Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1834/Sesión de la Cámara de Diputados, en 16 de octubre de 1834

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1834)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 16 de octubre de 1834
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 40, EN 16 DE OCTUBRE DE 1834
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Memoria del Interior. —Proyecto de creacion de una nueva Corte de Apelaciones. —Acta.—Anexo.

CUENTA editar

Se da cuenta:

De la Memoria del departamento del Interior. (Anexo núm. 878.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno informe sobre la Memoria del Interior.
  2. Dejar pendiente la discusion del artículo 1.º del proyecto de lei que suprime la Corte Suprema i crea una nueva Corte de Apelaciones. (V. sesiones del 14 de Octubre de 1834 i del 3 de Abril de 1835.)

ACTA editar

SESION DEL 16 DE OCTUBRE

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Arriarán, Arlegui, Aldunate, Barros, Bustillos, Carrasco, Fierro, Fuenzalida, Gárfias, García de la Huerta, Gutiérrez, Huidobro, Izquierdo, Montt, Morán, Pérez, Plata, Reyes, Rosas, Sotomayor, Tocornal don Joaquin, Tocornal don José María, Torres, Troncoso, Valdés don Miguel, Valdés don José Agustin i Vial don Manuel.

Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

El señor Ministro del Interior leyó la Memoria que presenta al Congreso Nacional, dando cuenta detestado de los negocios en el departamento de su cargo; i se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

Continuó la discusion del artículo 1.º del proyecto sobre formacion de otra Corte de Apelaciones, i despues de un largo debate quedó pendiente, suspendiéndose en este estado la sesion. —José Vicente Izquierdo. —José Santiago Montt.


ANEXO editar

Núm. 878 editar

MEMORIA QUE EL MINISTRO DE ESTADO EN EL Departamento Del Interior, PRESENTA AL CONGRESO NACIONAL. —AÑO DE 1834.

El deseo de dejar cumplidos en lo posible los deberes que me prescribe la Constitucion, puede solo animarme a poner a la vista del Congreso el imperfecto bosquejo que aquí le ofrezco, del estado de los negocios pertenecientes al Ministerio del Interior, que el Presidente se ha servido confiarme. Procede su imperfeccion de dificultades que no me ha sido dado superar. Para presentar a la Lejislatura un cuadro instructivo de la constitucion social de las provincias, de los medios morales que puede desarrollar en ellas la lenta influencia de la educacion i las leyes, i de los estorbos con que lucha la regularizacion de nuestra grande obra política, sería necesaria una abundante coleccion de documentos estadísticos; i el Congreso no desconocerá que, para recojerlos i formarlos, es menester que exista una organizacion interna mas adelantada, mas regular i espedita en su marcha, que la actual; embrion delicado, en que los rudimentos mas esenciales del cuerpo político empiezan apénas a salir del cáos informe de un réjimen colonial, cuyos vicios no pudieron ménos de agravarse en una larga época de guerra i discordia.

Con el objeto de suplir esta falta, he pedido, tiempo hace, noticias a las autoridades municipales. La insuficiencia de algunas de ellas i la falta absoluta de otras, que hasta ahora no han llegado a mis manos, me pone, bien a mi pesar, en la necesidad de reducirme a esplicaciones ménos individuales i precisas de lo que convendría para llenar las miras de la Constitucion i satisfacer a las Cámaras.

La tranquilidad de que goza la República desde los movimientos de 1829 i 30, ha producido i sigue produciendo felices resultados. Se difunde el hábito del trabajo por todas las clases de la sociedad; las empresas útiles suceden a las convulsiones políticas; el hábito del órden se fortifica; sus inestimables beneficios se sienten i aprecian; i el respeto a las autoridades constituidas ocupa el lugar de aquel desenfreno licencioso, que se equivocaba con la libertad i que solo sirve para abrir su sepulcro. Si se han hecho tentativas para desquiciar de nuevo este órden tutelar, las Cámaras saben cuál ha sido su carácter, cuán escasos sus recursos, cuán desesperado su éxito. Concebidas en el silencio, ha bastado el primer rayo de luz que ha penetrado en las guaridas en que se fraguaban, para desconcertarlas i manifestar su impotencia.

La mejor prueba del sólido apoyo con que cuenta el Gobierno en la confianza de los ciudadanos, es la imposibilidad en que se han hallado hasta ahora los conspiradores de formar plan alguno que no haya sido descubierto en los primeros dias de su existencia i sofocado en su jérmen; sin que para esto se hayan empleado, no digo el espionaje ni la seduccion, pero ni aun medidas estraordinarias de vijilancia, por parte de las autoridades a cuyo cargo está el depósito de la seguridad pública. Así esque no ha tocado hasta ahora la necesidad de emplear los fondos destinados por la Lejislatura para esta clase de medidas. De los 6,000 pesos anuales de que, por la lei de 4 de Agosto de 1832, puede disponer para gastos secretos, solo se han invertido 900, i la mayor parte de esta suma se ha empleado, ya en pequeñas gralificaciones a la tropa, ya en la persecucion de bandoleros, que hacían ilusorios los recursos ordinarios de la policía; i de estos mismos fondos, i con igual destino, se hace actualmente al Gobierno de la provincia una erogacion mensual; objetos que hubieran podido cargarse lejítimamente al ramo de gastos estraordinarios de guerra o al de suplementos a los fondos municipales. El Gobierno cree, pues, tener algun fundamento para lisonjearse de poseer la confianza pública; único escudo que ha opuesto a las asechanzas de los enemigos del órden.

El solo recurso que, de los que se han empleado para contrarrestar estas maquinaciones clandestinas, sale de la esfera comun, ha sido el de las facultades estraordinarias concedidas por la Lejislatura. No necesito repetir lo que el Presidente ha espuesto a las Cámaras sobre la lenidad i moderacion con que las ha ejercido, i que acreditan suficientemente cuánto repugna a sus sentimientos la adopcion de este medio, desgraciadamente necesario, miéntras la organizacion judicial no esté sujeta a reglas mas determinadas, i que aseguren de un modo eficaz la represion del crimen.

El Gobierno, afianzado en la opinion pública i en los hábitos, cada dia mas fuertes, de regularidad i respeto a las leyes, ha podido dedicarse a mejorar la condicion del pais, promoviendo reformas útiles en todos los ramos de la administracion.

Los progresos que se observan en ellos testifican que no han sido ineficaces sus esfuerzos. No son las convulsiones políticas el único obstáculo a la obra de creación i rejeneracion a que es llamado. Antiguas rutinas, desarrolladas bajo la influencia de leyes, que no están en armonía con las instituciones presentes, han opuesto i oponen a los deseos de la administracion una resistencia, ya abierta, ya paliada i sorda, que solo con la mas esforzada i vigorosa cooperacion de las Cámaras i del Ejecutivo podemos lisonjearnos de vencer.

De poco sirve la Constitucion sin la lei. Para que las garantías consignadas en nuestro pacto social establezcan verdaderos derechos, i no se reduzcan a fórmulas insignificantes, es necesario que las leyes orgánicas de cada ramo den una forma específica i una marcha determinada a cada una de las provisiones jenerales de nuestro Código fundamental. ¿Cuántas no serán sin eso las oscuridades i vacilaciones en la esfera de accion de cada una de las autoridades constituidas; cuántas las competencias i choques en su accion recíproca; cuántos los deslices i estravíos? Convencido de la indispensable necesidad de estas leyes orgánicas, es de mi deber recomendar al Congreso la sanción de las que se han sometido a su exámen, i la preparacion de los trabajos pre liminares que han de dar el ser a las que restan.

Entie ellas merece un lugar preferente la de organizacion de tribunales i administracion de justicia. La deformidad de nuestros Códigos, calculados para una sociedad montada sobre diferentes bases que la nuestra;que aun en la parte en que ménos pugnan con el espíritu de nuestras instituciones, se resienten de su antigüedad; i que presentan en su conjunto un edificio sin unidad de designio, una mezcla informe de partes heterojéneas i discordantes; es con todo un mal de menor importancia, en comparacion de los que produce el sistema de administracion de justicia que hoi rije. Modificado en una época de inesperiencia, en que el odio a las artes de la tiranía que acabábamos de derribar, daba a la libertad una suspicacia exajerada, no es mucho que lleve en su seno providencias, que prestan ancho campo a la cavilosidad i mala fé de los litigantes, i disposiciones que, calculadas para protejer la inocencia, se han convertido en salvaguardias del crimen. Tal es, sobre todas, la que concede una indefinida libertad de recusaciones. No hai juez a quien no pueda por este reglamento removerse, ni tribunal, por numeroso que sea, que el litigante malicioso no tenga el arbitrio de renovar en su totalidad. Las multas judiciales con que la lei castiga los motivos no probados de recusación, son un freno insuficiente para arredrarle. Mediante una suma de dinero, que no guarda proporcion con la cuantía de los intereses que se ventilan en multitud de causas, puede todo el que quiera, alejar de la judicatura a los majistrados cuya integridad le intimida, i trasladar sus funciones a manos parciales o, por lo ménos, inespertas. Pero, cuando este funesto arbitrio no tuviese mas inconveniente que el inevitable de hacer recaer tan amenudo las funciones de la Majistratura en personas que, si se tratase de una eleccion permanente, no inspirarían suficiente confianza, este solo es de una gravedad, que no puede ménos de excitar toda la solicitud del Congreso.

En los juicios criminales son todavía mas ilusorias las trabas que pone nuestro reglamento a la arbitrariedad o malicia de las recusaciones; porque, siendo en éstos alternativa la pena, i concediéndose al reo sustituir la prision a la multa; ¿qué es lo que puede reprimir al que, encarcelado ya por sus delitos, ocurre a este medio, con el objeto de evadir el castigo o por lo ménos de demorar la sentencia? Así se multiplican sin pudor las recusaciones; se renuevan las judicaturas; los tribunales son cuerpos fluctuantes, en cuya composicion pudiera tener la riqueza del litigante una ventaja inicua, el principio sagrado de la igualdad de los ciudadanos ante la lei se viola por el ministerio de la lei; i el crimen cuenta con un efujio mas, para entorpecer la marcha de la justicia o estraviarla.

Sensible el Gobierno a los perniciosos efectos que en este i otros puntos produce el sistema judicial que hoi rije, propuso a la Lejislatura anterior un proyecto de lei que, con el carácter de provisorio, los remediase en lo posible, miéntras se revisaba en su totalidad el reglamento de justicia. Las otras atenciones del Congreso no le han permitido considerarlo en el presente período. Séame lícito, sin embargo, recordárselo, como uno de los objetos mas impoitantes que pueden someterse a su deliberacion.

Entre las medidas provisorias que reclama la administracion dejusticia, es tambien de suma importancia la creacion de una nueva Sala de Apelaciones, que, ya sea obrando separadamente, o ya formando parte de la que existe con este nombre, le alivie las pesadas tareas del despacho, de que ésta se halla ahora esclusivamente encargada, i a que no le es ya posible dar abasto. El incremento de nuestra industria i la actividad de nuestras relaciones mercantiles, han hecho que se multipliquen rápidamente las controversias relativas a los derechos de propiedad. Un tribunal solo es insuficiente para su resolucion, aun cuando las mejoras que espero, se introducirán, en nuestro sistema de enjuiciamientos, abrevien la duracion de las causas i disminuyan algo su número. Notorio es al Gobierno el celo de nuestros majistrados, la asidua constancia con que dedican a las ocupaciones de su ministerio aun las horas destinadas al descanso, i la necesidad en que se hallan algunos de ellos de desempeñar el encargo no ménos privilejiado de concurrir a la Lejislatura, adonde son llamados por los sufrajios de la Nacion, i en cuyo seno, como en el del Consejo de Estado, será siempre necesario el auxilio de sus luces i esperiencia.El proyecto a que aludo ha sido iniciado en una de las Cámaras. Solo me resta unir mis votos a los del público para que se apresure su progreso en ellas i se sancione preferentemente.

Sé que las Cámaras han adelantado sus trabajos en la formacion de una lei jeneral que abrace la organizacion de los tribunales. Pero preveo que no será posible perfeccionarla en el breve período de las sesiones ordinarias i en medio de las otras ocupaciones graves que llaman la atencion del Congreso. Pero hai males urjentes a que me parece indispensable proveer remedios, aunque sea recurriendo a medidas parciales que podrán despues incorporarse o perfeccionarse en un reglamento completo.

En medio de los defectos i vicios que se lamentan en la administracion de justicia, me es grato observar que todos ellos proceden de causas a que alcanzan los esfuerzos reformadores de una Lejislatura animada, como la presente, de rectas intenciones i de un patriotismo ilustrado. Si los males inseparables de un sistema vicioso excitan quejas, no por eso reconoce ménos el público la pureza de los majistrados.

Las causas de estos males existen solo, como ya he tenido el honor de indicarlo al Congreso, en la falta de armonía del antiguo réjimen judicial con nuestras nuevas instituciones, en las peligrosas i mal entendidas garantías, que despues se injertaron en él, i en la multiplicacion de las controversias i litijios, que en todas partes es el resultado necesario del desarrollo sucesivo de la industria i del movimiento social.

No ménos importantes que la dispensacion de la justicia, aunque solo se les considere con relacion a los intereses temporales de la sociedad; la relijion i el culto llaman tambien imperiosamente la patriótica solicitud del Congreso. La penuria de recursos que para la instruccion relijiosa se hace sentir en casi todas las provincias de la República, se ha pintado en el discurso del Presidente con colores que distan mucho de la exajeracion. Escuso entrar en pormenores, de que el Congreso me parece estar suficientemente penetrado. La medida que acaba de sancionar para el restablecimiento de los seminarios es una muestra del celo piadoso que le anima. Ella inspira al Gobierno satisfactorias esperanzas de ver mejorada la educacion eclesiástica, aumentado el lustre de la relijion i del clero, i provistos competentemente de pastores distritos estensos, en que apénas se oyen de tarde en tarde los preceptos de la moral cristiana. El Gobierno se dedicará con esmero a realizarla. Ajeno de miras parciales, sensible a los beneficios de la instruccion jeneral, lo hará de modo que no sufra menoscabo alguno el principal establecimiento literario de la República, en cuya conservación i prosperidad ha tenido un ínteres constante.

La escasez de los fondos destinados al servicio público, no ha impedido al Gobierno dar un nuevo impulso a la educacion elemental i científica. La predileccion con que la mira, se ha dejado ya percibir en todos los ángulos de la República.

Concurriendo afortunadamente con ella el deseo de instruccion que cunde hasta en las ínfimas clases, vemos levantarse en todas partes escuelas primarias, sostenidas muchas de ellas por asignaciones que se les han hecho de los 10,000 pesos puestos a disposicion del Gobierno para gastos de beneficencia, i del ramo de vacantes de los obispados, que segun la lei puede apropiarse a objetos piadosos. Ha sido necesario imponer este gravámen a las rentas nacionales, por la pobreza de varios pueblos, que carecen de rentas de propios para subvenir a semejante gasto.

Pero me prometo que no lo sufrirán largo tiempo, mediante el impuesto sobre el consumo de ganados, establecido recientemente por la Lejislatura, i asignado a las Municipalidades.

Bien conoce el Gobierno que sus esfuerzos en esta parte no rendirán todo el fruto que es de desear, miéntras no se forme el plan jeneral de educacion pública que la Constitucion recomienda al Congreso. Faltan preceptores adecuadamente instruidos; faltan libros de enseñanza primaria; i en este ramo, como en todos los que están bajo la inspeccion de la autoridad nacional, es indispensable la uniformidad de los procedimientos, para que produzca toda la utilidad de que es capaz. La superintendencia, mandada crear por el artículo 154 de aquel código, será un centro de accion que dé un impulso regular i uniforme a establecimientos diseminados por todo el territorio de la República, i separados a veces por no pequeñas distancias.

En medio de las dificultades inseparables de estas primeras tentativas, debe llenarnos de lisonjeras esperanzas el espectáculo de su rápida propagacion en nuestro suelo. No solo se multiplican i mejoran de dia en dia las escuelas primarias, sino los colejios públicos i particulares destinados a la enseñanza superior. Solo en Santiago concurren a las escuelas que mantienen la Municipalidad, el Reverendo Obispo i los Conventos de regulares, mas de 1,300 niños; i mas de 900 reciben una instruccion acomodada a las diferentes condiciones en establecimientos particulares de ámbos sexos. Los estudios clásicos, los idiomas estranjeros, los varios ramos de filosofía i de lejislacion, la teolojía, las ciencias matemáticas i recientemente las naturales i la medicina, se cultivan por cerca de 500 alumnos en el Instituto Nacional. Enriquecido este último establecimiento con nuevas cátedras, ha sido preciso aumentar sus rentas, i el Gobierno ha creido de su deber proporcionarle este auxilio, en medio de tantos objetos a que tiene que hacer frente el Erario.

Los institutos de Coquimbo, Concepcion i Talca merecen tambien una mencion especial en esta breve reseña. El primero, restablecido por el celo del actual intendente de aquella provincia, cuenta ya en su seno 120 alumnos, que ademas de la instruccion primaria, reciben lecciones de gramática castellana, de latin i frances, de jeografía, filosofía i matemáticas puras. El segundo, que es particularmente protejido por el Jefe de Concepcion, proporciona tambien educacion a muchos jóvenes; i por el buen estado de sus rentas será con el tiempo uno de los mas florecientes de la República. El tercero debe el ser a la munificencia del ilustre chileno don Juan Ignacio Molina, i ha sido fomentado por el Reverendo Obispo de Concepcion, i por el fervoroso espíritu cívico de los habitantes de Talca. Entre este colejio i el de un benemérito vecino de Talca se educan mas de 155 alumnos, que cultivan los mismos ramos que el de Coquimbo. Hai ademas en Santiago, como en las ciudades anteriormente nombradas i en algunas otras, excelentes colejios de niñas, en que este sexo recibe ahora una educacion esmerada, de que no se le daban ántes ni aun los primeros rudimentos.

Para estimular mas eficazmente los estudios por medio de recompensas de honor, para contribuir a su direccion, i para ocuparen el ulterior cultivo de las humanidades i las ciencias a los que ya han concluido su tirocinio literario, ha meditado el Gobierno presentar en las próximas sesiones de la Lejislatura un proyecto de lei, que tendrá por objeto dar una nueva forma a la Uni versidad de Santiago, introduciendo en sus estatutos las modificaciones que requieren para adaptarse a las necesidades de la época presente, i combinar en lo posible las ventajas de los establecimientos modernos de esta clase, sin el monopolio de los antiguos.

Me es grato anunciar al Congreso que, en todo el presente mes, debe abrirse al público de esta capital la rica biblioteca que, a costa de no pequeños desembolsos, ha procurado formar el Gobierno de algunos años a esta parte, i de cuyo arreglo, clasificacion i catálogo son deudores los amantes de las letras al celo i gratuitas tareas de su ilustrado i patriótico director. Se ha librado por el Gobierno la suma necesaria para moblar el establecimiento i ponerle en estado de recibir al público.

Se ocupa incesantemente en sus útiles investigaciones, i saldrá en breve tiempo a continuarlas en las provincias, el sábio profesor encargado del viaje científico. El gabinete de historia natural, cuya primera planta le debe una multitud de objetos interesantes, no podrá franquearse al público tan pronto como lo deseaba el Gobierno, por falta de salones cómodos, que ni es posible destinar a ello en los edificios del Estado, ni la penuria de nuestras rentas, sobrecargadas de atenciones urjentes, nos permite por ahora construir. Todo lo que ha podido el Gobierno es atender a la conservacion de estos objetos preciosos, con todo el cuidado que exije su naturaleza i la dificultad de reemplazarlos.

Los establecimientos de beneficencia se multiplican tambien i perfeccionan en las poblaciones de alguna importancia.

Los hospitales de Santiago se hallan en un pié ventajoso, a merced del nuevo arreglo que el Gobierno ha hecho en su administracion, i del celo i economía de los administradores; de manera que, aumentado el número de pacientes i mejorada considerablemente la asistencia, aun han dejado sus rentas un residuo cuantioso, que se ha colocado a interes con la seguridad competente. En Coquimbo, Concepcion i Talca se mantienen establecimientos de la misma especie, que sirven de asilo a un número considerable de enfermos.

Pero en esta enumeracion debo reservar un lugar distinguido al hospital de Valparaíso, recientemente construido, i administrado con la mayor intelijencia i esmero. Penetrado el Gobierno de la necesidad de este refujio para los naturales i estranjeros menesterosos en la primera poblacion marítima de la República, ha tenido una verdadera satisfaccion en llevar a efecto lo dispuesto por la lei de 7 de Agosto último, en que, rebajados notablemente los derechos de puerto, se concede una adecuada indemnizacion a los particulares i corporaciones a quienes esta medida infiriese perjuicio. El hospital se hallaba en el caso de la lei. Privado del derecho de 4 pesos que percibía de cada buque de los que fondeaban en aquellas aguas, se ha tenido a bien acordar que, por los ministros de la aduana, se le acuda cada mes con una suma equivalente. Ha dispuesto ademas el Gobierno que se le asignen 800 pesos anuales por la compensacion que debía darse al médico de sanidad, quedando a cargo del establecimiento el honorario de este empleado.

El Panteón, gracias a las numerosas i bien entendidas reformas que se han hecho en él, tendrá la decencia que corresponde a su relijioso destino, i me lisonjeo de que será en breve un ornamento de la poblacion. La casa de Expósitos marcha a la par de las otras instituciones de beneficencia. El cuantioso legado, que acaba de recibir de la ilustrada piedad de un vecino, se invertirá en la construccion de un nuevo i capaz edificio, que ofrezca un saludable i cómodo asilo a la desvalida orfandad. El Gobierno ha decretado que se erija en él una clase de obstetricia, desempeñada por un hábil facultativo, i costeada con los fondos que se le han confiado para objetos de pública beneficencia. Ni se han dejado de notar mejoras en el hospicio de inválidos, que, por su escasa dotacion, presentaba un aspecto tan triste. Lo ha visitado el Presidente de la República poco tiempo hace, i las observaciones de V. E. han sido plenamente satisfactorias.

No me es posible terminar esta reseña de nuestras instituciones de piedad sin pagar un justo tributo de gratitud a los beneméritos ciudadanos que, abandonando su comodidad i reposo i aun el cuidado inmediato desús intereses domésticos, arrostran gratuitamente las penosas tareas de una administracion en que solo puede halagarles el dulce placer de enjugar las lágrimas de la humanidad doliente. A vista de tantos objetos que invocan la beneficencia i el interes patriótico, me lisonjeo de que tan noble ejemplo no producirá en nuestros conciudadanos una admiracion estéril.

Es preciso confesar que la reciente animacion de nuestra industria agricultural i mercantil aun no ha tenido tiempo de dejarse ver en el aspecto de nuestros caminos públicos, que deben todavía mui poco a la mano del hombre. Si el Congreso tiene a bien sancionar el proyecto de lei que recientemente se le ha sometido sobre la creacion de una nueva moneda de cobre, pudieran con este objeto imponerse a los caminantes i traficantes contribuciones apénas sensibles, que no es dable establecer ahora, por la insuficiente subdivision de nuestro cuño metálico. Entre tanto, se procura conservar en buen estado el camino de Valparaiso por medio de frecuentes recomposiciones, que hace necesarias la naturaleza del suelo no ménos que la actividad del tráfico; i se prepara así mismo la apertura de otro camino carril entre aquel puerto i Aconcagua; empresa que promueve tiempo hace el Gobierno, i cuya ejecucion va a principiar en breve.

Tal es el estado de los negocios pertenecientes al Ministerio del Interior, i si el Congreso echa ménos en esta Memoria mas individualidad i especificacion, espero, a lo ménos, que nada hallará de exajerado en el cuadro que he tenido el honor de poner a su vista. El Gobierno ha mirado con el mayor interes la redaccion de documentos estadísticos; mas, aun con respecto a los que representan el movimiento de la poblacion, ha encontrado obstáculos insuperables para obtenerlos.

Trabaja sin embargo en esto, i es probable que, para el próximo período ordinario, tenga los medios de cumplir ménos imperfectamente los votos de la Lejislatura. Pero, hai otro punto en que me es necesario solicitar su induljencia, i es la falta que, sin duda, notará el Congreso del presupuesto de gastos del departamento de mi cargo.

El método seguido en las oficinas de cuenta i razon, no permite que se ejecuten los trabajos de esta especie, con la debida separacion de departamentos, sino es a costa de tareas que interrumpirían, con grave atraso del servicio público, las atenciones ordinarias. La Comision Jeneral de Cuentas ha tenido ademas que preparar los estados jenerales i presupuestos presentados por el señor Ministro de Hacienda. Mas, recorriendo estos documentos, encontrará el Congreso todas las noticias que necesite para juzgar de los gastos que corresponden a cada uno de los departamentos ministeriales; i con el auxilio de ellos mismos se podrá en los años sucesivos superar las dificultades con que hemos tropezado ahora.

Santiago, Octubre 13 de 1834. —Joaquin Tocornal.