Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Diputados, en 15 de julio de 1831

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 15 de julio de 1831
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 28, EN 15 DE JULIO DE 1831
PRESIDENCIA DE DON JOAQUIN TOCORNAL


SUMARIO. —Asistencia.— Aprobación del acta de la sesión precedente—Cuenta. — Jubilación de don T. M. Varas. —Recurso de nulidad contra las elecciones de Andacollo i Caren.— Escusas de don S. Jordán i don L. Ochoa.— Informes sobre las elecciones de Curicó i Freirina.— Habilitación del puerto de Conchali.— L icencia solicitada por don C. Pérez. — Renovación de la Mesa. — Poderes de don J. M. Infante.—Acta.—Anexos.


CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Gobierno propone que se jubile al profesor don José Miguel Varas con una pensión anual de 400 pesos .(Anexo núm. 129.)
  2. De otro oficio con que el mismo Gobierno acompaña unos documentos relativos a la nulidad de las elecciones de Amacollo i Caren. (Anexos núms. 130 a 133.)
  3. De una nota de don Servando Jordán, quien avisa que por causa de enfermedad no puede venir a incorporarse en la Cámara. (Anexo núm. 134.)
  4. De otra nota de don Ladislao Ochoa, quien anuncia que ántes de 10 dias vendrá a incorporarse a la Cámara. (Anexo núm. 135)
  5. De otra nota de don Clemente Pérez, quien pide un mes de licencia para medicinarse. (Anexo núm. 136.)
  6. De un informe de la Comision de Poderes sobre las elecciones de Curicó; a juicio de la Comision ellas son nulas por haber intervenido abusivamente los jueces. (Anexo núm. 137. V . sesiones del 9 de Jimio i del 20 de Julio de 1831.)
  7. De otro informe de la misma Comision sobre las lecciones de Vallenar; a juicio de la Comision ellas son nulas por haberse violado varios artículos de la Lei de Elecciones. (Anexo núm. 138. V . sesiones de 13 de Junio i del 23 de Julio de 1831.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda dictamine sobre la jubilación de don José Miguel Varas. ( V. sesión del 3 de Octubre de 1831.)
  2. Que la Comision de Poderes dictamine sobre las elecciones de Andacollo i Caren. (V. sesión del 27.)
  3. TQue la Comision de Justicia dictamine sobre la escusa de don S. Jordán.
  4. Que la Comision de Policía Interior dictamine sobre la licencia solicitada por don C. Pérez. (V. sesión del 25.)
  5. Elejir para Presidente i Vice-Prcsidente de la Cámara a don Joaquin Tocornal i a clon Ramón Errázuriz. (Anexo núm 139. V. sesiones del 1º de Junio del 17 de Agosto de 1831.)

ACTA editar


SESION DEL 15 DE JULIO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Blest, Bustillos, Cavareda, Campino, Carvallo don Fiancisco, Carvallo don Manuel, Dávila, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, Gutiérrez, Infante, Larrain don Juan Francisco, López, Martínez, Mathieu, Moreno, Osorio, Ovalle, Pérez, Puga, Cuadra, Renjifo, Rodríguez, Rosales, Silva don Manuel, Silva don José María, Tocornal don Joaquin, Tocornal don Gabriel, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vicuña, Vial don juán de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios del Poder Ejecutivo; el primero, proponiendo al Congreso se jubile al profesor de filosofía don José Miguel Varas, si no con la renta de quinientos pesos, que es la dotacion en su cátedra, al ménos con la de cuatrocientos, atendiendo al distinguido mérito de este joven, cuya pasión al estudio i excesivas tareas le han imposibilitado i detenido sus pasos en medio de la carrera mas brillante; i se mandó a la Comision de Hacienda; el segundo, acompañando los documentos orijinales remitidos por el intendente de Coquimbo, sobre el reclamo de don Pedro de Santiago Concha i don José Santiago Rodríguez, que dicen de nulidad de las elecciones de diputados practicadas en las parroquias de Andacollo i Caren; i se mandó a la Comision de Actas de Elecciones.

Dos oficios de los diputados suplentes don Servando Jordán i don Ladislao Ochoa, contestando a la cilacion que se les hizo por secretaría: el primero, que no puede incorpoiarse a la Cámara por su falta de salud i ( tros motivos insuperables; i el segundo, protestando hacerlo ántes de diez dias; éste se mandó archivar i aquél pasó a la Comision de Justicia.

Se dió cuenta de dos informes de la Comision de Actas sobre nulidad de las elecciones practicadas en Curicó i la Municipalidad de Freirina, i es de parecer que ámbas son nulas; ésta porque se han infrinjido los artículos 17, 25, 28 i 29 del capítulo 3.de la Lei de Elecciones: i todas las directas que se hicieron en el partido de Curicó, porque la autoridad ha intervenido directamente, obligando a los ciudadanos a sufragar por las listas que les daban los jueces o sus encargados, amenazándolos con multas i prisiones, i porque se han repartido boletos de calificación a los que no estaban calificados. Se volvió a dar cuenta del informe de la Comision de Hacienda que presentó, en la sesión del 30 de Junio, sobre la solicitud de don José Montes; i los tres se pusieron en tabla para la sesión siguiente.

Se leyeron, por primera vez, la mocion del señor Rodríguez, presentada en 6 de Junio, la de los señores López i Mathieu, del 7 de Julio, i una solicitud del señor Pérez, pidiendo se le conceda un mes de licencia para curarse de la vista, cuya enfermedad acredita con un certificado del profesor don Juan Blest; i se mandó a la Comision de Policía Interior.

Se procedió a la elección de Presidente i Vice-Presidente, i resultaron para Presidente dos sufrajios por el señor Cuadra; cuatro por el señor Echeverz; cuatro por el señor Vial don Juan de Dios; veinte i ocho por el señor Tocornal don Joaquin; uno por el señor Uriondo i otro por el señor Larrain don Vicente. Para Vice uno por el señor Renjifo; dos por el señor Eyzaguirre; cuatro por el señor Echeverz; veinte i nueve por el señor Errázuriz; uno por el señor Uriondo i uno por el señor Cuadra, resultando, de consiguiente, electos para Presidente el señor Tocornal i para Vice el señor Errázuriz.

Al dar cuenta del espediente sobre nulidad de las elecciones de Curicó, el señor Infante pidió, ántes de retirarse de la Sala, se le devolviera el acta de su nombramiento o que se le diera un certificado por secretaría; i, en este estado, se levantó la sesión. — TOCORNAL.— Vial, diputado- secretario.


ANEXOS editar

Núm. 129 editar

El profesor de filosofía en el Instituto Nacional don José Miguel Varas, fué acometido en el año anterior de una violenta enfermedad que, según el dictámen de los médicos, le impedirá contraerse en lo sucesivo a ninguna ocupacion mental. Con este motivo, el rector de dicho establecimiento consultó al Gobierno si deberia continuar pagándole el sueldo asignado a la cátedra que desempeñaba, siendo así que ya no tenia esperanza alguna de que se restableciese su salud. Prévio el dictámen fiscal i en consideración al distinguido mérito de este jóven, cuya pasión al estudio i excesivas tareas han detenido sus pasos en medio de la carrera mas brillante, el Gobierno ha resuelto se le acuda con su sueldo íntegro, miéntras el Congreso Nacional le concede la jubilación con una renta proporcionada a los importantes servicios que prestó al Instituto.

El Gobierno considera tan justa i necesaria esta medida, que, sin ella, cree ver el mérito abandonado al infortunio; i no podrá en adelante prometerse el menor celo de parte de los que, dedicados esclusivamente a la educación pública, sin mas estímulos que la ambición de comunicar los sentimientos nobles i filantrópicos que acompañan jeneralmente a la juventud ilustrada, no cuenten despues de una desgracia, como la del profesor Varas, con la protección a que son acreedores.

No previendo las leyes este caso, el Gobierno cree de su deber proponer al Congreso se jubile al citado profesor de filosofía, si no con la renta de quinientos pesos, que es la dotacion de su cátedra, al ménos con la de cuatrocientos.

Sírvase V. E . ponerlo en conocimiento de la Sala para su resolución. -—Dios guarde a V. E .— Santiago, Julio i.°de 1831. —Fernando Errázuriz. —Por ausencia del Ministro, Manuel Carvallo.—Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 130 editar

El Intendente de Coquimbo me ha dirijido, con nota de 26 de Marzo último, un reclamo de don Pedro de Santiago Concha i don José Santiago Rodríguez, diciendo de nulidad de las elecciones de diputados al Congreso, practicadas en las parroquias de Andacollo i Caren, i apoyados en los documentos orijinales que acompañan. Todo lo que remito a V. E . para que se sirva ponerlo en conocimiento de la Sala. — Dios guarde a V. E.—Santiago, Julio 12 de 831.—Fernando Errázuriz. — D. Portales.—Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm.. 131 editar

Habiendo advertido, en el escrutinio jeneral de la elección de diputados al Congreso, que la respectiva a la parroquia de Andacollo se habia hecho en la vice-parroquia de la Recoleta, que brantando la espresa i terminante disposición de la Lei i la órden del gobernador local que, conforme a la misma, tenia ordenado se celebrasen en la primera; protestamos los que suscribimos, la nulidad ante el Cabildo en el mismo acto, pidiendo se nos diese un certificado i se espresase en el acta nuestra protesta; pero, como la Municipalidad i comisionados por las mesas no marchan con la imparcialidad i pureza que les corresponde, declararon que debia despreciarse nuestra solicitud, conviniendo a fuerza de nuestros convencimientos se nos diese lo primero, que acompañamos a US., para que se sirva elevarlo al conocimiento supremo, a fin de que se pase donde corresponda.

Con el mismo objeto, acompañamos orijinal el acta remitida por la mesa de Caren, que, por casualidad, ha venido a nuestras manos, i en que se dice haber sufragado treinta i dos individuos sin saberse por quien, i fueron aplicados a beneficio seguramente de la facción a que corresponde la Municipalidad.

Con cuyo motivo, tenemos el honor de ofrecer a V. S. las consideraciones de nuestro aprecio i respeto. — Serena, Marzo 14 de 1831. — Pedro Santiago Concha.—José Santiago Rodríguez.— Al señor Gobernador-Intendente i Jeneral de Brigada don José María Benavente.


Núm. 132 editar

El infrascrito escribano, como secretario de Cabildo, certifico: que, hoi dia de la fecha, hallándose reunidos en la sala consistorial la Municipalidad de este partido i comisionados por las distintas mesas receptoras de las parroquias que se contienen en su jurisdicción, a fin i efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida para diputados al Congreso, hallándose presente el señor doctor don José Santiago Rodríguez, juez de letras de la provincia, al abrirse la caja que contenia la votacion recibida en el distrito de Andacollo, dijo: protestaba i protestó a presencia de la Municipalidad, comisionados i concurrentes la nulidad de esta votacion, por haberse puesto la mesa receptora en local distinto de aquel que designa la Lei de Elecciones, contraviniendo a ella i por otras razones que protestó aducir a su debido tiempo i ante la corporacion correspondiente. La misma protesta segundó el señor gobernador local, de cuya órden doi el presente en la Serena a doce de Marzo de mil ochocientos treinta i un años.—Narciso Meléndez, secretario de Cabildo.


Núm. 133 editar

En la parroquia de Caren, en seis dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, reunidos los abajo suscritos que componen la mesa receptora de este partido, con el objeto de proceder a la elección, prevenida por el artículo 11 del Reglamento, acordamos que no habiendo hasta ahora vuelto la caja en donde deben depositarse los votos conforme a lo prevenido por la Lei, no se podia recibir sufrajios, con lo que quedó disuelta la mesa, entretanto llegaba la caja, que dando el Presidente encargado de avisar a los demás que la componen luego que estuviese este requisito. —Manuel Jrribarre. —Manuel Antonio García. — Antonio Carracho. —José Asamata. —Wenceslao Quiroga.

En la parroquia de Caren, en ocho dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, reunidos los individuos que componen la mesa receptora de este partido, con el objeto de proceder a la elección de diputados al Congreso Nacional, hizo presente a la mesa el Presidente de ella, que el domingo seis, a las nueve de la noche, le fué entregada la caja remitida por el subalterno de Sotaquí; que el lunes, por la madrugada, mandó sus avisos i que no habia sido posible, por las largas distancias, concurriesen ni los vocales de la mesa ni los sufragantes hasta este dia. En seguida, se promovió la discusión sobre si debia seguirse la votacion por tres días, conforme al artículo 21, o si se cerraria la mesa hoi mismo; i, despues de detenidas observaciones, se resolvió unánimemente de que se cerrase hoi mismo para dar tiempo a que volviese la caja para la elección que previene el articulo 14 i también porque el artículo 21 no permite se pueda prorrogar. Por fin, se observó que la caja remitida de Sotaquí no tenia sino una llave útil, i ésta no bien segura. Por último, se procedió a la elección i resultaron treinta i dos sufragantes, de que se hizo el debido escrutinio. —Manuel Irtibarre. —Manuel Antonio García. —Antonio Carracho. —José Asamata. —Wenceslao Quiroga.


Núm. 134 editar

Tengo el sentimiento de decir a V. S., en contestación a su apreciable nota de 9 del que rije, que: no pudiendo vencer graves inconvenientes para asistir a la cita de incorporacion a la Cámaia de Diputados, entre los cuales es el mas insuperable mi falta de salud, me consuelo creyendo que la ausencia del señor Barros será momentánea; así no considero de importancia la falta que circunstancias imperiosas me obligan a cometer, por las que atropellada en caso de creer de algún valor mis sacrificios para el bien público.

Con este motivo, ofrezco a V. S. las consideraciones de mi aprecio. —Curacaví, Julio 12 de 1831. —Servando Jordán. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados don Manuel Camilo Vial.


Núm. 135 editar

Me es sumamente satisfactorio acusar a US. recibo de la favorecida nota con que se ha servido honrarme, en fecha 5 del corriente, comunicándome que, en virtud de haberse concedido licencia al diputado propietario de esta ciudad, se me requiere me incorpore, a la mayor brevedad, en la Cámara de Diputados. Lo haria inmediatamente si un asunto de suma importancia, que tengo en las manos, me lo permitiese; pero puedo asegurar a US. que el deseo que me anima de servir a mi Patria, me hará posponer todo al cumplimiento de mis deberes amo ciudadano; i que ántes de diez dias me pondré en camino para la capital, con el fin de incorporarme a la Cámara.

Sírvase US. poner esto en conocimiento de ella i permitirme le ofrezca los seguridades de la consideración con que lo mira. —Valparaiso, Julio 7 de 1831. —Ladislao Ochoa, diputado suplente de Valparaiso al actual Congreso.— Señor don Manuel Camilo Vial, diputado-secretario.


Núm. 136 editar

Soberano Señor:

El diputado que suscribe, hace presente a la Cámara que, estando enfermo de la vista, como consta del adjunto certificado que presento, necesito retirarme por algún tiempo para entablar una curación formal i me libre del peligro de agravarme del principal sentido.

Por otra parte, el departamento de Santiago ni la Cámara pierden nada en representación, porque puede llamarse en el momento al suplente respectivo.

En esta virtud, pido a la Cámara que, conforme al artículo 8.° del Reglamento interior i del certificado que acompaño, se digne al ménos concederme un nres de término para mi curación. — Clemente Pérez.


Núm 137 editar

La Comision de Poderes, despues de haber examinado prolijamente el espediente que ha pasado a esta Cámara la de Senadores, relativo a probar la ilegalidad con que se han hecho todas las últimas elecciones directas en el departamento de Curicó, encuentra que todas ellas son nulas. La autoridad ha intervenido en ellas directamente; los individuos han sido obligados a sufragar por las listas que les han dado los jueces o las personas encargadas por ellos i amenazados con multas i prisión, i se ha repartido boleto de calificación a quien no lo estaba, circunstancias que prueban evidentemente que no ha habido la menor libertad en las elecciones, i que la lei ha sido atropellada descaradamente.

La Comision cree innecesario detenerse en fundar mas su opinion, i para sostenerlo no necesita de otro apoyo que la simple lectura de las declaraciones que obran en el espediente que se le ha pasado. Santiago, Julio 15 de 1831 —José Antonio Rosales. — Guillermo BlestMiguel Del Fierro. —Francisco Carvallo. — Antonio Garfias.


Núm. 138 editar

La Comision de Poderes ha rejistrado los documentos que el Ejecutivo, con fecha 1° del presente, ha pasado a la Cámara, relativos a las elecciones hechas en el partido de Vallenar, por el reclamo que ha hecho la Municipalidad de la villa de Freirina, i de ellos resulta que se han quebrantado los artículos 17, 25, 28 i 29 del capítulo 3ºde la Lei de Elecciones, i por estos principios cree nula la elección hecha en el señor don José Gaspar Marín, para diputado i en don José Santiago Sánchez para suplente Es cuanto tiene que informar la Comision.

Santiago, Julio 15 de 1831.— José Antonio Rosales. —Miguel Del Fierro. - Guillermo Blest. —Francisco Carvallo. — Antonio Garfias.


Núm. 139 editar

La Cámara de Diputados, en sesión de 15 del que rije, ha elejido para Presidente a don Joaquin Tocornal i para Vice a don Ramón Errázuriz.

Tengo el honor de ponerlo en conocimiento de S. E ., el Vice-Presidente de la República, i de ofrecerle, con este motivo, las consideraciones de mi mayor respeto.

Santiago, Julio 18 de 1831.— Joaquín Tocornal.—Manuel Camilo Vial, diputado-secretario. —A.S.E. el Vice-Presidente de la República.