Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de octubre de 1831 (2)

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de octubre de 1831 (2)
CÁMARA DE SENADORES
SESION 58, EN 17 BIS DE OCTUBRE DE 1831
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Gastos de la comision científica de don Claudio Gay. —Indultos pedidos por doña Tadea Aguilar de los Olivos i doña Isidora Agredo de Báez. Mocion relativa a la supresión délas alcabalas. —Supresión de varios impuestos i creación de otro. —Tratados chileno-mejicanos. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que la Cámara de Diputados devuelve aprobado el proyecto de lei que autoriza el gasto de 6,000 pesos para objetos de la comision científica de don C. Gay. (Anexo. núm. 339. V. sesión del 6.)
  2. De una indicación de don D. A. Elizondo, quien propone se declare que la contribución del catastro gravará a los usufructuarios i nó a los propietarios. (Anexo núm. 340. V. la sesión del 17.)
  3. De un informe de la Comision de Justicia sobre los indultos pedidos por doña Tadea Aguilar de los Olivos para su hijo i por doña Isidora Agredo para su marido; la Comision propone que se faculte al Ejecutivo para otorgarlos. (Anexo núm. 341. V. sesión del 11 bis.)
  4. De otro dictámen presentado por la Comision Especial sobre las modificaciones hechas por la otra Cámara al tratado chileno-mejicano. (V. sesión del 6.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Comunicar al Ejecutivo el proyecto de lei relativo a la comision científica de don C. Gay. (Anexo núm. 342.)
  2. Aprobar la mocion del señor Elizondo, sin perjuicio del curso que debe tener la lei que suprime varios impuestos i crea la del catastro. (V. sesión del 18.)
  3. Aprobar varios artículos del proyecto de lei que suprime unos impuestos i crea el del catastro. (V. sesión del 18.)
  4. Desechar el artículo adicional propuesto por la Cámara de Diputados a los tratados chileno-mejicanos: (V. sesión del 2 de Junio de 1832.)
  5. Autorizar al Ejecutivo para que otor gue, si lo cree conveniente, lo.s indultos solicitados por doña Tadea Aguilar de los Olivos i por doña Isidora Agredo de Báez. (V. sesión del 17 de Octubre de 1832.)



ACTA editar

SESION DEL 17 DE OCTUBRE POR LA NOCHE

Asistieron los señores Izquierdo, Barros, Egaña, Errázuriz, Elizondo, Gandarillas, Ovalle, Rodríguez, Vial i Meneses.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de una comunicación del Presidente de la Cámara de Diputados en que anuncia haberse conformado aquella Cámara con la resolución acordada en ésta a la consulta del Ejecutivo con respecto a la comision científica de don Claudio Gay i demás objetos de su referencia. Se mandó comunicar al Poder Ejecutivo.

Se hicieron presentes los informes de la Comision de Justicia sobre los indultos pedidos por doña Tadea Aguilar de los Olivos para su hijo don Francisco de Paula García, i doña Isidora Agredo para su marido don Atanasio Báez. Se mandaron poner en la órden del dia.

Se leyó la proposicion que en la sesión anterior ofreció presentar el señor Elizondo para aclarar el sentido del artículo 2.º de la lei sobre abolicion de impuestos, concebida en estos términos:

"Artículo único. Los usufructuarios de los predios rústicos i nó los propietarios, que no usufructúan, contribuirán con la parte designada a los fundos en la contribución denominada Catastro;" i fué aprobada por la Sala, sin perjuicio del curso que debe tener la lei del caso.

Se continuó la discusión del espresado proyecto de lei sobre abolicion de los impuestos de licores, alcabalas subastadas i cabezón, i fueron aprobados los artículos desde el 12 hasta el 15 inclusive. Puesto éste en votacion, resultaron cinco votos por la afirmativa i cinco por la negativa, por lo que quedó para segunda discusión.

En seguida, aprobados los artículos 16, 17 i 18, se puso en segunda discusión el 8.º, i fué aprobado.

La Sala, por indicación del Secretario, tomó en consideración los citados dictámenes de la Comision de Justicia sobre indultos; i en conformidad con los mismos dictámenes, fué acordado que se faculte al Poder Ejecutivo para que, con vista de los antecedentes i conocimiento de los delitos, conceda el indulto si lo cree conveniente.

Luego se procedió a considerar la comunicación de la Cámara de Diputados sobre la aprobación de los tratados celebrados por los Plenipotenciarios de esta República i los Estados Unidos Mejicanos, i fué desechado por unanimidad el artículo adicional puesto por aquella Cámara i concebido en los términos siguientes:

"Se declara que el verdadero sentido del artículo 15 es que en el caso de establecerse negódaciones de paz entre cualquiera de las dos Potencias contratantes i la Corte de España, se haga preliminarmente por la Potencia contratante a la otra una invitación para que, por medio de un Plenipotenciario, concurra a las negociaciones, i en caso de no hacerlo en el término de seis meses contados desde la fecha de la invitación, se tenga por de ningún valor el artículo 15."

Se levantó la sesión, quedando parala siguiente la lei sobre abolicion de impuestos, el proyecto sobre libertad de derechos concedida a los efectos que manden las potencias amigas para la provisión de sus buques de guerra. —Jose Vicente Izquierdo, Vice-Presidente. —Juan Francisco Meneses, Secretario.



ANEXOS editar

Núm. 339 editar

La Cámara de Diputados ha aprobado en todas sus partes el siguiente proyecto sancionado en la de Senadores:

"El Congreso Nacional de Chile, en vista de la consulta del Poder Ejecutivo que hace ver la necesidad i conveniencia de que el profesor don Claudio Gay, encargado de trabajar en la historia natural del país, pase a Europa, en donde al mismo tiempo que entable relaciones con los sabios que proporcionen ventajas a sus conocimientos, pueda proveerse de los instrumentos, libros i demás artículos que necesita para su desempeño, i traer los libros e instrumentos mas precisos, así para la Academia Militar como para ausilio de la agricultura, i algunos individuos dedicados a estos trabajos, decreta:

"Artículo primero. Se faculta al Poder Ejecutivo para hacer el gasto de seis mil pesos en los espresados objetos.

Art. 2.º Del mismo modo se le autoriza para que pueda mandar a don Claudio Gay, con la mitad del sueldo que disfruta, a efecto de que conforme a las notas que se le dieren, invierta los seis mil pesos de acuerdo con nuestro comisionado en Europa.

Art. 3.º El Poder Ejecutivo contratará la seguridades i condiciones con que el comisionado Gay ha de espedir este encargo".

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 17 de 1831. —Joaquín Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Secretario. —Al Señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 340 editar

El impuesto de alcabala es uno de los mas vejatorios i mortificantes en la sociedad: él ha gravado sobre los usufructuarios, que han debido cubrirle al vender sus productos. La beneficencia del Congreso Nacional le ha estinguido, pues ocasionaba la opresion de los ciudadanos, sin grande utilidad del Estado. Para cubrir su déficit ha sustituido un catastro sobre producciones agrícolas; mas, como podrían suscitarse cuestiones sobre si dicha imposición deba recaer sobre los propietarios de los fundos, o los usufructuarios, a pesar de ser manifiesto el espíritu de la lei, pues que la depresión de alcabalas es en beneficio de estos últimos, como que ellos son los que venden sus producciones; para no dar lugar a dudas, será bien se declare lo siguiente:

"Articulo único. LOS usufructuarios de los predios rústicos i nó los propietarios, que no usufructúan, conttibuirán con la parte designada a los fundos en la contribución denominada Catastro. —Santiago, Octubre 17 de 1831. —Diego A. Elizondo.


Núm. 341 editar

La Comision, convencida de que los indultos no tienen mas principio legal que la equidad, por la que debe mitigarse el rigor de la lei cuando se aparta de ella por las circunstancias del caso a que se aplica, sin embargo que nuestras leyes la otorgaron sin esas consideraciones i estrechada del tiempo que debe consagrar el Congreso a objetos públicos de la mayor importancia, cree que seria conveniente facultar al Ejecutivo para que, con presencia de autos, otorgue o deniegue el indulto pedido para don Francisco de Paula García. —Santiago, Octubre 17 de 1831. —A. Vial. —F. Errázuriz.



Núm. 342 editar

A la consulta hecha por V. E. en nota de veintinueve de Setiembre último sobre mandar al profesor don Claudio Gay a Europa e invertir seis mil pesos en los objetos que debe traer el mismo profesor, las Cámaras han decretado lo siguiente:

"El Congreso Nacional de Chile, en vista de la consulta del Poder Ejecutivo que hace ver la necesidad i conveniencia de que el profesor Mr. Claudio Gay, encargado de trabajar en la historia natural del país, pase a Europa, en donde al mismo tiempo que entable relaciones con los sabios que proporcionen ventajas a sus conocimientos, pueda proveerse de los instrumentos, libros i demás artículos que necesita para su desempeño, i traer los libros e instrumentos mas precisos, así para la Academia Militar como para auxilio de la agricultura, i algunos individuos dedicados a estos trabajos, decreta:

"Artículo primero. Se faculta al Poder Ejecutivo para hacer el gasto de seis mil pesos en los espresados objetos.

Art. 2.º Del mismo modo se la autoriza para que pueda mard ir a Mr. Claudio Gay, con la mitad del sueldo que disfruta, a efecto de que conforme a las notas que se le dieren, invierta los seis mil pesos de acuerdo con nuestro comisionado en Europa.

Art. 3.º El Poder Ejecutivo contratará las seguridades i condiciones con que el comisionado Gay ha de espedir este encargo." —Dios guarde al señor Presidente. —Octubre 17 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.