Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1835/Sesión de la Cámara de Diputados, en 9 de octubre de 1835

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1835)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 9 de octubre de 1835
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 38, EN 9 DE OCTUBRE DE 1835
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. -Aprobación del acta precedente. -Cuenta. —Contribución de serenos. —Rebaja de derechos para los productores arjentinos. —Solicitud de doña Nieves Ceballos viuda de Spano. —Presupuestos i cuenta de inversión. —Reconocimiento de la deuda interior. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comisión Militar sobre la solicitud de doña Nieves Ceballos viuda de Spano. (Anexo núm. 211. V. sesiones del 30 de Setiembre i del 12 de Octubre de 1835.)
  2. De otro informe de la Comision Mista sobre los presupuestos i las cuentas de inversión. (Anexo núm. 212. V. sesión del 7.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Dejar para 2.ª discusión el proyecto de lei que regulariza la contribución de serenos. (V. sesiones del 7 i del 12.)
  2. Aprobar en particular el proyecto de lei que rebaja los derechos de importación para los productos arjentinos. (V. sesiones del 7 i del 16.)
  3. Aprobar en jeneral el informe de la Comision Mista sobre los presupuestos i las cuentas de inversión. (V. sesión del 12.)
  4. Aprobar los incisos 11, 12, 13, 14, 15 i 16, artículo primero del proyecto de reconocimiento de la deuda interior. (V. sesiones del 7 i del 12.)

ACTA editar


sesion del 9 de octubre de 1835

Se abrió con los señores Aldunate, Arlegui, Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Astorga, Barra, Bustillos, Dávila, Fierro, Fuenzalida, Gárfias, Garrido, García don Manuel, Irarrázaval Izquierdo, Martínez, Moran, Montt, Plata, Prieto, Renjifo, Reyes, Riesco, Soffia, Sotomayor, Torres, Tocornal don José María, Tocornal don Joaquín, Troncoso, Valdés don José Agustín, Vidal i Vial don Antonio.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se puso a discusión particular el proyecto sobre regularizar la contribución de serenos, i hacer estensivo este establecimiento a otros puntos de la República i examinado su primer artículo quedó para segunda discusión.

Consideróse también el proyecto remitido por el Eiecutivo, para rebajar los derechos que gravitan sobre las mercaderías que forman el comercio entre Chile i las provincias trasandinas, i fué aprobado en particular en los términos siguientes:

"Artículo primero. LOS frutos i manufacturas de las provincias trasandinas que a continuación se espresan, introducidos a Chile por los puertos secos de Cordillera, solo adeudarán un seis por ciento de internacion: alfombras, burros, caballos, cecina, cueros vacunos al pelo, dichos de chinchilla, dichos de vicuña, frutas secas, ganado vacuno, dicho lanar, jabón, jergas bordadas, lana, macana, monturas de suela, muías, pasas de uva, vellones tejidos, piedras de amolar, dichas de destilar, plumas de avestruz, riendas de cuero, sebo en rama colado.

Art. 2.º Todas las demás mercaderías de igual oríjen o procedencia continuarán pagando los derechos establecidos.

"Art. 3.º La presente lei solo tendrá efecto treinta dias despues de la fecha en que fuere promulgada."

A segunda hora, se dió cuenta del informe de la Comision Militar en la solicitud de la viuda de Spano, doña Nieves Ceballos; i del presentado por la Comision especial de ámbas Cámaras nombrada para examinar la cuenta de entradas i gastos del Erario del presente año, i aprobación del presupuesto del entrante; ámbos se señalaron para discusión, i el último fué aprobado en jeneral, quedando en tabla para particular.

Continuó la discusión pendiente sobre reconocimiento de la deuda interior, i se aprobaron las partes 11, 12, 13, 14, 15 i 16 del artículo I.°, las dos primeras i últimas por mayoría, i las 13, 14 i 15, por unanimidad, en los términos que siguen:

"11. Los empréstitos levantados dentro de Chile, tanto en tiempo del Gobierno republicano como miéntras permaneció el pais sometido a la dominación española.

"12. Los repartimientos estraordinarios hechos por uno u otro Gobierno, bajo los títulos de donativos, contribuciones o multas, salvo no obstante las excepciones que despues se indicarán.

"13. Los créditos líquidos contra el Fisco por arrendamientos, fletes, contratas, alcance de cuentas o suplementos hechos al Gobierno de la República.

"14. Las cantidades que resulten a cargo de la Nación por protesta de letras dadas en pago contra sus deudores, cuando se hayan observado en dichas protestas las formalidades prescritas por las leyes.

"15. Los libramientos que las tesorerías nacionales hubiesen jirado, unas contra otras, en virtud de disposición legal o de órdenes espedidas por el Gobierno republicano.

"16. Los libramientos que dichas tesorerías hubiesen jirado desde el 6 de Octubre de 1814, hasta el 12 de Febrero de 1817, por disposición legal a favor de ciudadanos de Chile."

Con lo que se levantó la sesion. —Jose Vicente Izquierdo. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS editar

Núm. 211 editar

La Comision Militar ha examinado la solicitud de la viuda del finado coronel don Cárlos Spano, i en atención al sacrificio heróico de este militar valiente i de la solemne promesa que en 1814 hizo el Gobierno a su familia, es de opinion de que la Cámara debe concederle la gracia de que pueda disfrutar la pensión íntegra que por razón de montepío le corresponde, aun cuando se traslade a cualquier punto fuera del territorio de la República; por lo que, si le parece a la Sala, puede acordar el siguiente

PROYECTO DE DECRETO:

"En atención al sacrificio heróico del finado coronel don Cárlos Spano, se concede a su viuda e hijos la gracia de que disfruten el monte íntegro que por razón de su grado le corresponde, aun cuando se trasladen a cualquier otro punto fuera de la República."

Sala de la Comision. —Octubre 9 de 1835. —Ambrosio de Aldunate. —Pedro Nolasco Vidal. — Fernando Márquez de la Plata Encalada. —Manuel García.


Núm. 212 editar

Las Comisiones del Senado i de la Cámara de Diputados, nombradas para examinar reunidas la cuenta de las entradas i gastos que ha tenido la Nación en el año 1834 i los presupuestos de gastos en los Departamentos del Interior, Hacienda, Guerra i Marina, formados para el año de 1836, que los respectivos Ministros acompañan a las Memorias que han presentado al Congreso en el presente período de sus sesiones, han sacado por resultado de todos estos documentos:

  1. Que se han gastado cuatrocientos setenta i dos mil setecientos setenta pesos ménos de los dos millones ciento cuarenta i un mil ochocientos catorce pesos a que ascendió el presupuesto formado para el año de 1834.
  2. Que las entradas de dicho año ascendieron a un millón novecientos veintidós mil novecientos sesenta i seis pesos, los cuales se enteran con un millón seiscientos sesenta i nueve mil cuarenta i cuatro pesos, invertidos en las atenciones del servicio público; ciento setenta i ocho mil cuatrocientos diez i ocho, empleados en amortización de la deuda flotante; nueve mil quinientos cuarenta i nueve en desempeño de las Aduanas, i con sesenta i cinco mil novecientos cincuenta i cuatro que se dan por existentes.

Las Comisiones informantes, en virtud de lo espuesto i de haber encontrado dicha cuenta i presupuestos arreglados a los justificativos presentados por el Ministro de Hacienda, son de sentir que el Congreso apruebe el siguiente proyecto que someten a su deliberación:

"Artículo primero. Se aprueba la cuenta de entradas i gastos que ha tenido la República en el año 1834, que el Ministro de Hacienda acompaña a la Memoria presentada al Congreso en 5 de Octubre de 1835.

Art. 2.º Las contribuciones actualmente establecidas continuarán por el término de diez i ocho meses, en conformidad al artículo 37 de la Constitución.

"Art. 3.º Su inversión se hará en los gastos de la Administración Pública con arreglo a las leyes i a los presupuestos para el año 1836, presentados por los Ministros Secretarios del Despacho".

Santiago, Octubre 9 de 1835. —José Ignacio de Eyzaguirre. —D. J. Benavente. —Pedro Ovalle. —Pedro Nolasco Vidal. —Ambrosio de Aldunate. —Ramón L. Irarrázaval. —V. Garrido.