Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 4 de agosto de 1830

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 4 de agosto de 1830
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 46, EN 4 DE AGOSTO DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Título de ciudad solicitado por la villa de Curicó. —Restitucion de los bienes confiscados a los regulares de Concepcion. —Destitucion de ciertos empleados del Resguardo de Valparaíso. —Identificacion personal del Plenipotenciario suplente de Valdivia. —Adjudicacion de cierta renta al Instituto Literario de Concepcion. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. el Vice-Presidente de la República avisa que no puede citar al Plenipotenciario suplente de Valdivia porque hai tres personas llamadas Francisco Gana e ignora cuál es la elejida. (Anexo núm. 587. V. sesion del 28 de Julio de 1830.)
  2. De un dictámen de los señores Irarrázaval i Cardoso, quienes proponen que se autorice al Gobierno para destituir a aquellos empleados del Resguardo de Valparaíso que no cuenten con la confianza de sus jefes. (Anexo núm. 588. V. sesion del 31 de Julio de 1830.)
  3. De otro dictámen de los señores Irarrázaval i Elizalde, quienes proponen que se aplique al Instituto Literario de Concepcion el residuo de los cuatro novenos beneficiales. (Anexo núm. 589. V. sesion del 28 de Julio de 1830.)
  4. De una nota del Vice-Intendente de Concepcion, quien propone que se devuelvan los bienes confiscados a los regulares en la provincia de Concepcion. (V. sesion del 22 de Julio de 1830.)
  5. De otra nota de la Municipalidad de Curicó, la cual pide que se confiera a esta villa el título de ciudad. (Anexo núm. 590. V. C. de DD. en 27 de Enero de 1829.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que los señores Cardoso i Rodríguez (don José Tomás) dictaminen sobre la peticion de la Municipalidad de Curicó para que se dé a esta villa el título de ciudad. (V. sesion del 9.)
  2. Agregar a sus antecedentes la representacion del Vice-Intendente de Concepcion sobre que se devuelvan los bienes confiscados a los regulares. (V. sesion del 13 de Setiembre de 1830.)
  3. Autorizar al Gobierno para destituir a aquellos empleados del resguardo de Valparaíso que no merezcan la confianza de sus jefes. (Anexo núm. 591. V. sesion del 3 de Setiembre, 8 i 16 bis de Noviembre de 1830.)
  4. Llamar al Plenipotenciario en propiedad de Valdivia i mandar que se practique nueva eleccion para que se defina cuál de las personas llamadas Francisco Gana es la electa. (Anexo núm. 592. V. sesion del 30 de Octubre de 1830.)
  5. Aplicar al Instituto Literario de Concepcion el residuo de los cuatro novenos beneficiales. (Anexo núm. 593 V. sesion del 16 de Febrero de 1831.)

ACTA editar

SESION DEL 4 DE AGOSTO DE 1830

Se abrió con los señores Cardoso, Elizalde, Errázuriz, Irarrázaval, Rodríguez (don Tomás) i Molina.

Leída el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

En seguida se leyó una comunicacion de la Municipalidad de Curicó, en la que solicita del Congreso mande despachar en favor de aquella villa el título de ciudad. Se mandó en infurme a comision, quedando nombrados para componerla los señores Rodríguez (don Tomás) i Cardoso.

En seguida, se dió cuenta de una nota del Vice-Intendente de Concepción relativa a que el Congreso declare la restitución de los regulares a los conventos de aquella Provincia. Se mandó agregar a sus antecedentes, encargando a la Comision su pronto despacho.

Inmediatamente se leyó el informe de la comision encargada de dictaminar sobre el remedio que pide el Gobierno en nota 31 del pasado pata los empleados del Resguardo de Valparaíso que no merecen la confianza de sus jefes; i se acordó decir al Gobierno que el Congreso aprueba la destitucion de los empleados que no inspiren confianza a sus jefes inmediatos por su ineptitud u omision; i en cuanto a los delincuentes, con la formacion de causa que prescribe el artículo 83 de la Constitucion.

Luego se leyó una nota del Gobierno en la que hace presente al Congreso la duda que le ocurre en cuanto al llamamiento de don Francisco Gana, electo Plenipotenciario suplente por la provincia de Valdivia, en atención a que hai tres individuos con este nombre i no sabe cuál sea el electo; la que se tomó en consideracion sobre tabla, i se resolvió que, sin perjuicio de llamarse por el Gobierno al propietario, que se baila en la ciudad de la Serena, se oficie al Intendente de Valdivia para que se haga nueva eleccion de suplente, que allane esta dificultad que se presenta.

Últimamente se dió cuenta del dictámen de la comision encargada de informar en la solicitud del Jeneral del Ejército, para que se adjudique al Instituto de Concepcion cl residuo de los cuatro novenos beneficiales de la gruesa de diezmos de aquella Provincia; i se acordó conforme a la solicitud que apoyó la espresada Comision.

En este estado i no habiendo otro asunto que tratar, se levantó la sesion. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario.


ANEXOS editar

Núm. 587 editar

El Vice-Presidente de la República, al dar cumplimiento al acuerdo del Congreso de Plenipotenciarios que le ha sido comunicado en 28 del mes anterior, relativo a que se llame a don Francisco Gana para que pase a incorpararse al Congreso en clase de suplente del Plenipotenciario de Valdivia, tropieza con el inconveniente de ignorar cuál de los tres o mas individuos que tienen el mismo nombre haya sido el nombrado por aquella provincia.

Segun los informes que ha tenido, hai un don José Francisco Gana que fué coronel graduado del ejército; otro don Francisco que fué teniente del batallon número 5, i ámbos se hallan en esta ciudad, i otro mas cuyo paradero ignora.

El que suscribe cree que no será fácil averiguar, si no por medio de una eleccion nueva, cuál haya sido la intencion del pueblo de Valdivia, pues aunque alguno de estos individuos haya recibido el acta de nombramiento, puede haber en esto un equívoco que podria producir tropiezos en adelante.

El que suscribe tiene la honra de ponerlo en conocimiento del Congreso para que resuelva lo conveniente, i con este motivo le reitera los sentimientos de su mas alta consideracion. —Santiago, 2 de Agosto de 1830. —José Tomas de Ovalle. Diego Portales. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.

Núm. 588 editar

A la Comision informante en este asunto parece se conteste al Gobierno que el Congreso aprutba la destitución de los empleados que no inspiren confianza a sus jefes inmediatos por su ineptitud u omision; i en cuanto a lor delincuentes, con la formacion de causa que prescribe el artículo 83, atribucion 6.ª de la Constitucion. —Sala de la Comision, 4 de Agosto de 1830. J. Miguel Irarrázaval. —Manuel J. Cardoso.


Núm. 589 editar

SS. PP.

La Comision encargada de informar en este negocio, dice: que, impuesta de las razones i documentos en que se apoya la solicitud del benemérito Jeneral del Ejército, la cree justa i de grande utilidad pública. El fomento de la ilustraciones el objeto de mayor importancia para el Gobierno i el cuerpo lejislativo. Si la fábrica de la iglesia catedral de Concepcion tiene otros fondos, a mas del residuo de los cuatro novenos, nada es mas justo que se le aplique ese residuo ul Instituto, i sin el que no puede haber ni sacerdotes que ocupen esa Iglesia. —Sala de la Comision, 4 de Agosto de 1830. F. A. Elizalde. —J. M. Irarrázaval.


Núm. 590 editar

Inflexible Curicó en continuar su marcha con el tino que siempre ha manifestado desde el principio de nuestra revolucion política, no trepidó un momento en adherirse a la causa de los pueblos que impacientes se levantaron contra la borda eslabonada de los monopolistas de la Administracion.

Aunque en estos casos de ordinario sucede el desorden i tras éste sigue la usurpacion, Curicó sin separarse de la senda de la cordura toleró aun por un momento a sus ilejítimos funcionarios, persuadido que en breve desaparecerían por sí solos, atimidados por el clamor jeneral i avergonzados por el rubor que enjendra una postiza investidura, adquirida por la fuerza i la intriga.

No tardó mucho el resultado de la acefalía i entonces Curicó, entrando en uso de sus derechos, procedió a la eleccion popular de sus magistrados, segun su voluntad, entregándose a la direccion de los que tenemos el honor de componer su Municipalidad.

Este cuerpo, viéndose ya depositario de la confianza pública, se consagró gustoso a satisfacerla del modo mas decisivo i afectuoso, atropellando obstáculos i arrostrando riesgos i peligros. Mas, queriendo por esa misma razon dar mayor lustre a sus deberes, reservó para su tiempo la pretensa de adquirirle a Curicó un galardon que de manifiesto condujese hasta la posteridad los deseos de la recompensa al honor que le confió.

Años há que Curicó, por disposicion de la lei sancionada en repetidas veces, es capital de la provincia de Colchagua; i aunque por esta condecoracion parece no debia apetecerse mas, la Municipalidad, en vista de lo espuesto i del deber a que le liga el cargo que abrazó, solicita se sirva el Congreso de Plenipotenciarios honrar a Curicó con el título de ciudad, para que de este modo sea mas bien atendida la dignidad a que la elevó la lei de demarcacion.

La Municipalidad conoce su demérito para tal avance; pero penetrada de la justicia de su súplica, espera no será desatendida la interposicion, i siendo así, tributará en union de sus representados curicanos la grata memoria de los benéficos actos del Congreso, a quien con este motivo respetuosamente saludan. —Municipalidad de Curicó, 12 de Julio de 1830. Isidoro de la Peña, Agustín Vergara, José Antonio Mardones, Gabriel Donoso, José Ignacio Ruiz, Tomás Domingo de Roa, Gaspar Vidal, José Domingo Urzúa. —Juan Estéban Muñoz, Secretario. —Al Soberano Congreso de Plenipotenciarios.


Núm. 591 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, a consecuencia de la consulta del Gobierno hecha en nota de 31 del pasado, sobre el descuido i mala fé de algunos empleados del Resguardo de Valparaíso en el desempeño de sus cargos, ha resuelto se diga a S. E. el Vice-Presidente de la República que el Congreso aprueba la destitución de los empleados que no inspiren confianza a sus jefes inmediatos por su ineptitud u omision; i en cuanto a los delincuentes, con la formacion de causa que prescribe el artículo 83, atribucion 6.ª de la Carta Constitucional del Estado.

El Presidente del Congreso ofrece, con esta ocasion, a S. E. el Vice-Presidente de la República, su estimacion i aprecio. —Santiago, 4 de Agosto de 1830. —Errázuriz, Presidente. Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.


Núm. 592 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en sesion de hoi, ha tomado en consideracion la nota del Poder Ejecutivo, fecha 2 del actual, en que hace presente la duda que le ocurre para dar cumplimiento al acuerdo de 28 del mes pasado, relativo a que se llame a don Francisco Gana, Plenipotenciario suplente por la provincia de Valdivia; i creyendo justas las observaciones que hace sobre la incertidumbre del electo, por cuanto hai tres individuos con el mismo nombre, ha resuelto se diga al Gobierno, que sin perjuicio de que se llame por el Ministerio al propietario, que se halla en la ciudad de la Serena, se prevenga al Intendente de Valdivia convoque a los pueblos de aquella provincia a nueva eleccion de Plenipotenciario suplente, como único medio de allanar la dificultad que se presenta.

El Presidente de la Sala, con este motivo, sa luda a S. E. el Vice-Presidente de la República con las consideraciones de su alto aprecio. —Santiago, 4 de Agosto de 1830. —Errázuriz, Presidente. Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.


Núm. 593 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en sesion de hoi, ha tomado en consideracion la solicitud del Jeneral del Ejército, que S. E. el Vice-Presidente de la República pasó a la Sala, con fecha 26 de Julio, i ha resuelto se aplique a favor del Instituto de Concepcion el residuo de los cuatro novenos beneficiales de la gruesa decimal de aquel obispado, atendiendo a que la fábrica de su Catedral tiene otros fondos para subvenir a los gastos de la faena en que se hallan empeñados sus habitantes, i que el fomento de la ilustracion es uno de los primeros cuidados del Congreso.

El Presidente de la Sala, al ponerlo en conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República, le reitera las protestas de su consideracion i aprecio. —Santiago, 4 de Agosto de 1830. Errázuriz, Presidente. Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.