Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de setiembre de 1831

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de setiembre de 1831
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 52, EN 12 DE SETIEMBRE DE 1831
PRESIDENCIA DE DON JOAQUIN TOCORNAL


SUMARIO,—Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. - Cuenta.—Demanda de pension de la viuda del soldado J. Ayala. —Proyecto de reforma de la Constitucion. —Acta. -Anexos.


CUENTA editar

Se da cuenta:

De una solicitud entablada por doña Josefa Villarruel, viuda del soldado Ramon José Ayala, en demanda de pensión. (Anexos núms. 27 y a 279.)


ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision Militar dictamine sobre la solicitud de doña Josefa Villarruel. ( V. sesion del 23.)
  2. Aprobar el artículo 16 del proyecto de reforma de la Constitución, propuesto por la Comision respectiva. ( V. sesiones del 9 i del 13.)


ACTA editar

SESION DEL 12 DE SEPTIEMBRE

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Blest, Bustillos, Catvallo don Francisco, Carvallo don Manuel, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, López, Manterola, Martínez, Mendiburu, Mathieu, Moreno, Osorio, Ovalle, Puga, Renjifo, Rosales, Silva don Pablo, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio, Vial don Manuel i el senador Vial don Agustin.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de una solicitud de la viuda del soldado José Ayala, muerto en la acción de Lircai, en que pide se le asigne una pensión para subsistir; i se mandó a la Comision Militar.

Se puso por segunda vez a discusion el artículo 13 del proyecto del Senado, i fué desechado, aprobando en su lugar el 16 de la Comision, que dice así:

"Art. 16.º El Poder Ejecutivo i la Comision Permanente podrán nombrar los oradores que tengan a bien, para que asistan, sin voto, a las sesiones de la Convención, a representar i discutir sobre las reformas o modificaciones que hallasen por conveniente proponer. Todo los cuerpos públicos i ciudadanos particulares podrán dirijir a la Convención peticiones, por escrito, relativas al mismo objeto."

Se discutió tambien el artículo 14 del proyecto del Senado, i quedó sin resolverse; levantándose, en este estado, la sesion. —TOCORNAL. —Vial, diputado-secretario.

Núm. 277 editar

Soberano Señor:

Josefa Villarruel, viuda del soldado José Ayala, que sirvió en el Batallón Maipú, ante V. E., con el mayor respeto, hace presente que mi finado esposo era el único apoyo que tenia para mi subsistencia; éste fué muerto desgraciadamente en la acción de Lircai; pues, como buen ciudadano, no hizo mas que defender la justa causa de los pueblos i exhalar su último aliento con ánimo constante. Mas, una infeliz mujer, sin arbitrios ni recursos, en la mayor orfandad e indijencia, ocurre al filantrópico amparo de los Padres de la Patria para que, en obsequio de la humanidad, se dignen decretar se me asigne alguna pensión para poder, en parte, remediar mis estremadas necesidades; en cuya virtud

A V. E . suplico se sirva tomar en consideración los motivos que espreso; es gracia que espero etc. Soberano Señor.— A ruego déla suplicante, José Agustín Borcosque.



Núm. 278 editar

Certifico yo, el Teniente Cura de esta Santa Iglesia Catedral de Santiago de Chile, en cuanto puedo i ha lugar en derecho, que, en un libro de este archivo parroquial que contiene partidas de casamientos, el cual corre desde el año de 1814, a fojas 153, se halla una del tenor siguiente:

"En la ciudad de Santiago de Chile, a veintidós de Diciembre de ochocientos veintidós, corridas las tres proclamas dispuestas por derecho, i no habiendo resultado impedimento, yo, el Cura Rector, casé por palabra de presente, según órden de Nuestra Santa Madre Iglesia, a Ramón José Ayala, español, de esta ciudad, hijo lejítimo de Jervasio Ayala i de Antonia Fritis con Josefa Villarruel, natural de esta ciudad, hija lejítima de Pedro Villarruel i de Maria Araya, viuda de Prudencio Ruedas, i testigos José Varas i Juan Cepeda, i para que conste lo firmo.—Marcelino Ruiz.» Concuerda con el orijinal que queda en este archivo, al cual me refiero i para los fines que convengan doi la presente en dicha ciudad en 21 de Setiembre de 1831.—José María Ruiz, Teniente Cura. Grátis.



Núm. 279 editar

El que suscribe le consta que, hallándose al mando de la 1ª Compañía del Batallón de Infantería de Línea Maipú, vió fenecer al soldado de la misma José Ayala de una bala que atravesó su cuerpo en la acción de Lircai, contra el ejército sublevado de don Ramón Freire, i a petición del interesado le doi este en Cuartel de la Moneda a 17 de Setiembre de 1831.— Manuel García.