puede hacerlo libremente, o bien por medio de comucaciones oficiales desde a bordo.


Entre tanto, i miéntras por mi Gobierno no se me prevenga cosa en contrario, es de mi deber reiterar a V. S. que son terminantes las órdenes que tengo acerca de no permitir que los buques de guerra chilenos entren en el puerto; añadiendo que me sería sobre manera sensible la menor tentativa practicada por V. S. contra la inviolabilidad del territorio, aunque de sus consecuencias sería V. S. el solo responsable ante Dios i los hombres.


Con tal motivo, el que suscribe tiene el honor de ofrecer al señor Vice-Almirante, los senti mientos de consideracion i aprecio con que soi de V. S. su mui atento, obsecuente servidor. —Estado Nor-Peruano, Gobierno litoral, político, militar i naval del Callao, 1.º de Noviembre de 1836. —Ramon Herrera. —A. S. S .el Vice-Almirante de la Escuadra de Chile.



Núm. 396 editar

Número 5


Señor:


En oficio fecha de ayer, que acabo de recibir, se sirve V. S. decirme que las instrucciones que tiene respecto de la Escuadra de mi mando son de no dejarla entrar en el puerto a tiro de cañon.


Sin ánimo de interrumpir la atencion de V. S. con nuevas comunicaciones, deseo solo saber clara i positivamente si puesta la Escuadra chilena en el punto que hoi ocupa, le queda libre i espedita su comunicacion con tierra, si puede recibir los auxilios i refrescos que necesitare, i si, en suma, a excepcion del lugar en que han de situarse sus buques, serán estos considerados como los de las naciones amigas.


Tengo la honra de manifestar a V. S. los sentimientos de mi distinguida consideracion i aprecio, con que soi de V. S. atento i obsecuente servidor. —Comandancia Jeneral de la Escuadra de Chile. —A bordo de la corbeta Valparaiso, Noviembre 2 de 1836. —Manuel Blanco Encalada. —Al señor Jeneral, Comandante Jeneral de Malina i Gobernador del Callao.




Núm. 397 editar

Número 6


Señor:


En contestacion a la apreciable nota de V. S. de esta fecha, que me acaba de ser entregada por su ayudante, en la cual solicita una respuesta terminante sobre si la Escuadra de su mando, colocada en el punto en que está pueda tener una libre comunicacion con tierra, debo decirle: que me es imposible, segun las órdenes que tengo, acceder a !o que el señor Vice-Almirante desea.


Tengo la honra de manifestar a V. S. los sentimientos de mi mas alta i distinguida consideracion, suscribiéndome su atento i obsecuente servidor. —Callao, 2 de Noviembre de 1836. —Ramon Herrera. —A. S. S. el Vice-Almirante de la Escuadra chilena.




Núm. 398 editar


Copia de las comunicaciones del señor ministro plenipotenciario de chile con el ministro de relaciones esteriores del perú.


Número 1


Señor:


El señor Vice-Almirante, Comandante Jeneral de la Escuadra chilena, a cuyo bordo he venido desde Valparaiso, me ha manifestado las comunicaciones que han mediado entre S. S. i el señor Gobernador político i militar de la plaza del Callao, de resultas de haberse negado a la Escuadra su entrada al surjidero i la libre comunicacion con tierra; de las cuales se halla instruido el Supremo Gobierno del Perú, segun parece haberlo anunciado el mismo señor Gobernador.


Empeñado en evitar a toda costa cuanto inconveniente pudiera oponerse al desempeño de la importante mision de que vengo encargado, i en cuyo buen resultado han manifestado tomar el mas vivo interes los Gobiernos de Chile i del Perú, he creido que el mejor medio de cortar el progreso de esta disputa i las sérias desavenencias que talvez podría ocasionar, es que se retire la Escuadra chilena, dejándome en su buque de menor porte, i el señor Vice-Almirante se ha conformado con esta medida.


Este buque, despues de mi desembarco, debe quedar en libre comunicacion conmigo i dispuesto para conducir los avisos i correos de Legacion que me fuere necesario espedir. Debe tambien quedar en libertad para proporcionarse todos los víveres i auxilios que reciban en los puertos del Perú los buques de las naciones con quienes no se halla este pais en estado actual de guerra.


Supérfluo sería añadir, si no diesen lugar a ello las ocurrencias anteriores i la desconfianza i alarma que parece haber causado la presencia de la Escuadra chilena, que este buque permanecerá en el Callao, bajo la especial garantía del honor del Gobierno peruano.


Si el Supremo Gobierno del Perú no tuviere embarazo en convenir en lo espuesto, ruego a V. S. se sirva comunicármelo para pasar a desembarcarme.


Como V. S. se halla competentemente instruido de mi nombramiento de Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de la República de Chile cerca del Gobierno del Perú, me juzgo autorizado en esta circunstancia para dirijirme a V. S. con motivo de la presente ocurrencia, la cual me proporciona ocasion de anticiparme i ofrecer a V. S. las seguridades del respeto i consideracion, con que soi de V. S. mui atento i obediente servidor. —A bordo del bergantin chileno Aquíles, Noviembre 3 de 1836. —Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Relaciones Esteriores del Perú.




Núm. 399 editar

Número 2


Señor Ministro:


Ha sido sobre manera satisfactorio al Gobierno Protectoral que V. S. se hubiese penetrado de la justicia con que aquél se denegaba a admitir la Escuadra chilena en el puerto bajo las circunstancias que han mediado; i que, convenciéndose V. S. de que no era decoroso entablar una negociacion de paz en presencia de los aparatos de guerra, se haya servido propender a la remocion de tan poderoso obstáculo.


El oficio que V. S. se ha servido dirijirme con fecha de ayer, es verdaderamente digno de un nuncio de concordia. V. S. me participa en él su resolucion de dejar solamente en el Callao uno de los buques de la Escuadra chilena para el uso de la Legacion i de mandar se retire el resto de ella; i semejante muestra de la buena disposicion de V. S. a franquear las vías de la buena intelijencia, será correspondida en términos adecuados por este Gobierno, el cual nada desea tanto como el restablecimiento de la mas perfecta armonía entre los Estados Nor i Sud Peruanos i la República de Chile.


En la intelijencia, pues, i bajo la especial garantía de V. S., de que la Escuadra chilena se retirará de las costas de los Estados Nor i Sud Peruanos i de que no procederá a cometer acto alguno de hostilidad, captura, embargo, depósito o detencion respecto de las propiedades de los predichos Estados i sus subditos, miéntrás esté pendiente la negociacion que se trata de entablar entre el Gobierno Protectoral i el de Chile, puede V. S. disponer que uno de sus buques éntre libremente en el puerto del Callao, se mantenga en perfecta comunicacion con la tierra i esté enteramente a las órdenes de V. S. para los usos pacíficos a que tenga a bien destinarlo; recibiendo los auxilios que puede necesitar de nuestro suelo, i permaneciendo bajo la especial garantía del honor del Gobierno Protectoral.


Al señor Gobernador del Callao se le han comunicado las órdenes convenientes a cerca del desembarco de V. S. cuando guste efectuarlo. Por lo demas, ruego a V. S. me permita observar, que el Gobierno está instruido de que se hallan a bordo de la Escuadra chilena alguno individuos que no deben venir a tierra, sin conocimiento i espreso peimiso de la autoridad local; i a su virtud será necesario que V. S. se sirva indicar las personas que componen su comitiva, o que pertenecen a la nave que ha de quedar en el Callao, para que unas i otras gocen sin restriccion ni molestias de los privilejios de la hospitalidad.


Con este motivo, tengo la honra de ofrecer al señor Ministro Plenipotenciario las consideraciones de mi mas profundo respeto. —Estado Nor-Peruano, Secretaría Jeneral de S. E. el Presidente de Bolivia i Supremo Protector de los Estados del Sud i Norte del Perú. —Palacio de Gobierno, en Lima a 4 de Noviembre de 1836. —Pio de Tristan. —Al señor Ministro Plenipotenciario del Gobierno de Chile.


Post data. —El que suscribe está autorizado a anunciar al señor Ministro Plenipotenciario, que si la Escuadra se halla en el caso de necesitar algunos víveres o refrescos, el señor Gobernador de la Provincia Litoral del Callao se los suministrará sin dificultad. —Pio de Tristan.




Núm. 400 editar

Número 3

Señor:


El único obstáculo que retardaba i aun amenazaba impedir absolutamente mi desembarco, era la negativa por parte del Gobierno del Perú a que la Escuadra, a cuyo bordo he venido, entrase al surjidero i tuviese comunicacion con tierra. Confieso a V. S. que no por el convencimiento de la justicia de esta conducta, sino por el ardiente deseo de evitar a todo trance la desavenencia suscitada con este motivo, removiendo la causa que la orijinaba, recabé del señor Vice Almirante que la Escuadra se retirara del Callao, i me trasladase al buque de menor porte para que éste pudiese entrar al surjidero, i mantenerse en libre comunicacion conmigo, sin inspirar la alarma i desconfianza que había manifestado el Gobierno de V. S., cuyos deseos tenía yo sobrados motivos para creer que quedaban completamente satisfechos con esta propuesta.


Sin embargo, en la respetable comunicacion de V. S., fecha de ayer, se exije una especial garantía mia de que la Escuadra chilena se retirara de las costas de los Estados Sud i Nor Peruanos, i de que no procederá a cometer acto alguno de hostilidad, captura, embargo, depósito o detencion respecto de las propiedades de los predichos Estados i sus súbditos, miéntras esté pendiente la negociacion que se trata de entablar; i me es sensible que no esté en mi mano acceder a esta nueva pretension, porque V. S. debe hacerse cargo de que, por satisfecho i aun cierto que me halle, i lo estoi mucho, de la sinceridad de las disposiciones pacíficas de mi Gobierno, para otorgar esta formal garantía llana 1 sin condiciones, sería necesaria una especial órden o instruccion suya. Por el contrario, así como puedo asegurar a V. S. que estoi firmemente persuadido de que la Escuadra chilena no cometerá acto alguno de hostilidad de los que V. S. enumera, ni de ninguna clase sobre los buques, súbditos, propiedades o territorio peruanos, ínterin estén pendientes las negociaciones, debo declarar, con la franqueza que me es característica, que aunque ahora se retire del puerto del Callao, es probable que vuelva a él pendiendo todavía la negociacion, o a cualquier otro punto de las costas del Perú, i atendidas las disposiciones que manifiesta el Gobierno de V. S. i el modo con que la misma Escuadra ha sido recibida en el Callao, impedirá la reunion de los buques de guerra peruanos, i todo nuevo armamento naval que esté en su mano impedir, aunque sin proceder a acto alguno de violencia ántes de anunciarlo debidamente para que se evite.


Por lo que hace a la presencia de la Escuadra en las costas del Perú, tan léjos está de haberse estimado por el Gobierno de V. S. como inconveniente para el desempeño de mi mision, que, por el contrario, se ha hecho saber oficialmente por el señor Gobernador político i militar del Callao, refiriéndose a órdenes de su Gobierno, que permaneciendo ella fuera de los fuegos de las baterías, podía el Ministro Plenipotenciario desembarcar con su comitiva como i cuando gustase, seguro de que sería tratado del modo correspondiente a su carácter, en que se comprende su libre comunicacion con su Gobierno i toda clase de ajentes i funcionarios de éste, i la inviolabilidad de sus correos i avisos. Tampoco en el oficio que tuve el honor de dirijir a V. S. el 3 del corriente, se proponía directa o indirectamente la absoluta separacion de la Escuadra de las costas del Perú, sino solo su retiro indefinido del puerto del Callao, a efecto de evitar el inconveniente, que, no por parte del Gobierno del Perú, sino por mí, se encontraba en que yo desembarcase sin que entrase al surjidero la Escuadra a cuyo bordo venía.


Por otra parte, estando yo admitido en mi carácter de Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario, las únicas cuestiones a que parece oportuno dar lugar en el estado presente, serían las concernientes a mi desembarco hasta hallarme en disposicion de empezar a ejercer las funciones de mi ministerio. Cualquiera pretension del Gobierno del Perú sobre la situacion de la Escuadra durante las negociaciones, podría ser objeto de una convencion preliminar, para cuya celebracion no hai embarazo, dándose por parte del Gobierno del Perú seguridades mediante las cuales no pierdan las fuerzas navales de Chile la posicion ventajosa que tienen hoi i deben conservar para el caso de un rompimiento.


Debemos tambien ponernos de acuerdo en la verdadera intelijencia de la espresion pacífica de que V. S. se vale, cuando habla de los usos a que puede destinarse el buque que queda a mis órdenes en el Callao. Seguramente que yo no le destinaré a cometer acto alguno de hostilidades, ni miéntras dure la negociacion se ejercerá alguno por mi órden, aprobacion o consejo, pero me sería sumamente desagradable que no se calificase de uso pacífico llevar las comunicaciones que tuviese yo que dirijir a la Escuadra, bien para que se remitiesen a Chile, bien para el mismo señor Vice-Almirante, o bien para saber si se habían recibido pliegos de mi Gobierno.


Habiendo procurado satisfacer los deseos del Gobierno del Perú, con la medida propuesta en mi oficio de 3 del corriente, espero que V. S. se sirva contribuir eficazmente a allanar todo embarazo ulterior que retarde el desempeño de mi mision.


Solo me resta dar a V. S. las mas espresivas gracias por el ofrecimiento que se sirve hacerme de los víveres i refrescos para la Escuadra, de que por ahora no necesito, i renovar a V. S. las seguridades del respeto i consideracion con que soi de V. S. mui atento obediente servidor.


A bordo del bergantin chileno Aquíles. —Noviembre 5 de 1836. —Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores del Perú.




Núm. 401 editar

Número 4

Señor Ministro:


El Gobierno Protectoral se había denegado a recibir la Escuadra chilena en el puerto dentro del tiro de cañon, porque consideraba esta circunstancia como un poderoso impedimento para entablar la negociacion proyectada, tanto a causa de incidentes anteriores, cuanto en razon de ser desusada semejante conducta entre potencias de igual jerarquía en el órden político. Al ver, por la estimable nota de V. S. de 3 del corriente mes, que se retiraba la predicha Escuadra, juzgó que esto provenía del convencimiento de la justicia de su pretension. Siente haberse instruido posteriormente por el oficio de V. S. fecha de ayer, que se equivocó en su juicio a este respecto; pero, como quiera que sea, dejaré de tratar mas este punto, a fin de pasar a contestar el último oficio precitado.


Su contenido no puede ser mas sorprendente ni mas contradictorio.


Es sorprendente, porque de él aparece que las órdenes e instrucciones que ha dado a V. S. su Gobierno, son de guerra, de guerra simulada, si no abierta, mas bien que de paz. A no ser así, ¿cómo es que no puede V. S. acceder a la justa solicitud espresada en mi anterior oficio, sin especial órden e instruccion del Gobierno de Chile? Es posible que haya sido enviado V. S. como Ministro encargado de establecer entre estos Estados i aquél la buena armonía, interrumpida por el hecho inaudito del bergantin Aquíles; i, que, sin embargo, tenga V. S. necesidad de especial órden o instruccion para garantizar que los buques de guerra de su nacion no cometerán acto alguno de hostilidad, captura, embargo, depósito o detencion respecto de las propiedades de los predichos Estados i sus subditos, miéntras esté pendiente la negociacion que se trata de entablar; ¿o se pretendía negociar i hostilizar a la vez bajo una u otra denominacion?


No es ménos sorprendente la injénua confesion de V. S., a saber: "que la Escuadra chilena impedirá la reunion de los buques de guerra peruanos, i todo nuevo armamento naval que esté en sus manos impedir, aunque sin proceder a acto alguno de violencia ántes de anunciarlo debidamente para que se evite." Permita V. S. le observe que el Gobierno de Chile pretende arrogarse un derecho que el Gobierno de los Estados Nor i Sud Peruanos no reconocerá jamas; que aquél aspira a dictar una lei a la que no se someterá éste nunca; porque reconocer tal derecho i someterse a semejante lei sería lo mismo que renunciar a toda idea de decoro, a la propia seguridad, a la existencia, al honor i a la estimacion de todos los hombres que abriguen en su pecho sentimientos de independencia i dignidad. Se necesita hallarse mui poseido de un vehemente i sincero amor a la paz, i estar mui en las vías de la razon, para abstenerse de calificar aquí semejante pretension.


Es contradictorio el oficio de V. S. en cuanto se asienta en un lugar que no puede V. S. garantizar que los buques de guerra de su nacion no cometerán ninguno de los actos arriba enumerados, i en otro se dice que está firmemente persuadido de que no los perpetrará la Escuadra chilena; en cuanto se manifiesta que ella impedirá la reunion de nuestros barcos de guerra i todo nuevo armamento naval i se agrega que esto será sin proceder a acto alguno de violencia ántes de anunciarle debidamente para que se evite. ¿Cree V. S. que el Gobierno de estos Estados dejará de aumentar su fuerza naval, de dispersarla, de reunirla donde i como lo estime conveniente, porque V. S. le prevenga que no debe hacerlo. Teniendo el Gobierno de V. S. semejante pretension, ¿cómo evita el choque o colision? ¿Cómo será posible que la Escuadra chilena no use de violencias para lograr su objeto, cuando nuestros buques han de verse en la forzosa necesidad de resistirlo?


Lo que V. S. se sirve calificar de nueva pretension del Gobierno Protectoral, es sin duda la garantía pedida a cerca de los actos de que debe abstenerse la Escuadra chilena, miéntras esté pendiente la negociacion, puesto que no merece aquel nombre la solicitud de que se retirase de nuestras costas. Siento que me sea forzoso repetir que aquella peticion está justificada por los hechos anteriores. Por lo demas, V. S. sabe mui bien que, conforme a los principios jenerales admitidos, la jurisdiccion marítima de un pais se estiende hasta una legua marina, o hasta el tiro de canon de la costa; que esto es lo mismo que desde un principio se ha exijido de la Escuadra chilena; i si el dominio i el imperio son derechos propios de todo Gobierno, como inherentes a la soberanía, no debe parecer estraño que sea ahora mas nimio i especial el cuidado sobre la inviolabilidad del territorio, en atencion a la circunstancias que han precedido.


La garantía especial que solicité de V. S., en mi oficio anterior, como indispensable para entablar negociaciones, habría sido inoficiosa en cualesquiera otras. Pero el Gobierno Protectoral, aleccionado por una esperiencia dolorosa, hubiera sido culpable a los ojos de la Nacion i vituperable a los del mundo todo, si no la hubiese exijido préviamente. La conducta de este Gobierno en no admitir como perfecto amigo en nuestros puertos al que una vez nos hostilizó, i al que, léjos de haberreparado el agravio, se presentaba de nuevo en actitud amenazadora, si no hostil, como tambien en solicitar la declaratoria o garantía que se pidió a V. S., aparece completamente justificada por el oficio a que tengo la honra de contestar; cuyo tenor, por mas que se quiera deslumhrar con espresiones de paz, haría creer que las pretensiones que en él se manifiestan, no son consecuencia de las precauciones con que hemos recibido a la Escuadra chilena, sino efecto de un doble plan premeditado de antemano.


Indica V. S. que la situacion de la Escuadra chilena durante las negociaciones, pudiera ser objeto de una convencion preliminar. Mas ¿qué significa una convencion en este caso? Despues del hecho del bergantin Aquíles, se concluyó una, en la cual se estipuló que no se podría aumentar la fuerza naval de ninguna de las partes contratantes, ántes de cuatro meses. El Gobierno de V. S. no ha tenido a bien ratificarla; ha aumentado sus fuerzas marítimas; i ha declarado que no la ratificaba, por no considerar rota la paz entre ámbas Repúblicas. Pregunto ¿se ha roto desde entonces? Se resiste a creerlo mi Gobierno, aunque otros juzgarán que sí, al ver que se trata de impedir hasta la reunion de nuestros barcos de guerra, i que V. S. no se atreve a garantizar, sin instruccion especial del suyo, que no se cometerá acto alguno hostil por parte de la Escuadra chilena.


V. S. se sirve indicar en su oficio predicho que debemos ponernos de acuerdo sobre la intelijencia de la palabra pacíficos, que juzgue inseparable de las de los usos a que podría V. S. destinar la nave que debía quedar en el puerto a las órdenes de V. S. Como V. S. hubiese manifestado que tenía necesidad de un buque para los avisos i correos de la Legacion, creí que con mi contestacion estaríamos perfectamente acordes, puesto que, bajo la espresion pacíficos, deben comprenderse los objetos a que V. S. habia hecho alusion, i nó en manera alguna los actos de una naturaleza hostil, ni tampoco las órdenes para perpetrarlos de que pudiera hacerse conductor al buque precitado. Esta ha sido i es la mente i la intelijencia de mi Gobierno, el cual no ha podido ménos de sorprenderse de que al mismo tiempo que pedía V. S. la garantía de nuestro honor para uno de sus buques, i que nosotros se la concedíamos sin vacilar, se reservara V. S. la facultad de proceder hostilmente respecto de nuestros barcos, denegándose a prestar su garantía en reciprocidad.


En resúmen i para patentizar ante el mundo de qué parte está la buena fé i el sincero deseo de entenderse en este negocio como corresponde, ruego a V. S. se sirva contestar categóricamente a las preguntas siguientes:


Primera. —¿El Gobierno de Chile se considera respecto de los Estados Nor i Sud-Peruanos en estado de perfecta paz o de abierta hostilidad?


Segunda. —¿Se abstendrá la Escuadra chilena de cometer todo acto de hostilidad, captura, embargo, depósito o detencion, respecto de las propiedades del Gobierno de los susodichos Estados i sus súbditos, miéntras está pendiente la negociacion entre éste i el de V. S.?


Tercera. —¿Se abstendrá la misma Escuadra de impedir o procurar impedir la reunion i el aumento de nuestras fuerzas navales?


Cuarta. —¿Se retirará ella de las costas de los Estados Nor i Sud-Peruanos, o lo que es lo mismo, de los límites de nuestra jurisdiccion, miéntras esté pendiente la negociacion precitada?


Es sensible al que suscribe que, despues de visto i examinado el contenido del oficio último de V. S., se haga mas necesario el completo esclarecimiento de las miras de la Escuadra chilena. El Gobierno Protectoral se lisonjea de que el mundo imparcial hará justicia a los deseos de paz que ha desplegado, no ménos que al modo en que ha considerado i debido considerar la conducta del Gobierno de Chile en las circunstancias presentes, i anhela que V. S. se persuada de que tan solo la imprescindible atencion que debe prestar a su propia dignidad i al honor de los pueblos que le han encomendado la direccion de sus destinos, puede inducirlo a exijir, ántes de entablar la negociacion, la contestacion a las preguntas que he tenido la honra de hacer a V. S.


Dios guarde a V. S. —Estado Nor Peruano. —Secretaría jeneral de S. E. el Presidente de Bolivia i Supremo Protector de los Estados del Sud i Norte del Perú. —Palacio de Gobierno, en Lima a 6 de Noviembre de 1836. —Pio de Tristan. —Al señor Ministro Plenipotenciario de la República de Chile.




Núm. 402 editar


Copia de las comunicaciones del ministro plenipotenciario de chile con el ministro de relaciones esteriores del perú.


Número 5


Señor Ministro:


El modo franco i leal con que, desde mis primeras comunicaciones, he tenido el honor de espresar a V. S. cuál sería la conducta de la Escuadra chilena en todas circunstancias durante las negociaciones, es la mejor demostracion de la injusticia con que se argüiría a mi Gobierno de simulacion o doblez.


La garantía absoluta i jeneral que nuevamente pretendía el Gobierno del Perú, cuando parecía removido el único obstáculo que al principio impidió mi desembarco, comprendía concesiones que, atendida la disposicion hostil que él mismo manifestaba i demas circunstancias actuales, no debía hacerse sin exijirle tambien seguridades i condiciones, o sin mas especial órden de mi Gobierno. Por eso espuse a V. S. que no estaba en mi mano otorgar, sin esta especial órden, una formal garantía llana i sin condiciones; indicando al mismo tiempo el medio de obtenerla; tal era la celebracion de un convenio preliminar sobre la situacion de la Escuadra, dándose por parte del Gobierno del Perú las seguridades competentes. Entre tanto, no vacilé un momento en asegurar a V. S. que la Escuadra chilena no cometería acto alguno de hostilidad; pero que podrían volver a los puertos del Perú i ademas, atendidas las disposiciones hostiles que encontraba, impediría la reunion de los buques de guerra peruanos i todo nuevoarmamento naval, sin proceder a acto alguno de violencia ántes de anunciarlo debidamente para que se evitase. No diviso en esto contradiccion alguna.


Habiendo entrado en cuestiones que no es oportuno, ni decoroso, ni, sobre todo, posible que yo trate en la situacion en que me encuentro, i que retardan indefinidamente el entrar en la negociacion de que estoi encargado, me sería mui satisfactorio que ellas terminasen a lo menos por ahora, con la contestacion positiva que paso a dar a las preguntas que V. S. se sirve hacerme, asegurando:


En cuanto a la primera: que el Gobierno de Chile se considera respecto del de los Estados Nor i Sur Peruanos en estado de perfecta paz; pero amenazado de un rompimiento i, por consiguiente, en la necesidad de tomar medidas puramente de precaucion que de ningun modo presenten un carácter de hostilidad: en suma, que arregla en esta parte su conducta a la que guarda el Gobierno del Perú.


En cuanto a la segunda: que la Escuadra chilena se abstendrá de cometer acto alguno de hostilidad, captura, embargo, depósito, detencion ni de ninguna otra clase respecto de las propiedades de los predichos Estados i sus subditos, miéntras estén pendientes las negociaciones entre el Gobierno de Chile i el de V. S.


En cuanto a la tercera: que la Escuadra impedirá o procurará impedir la reunion i el aumento de las fuerzas navales del Perú, con el único objeto de que estas i las de Chile conserven su estado actual, sin que las últimas pierdan inútilmente la ventajosa posicion i actitud en que hoi se encuentran. V. S. me permitirá añadir que esta conducta prudente i dictada por la necesidad, cuando no se han alejado los temores de un rompimiento, no puede llamarse contraria a la justicia, i es tambien exactamente conforme a la que ha manifestado el Gobierno del Perú. Una convencion preliminar sobre la situacion i operaciones de dicha Escuadra durante la negociacion, en la forma que he tenido el honor de proponer a V. S., en mi oficio del 3 del corriente, podría hacer inútiles estas medidas i hacerles perder el aspecto de hostilidad bajo que quieren mirarse.


En cuanto a la cuarta: que cuando la Escuadra chilena se presente en algun puerto peruano se mantendrá fuera del tiro de cañon, sin abordar a sus playas sino en el caso en que, prolongándose las negociaciones, se viere en la necesidad de renovar su aguada.


El Gobierno del Perú hace toda clase de preparativos, se presenta en un aspecto hostil i son verdaderamente tales las órdenes que ha espedido con respecto a la Escuadra chilena. En estas circunstancias entrar sin seguridades recíprocas, o a falta de éstas sin medidas de precaucion en una negociacion de éxito incierto i cuyo solo resultado podría ser mui bien el haberse sacrificado inútilmente por parte de Chile sus medios ventajosos de defensa, sería en el Gobierno que le exijiese un acto indigno de la nobleza i elevacion de sentimientos que deben caracterizar a todos, i en el que lo otorgase un acto de insensatez i del mas criminal abandono de los intereses del pueblo cuyos destinos le están confiados.


V. S. me permitirá hacerle presente que el Gobierno de Chile jamas ha declarado que no ratificaba la convencion celebrada con don Victorino Garrido por no considerar rota la paz entre ámbas Repúblicas. Hizo esta observacion cuando vió dar impropiamente a aquel convenio el título de preliminar de paz, pero el motivo de su desaprobacion fué el grave perjuicio que se hacía atándose las manos para las mas importantes medidas de seguridad esterior durante el término de cuatro meses; i su derecho pata desaprobarlo resultaba de que el señor Garrido carecía de poderes para celebrar convenio alguno, i supuesto que se trató con él, sin exijir que los exhibiese, es visto que se quiso dejar la ratificacion al arbitrio del Gobierno de Chile. El convenio del Callao entra en la categaría de aquéllos a que los escritores de Derecho Público dan el nombre de esponsiones, i que nada valen ni obligan, ni aun imperfectamente al soberano del esponsor sino en virtud de la ratificacion espresa o tácita que es del todo voluntaria. Por lo demas, el Gobierno de Chile ha aumentado sus fuerzas marítimas despues de desaprobar el convenio i de publicada su desaprobacion; el Gobierno del Perú ha aumentado las suyas despues de haberlo ratificado i ántes de saber la desaprobacion del otro contrato. A la convencion preliminar que hoi se celebrase, debería preceder, como es debido, el exámen de la suficiente autorizacion o poderes de los contratantes.


Por conclusion, habiendo desde el principio procurado satisfacer los deseos del Gobierno del Perú; habiéndose retirado la Escuadra i quedado yo en un solo buque demasiado insignificante para causar alarma, ni inspirar desconfianza, habiendo dado testimonio de mis esfuerzos en desempeñar desde luego la mision que me ha sido confiada, i no pudiendo ésta tener efecto i ni aun iniciarse desde a bordo de un buque, fuera hasta de los puertos de la nacion a donde estoi destinado, me creo con suficiente derecho para rogar a V. S. se sirva contestar categóricamente i a la mayor brevedad, si puedo entrar al puerto i desembarcar; si me quedan espeditas las comunicaciones con mi Gobierno i demas funcionarios i sirvientes suyos; i si el buque en que me encuentro se hallará en libre comunicacion conmigo i dispuesto para conducir los avisos i correos de Legacion que me fuera necesario espedir.


Dios guarde a V. S. —A borco de la goleta Colo-Colo, Noviembre 8 de 1836. —Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Relaciones Esteriores del Perú.



Núm. 403 editar

Número 6

Señor:


Me es sensible no poder convenir con V. S. en que terminen, ántes de entrar en negociacion formal, ciertas cuestiones preliminares, que tienen referencia con la posicion en que se encuentra este Gobierno respecto del de Chile. Léjos de ello, me es forzoso, para contestar a la pregunta que V. S. se sirve hacerme en su nota de ayer, esclarecer todavía mas las verdaderas miras e intenciones de la Escuadra chilena en su retirada, i remontarme a los hechos que nos han colocado en aquella posicion, para desvanecer con el hilo de ellos i con la série de raciocinios a que dan lugar algunas equivocaciones en que incurre V. S. para rechazar la inculpacion que repetidamente hace en su oficio sobre nuestra actitud hostil; i para demostrar que, mui léjos de ser el Gobierno de Chile quien arregla su con Sucta por la del Gobierno de los Estados Nor i dur Peruanos, es éste quien se ha visto, i se ve, en la precision de ajustar la suya a la de aquél.


Supuesto que el Gobierno de Chile creyó tener razones para atribuir complicidad a éste en la espedicion de don Ramon Freire, parece que lo justo i lo natural, en tal caso, era pedir las esplicaciones convenientes, salvo su derecho de ocurrir al medio que juzgase mas adecuado a la satisfaccion de su honor i dignidad, si nos negábamos a dárselas.


En vez de seguir esta línea de conducta, prefirió perpetrar el hecho del bergantin Aquíles, hecho que, a lo violento i escandaloso de él, agrega lo inaudito por el modo en que se ejecutó; hecho que, bajo todos sus aspectos, ha sido espresamente aprobado por el Presidente de Chile en su Mensaje al Congreso, i si el objeto del Gobierno de V. S. no hubiera sido otro que impedir el alimento de nuestras fuerzas navales, miéntras se negociaba; aquel objeto se habría logrado con el convenio preliminar que se firmó en la fragata Talbot, i que pudo aprobarse, cualquiera que fuese su carácter o denominacion. No se contentó el Gobierno de V. S. con desecharlo, sino que, en vez de proceder a entablar negociaciones con el Ministro que por nuestra parte se nombró i que llegó a Valparaiso el 1.º de Setiembre próximo pasado, en vez de mandar un Ministro Plenipotenciario, sin que le acompañase aparato alguno hostil i amenazador, quiso mas bien enviarlo juntamente con una Escuadra, sin hacerse cargo que, despues del hecho a que he aludido arriba i de la autorizacion dada por el Congreso al Gobierno de Chile para declararnos la guerra, no podía ménos de mirarse con suma i justa desconfianza la venida de una fuerza naval de aquel Estado a situarse en la bahía del Callao; i sin atender a las observaciones que sobre el particular hizo amistosamente el Encargado de Negocios de Bolivia, encaminadas a manifestar que ni era decoroso a este Gobierno, ni propio, ni conducente a la buena intelijencia el envío de la tal Escuadra.


En tanto que el Gobierno de V. S. se conducía de esta manera, el mio observaba escrupulosamente el convenio preliminar i guardaba que la razon prevaleciese en los consejos del Gabinete de Chile, hasta el punto de que se enviase en la forma usitada al Ministro encargado de restablecer la armonía, rota por el hecho del Aquíles. Nuestra esperanza a este respecto ha sido vana, como lo es el cargo que nos hace V. S. de haber aumentado en el intervalo nuestra fuerza naval. Nosotros hemos observado con relijiosidad las estipulaciones del convenio sobre la materia, hasta que, instruidos de que había sido desaprobada por el Gobierno de Chile, de que se había irrogado una grave ofensa a la Nacion, presentando nuestros buques tomados por el Aquíles en actitud ignominiosa en Valparaiso; de que venía una Escuadra a nuestras costas, i de que el Gobierno de V. S. había solicitado, i el Congreso le había concedido especial autorizacion para declararnos la guerra, creimos de nuestro deber mejorar i aumentar nuestros medios de defensa, para el caso desgraciado de un rompimiento, que por todos los antecedentes debíamos recelar.


El envío de las fuerzas navales de Chile i sus pretensiones, atendidas las circunstancias precedentes, han sido la causa de que a esta hora no esté entablada una negociacion que mi Gobierno desea sincera i ardientemente, para dar al de V. S. las mas francas esplicaciones sobre el caso en cuestion, i sobre cualquier otro en que tenga a bien demandarlas, i para acreditar a la faz de todas las naciones, que está tan dispuesto a prestarse a todo lo que sea justo, racional i decoroso exijir de él, como a rechazar con noble altivez todo lo que se pretenda de infundado, indebido i humillante. El Gobierno se lisonjeó, al recibir la nota de V. S. de 3 del corriente mes, de que aquel obstáculo estaba removido, pero se disipó su ilusion al ver, por el oficio del 5, que aunque V. S. podía asegurar que estaba persuadido firmemente que la Escuadra chilena no cometería ninguna especie de acto hostil, respecto de nosotros, miéntras estuviese pendiente la negociacion, con todo no podía otorgar una garantía llana i sin condiciones sobre este punto, sin especial órden o instruccion de su Gobierno.


Verdad es que, en el oficio de V. S. de ayer, a que tengo la honra de contestar, se sirve V. S. prestar esa misma garantía llana i sin condiciones, en su respuesta a la segunda pregunta de mi nota anterior, i tambien lo es, que dice V. S. "que habiendo procurado desde un principio satisfacer los deseos de este Gobierno i habiéndose retirado la Escuadra," se cree V. S. con suficiente derecho para preguntarme si puede desembarcar. Pero, como, por otra parte, afirma V. S. nuevamente, que aquella Escuadra impedirá o procurará impedir la reunion i el aumento de nuestras fuerzas navales, recelo que su retirada haya sido con este objeto, i es necesario entendernos esplícita i categóricamente sobre el particular, porque no pudiendo mi Gobierno reconocer semejante derecho en ninguna potencia ni en caso alguno, aquel acto debe ser mirado por él como uno de positiva i abierta hostilidad, i resistido como tal, por todos los medios que estén a nuestro alcance.


Es evidente que el Gobierno de estos Estados ha sido pasivo en todos los actos que han interrumpido la armonía i la buena intelijencia que guardaba i que desea guardar con el de Chile, a costa de cualquier sacrificio, excepto el del honor. El no ha perpetrado un hecho como el del bergantin Aquíles, no ha enviado a las costas de Chile una fuerza amenazadora; no ha pretendido en manera alguna humillarle; no ha procurado impedir el aumento i la reunion de sus buques; no ha hecho uso hasta ahora sino de un lejítimo i natural derecho, al tomar las precauciones de seguridad que demandaba la conducta que se ha observado por él. Consecuente a sus sinceros deseos de paz, i a la política toda de moderacion que se ha propuesto, no ha hecho mas que seguir de léjos al Gobierno de Chile, adoptando aquellas medidas análogas que reclamaba la necesidad de precaverse i defenderse.


Sentadas estas bases, tendré el honor de participar a V. S. que mi Gobierno considera como una condicion sine qua non para negociar con V. S. el que se le dé una seguridad positiva, franca i terminante, de que la Escuadra chilena se ha retirado de buena fé, i no con el objeto de hostilizar en manera alguna a nuestros buques de guerra i mercantes, i de impedir que se reúnan los primeros i se pongan en estado de defensa. No podríamos entrar en negociaciones, i prestar a ninguno de los buques de guerra de Chile la garantía pedida por V. S., miéntras que la Escuadra chilena nos hostilizara de hecho i tratase de privarnos de nuestros medios defensivos, especialmente, confesándose que estamos en perfecta paz.


Si V. S. está pronto a darnos la seguridad predicha, garantizando que, en el caso de que fueren aprehendidos alguno o algunos de nuestros buques, contra el tenor de la contestacion de V. S. a la segunda pregunta de mi anterior oficio, nos serán devueltos, puede V. S. entrar en el puerto i desembarcar, quedándole espeditas las comunicaciones con su Gobierno, con los demas funcionarios i sirvientes suyos, i con la nave que V. S. monta, i pudiendo destinarla para conducir los avisos i correos de Legacion, que le fuere necesario espedir. La declaratoria o seguridad que en este oficio se solicita en justa reciprocidad a que daría mi Gobierno, no puede ser mas racional. Dejar de exijirla, sería faltar a las reglas de prudencia que V. S. tanto encomia, sería descuidarse en tomar las precauciones que V. S. aplaude en su Gobierno, sería, en fin, segun las palabras mismas de V. S., un acto de insensatez i del mas criminal abandono de los intereses del pueblo, cuyos destinos están confiados al Gobierno.


Dios guarde a V. S. —Estado Nor-Peruano. —Secretaría jeneral de S. E. el Presidente de Bolivia i Supremo Protector de los Estados del Sur i Norte del Perú. —Palacio de Gobierno en Lima, a 10 de Noviembre de 1836. —Pio de Tristan. -Al señor Ministro Plenipotenciario de la República de Chile.



Núm. 404 editar

Número 7


Señor Ministro:


Ya tuve el honor de esponer a V. S. que, atendidas las circunstancias de que hice mérito, no estaba en mi mano dar una garantía llana i sin condiciones de que la Escuadra chilena no impediría la reunion de los buques de guerra del Perú i el aumento de sus fuerzas navales, pero propuse que podía celebrarse una convencion en que, dándose tambien seguridades por parte del Gobierno del Perú, podría hacerse inútil por consiguiente cesar esta medida de precaucion que se veía necesitada a tomar la Escuadra.


V. S., despreciando esta propuesta cuyo natural resultado debía ser obtener la misma garantía que pide, mas con seguridades recíprocas, se sirve en su respetable oficio de fecha de ayer insistir en que yo la dé llanamente, previniéndome que ella es una condicion sine qua non para negociar conmigo.


Esta resolucion tan terminante, no me deja otro arbitrio que el de retirarme, principalmente cuando habiendo propuesto a V. S. por medio del secretario de la Legacion (conductor de mi oficio de 5 del corriente) una entrevista para allanar las dificultades que ocurrían, tuvo V. S. a bien contestar que no creía conveniente concederla.


He sacrificado a los deseos de la paz, manifestados por ámbos Gobiernos i de cuya sinceridad por parte del de Chile estoi tan satisfecho, toda clase de consideraciones. La posicion misma en que se me ha mantenido por tantos dias, no ha sido obstáculo bastante a retraerme o debilitar el empeñe con que he procurado tenga efecto la mision que se me encargó. Me queda, pues, la satisfaccion de que he hecho cuanto me ha sido posible i de que en retirarme solo tomo el único camino que se me deja abierto.


Pero, lo que todavía me es mas sensible, es verme en la necesidad de anunciar a V. S. que puede mirarse ya como declarada la guerra entre Chile i el Gobierno de los Estados Nor i Sur Peruanos.


Dios guarde a V. S. —A bordo de la goleta Colo-Colo. Noviembre 11 de 1836. —Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores del Perú.



Núm. 405 editar

Número 8

Señor:


Con el mas profundo sentimiento he recibido el oficio de V. S. de esta fecha, en que tiene a bien participarme que "ha tomado la resolucion de retirarse, i que puede mirarse ya como declarada la guerra entre la Confederacion Perú-Boliviana i la República de Chile."


Como mi Gobierno desea todavía resistirse a creer en la posibilidad de semejante calamidad, estimaría a V. S. se sirviese manifestarme: 1.º si ha sido delegada a V. S. por su Gobierno la facultad para declarar la guerra, que es inherente a la Autoridad Soberana; i 2.º si no solo puede mirarse ya como declarada la guerra sino que de hecho i efectivamente lo está, por parte del Gobierno de Chile.


Dios guarde a V. S. —Secretaría jeneral de S. E. el Presidente de Bolivia i Supremo Protector de los Estados del Sur i Norte del Perú. —Palacio de Gobierno en Lima a 11 de Noviembre de 1836. —Pio de Tristan. —Al señor Ministro Plenipotenciario del Gobierno de Chile.




Nota puesta en el sobrescrito del anterior oficio:


Este oficio llegó anoche 11 del corriente a las 11 de la noche, en contestacion al último oficio del señor Ministro de Chile; pero no encontrando a la goleta Colo-Colo en el puerto, lo remite el Gobernador del Callao por la Elisa. —Callao, Noviembre 12 de 1836.




Núm. 406 editar

Siendo ya evidentes las aspiraciones del Jeneral Santa Cruz i tan peligrosas para los Estados vecinos del Perú i Bolivia desde que aquel Jefe sojuzgó a la primera de estas Repúblicas, adquiriendo con su conquista un poder que hace perder el equilibrio que existía ántes de ella entre todas las Repúblicas de Sud-América, formamos, para cruzar de algun modo sus ambiciosos designios, el proyecto, de sustraer de sus órdenes la corbeta de guerra Libertad, i ponerla a disposicion del Gobierno de Chile, proporcionándole así un nuevo recurso que emplear en favor de su independencia i de la seguridad de las Repúblicas limítrofes con las dominadas por Santa Cruz; nuestros patrióticos deseos fueron coronados de un éxito feliz.


El 12 de Noviembre salimos del puerto de Huanchaco con destino a Guayaquil, en donde pretendió Santa Cruz que se armase la Libertad para que, unida al Congreso i demas buques mandados con este fin al mismo puerto, formase una fuerza con que resistir a la Escuadrade Chile.


Al dia siguiente de nuestra salida de Huanchaco, prestándose la tripulacion a nuestras miras, efectuamos el movimiento con el mayor órden; la jente se mantuvo en la subordinacion mas estricta, i el comandante i demas oficiales aprehendidos fueron tratados con el decoro correspondiente a su clase (debemos confesar que abusaron algo de nuestra moderacion, pues llevaron entre sus equipajes la bandera del buque i otros cuantos artículos que sería demasiado largo enumerar); tomamos inmediatamente la vuelta de tierra i el 15 a las seis de la mañana desembarcamos en la mas grande de nuestras embarcaciones los apresados en la víspera, proveyéndoles de remos, velas, víveres, en fin, de cuanto les era necesario para llegar al puerto de Paita, del cual estábamos distantes unas 20 leguas.


En seguida, pusimos el rumbo a Valparaiso, en donde hemos fondeado sin ocurrencia que merezca la atencion de V. S.


Rogamos a V. S. se sirva comunicar lo espuesto al Supremo Gobierno de esta República, haciéndole al mismo tiempo una manifestacion del único i justo motivo que nos determinó a acometer esta empresa.


Nosotros nos felicitamos de haber podido ayudar con ella a la causa de la libertad i justicia que sostiene Chile, en cuyos triunfos se interesa la suerte de la América del Sud.


Recomendamos a V. S. el mérito contraido por el piloto del mismo buque don Santiago Tubino, el cirujano don Manuel Mugueisa i el teniente de infantería don José Moreno, presentando una eficaz cooperacion a nuestro proyecto; i a toda la tripulacion, la cual se adhirió a él gustosa i trabajó despues con el mayor anhelo.

Dios guarde a V. S. —Departamento de Marina. —Corbeta de guerra Libertad. —Valparaiso, Diciembre 8 de 1836. —Leoncio Señoret. —Juan Manuel Uraga. —Señor Comandante Jeneral de Marina.




Núm. 407 editar

A las dos de la tarde de hoi ha fondeado en este puerto la corbeta peruana de guerra Libertad, al mando de los señores don Juan Manuel Uraga i don Leoncio Señoret, que, movidos de un sentimiento americano, la han conducido desde el puerto de Huanchaco para entregarla al Gobierno de Chile.


El casco i arboladura de este buque son mui buenos; pero su velámen i aparejo vienen en mal estado.


Mañana daré a V. S. los pormenores de este acontecimiento, que se servirá V. S. poner en noticia de S. E. el Presidente.


Dios guarde a V. S. —Departamento de Marina. —Comandancia Jeneral de Marina. —Valparaiso, Diciembre 8 de 1836. —Ramon de la Cavareda. —Señor Ministro de Estado en el Departamento de Marina.




Núm. 408 editar

Señor Ministro:


Se ha puesto en nuestras manos el decreto supremo por el cual se nos manda entregar la cantidad de ocho mil pesos, por vía de compensacion de los gastos que nos ha orijinado el traer a Valparaiso la corbeta de guerra Libertad, i de los perjuicios que nos ha irrogado la separacion de nuestros hogares.


Rendimos al Supremo Gobierno las mas espresivas gracias por este acto de su munificencia; aunque nuestros medios de subsistir en un pais estraño no son ciertamente mui abundantes, i no nos son indiferentes los gastos que hemos hecho i que tenemos que hacer hasta regresar a nuestra Patria, renunciamos gustosos dicha suma, como que el objeto que nos determinó a sustraer el referido buque de las órdenes del Jeneral Santa Cruz i ponerlo a disposicion del Gobierno de Chile, no fué otro que el de cooperar al buen éxito de la causa de la libertad i de la justicia que sostiene este pais, como lo espresamos en el parte que dimos al Comandante Jeneral de Marina de Valparaiso el dia 8 del corriente.


Sírvase V. S. ponerlo en noticia de S. E. el Presidente de la República.


Dios guarde a V. S. —Santiago, Diciembre 10 de 1836. —Leoncio Señoret. —Juan Manuel Uraga.




Atendiendo a que la compensacion de ocho mil pesos que se ha ordenado hacer en esta fecha a don Manuel Uraga i don Leoncio Señoret no disminuye el mérito de la accion que la ha motivado, ni desnaturaliza el noble principio que ha tenido, llévese a efecto el decreto que les adjudica la citada cantidad. —Santiago, Diciembre 10 de 1836. —(Rúbrica de S. E.) —Portales.




Núm. 409 editar

En nuestro presente número concluye la correspondencia que empezamos a insertar i sobre la que hicimos algunas reflexiones en nuestro número anterior. El Eco del Protectorado, sin embargo de la franqueza que jactanciosamente atribuye a todas las operaciones de su Gobierno, ha tenido buen cuidado de suprimir en estas comunicaciones las que revelan la mala fé de la administracion que defiende, i de presentar trunca la historia de aquellos acontecimientos. Así es que en aquel periódico se inserta la declaracion de guerra inmediatamente despues de la nota de la secretaría jeneral, de 6 de Noviembre, sin hacerse la mas lijera mencion de la que pasó en seguida nuestro Ministro, contestando clara i terminantemente, como lo exije la lei de Partida, a las posiciones que le dirije el secretario jeneral, ni de la que este funcionario le escribió despues. Ambas se ofrecen hoi al exámen de nuestros lectores; presentan a toda luz la noble franqueza con que se ha procedido por nuestro representante; revelan el doblez de la administracion peruana, que en cada comunicacion ha ido exijiendo nuevas condiciones para presentar nuevos obstáculos a un avenimiento; i motivan la declaracion de guerra que a los que no tengan noticia de estas dos comunicaciones podrá parecer estemporánea.


El periódico protectoral, al mismo tiempo que hace sobre esta reclamacion comentarios que por su puerilidad no merecen refutarse, pretende revestir de un carácter innoble los motivos de nuestro rompimiento con el Gobierno del Perú. Conservar sobre aquella nacion nuestra superioridad comercial incompatible con las leyes dadas por el Jeneral Santa Cruz, darle un jefe sometido a nuestras órdenes, i aun abrigar algunos sentimientos de envidia a la gloria del Presidente boliviano, son los motivos que, segun el escritor de El Eco, impelen a los chilenos a la contienda con la administracion del Protector.


Repelidas veces hemos declarado ya que no solicitamos, i podemos añadir ahora que no hemos aceptado del Gobierno peruano tratados de comercio. Aquel Gobierno ha declarado, i probablemente ha estipulado ya con otras naciones, que no concederá a ninguna favores especiales de comercio. ¿Será necesario repetir que Chile no ha visto ni ve en este sistema de igualdad una causa de ofensa, que ponga el menor obstáculo al restablecimiento de la buena armonía? ¿Qué sensacion han hecho en nosotros aun esas leyes comerciales que se han dictado en Lima con el objeto de destruir la superioridad de Valparaiso? ¿No nos ha visto El Eco, no nos han visto los peruanos i los chilenos apercibirnos a la reparacion de las ofensas que hemos recibido del Jeneral Santa Cruz ántes que se espidiese ese reglamento de comercio en que se pretende fijar el oríjen de nuestra enemistad? ¿Llegó a Chile esa lei comercial ántes que el jeneroso presente de conspiradores armados que nos envió el Pacificador en dos buques de guerra del Perú? ¿Pensó S. E. destruir nuestro comercio ántes de dictar las providencias oportunas para destruir nuestro reposo, nuestra independencia i nuestro honor? Recorran fielmente los escritores protectorales la historia de nuestras relaciones políticas i atrévanse, despues de hacer una reseña de ellas, a atribuirnos la falsía i los tortuosos principios que solo corresponden al enemigo que nos ha puesto las armas en la mano.


La nacion peruana, hácia la cual no abrigamos sino sentimientos de amistad i de concordia, no tendrá tampoco que echarnos en cara jamas el haber pretendido intervenir en sus negocios interiores. Sin intereses de ninguna especie, ni nacionales ni individuales, para tener sometido a nuestra voluntad al Gobierno del Perú, sin medios de conservar esta sumision, no podrá atribuirnos miras que tiendan a humillarla, no podrá abrigar con respecto a nosotros los fundados temores que ha abrigado con respecto a otros vecinos; no podrá ver en nuestras manos el azote que otras han levantado contra ella. En vano lucha El Eco con el poder de esta verdad para despertar contra nosotros en el Perú los sentimientos de nacionalismo. Esa es un arma que no puede poner sin peligro la administracion del Jeneral Santa Cruz en manos de los peruanos; esa administracion, que irónicamente llama El Eco "eminentemente nacional", sin recordar que ha sido trasplantada desde la capital de Bolivia; esa administracion cuyos defensores no parecen tener otro objeto al calumniar nuestras miras i al atribuirnos intenciones de sojuzgar una nacion amiga, que recordar a esa nacion los favores que debe al Gobierno que la dirije. El Perú verá nuestras armas en su suelo, recobrará talvez con ellas los derechos que ha perdido; pero podemos asegurar desde ahora que no le costará este beneficio las humillaciones que le han costado oficiosidades estranjeras que están mui léjos de merecer el nombre de beneficios.


Respecto de los sentimientos de envidia al nombre glorioso del Jeneral Santa Cruz, casi no somos capaces de conservar la seriedad que corresponde a un periódico oficial, por lo incitados que nos vemos a tomar parte en la burla que esta estravagante idea debe haber producido entre todos los lectores de El Eco. Repose el escritor en la firme confianza que no hai en Chile quien envidie esa gloria, ni quien se atreva a ofuscarla llamando sobre sí la admiracion del Universo por las distinguidas proezas en que ella está fundada. Nos sentimos desnudos de todo el esfuerzo i de todo el heroismo que se necesitan para conquistarla; i nos contentaremos con admirarla tambien respetuosamente desde nuestra pequeñez, como el escritor de El Eco, con admirar los hechos que la forman, con admirar los nueve monumentos que para eternizarla se levantaron el 18 de Febrero en la plaza de Arequipa.


Por mas que se esfuercen los defensores de la administracion del Perú, nunca podrán destruir la justicia ni la evidencia de las causas reales que existen para la declaracion de esta guerra, que, mas que declarada por nosotros, ha sido arrancada últimamente por las provocadoras exijencias de nuestros adversarios. En nuestro número anterior, manifestamos que el motivo que quizá las había aconsejado era el temor de que se hiciesen públicas en el Perú las proposiciones que nuestro Ministro iba encargado de hacer a aquel Gabinete; pero la estrechez de nuestras pájinas no nos permitió añadir que a este temor iba acompañada otra circunstancia mui poderosa que hacía viese el Jeneral Santa Cruz con mui poca pesadumbre el rompimiento de las hostilidades. Hé aquí lo que dice El Eco en 29 de Octubre i en 9 i 16 de Nobiembre:" No hemos dado "asenso a los rumores que se esparcieron ayer sobre una revolucion que se suponía haber estallado en Chile…… cuando llegue el caso de la recriminacion, si este hombre ha desaparecido (aludiendo a un individuo de la administracion); ¿quién responderá de las violaciones cometidas, de la sangre derramada, de las enemistades suscitadas por maniobras tan inmorales como inauditas?......O nos engañamos mucho o las primeras noticias que vengan de Chile nos anunciarán nuevos actos de rigor, deque aquel Gobierno habrá tenido que echar mano para comprimir la exasperacion pública." ¿No nos prestarán fundamentos estas cláusulas de El Eco para suponer que en Lima se tenía un conocimiento exacto de los planes secretos que maquinaban en Chile unos pocos revoltosos, i que no se ignoraban ni aun los asesinatos con que pensaban ilustrar sus criminales triunfos? ¿Si así no fuese, se hablaría allá de las conspiraciones al mismo tiempo que debían estallar aquí? ¿Se formarían hipótesis sobre la desaparicion de las mismas personas señaladas por el puñal de los asesinos? ¿Se tendría motivo para presajiar que la administracion había de cometer actos de rigor? No hai medio: o los ajentes del Jeneral Santa Cruz tienen el raro don de penetrar el porvenir, o los impotentes amagos que se han hecho en el mes anterior contra nuestra tranquilidad, han tenido consejeros e instigadores o a lo ménos confidentes que no pertenecen a la familia chilena. "Esa administracion incauta" decían sin duda los directores del Jeneral Santa Cruz, "que pretende amedrentarnos con sus fuerzas navales, se halla en el dia rodeada o talvez ha sido víctima de espantosas conjuraciones. Ni conviene que pise nuestro suelo un Ministro que en la primera comunicacion ha de imponernos una condicion que tanto interesa a los derechos de Bolivia i del Perú, i que, por consiguiente, ha de levantar contra nosotros el grito de ámbas naciones, ni hai el menor peligro en que se declare una guerra sin efecto, porque, o ha desaparecido el Gobierno que la declara, o se halla cercado de peligros, que le impiden dirijir su atencion al esterior." Inocentes! no contábais vosotros con que la Nacion chilena i el Gobierno no tienen mas que un solo sentimiento, una sola opinion, un solo deseo, ni con que cuatro conspiradores oscuros no bastan para derrocar a una administracion que se apoya en el voto unánime de los pueblos! ¡Inocentes! venid a ver en las cárceles de Chile agostadas vuestras esperanzas!




Núm. 410 [1] editar

Si se ha de dar crédito al periódico peruano, copiado en nuestro último número, la avenencia entre las Repúblicas Boliviana i Peruana sigue siempre envuelta en incertidumbre i dificultades. Negociaciones han sucedido a negociaciones, i tratados a tratados, i apénas se adelanta un paso en el objeto a que, (segun sus repetidas protestas) han conspirado constantemente los deseos i los esfuerzos de ámbos Gobiernos.


¿Pero son sinceros los recelos de invasion que manifiesta el Gobierno peruano? Al ver las conjeturas vagas i las suposiciones imajinarias que se alegan, nos sentimos inclinados a dudarlo. ¿No es de creer que se aparentan esos temores i se toca esa alarma para dar un motivo ostensible a ciertas medidas cuyo verdadero objeto no es la seguridad esterior?


Esta es una cuestion en que no hubiéramos pensado mezclarnos, si no nos provocase a ello la malignidad con que se hace figurara Chile en esos ponderados recelos. Uno de los motivos de desconfianza en que se apoya el articulista, es la íntima union que existe entre el Gobierno boliviano i el de otra República, que, segun se dice, hostiliza realmente al Perú con medidas de hacienda. No gastaremos tiempo en desvanecer la absurda insinuacion de una alianza ofensiva entre estas dos Repúblicas. En cuanto a las medidas, o por mejor decir, a la medida única a que alude el articulista, su odiosidad debe recaer esclusivamente sobre el Gobierno que la ha provocado, i a cuyo arbitrio está el hacerla cesar cuando quiera, pues se asegura que "todas las dificultades entre el Perú i Chile pueden allanarse en una entrevista diplomática". Pero lo que mas nos ha sorprendido es la disposicion hostil que se atribuye a las dos Repúblicas vecinas, por "los insultos i las acusaciones injustas que los periódicos oficiales de una i otra prodigan a la administracion peruana". El Araucano es el único de los periódicos chilenos que tiene conexion con el Gobierno, i esta conexion se reduce a la insercion de las leyes i demas documentos que interesan al público. Sabido es que en sus columnas se han impugnado repetidas veces, aunque con moderacion i respeto, las opiniones de la administracion actual. Pero, despues de todo, ¿qué parte es la que ha tomado El Araucano en esa guerra de insultos? Este es un punto en que apelamos con toda confianza al juicio de nuestros lectores imparciales. Digan ellos, si cuando se nos ha ofrecido hablar del Perú, hemos excedido los límites de la libertad moderada que es indispensable en las discusiones políticas; si nos hemos propasado a materias que no sean del dominio del público; si acerca de las alteraciones mas o ménos ruidosas que han sobrevenido en la República peruana, hemos hecho otra cosa que trascribir sus propios periódicos; i si, en jeneral, no han sido éstos mucho ménos corteses i comedidos con el Gobierno chileno. La verdad es que miramos con demasiado dolor las inquietudes domésticas de los Estados americanos para que, ni aun con respecto al Perú, tengamos la menor inclinacion a personalidades i dicterios, abanderizándonos con ninguno de los partidos contendientes. Neutralidad entre ellos i entre los diferentes Estados ha sido nuestra divisa. Trascribimos indistintamente las publicaciones de todos (a lo ménos en cuanto lo permiten los estrechos límites de este periódico), i refiriendo los hechos, nos hemos abstenido de erijirnos en jueces. Acerca de las cuestiones particulares que se ajitan entre el Perú i Bolivia, hemos guardado silencio. En el uso de la libertad que la costumbre universal ha concedido a la prensa periódica, si algo se nos tacha, es un exceso de circunspeccion i reserva.




Estaba escrito el artículo que antecede cuando llegaron a nuestras manos algunos números de varios periódicos de Lima que alcanzan hasta el 9 del mes pasado, i por ellos podría creerse que sus autores se han propuesto realizar algun plan para cortar las relaciones que unen a los peruanos con los chilenos. Todos parecen empeñados a la vez en injuriar a nuestro Gobierno, i en consignar a la imprenta insultos soeces i calumnias groseras que ningun provecho pueden producir en aquel pais. No podemos creer que tales escritores sean peruanos, sino cosmopolitas errantes, profesores de fantasmagoría política, que recorren la América engañando hombres i alucinando pueblos para sostener su perjudicial existencia. El patriotismo americano, fundado en principios reconocidos por todas las nuevas Repúblicas del nuevo mundo, ha formado de sus Gobiernos una sola familia e inspirado cierto decoro i dignidad aun en las contiendas que es indispensable se orijinen de la diferencia de intereses. Por esta fraternidad, creada por la uniformidad de la causa de los americanos, los Gobiernos i los pueblos se han respetado mútuamente; no se han avanzado a censurarlos motivos de sus conmociones respectivas, ni ménos a violar las personas de los jefes i majistrados. Fieles los chilenos a este deber, i considerando a los peruanos obligados a cumplirlo del mismo modo, no pueden creer que lo hayan abandonado sin mas objeto que el ruin placer de difundir contra esta República i sus jefes, injurias que, a no tener un carácter elevado, podíamos corresponder con superabundancia i efecto. ¿Mejora el Perú su situacion política, se aumentan sus rentas, se arreglan sus negocios, se corrijen sus empleados, se establece la moral i se respetan las virtudes, con publicar embustes i vilipendio contra nosotros? Si creyéramos que son patriotas los que escriben semejantes cosas, les aconsejaríamos que se ocupasen primero en sus negocios, que diesen siquiera una mirada cuidadosa al seno de su palacio....pero si no son ¿a qué fin vamos a incomodarnos con reconvenciones?


Los peruanos están engañados por una caterva de inmorales, intrigantes i corruptores que los divierten con sombras i que poco les importa arruinarlos. Se les alucina con relaciones falsas de paises lejanos, i nada se les proporciona para mejorar su estado interior. Los periodistas, cuyo cargo es llamar su atencion a los intereses públicos, la llevan a supercherías que figuran afuera, i para esto han elejido a Chile por teatro.


¿Qué es lo que dicen? preguntarán nuestros lectores. Justo es satisfacerlos. La Verdad, de donde se copió el artículo del número anterior, teme que auxiliemos a Bolivia para invadir a Lima. El Espectador asegura que no podemos hacerlo porque carecemos de medios i de aquí desciende a insultar al Gobierno, diciendo que hai dos, uno público i otro secreto, para lo cual no hace mas que repetir frases que ya había estampado El Verdadero Liberal en el año de 29. El Mercurio nos llama ingratos por haber olvidado los servicios de O'Higgins; i con respecto a esto dice La Miscelánea que el Gobierno, a fuerza de intrigas, hizo que no se discutiese la mocion del doctor Marin en que pidió se le restituyese su empleo de Capitan Jeneral, porque se estremeció de solo imajinar que iba a tener por testigo i censor de sus operaciones a un hombre como el virtuoso O'Higgins. El Conciliador grazna con la lei sobre el impuesto a los azúcares i chancacas. Mas, todo esto está espuesto en un lenguaje en que se descubre el conato de ofender sin causa ni provecho. Se ha revivido la palabra májica Estanco de que ya nosotros estamos olvidados, i tras de ella sigue un índice de crímenes figurados aquí en otro tiempo i repetidos ahora allá, como cosa nueva. Así burlan a los sencillos peruanos los periodistas actuales.


Pero, hablando en realidad, queremos dar por ciertas todas las imputaciones que vomitan aquellos escritores. ¿Qué influencia tienen nuestros negocios o nuestros vicios en los del Perú? Sin duda se han propuesto desacreditarnos en el esterior; mas, para esto deben advertir que los observadores de ámbos paises son unos mismos, i que a sus ojos nada hai secreto. Ellos ven la conducta del Gobierno de Chile i la comparan con las relaciones falsas con que sus enemigos la describen; compadecen al Perú engañado i detestan a sus embusteros i descarados periodistas. Nada debemos temer de su juicio, i ojalá los que aspiran a ser nuestros rivales, llegaran a colocarse en el predicamento en que nosotros nos hallamos.



Núm. 411 editar


Remitido[2]

SS. EE.


Disponiéndome para marchara Francia i en los momentos de hacerse a la vela el buque que me conduce, he leido el artículo "Perú" del número 125 de su ilustrado periódico. Creyendo que ustedes no me negarán la defensa que debo hacer de Bolivia, mi patria, i de su Gobierno, insertando esta tijera contestacion, les ruego se tomen la molestia de darla a luz para que aparezca en el mismo periódico en que se halla el artículo que contesto.


Los acontecimientos que forman la historia de las negociaciones entre el Perú i Bolivia, son suficientes a demostrar la mala fé e injusticia de la una parte, miéntras se encuentra a la otra haciendo sacrificios estraordinarios para conservar la paz i evitando el escándalo de una guerra. Me limitaré a referir los hechos cuando las circunstancias de mi próximo viaje no me dan lugar a largas reflexiones. Los hombres ménos imparciales decidirán cuya es la razon en una contienda que el Perú por su propio honor debería abandonar para no verse vencido a cada instante.


Desde que el Jeneral Gamarra, asaltando la autoridad lejítima del Perú, arrojó de la primera majistratura a un hombre virtuoso, la opinion pública le señaló como a un insigne usurpador; entonces el disgusto hizo aparecer algunos pocos patriotas que, invocando las leyes, trataron de restablecer su imperio. En Lima i en Cuzco hubo revoluciones que intimidaron al Jeneral Gamarra, quien, sin examinar la causa verdadera que las producía, encontró en el Presidente de Bolivia un pretesto que justificara sus maniobras, que tuviera en perpétua alarma al Perú, que le permitiera conservar una fuerza como el instrumento de sus planes, que perturbara la quietud de Bolivia, i que, constante en oprimir, pudiera sostener la táctica que le ha dado duracion en el mando.


Para tranquilizar al Gobierno del Perú i arreglar definitivamente las cuestiones suscitadas, fuí nombrado el año 30 de Ministro Plenipotenciario de Bolivia cerca de aquel Gobierno. Nadie ignora que entonces se quiso obligar de la manera mas inaudita a que Bolivia entrara a la fuerza en un tratado de alianza, i que se pusiera por base de toda negociacion un pacto de esta naturaleza. Me basta referirme a los documentos que se publicaron entonces pata justificar al Gobierno boliviano. A los hombres que conocen los derechos de los pueblos, es suficiente decirles: Bolivia se negó a una alianza indeterminada, oscura i que tenía el carácter de alevosa; i por esta causa se intentó invadirla, destruyendo sus leyes i su Gobierno. El Ministro de Bolivia fué notificado de un ultimátum humillante, desconocido en las formas diplomáticas, i que por sí solo caracteriza al Gobierno que tuvo la falta de intimarle. Como el ajente de Bolivia supo llenar sus deberes con enerjía, se le espulsó acusándolo de revolucionario i promotor de desórdenes. Las pruebas de esta inculpacion jamas aparecieron ni hubo datos que la apoyaran. Entre tanto, el Jeneral Gamarra reunía sus fuerzas en la frontera; pedía autorizacion para invadir a Bolivia, i por fin, mandó hacer aquel motin contra el Jeneral La Fuente que se oponía a la guerra. El Congreso del Perú decretó una nueva negociacion, a cuya consecuencia se estipularon los preliminares de Tiquina. Bolivia hizo cuanto le fué posible por llegar a este término; dirijióse al Gobierno del Perú 1 a su Congreso; pidió la mediacion de Chile; devolvió dos buques que se le habían pasado; i concluyó de una manera honrosa para recibir, por gratitud de tanta generosidad como usó en Tiquina, los célebres tratados de Arequipa.


¿Quién, al examinar aquel documento de esclavitud, de humillante coloniaje, de vergonzosa tutela i de oprobio, no conoció la desigualdad i la injusticia? Los estranjeros tuvieron que admirar, los bolivianos que irritarse i muchos peruanos honrados que abochornarse. Tal fué el resultado de aquella negociacion que, dirijida por la alevosía, sorprendió la buena fé i la honradez del Ministro boliviano. El Gobierno de Bolivia, que recibió comunicaciones del señor Ministro mediador i del señor Latorre, por su propia delicadeza, tembló al negar su ratificacion, ámbos le decían: que si no aprobaba el tratado, justamente le acusarían de promotor de la guerra; que su posicion era crítica, que su honor padecería en América, i que forzoso era someterse. Un jefe lleno de pundonor, celoso de su gloria i amigo de la paz como el Jeneral Santa Cruz, se vió en la necesidad de aprobar el tratado de comercio con estas cláusulas poco mas o ménos: sin embargo que nuestro Ministro Plenipotenciario, faltando a sus instrucciones, ha comprometido la independencia i la dignidad de Bolivia en sus derechos mas esenciales; para manifestar nuestros deseos sinceros por la paz i buena armonía con toda nacion i particularmente con la peruana, aprobamos provisoriamente el presente tratado hasta que el Cuerpo Lejislativo lo examine, etc. etc. El tratado de comercio volvió al Gobierno, no me acuerdo por qué incidentes, cuando ya me había yo hecho cargo del Ministerio de Relaciones Esteriores de Bolivia. Previendo las terribles consecuencias que resultarían de poner en ejecucion aquel tratado de ignominia, aun por media hora, negué mi -firma para su aprobacion, dimitiendo el Ministerio a que se me llamó. Tomó el asunto otro carácter, el que frecuentemente dan lo que no tienen ni saben manejar las armas de la razon, insultos groseros, calumnias vergonzosas, suposiciones atrevidas, falsedad en los datos; i por fin, asquerosidades que mancillan la reputacion de los americanos i hacen odioso el derecho de la libertad de imprenta, fueron los argumentos del Gobierno peruano. Durante nueve meses he sufrido en silencio estos ataques, considerando que el entrar a la lid con ignorantes es colocarse a su nivel, i que el contestar a groserías es propio de jentes sin educacion porque se ven en la necesidad de usar el mismo lenguaje. El sacrificio de este silencio bien lo merecía mi patria, mi jefe i amigo, i yo mismo algo me debía, por mui poco que pudiera valer colocado en la altura de un Ministerio. Reunido el Congreso boliviano, reprobó el tratado i mandó poner en juicio al Ministro que le firmó. La discusion ciertamente fué acalorada, el debate se hizo interesante, i es una verdad que hubo pasiones en ejercicio; pero ellas fueron del amor a la patria, de la dignidad de hombres libres, i de los que prefieren la muerte a su infamia política, pasiones nobles i bizarras que honran a los pueblos que saben apreciar sus derechos. ¡Desgraciados de aquéllos que humildes besan su cadena! Justo es que sean esclavos de un déspota; i serán mas dignos de lástima si el opresor es hasta indigno de este nombre.


En el instante que el Gobierno recibió la leí de desaprobacion invitó nuevamente al señor Ministro Plenipotenciario del Perú a tratar de comercio, siendo la última estipulacion el resultado de las conferencias diplomáticas en que el Perú i su política aparecen mejor que nunca.


Firme en el principio de la soberanía de las naciones, probé a insistir que no debía ni aun mencionarse Cobija i Arica para imponer derechos a los productos estranjeros. Despues de una discusion bien acalorada en que por razones, por argumentos i doctrinas se me decía: el Jeneral Santa Cruz quiere la guerra; el Ministro Olañeta será mal visto en el Perú como el promotor de los disturbios, i otras cosas por este órden, pregunté si no podríamos llegar a un arreglo definitivo, dejando a un lado a Arica i todo lo perteneciente a los derechos con que se gravan los efectos europeos, se me contestó que nó, con toda la secatura con que Napoleon sabía arreglar estos negocios rodeado de todo el esplendor de tu poder. Nuevas reflexiones de mi parte i otras tantas evasiones nos condujeron al punto que voi a referir i que ciertamente escandaliza. Si no conviene Bolivia en el punto en cuestion, habrá guerra.


¿I no podremos conservar la paz? pregunté al señor Ministro Latorre. Respondió que temía no hacer el tratado, i que sobrevendría la guerra. Hé aquí un Gobierno que, negándose otro a tratar de comercio, le intimida con las armas, i mas notable será esta criminal conducta si la negativa no es para estipular sobre sus productos naturales, sino sobre arreglar en sus fronteras las tarifas al respecto de los estranjeros. Por última respuesta, dije yo que a la paz sacrificaríamos nuestros derechos, puesto que no había otro medio de conciliacion, ni de evitar un rompimiento. Apelo a la relijion del señor Latorre sobre la verdad de estos hechos, i cuando en sus conflictos no quiera decirla por la vergüenza que debe causarle, yo la publicaré bajo su firma. Las conferencias diplomáticas i el protocolo harán conocer los hechos desde que el Gobierno boliviano los dé a luz. Con toda esta declaracion de parte del Ministro Plenipotenciario del Perú, í no obstante de contener un insulto, el Gobierno cedió por el bien de la paz a la imposicion de derechos en sus fronteras terrestres.


Antes de haber pactado este nuevo arreglo de comercio, el Gobierno pidió facultades para concluir i ejecutar el tratado que hiciera con el Perú. Lleno del honor i firmeza que caracterizan al Congreso de un pueblo libre, el de Bolivia se negó a otorgar semejante autorizacion. Pidió otra vez la de aprobar provisoriamente el tratado, i despues de haber tomado el Presidente una parte activa en la discusion para salvar su delicadeza, manifestando por este medio sus deseos sinceros de paz, apénas se consiguieron las facultades provisorias.


¿I despues de tantos hechos, de acontecimientos tan notables i de una historia que se halla al alcance de los ménos advertidos, cómo el Gobierno del Perú i sus gaceteros comprados i vilmente vendidos se atreven a volver insultos por favores, acriminaciones por condescendencias nobles, i hallan culpabilidad en la buena fé? No me sorprende tal conducta; fácil será conocerla si se advierte que el Jeneral Gamarra necesita de la fuerza para oprimir al Perú; de la alarma para mantener su ejército i de aquélla para embaucar a los que engaña con apariencias, intrigas i ese conjunto de torpes maquinaciones que forman la cadena de su política. Esta es bien conocida de todos, ménos del pueblo peruano que le oye, le presta medios, i él por sí mismo labra los fierros que arrastra con ignominia de la América, con lástima de los Estados europeos, i con indignacion de las almas jenerosas i verdaderamente liberales. A esto i a esto solo se dirije su fárrago mal concebido i las opiniones de sus gaceteros.


Si en los datos de que me he ocupado refiriéndolos a documentos i a la notoriedad, se encuentra a cada paso la rectitud, la nobleza i el patriotismo americano del Jeneral Santa Cruz, de la misma manera se verá que a fuerza de falsedades, es que pretenden alucinar a los pueblos Gamarra i sus satélites. Verdad es que el Gobierno de Bolivia pidió a las Cámaras facultades estraordinarias, i que las otorgó despues de una larga discusion en que yo como Ministro defendí el proyecto del Gobierno. Creo que tengo derecho a considerarme mui amigo de los principios liberales, i por lo mismo incapaz de suscribir a la opresion de mi patria ni de otro pais cualquiera que sea. La vida pública del Presidente Santa Cruz no necesita de mi débil apolójía para presentarse grande i su alma llena del fuego santo por la hermosa causa de la libertad.


Ni él mancillaría su gloria, ni yo podría contribuir a que se eclipsara su esplendor, ni él ni yo hemos pedido otras facultades que las constitucionales para el caso que el Perú invadiera a Bolivia, o la amagara de pronta invasion. Avisos indudables i comunicaciones de personas respetables i de estranjeros mui nobles, nos instruían de las miras secretas del Jeneral Gamarra, si no aprobaban las Cámaras el tratado de Arequipa. Nos aseguraban que la guerra era infalible, i no debiendo esperar el momento preciso i material de que pisara el enemigo nuestro territorio, presentó el Gobierno el proyecto siguiente, que fué aprobado.


Desde que el Gobierno del Perú, contraviniendo al tratado preliminar de Tiquina i al de paz aprobado ya, reuniere en los departamentos del Sur mas de cuatro mil hombres, el Gobierno usará en tal caso de facultades estraordinarias.


¿Hai aquí algo de particular, de mala fé i de ese empeño de guerra i disturbios que nos atribuye el Jeneral Gamarra en su papel a las Cámaras i sus gaceteros?


Demasiado siento, SS. EE., no poder estenderme en reflexiones sobre este asunto, i siento mas no contestar como debía a la insolente e impávida arrogancia con que el uno ha leido el papel que le ha escrito algun adulador miserable i famélico, i a la mala fé de los otros tan poco dignos de su propio nombre. No .por esto dejaré de ocuparme con la misma brevedad de cuanto se ha escrito contra Bolivia, por la buena amistad que conserva con la República de Chile, su hermana i amiga.


Estoi escribiendo en Chile; i para dar toda la legalidad posible a los hechos, apelo a la honradez, a la moral i al juicio recto del Gobierno chileno; si falto en algo a la verdad o sufro equivocaciones, a él toca desmentirme o aclararlas. El señor don Dámaso Uriburu había informado mui repetidas veces del órden, de la moral i de la rectitud con que dirijía su política el Gobierno de Chile, asegurando que no habría dificultad en que Bolivia se ligara con este Estado por pactos espresos. Por una órden que yo firmé, se le previno que propusiera un tratado de amistad i comercio fundado en la reciprocidad; no tuvo mas instruccion que una nota de diez o doce líneas. El Encargado de Negocios de Bolivia se acercó al señor Tocornal, Ministro de Relaciones Esteriores, i ámbos convinieron en un proyecto para el que pidió autorizacion especial el señor Uriburu. Se le mandó el pleno poder, ordenándole que procediera a firmar el tratado con solo una lijera alteracion. Bolivia quería establecer un principio favorable al comercio de productos americanos, i observó un artículo. No ha ocurrido nada mas; i ni hai tal solicitud de hostilidades, destrucciones, disturbios, invasiones ni otros fantasmas con que se trata de asustar al pueblo peruano. Unirse dos pueblos hermanos, procurar el alejamiento de los obstáculos de su prosperidad, i hacer tratados de amistad i comercio, no puede ofender sino al Jeneral Gamarra i a sus insensatos partidarios, que quisieran vivir en guerra perpétua, porque están condenados a no subsistir de otro modo. Por esto, han tomado locas e imprudentes medidas fiscales contra Chile, cuyo Gobierno bien aconsejado ha sabido sostenerse con dignidad; han ensuciado el papel atacando a un distinguido i mui respetable personaje de Chile; han supuesto miras que no existen; i han dividido los ánimos de naciones que deben amarse. No contentos con haberse procurado el odio de Bolivia por una invasion; el de Colombia por otra, ahora buscan como pelear con Chile, i todo esto como el único medio de conservar la fuerza armada para oprimir al Perú, continuar en el mando, i lo que es mas, para hacerse reelejir, como infaliblemente sucederá. No sabemos cuál sea mas culpable, si el Jeneral Gamarra o el pueblo peruano que le sufre i contribuye a sus maniobras. Lo cierto es que si él solo sintiera, ya no le tendríamos ni lástima; pero Bolivia es el pretesto: Chile lo es: i lo será Rusia i la China cuando faltáran motivos tan inmediatos que finjir, resultando males mui positivos a los Estados vecinos, por la alarma en que los tiene.


Con toda la posible exactitud he referido los hechos, presentando los acontecimientos i la historia de las negociaciones que hace el honor del Gobierno de Bolivia, i prueba la mala fé i la insufrible conducta de la viciosa administracion del Perú. Los hombres ménos imparciales i los peruanos mismos; aquellos peruanos que no han perdido aun su .dignidad, juzgarán cuya es la razon.


Siento un placer mui vivo, habiendo defendido a mi patria i a mi Gobierno con un pié en tierra i con el otro en el buque que me conduce. No me priven VV. SS. EE. de El Araucano del inmenso gusto de saber que hicieron VV. un lugar en su periódico a este artículo en que, por última vez en América, he combatido al enemigo de las libertades del pueblo peruano; al implacable aborrecedor de Bolivia; al perturbador de la paz de Colombia; al instigador de la República Arjentina a nuevos desastres; al que se ha atrevido a molestar al pacífico pueblo de Chile.


Suplico a VV. SS. EE. mui interesadamente por la publicacion de este remitido; quedando lleno de gratitud a este favor que no duda haber otorgado su S. S. —Casimiro Olañeta.




Núm. 412[3] editar

La vuelta del señor Egaña en la goleta Colo-Colo, sin haber desembarcado siquiera en el Callao, para desempeñar la mision de que iba encargado, ha sido un doloroso testimonio de la inutilidad de los esfuerzos del Gobierno chileno para la consecucion de la buena intelijencia con el Gobierno del Perú.


Las comunicaciones que hoi insertamos, canjeadas entre el Vice-Almirante, Comandante de nuestra Escuadra, i el Gobernador del Callao, i entre nuestro Ministro Plenipotenciario i la Secretaría Jeneral del Protector, contienen la historia lamentable de los acontecimientos del Callao. Por ella se ve que el Jeneral Herrera se negó abiertamente a permitir que nuestros buques llegasen al fondeadero i que desembarcase otra persona que nuestro Ministro Plenipotenciario; que el Gobierno, ademas de esta solicitud i cuando nuestro Ministro había convenido en quedarse i se había quedado solo en el buque de menor porte de la Escuadra, exijió no ya que la Escuadra no entrase en el fondeadero, sino que se retirase de las costas del Perú i que se diesen por nuestro Ministro garantías llanas i sin condiciones, de que no se habían de cometer algunos actos de hostilidad; que no se quiso convenir en las providencias de precaucion, que por nuestro representante se espuso francamente, que se tomarían para impedir la reunion de las fuerzas navales del Perú; que se desoyeron las propuestas, hechas por nuestra parte, de arreglar estas dificultades en una convencion prévia a las negociaciones principales; i que, por fin, se arrastró a nuestro Ministro al estremo de intimar al Gobierno del Perú que habíamos entrado con él en el fatal estado de que hemos procurado huir, apesar de que las provocaciones de nuestros enemigos han sido, tiempo hace, bastantes para aniquilar en nosotros todo sentimiento de moderacion.


Volvamos la vista a nuestras relaciones con el Gobierno del Jeneral Santa Cruz en estos últimos seis meses, i saltarán a nuestros ojos los motivos que hemos tenido para no confiar la persona de un Ministro chileno a la nobleza i legalidad del Gobierno cerca del cual iba enviado. Los enemigos de nuestro órden han encontrado en el territorio peruano no la acojida que todos los Gobiernos dan a los que buscan un refujio en pais estranjero, sino una proteccion escandalosa contra el Gobierno que intentaban derrocar; no un asilo donde vivir fuera del pueblo cuya tranquilidad exijía su separacion, sino un cuartel jeneral para preparar empresas hostiles; no una morada de paz sino almacenes de guerra abiertos a su furor de conspirar; no los auxilios de la humanidad sino los que pudiesen emplear para encender el fuego de la discordia civil en una nacion amiga. I cuando se toman por nosotros prendas para asegurar el resarcimiento de los daños ocasionados, i la prestacion de futuras garantías, se cometen sobre la persona de nuestro Encargado de Negocios vejaciones contrarias a los principios universalmente reconocidos del Derecho Internacional. ¿Podía el Gobierno chileno, sin que se le acusase de poco celoso por la dignidad nacional i por todos los sagrados intereses confiados a su custodia, abandonar al señor Egaña a la arbitrariedad de una administracion que desconoce los privilejios que gozan los representantes de las naciones? ¿Podía dejar de emplear todos los medios que estuviesen a su alcance para asegurar la libertad que debía tener su negociador en el ejercicio de su importante ministerio? Estos medios no podían ser otros que el de presentar una fuerza respetable, que impidiese cualquier acto de violencia de parte de un Gobierno que no se rije en sus procedimientos por la práctica de los pueblos civilizados. Hé aquí el motivo de incuestionable justicia, declarado ya otra vez oficialmente, que produjo el envío de la Escuadra.


¿Porqué se impidió la entrada de esta Escuadra en tnedio de las relaciones pacíficas en que nos hallábamos con el Gobierno del Perú? ¿Por qué, si se quería continuar en ellas, se tuvo la estravagante pretension deque desembarcase nuestro Ministro, pero sin que la Escuadra se comunicase con tierra, es decir, sin que se comunicase con el Ministro? ¿Por qué, luego que se separó la Escuadra del Callao, no solo se exijía ya su incomunicacion con tierra sino tambien su ausencia de las costas peruanas? ¿Por qué se pedían esas garantías llanas i sin condiciones, es decir, que Chile se obligase a todo sin que el Perú se obligase a nada?


La respuesta a estas preguntas es por desgracia demasiado clara; porque el Gobierno del Perú no ha querido la paz, sino que ha procurado evitar hasta el principio de las negociaciones. Un Gobierno que no hubiese deseado sinceramente restablecer la buena intelijencia con nosotros, no habría estado exijiendo en cada oficio i en cada acto una nueva condicion al desembarco de nuestro Ministro: primero la incomunicacion de la Escuadra, despues la ausencia de la Escuadra i últimamente, como condicion sine qua non, la prestacion de una seguridad positiva, franca i terminante de que nada tendría que temer de la Escuadra el Gobierno Protectoral. Si la presencia de nuestras fuerzas inspiraba recelos, tambien a nosotros nos los han inspirado con mucho mas fundamento los escandalosos actos de hostilidad cometidos por el Jeneral Santa Cruz i sus ajentes. Nada mas fácil, nada mas llano, nada mas racional que disipar estos temores en una convencion prévia que asegurase los derechos de ámbos Gobiernos. Desoir esta amigable proposicion i exijir solo de una parte garantías positivas, quedando la otra en plena libertad, es declarar terminantemente que se cierran las puertas a todo avenimiento.


Por desgracia de la administracion que ha dado motivo a esta mala intelijencia, podemos traducir la tenaz resistencia que se ha manifestado hasta para el desembarco de nuestro Ministro. El Jeneral Santa Cruz supo en esos dias que una de las condiciones que se le imponían por parte de Chile era el establecimiento de Bolivia i del Perú al goce de su independencia. Las intenciones siniestras manifestadas por el Protector contra nuestra seguridad desde el momento que la fusion de estas Repúblicas puso bajo su autoridad los recursos de ámbas, nos debían hacer temer que ese poder robustecido renovase contra nosotros en lo sucesivo con mejor éxito sus hostiles tentativas; i para disipar este temor no podría dársenos otra garantía que la de restablecer ámbos paises al estado de separacion en que ántes se hallaban. El Jeneral Santa Cruz conoció que esta proposicion iba a rasgar el velo con que se procuran cubrir nuestras intenciones a los ojos de Bolivia i del Perú i a pintarnos no como enemigos de ellos sino como enemigos del que aniquila su independencia i amaga nuestra seguridad, no como una nacion que aspira a obtener triunfos sobre el honor de dos naciones hermanas, sino como una nacion que felizmente ve ligados con su existencia los derechos mas preciosos de ellas. La revelacion de este secreto era un golpe fatal para quien pretende fortalecer con la posesion de dos naciones el brazo que ha de destruir despues la independencia de las Repúblicas vecinas.


Si no son estas las intenciones del Jeneral Santa Cruz, si conviene en restituir al Perú el goce de los derechos de su soberanía i a encerrar en sus antiguos límites el territorio de Bolivia, siempre encontrará al Gobierno chileno pronto a terminar la guerra que se le ha forzado a declarar, firmando la paz porque ha hecho tantos esfuerzos i que solo ha podido romper para salvar el honor í conquistar la seguridad de su Patria.




Núm. 413 editar

La Comision de Hacienda ha examinado las adiciones i modificaciones hechas por la Cámara de Senadores al proyecto de lei sobre la contribucion del Catastro, i juzgando que todas ellas son sustanciales i necesarias, opina por que sean aprobadas en todas sus partes por la Cámara de Diputados. —Santiago, Diciembre 16 de 1836. —Tocornal. —Pedro Nolasco Vidal. —Victorino Garrido.




Núm. 414[4] editar

Despues de haberse declarado por la Cámara de Diputados haber lugar a formacion de causa con respecto a don Lorenzo Fuenzalida, individuo de su seno, que fué uno de los jueces que firmaron la sentencia de la Corte Marcial en la causa de don Ramon Freire, dirijió este funcionario una representacion a la Cámara, pretendiendo ser acusado por ella ante el Senado en virtud del artículo 38 de la Constitucion, que entre las atribuciones que da a la indicada Cámara contiene la siguiente: "Acusar ante el Senado, i cuando hallare por conveniente; hacer efectiva la responsabilidad de los siguientes funcionarios, a los majistrados de los Tribunales Superiores de Justicia por notable abandono de sus deberes."


Declarado haber lugar a formacion de causa, el Diputado Fuenzalida queda suspenso de sus funciones lejislativas i sujeto al juez competente, segun el artículo 16 de la Constitucion; pero, contra la terminante disposicion de este artículo constitucional, creyó justo oponer el que mas arriba citamos i ve en él privilejio de no poder ser acusado sino por la Cámara de Diputados ni juzgado sino por el Senado, i no por la Corte Suprema de Justicia, a quien corresponde el conocimiento de esta causa.


Las Comisiones de Justicia i de Constitucion, a quienes pasó la representacion citada, la han combatido con razones bastante vigorosas en el informe que insertamos hoi en nuestras columnas; pero podemos agregar a ellas otras que, en nuestro concepto, añadirán alguna claridad a la injusticia de la solicitud, i no dejarán la menor duda sobre la torcida interpretacion que se ha querido dar al artículo constitucional.


En primer lugar, uno de los principales beneficios, si no el primero del sistema que nos ríje, es la estricta responsabilidad a que deben estar sujetos todos los funcionarios que administran los negocios de la Republica. Los graves intereses que están puestos en sus manos se verían, sin este freno, espuestos a la arbitrariedad i a los mas escandalosos abusos, i la Representacion Nacional, que forma la base de nuestro órden político, no sería sino un principio vano e irrisorio, que no produciría jamas efectos saludables a la sociedad. ¿Qué le importaría a la Nacion ser representada si el funcionario que es órgano de su voluntad en cualquiera de los ramos de la administracion, no tuviese que responder ante ella del mas lijero desvío que padeciese en el ejercicio de su ministerio? ¿Si pudiese infrinjir impunemente las leyes que fijan las condiciones terminantes con que debe hacer uso de sus facultades? ¿Si no reconociese mas norma que el capricho?


Pero, si en cualquiera de los encargados de la autoridad pública sería lamentable i monstruosa la irresponsabilidad, en ningunos acarrearía mas funestas consecuencias que en los individuos del Poder Judicial. En varias ocasiones hemos tenido que recomendar la importancia de los derechos que tienen en sus manos: derechos que serían puramente nominales, si la lei no suministrase medios de asegurarlos presentando en la responsabilidad una garantía contra cualquiera conculcacion: derechos que en vano sancionaría nuestro Código Fundamental, si solo los hiciese efectivos la arbitraria voluntad de un juez. La seguridad i la propiedad individual, la moral pública, el reposo de la Nacion, la fidelidad en el manejo de sus rentas, en fin, todos los grandes intereses sobre que puede recaer una sentencia injusta, no serían mas que un juguete del capricho, de la ignorancia i de las pasiones.

Así lo ha entendido nuestra Constitucion, cuando en su artículo 3 dice terminantemente: —"Los jueces son personalmentes responsables por los crímenes de cohecho, falta de observancia de las leyes que arreglan el proceso, i en jeneral, por toda prevaricacion o torcida administracion de justicia." ¿Qué clase de responsabilidad sería esta, si solo pudiese la Cámara de Diputados acusarlos i, por consiguiente, juzgarlos el Senado? Durante los nueve meses que la Lejislatura está en receso, los individuos del Poder Judicial podían repetir hasta cuando quisieran los cohechos, las infracciones de lei, las prevaricaciones i los abusos de todo jénero. El Código Fundamental no puede sancionar un absurdo tan escandaloso, fuente de los mas terribles resultados.


En segundo lugar, el Ejecutivo, por el artículo 82 de la Constitucion, está encargado de "velar sobre la pronta i cumplida administracion de justicia i sobre la conducta ministerial de los jueces." Si solo la Cámara de Diputados puede acusarlos ¿cómo llena esta atribucion el Presidente de la República? ¿Qué efectos produce su vijilancia cuando no tiene en sus manos medios de contener los abusos ni de someter a un juicio a los Ministros que no cumplan fielmente con sus impoitantes atribuciones? Tendrá que contentarse con ser frio espectador de la torcida administracion de justicia i de la conducta escandalosa de los jueces que se desvíen de sus sagrados deberes; i esto sería terminantemente contrario al espíritu i a la letra del Código Político, i a la institucion del Poder encargado del exacto cumplimiento de las leyes, que no podría llenar este interesante atributo si careciese de medios de hacer efectiva i fiel la aplicacion de ellas, que es el ramo mas importante de su ejecucion.


En tercer lugar, el artículo 38 de la Constitucion, por los términos en que está espresado i por su comparacion con otros artículos, no quiere que la Cámara de Diputados sea el único acusador que tengan los individuos de los Tribunales. "Acusar ante el Senado, dice la lei, cuando hallare por conveniente hacer efectiva la responsabilidad de los siguientes funcionarios:"


Cuando hallare por conveniente, quiere decir cuando la Cámara tenga a bien hacer uso de esta atribucion, cuando por omision de los fiscales del Gobierno que deben velar sobre la administracion de justicia i sobre la conducta de los jueces, no se procuren remediar las faltas cometidas en aquélla, ni se sometan éstos al juicio respectivo: cuando lo tengan por conveniente, para que nunca quede sin efecto la responsabilidad de los individuos del Poder Judicial. Tan léjos está la Constitucion de hacer este derecho esclusivo de los Diputados, que aunque se hallan los intendentes sujetos tambien a ser acusados por la Cámara "en los crímenes de traicion, sedicion, infraccion de Constitucion, malversacion de los fondos públicos i concusion," retiene en el artículo 104 la siguiente atribucion del Consejo de Estado declarar: "si ha lugar o nó a la formacion de causa en materia criminal contra los intendentes, gobernadores de plaza i departamento. Exceptuándose el caso que la acusacion contra los intendentes se intentare por la Cámara de Diputados". Esta excepcion relativa a los intendentes, manifiesta terminantemente que la Cámara de Diputados no es la única que puede entablar las acusaciones de que se encarga el artículo 38. El no comprender el artículo mas que a los intendentes podrá hacer creer a algunos, a primera vista, que puesto que la lei exceptúa a ellos solos i no a los jueces; ellos solos i no los jueces pueden tener otro acusador que no sea la Cámara de Diputados. Pero esta dificultad desaparecerá luego que se observe que la excepcion que contiene este artículo constitucional comprende solo a los intendentes, no por que son los únicos que pueden ser acusados por otros, sino porque son los únicos respecto de los cuales tiene que declarar el Consejo si hai o nó lugar a formacion de causa, cuando no sea la Cámara quien los haya acusado.


Otro argumento semejante ofrece el artículo 101. El mismo artículo 38 contiene a los Ministros del Despacho entre aquellos a quienes puede acusar la Cámara de Diputados, cuando lo crea conveniente. El artículo 104 permite a un Ministro ausentarse a los seis meses de haberse separado del Ministerio, es decir, le concede la facultad de salvarse a los seis meses de los efectos de su responsabilidad, puesto que con un viaje al estranjero puede ponerse fuera de la jurisdiccion nacional. En los nueve meses que está en receso el Congreso, tiene un funcionalio de esta especie tiempo suficiente para cometer cuantos abusos e infracciones quepan en el espacio de cerca de tres meses, dejar el Ministerio i salir de la República ántes que las Cámaras se instalen. ¿Si la Cámara solo puede ser acusadora de los funcionarios que designa el artículo 38, no será ilusoria la responsabilidad de este Ministro?


En cuarto lugar, el artículo 3.º de las disposiciones transitorias está concebido en estos términos: "Interin no se dicte la Lei de Organizacion de Tribunales i Juzgados, subsistirá el actual órden de administracion de justicia." La lei de 11 de Enero de 1825 dice lo siguiente: "Declarada la subsistencia de la Constitucion del año de 1823, es necesario llenar este vacío para que los pueblos no se encuentren sin las leyes necesarias, principalmente en el órden judicial; pero, no puliendo ser esta ubrogacion la obra del momento, el Congreso ha acordado i decreta: —Entre tanto se dictan las leyes que sirvan de base i organicen la República i su administracion, obsérvese el órden actualmente existente."


El artículo 3 que hace responsables a los jueces, termina con estas palabras: "la lei determinará los casos i el modo de hacer efectiva esta responsabilidad."


Combinando todas estas disposiciones, resulta que, no estando sancionada la lei de que se encarga el artículo 3, la responsabilidad de los jueces, que es uno de los objetos sobre que jira la administracion de justicia, está sometida a las reglas prescritas de antemano para ella, es decir a las Constituciones de 823 i 828. Ambas hacen a la Corte Suprema juez en las causas criminales de los Ministros de las Cortes de Apelaciones[5], porque aunque la de 28 no contiene sobre ésta un artículo espreso, le declara el conocimiento de los recursos de que actualmente conoce, esto es, de los que señala la Constitucion de 23; i le dan la superintendencia directiva i correccional sobre los tribunales i juzgados de la nacion, [6], Ademas de eso, la Constitucion de 1823 contiene, entre las atribuciones del procurador nacional, las siguientes: "acusar a todos los funcionarios públicos de oficio o en virtud de denuncias legales públicas o secretas". La actual Constitucion ha juzgado, pues, que la atribucion que se da a la Cámara de Diputados no la constituye en el único acusador de los individuos de las Cortes Superiores, porque en semejante caso no habría dicho que una lei separada arreglaría el modo de proceder en las causas de responsabilidad, puesto que, como lo observa la Comision en su informe, quedaba ya fijado por la lei fundamental; i ha querido que, cuando la Cámara no tenga por conveniente hacer uso de este derecho, quede la responsabilidad sujeta a las reglas establecidas ántes para la administracion de justicia. Estas reglas señalan, como ya se ha visto, a la Corte Suprema por juez de los individuos de la Corte de Apelaciones i al procurador nacional, que hoi es el fiscal, dan el encargo de acusarlos, puesto que no los exceptúan de todos los funcionarios que contiene el artículo constitucional. Una acusacion, pues, de un individuo de la Corte de Apelaciones, hecha por el fiscal ante la Corte Suprema, es tan legal como la que podría entablar ante el Senado la Cámara de Diputados, cuando tuviere por conveniente hacer uso del derecho que le da la Constitucion.


Todas estas reflexiones revisten de una fuerza irresistible el informe de las Comisiones, que han procedido de acuerdo con el espíritu de las instituciones fundamentales, i con las mas graves exijencias del órden social, que no puede permitir que bajo ningun pretesto se establezca la irresponsabilidad de los individuos del Poder Judicial, que tan graves daños pueden irrogar con el abuso de sus delicadas atribuciones.


Nos es sensible no poder decir otro tanto de la Comision de la Cámara de Senadores que informó sobre el Mensaje del Presidente, en que se pedía que el Senado declarase si había o nó lugar a formacion de causa con respecto al Senador Echéverz, vocal tambien de la Corte Marcial i Juez en la causa de Freire. Al principio se manifestó en el Senado el deseo de pedir los autos para proceder a esta declaracion en vista de ellos. No podemos calcular qué motivos podrían jamas decidir a la Cámara a dictar una providencia de esta especie. Para conocer si hai o nó lugar a formacion de causa, basta que exista una lijera sospecha de delito. Esta declaracion no irroga perjuicio de ninguna especie al individuo sobre quien recae, i por el contrario, le habilita para defender su inocencia, para salvar su honor, para probar la legalidad de sus procedimientos, en el asunto en que se le considera delincuente. El convencimiento de que no es el capricho, ni la animosidad, ni ningun otro oríjen innoble, el del Mensaje que pide al Senado el ejercicio de esta atribucion, es suficiente para que, por el honor del Cuerpo i por el del miembro que le pertenece, se absuelva este trámite indispensable que debe preceder al juicio. Cualquiera que conozca las opiniones del señor Echéverz, respecto de la administracion i la notoriedad del desagradable suceso en que se encuentra implicado, podrá decir si alguna mira injusta o innoble produce el deseo de enjuiciarle. La peticion de los autos sería, por consiguiente, innecesaria; pero hai mas, sería peligroso, sería imprudente. Declarar si hai o nó lugar a formacion de causa por el mérito de los autos, es lo mismo que reconocer por ellos la culpabilidad o inculpabilidad del Senador, fallar sobre la causal o cuando ménos dar una norma al fallo del Tribunal competente, no solo por lo que toca al señor Echéverz, sino tambien con respecto a los otros individuos de la Corte Marcial que se hallan en igual caso.


Esta peticion de autos no llegó a sancionarse, porque la Comision en su informe, invocando el mismo artículo constitucional a que se acojió el Diputado Fuenzalida, opinó que siendo el señor Echéverz vocal de la Corte de Apelaciones, i debiéndole acusar la Cámara de Diputados, no debía procederse a la declaracion pedida miéntras la Cámara no fuese la acusadora; error bien palpable por las reflexiones ántes espuestas, que lo manifiestan en oposicion con los mas importantes artículos del Código Fundamental..


  1. Este artículo ha sido tomado de El Araucano, número 126 del 8 de Febrero de 1833. Lo reproducimos aquí, a fin de que se puedan estudiar los primeros oríjenes de la guerra que Chile declaró al Perú en 1836. (Nota de! Recopilador.)
  2. Este artículo ha sido tomado de El Araucano, número 127, del 15 de Febrero de 1833. —{Nota del Recopilador.)
  3. Este documento ha sido trascrito de El Araucano, número 327, de 9 de Diciembre de 1836. —(Nota del Recopilador.)
  4. Este documento ha sido trascrito de El Araucano, número 327, de 9 de Diciembre de 1836. —(Nota del Retopilador.)
  5. Artículo 146, atribucion 5.ª de la Constitucion de 1823, i artículo 96, atribucion 9.ª de la Constitucion de 1828
  6. Artículo 148 de la Constitucion de 1823, i artículo 97 de la de 1828,