Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1833/Sesión de la Gran Convención, en 27 de febrero de 1833

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1833)
Sesión de la Gran Convención, en 27 de febrero de 1833
GRAN CONVENCION
SESION 39, EN 27 DE FEBRERO DE 1833
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO DE ECHÉVERZ



SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Reforma de la Constitucion, —Acta.

ACUERDO editar

Se acuerda:

Continuar i dejar pendiente la reforma de la Constitucion.


ACTA editar

SESION DEL 27 DE FEBRERO

Se abrió con los señores Echéverz, Alcalde, Aldunate, Arce, Arriarán, Astorga, Barros, Bustillos, Campino, Carrasco, Egaña, Elizalde, Errázuriz, Fierro, Portales, Puga, Renjifo, Rosas, Rosales, Tocornal don Gabriel, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se puso en segunda discusion la proposicion del señor Bustillos, sobre restriccion de las facultades estraordinarias que pueden concederse al Presidente de la República, i fué desechada.

En seguida se discutió, segunda vez, la parte duodécima, i fué aprobada por unanimidad, en estos términos:

"Crear o suprimir empleos públicos, determinar o modificar sus atribuciones, aumentar o disminuir sus dotaciones, dar pensiones i decretar honores públicos a los grandes servicios".

Se discutió la parte décimaquinta, i fué aprobada en estos términos:

"Conceder indultos jenerales o amnistía".

El señor Egaña hizo indicacion para que se agregue otra parte que diga: "Señalar el lugar en que deba residir la Representacion Nacional i tener sus sesiones el Congreso".

Considerada, quedó para segunda discusion.

Se pasó a la del artículo 40, i hecha indicacion para las partes segunda i tercera de este artículo, formando una sola ocupasen en lugar de la primera, fué aprobada. A consecuencia de este acuerdo, se puso en discusion la primera parte reformada, i el señor Egaña propuso la reforma de su período final en estos términos: "i admitir su dimision si los motivos en que la fundaren, fueren de tal naturaleza que les imposibilitaren física o moralmente para el ejercicio de sus funciones".

El señor Vial indicó, en seguida, que, admitiéndose la reforma propuesta por el señor Egaña, se agregare que la calificacion de la escusa debiese hacerse al menos por los dos tercios de los Diputados concurrentes; quedó para segunda discusion.

Se pasó a la segunda parte i el señor Egaña hizo indicacion para que se suspendiese tratar de ésta i la tercera hasta que se considerasen los artículos posteriores del proyecto a que ellas se refieren, i fué desechada. En esta virtud, consi derada la segunda parte, después de algun debate, quedó para segunda discusion.

Se pasó a la de la parte tercera, i quedó aprobado por unanimidad su primer período en estos términos:

"Acusar ante el Senado, cuando hallare por conveniente hacer efectiva la responsabilidad de los siguientes funcionarios, a los Ministros del Despacho i a los Consejeros de Estado, en la forma i por los crímenes señalados en los artículos 88, 89, 90, 91, 92, 93 i 103".

Se consideró el período segunde, i, después de algun debate, sobre si debía decir: jenerales del ejército o jenerales de un ejército, quedó para segunda discusion; i se levantó la sesion. —ECHÉVERZ, Vice-Presidente. Juan Francisco Meneses, Secretario.