Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Senadores, en 15 de julio de 1831

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 15 de julio de 1831
CÁMARA DE SENADORES
SESION 21, EN 15 DE JULIO DE 1831
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Asistencia. —Reconsideración del proyecto de reforma de la Constitución. —Informe sobre la solicitud de la señora viuda de Argomedo. —Id. sobre el nombramiento de un codificador de las leyes. —Nueva renuncia de don D. Portales.—Discusión relativa a la reconsideración de los acuerdos. —Compatibilidad de las funciones lejislativas i judiciales. —Voto particular dtl señor Egaña en la votacion relativa al indulto de Villavicencio. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que don Diego Portales renueva su renuncia de la Vice-Presidencia de la República. (Anexo núm. 188. V. sesiones del 14 de Junio i 2 de Agosto de 1831.)
  2. De un informe de la Comision de Justicia i Lejislacion sobre la solicitud entablada por doña María de la Cruz González, viuda de Argomedo, en demanda de pensión (V. sesiones del 4 i el 30.)
  3. De otro informe de la misma Comision sobre la indicación del Ejecutivo relativa a que se nombre un codificador de las leyes nacionales; la Comision propone un proyecto de lei. (Anexo núm. 189. V. sesiones del 11 i el 18.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Dejar en suspenso la aprobación del acta de la sesión precedente hasta que se discuta una indicación del señor Vial relativa a reconsiderar el proyecto de reforma de la Constitución. (V. sesiones del 13 i el 16.)
  2. Discutir dicha indicación en la sesión venidera.
  3. Aprobar el artículo I.° del proyecto de lei que declara compatibles los cargos lejislativos i los judiciales (V. sesiones del 11 i el 18.)
  4. Dejar constancia en el acta de la presente sesión de que el señor Egaña votó contra el indulto absoluto del reo Villavicencio. (V. sesión del 13.)



ACTA editar

SESION DEL 13 DE JULIO

Asistieron los señores Izquierdo, Aristía, Barros, Egaña, Elizondo, Irarrázaval, Gandarillas, Ovalle, Rodríguez, Vial i Meneses.

Leida el acia de la sesión anterior i antes de firmarse, el señor Vial indicó que, siendo de tanta consideración la lei de reforma de la Constitución política de República, aunque el Senado en la sesión anterior ya habia concluido el proyecto de ella, le parecía conveniente el que volviesen a considerarse sus artículos, desde el 16 inclusive hasta el último, alegando varias razones que dijo pesaban mucho en su concepto, para que dichos artículos fuesen suprimidos. La Sala acordó tomar en consideración esta indicación, luego que se acabase de dar cuenta.

Se dió de los dictámenes de la Comision de Justicia i Lejislacion, sobre la solicitud de montepío que ha hecho doña María de la Cruz González, viuda del finado Ministro de la Corte Suprema de Justicia, doctor don José Gregorio Argomedo, i sobre el proyecto de nombrar un individuo que trabaje en la formacion de los códigos lejislativos: se mandaron poner en tabla.

Se leyó una nota de don Diego Portales en que hace segunda renuncia de la Vice-Presidencia de la República, i se mandó tener presente para considerarla con oportunidad.

Luego se pasó a discutir sobre la indicación del señor Vial; i después de haber tomado algunos señores senadores la palabra, pidió el señor Gandarillas se resolviese préviamente por punto jeneral, si después de volada una proposicion podia volver a considerarse, porque se pidiese antes de estar firmada el acta. El stñor Irarrázaval pidió que sin hacerse esta declaración que podria traer muchos inconvenientes, la Sala declarase si daba lugar o nó a la indicación del señor Vial; i después de algún debate, se acordó tratar de este negocio en la sesión siguiente.

Inmediatamente se puso en discusión el dictámen de la Comision de Justicia i Lejislacion sobre compatibilidad de las funciones de los empleados en el servicio de los poderes Ejecutivo i Judicial, con su asistencia a las Cámaras Lejislativas en calidad de Senadores o Diputados; i declarado suficientemente discutido el artículo I.°, se procedió a su votacion, que resultó conforme al dictámen en los términos siguientes: "Los Ministros de Estado, Jueces i demás empleados en servicio público que tuvieren diaria i constante asistencia a sus respectivas oficinas o departamentos podrán (si así lo hallaren por conveniente) escusarse de admitir i desempeñar el cargo de Senador i Diputado, si al mismo tiempo manifestaren que no existe en su tribunal, oficina o departamento, número suficiente de individuos que les subroguen sin perjuicio o retardo del servicio público." I se levantó la sesión.

Al principio de ella habia pedido el señor Egaña se espresase su voto en órden al indulto concedido al soldado Fermin Villavicencio, del que se ha hecho mérito en las dos últimas actas; i la Sala acordó se espresase en ésta dicho voto, que fué por la negativa absoluta del indulto conforme al dictámen de la Comision. —Jose Vicente Izquierdo, Vice-Presidente. —Juan Francisco Meneses, Secretario.



ANEXOS editar

Núm. 188 editar

Mi ausencia de la capital no me ha permitido contestar hasta ahora al oficio de V. E. de 16 del próximo pasado Junio, en que se sirve informarme que la Cámara de Senadores no ha aceptado la renuncia de la Vice Presidencia del Estado que tuve el honor de dirijirle.

En medio del reconocimiento que me inspira esta resolución del Senado, i de la deferencia que desearía mostrar a su opinion, debo esponer a V. E. que despues de una renuncia hecha con la mas detenida i madura deliberación, como aquella lo ha sido, la comuuicacion de V. E. no ha podido ménos de causarme la mayor sorpresa. Ella me pone en el caso de repetir que me hallo en la imposibilidad de aceptar aquel nombramiento; i que nada me seria mas sensible que verme otra vez obligado a manifestar a los deseos del Senado una resistencia que repugna a mis sentimientos de respeto, pero que fundado en los mas justos motivos, es i debe ser inalterable.

Espero, pues, que V. E. al trasmitir otra vez mi renuncia a la Cámara de Senadores tenga la bondad de hacerle presente que no me es dado volver atras, i que pesadas de nuevo todas las circunstancias que pudieran influir en mi determinación, la miro como irrevocable, i suplico a la Cámara se sirva proceder en este concepto. —Dios guarde a V. E. —Santiago, 15 de Julio de 1831. —DIEGO PORTALES. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 189 editar

La Comision de Justicia i Lejislacion con vista del oficio en que el Supremo Gobierno propone que se le faculte para nombrar un literato de conocida esperiencia i sabiduría, que forme los proyectos de los códigos lejislativos del Estado asignándole el sueldo 1 honores de Ministro de la Suprema Corte de Justicia i quedando esento de toda otra pensión; cree que seria superfluo añadir nuevas observaciones sobre la necesidad i urjencia de formarnos una lejislacion que salve los insuperables tropiezos que diariamente se presentan en la administración política, civil, criminal i de hacienda, por la angustia de combinar las actuales instituciones republicanas con las leyes orgánicas i dispositivas de los códigos españoles.

Cree igualmente que enla íntima i necesaria conexion que ha deexistno solo entre las disposiciones, pero aun en las cláusulas i dialecto de cada título i lei, con las demás que contenga aquel código, i debiendo organizarse bajo de un plan i principios cuya idea jeneral i sus detalles solo pueden existir en la imajinacion creadora i combinadora de su autor; esta obra en su proyecto i desarrollo no puede ser producción de muchos, como jamas lo ha sido aun en los países mas cultos. La reunión de luces no sirve para organizar i metodizar sino para analizar, objetar, añadir i perfeccionar lo que ya está combinado i constituido.

No son los emolumentos i honores de un Ministro de la Corte Suprema premio que ni medianamente se acerque a recompensarla sabiduría, filosofía, lectura i material trabajo que exije una empresa tan vasta i sublime; i será preciso contar con el patriotismo de la persona encargada, i con la gloria i gratitud nacional que debe resultarle de un servicio tan clásico, cuyos nobles estímulos no olvidará el Gobierno de significarle.

La Comision pues aprueba en todas sus partes la iniciativa del Gobierno i cree seria conveniente la lei del siguiente proyecto:

"Artículo primero. Cúmplanse inmediatamente las respectivas disposiciones que se han dictado sobre formar los Códigos Lejislativos de la República.

"Art. 2.º Para verificarlo se faculta al Poder Ejecutivo pata que nombre un comisionado que con el sueldo i honores de Ministro de la Corte Suprema de Justicia, se encargue única i esclusivamente de formar los proyectos de dichos códigos; haciéndose acreedor por este trabajo a la especial consideración i gratitud nacional.

"Art. 3.º El Supremo Gobierno arreglará el modo i forma con que debe encargarse dicha obra para hacerla efectiva lo mas pronto que permita su naturaleza i la circunspección necesaria a una empresa de esta clase.

Santiago, 15 de Julio de 1831. —Mariano de Egaña. —José Miguel Irarrázaval. —M. J. Gandarillas.