Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 3 de setiembre de 1830

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 3 de setiembre de 1830
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 57, EN 3 DE SETIEMBRE DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Creacion de un alcaide i algunos auxiliares en la aduana de Valparaíso. —Consulta sobre la compatibilidad del cargo de jurado con los cargos rentados. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. el Vice-Presidente de la República pide autorizacion para crear una plaza de alcaide i varias de auxiliares en la Aduana de Valparaíso. (Anexo núm. 659. V. sesiones del 13 de Abril de 1822 i 4 de Agosto de 1830.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado consulta si los empleados que gozan de rentas pueden ser jurados. (Anexo núm. 660.)
  3. De un dictámen de la comision especial sobre el fallo de un jurado de imprenta. (Anexo núm. 661. V. sesion del 1.º de Julio de 1830.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Autorizar al Gobierno para crear las plazas de alcaide i de auxiliares que se necesitan en la Aduana de Valparaíso. (Anexo núm. 662.)
  2. Que el Gobierno consulte a la próxima lejislatura sobre la compatibilidad del cargo de jurado con los cargos rentados, i que mientras tanto la Municipalidad elija algunas personas que reemplacen a los implicados. (Anexo núm. 663. V. sesion del 27.)

ACTA editar

SESION DEL 3 DE SETIEMBRE DE 1830

Se abrió con los señores plenipotenciarios Cardoso, Elizalde, Errázuriz, Irarrázaval, Rodríguez (don José Antonio) i Rodríguez (don Tomás).

Leída el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

Se tomaron en consideracion dos notas del Poder Ejecutivo: la una en que pide autorizacion para hacer el gasto de sueldo íntegro de un alcaide i de los auxiliares necesarios que han de nombrarse en la aduana de Valparaíso, i se le autorizó; i la otra en que consulta si los que gozan sueldos por el Gobierno podrán ejercer las funciones de jurados, habiendo sido electos antes de que lo gozasen, i si en caso de que no puedan, se autorizará a la Municipalidad para que nombre a los que deban sustituir a los que tengan esta implicancia; i se sancionó en los términos siguientes:

"Artículo primero. El Gobierno consulte sobre el particular a las próximas Cámaras Lejislativas.

Art. 2.º Mientras se reunen, la Municipalidad de Santiago elija nuevo jurado que sustituya a los que obtuvieren o hayan obtenido del Gobierno algun empleo lucrativo durante el tiempo de su nombramiento."

En este estado, i no habiendo mas de que dar cuenta, se levantó la sesion. —Errázuriz, Presidente. —Irarrázaval, Secretario interino.


ANEXOS editar

Núm. 659 editar

En el año de 1829 se dirijieron al Gobierno los Alcaides de la Aduana de Valparaíso, por conducto del gobernador de la plaza, esponiendo la falta de manos auxiliares para espedirse en las labores de su oficina, que se aumentaban, i con el fin de establecer el órden, tan necesario en la administracion de los almacenes de depósito. En el presente, hicieron igual peticion con fecha 14 de Abril, que no llegó a manos del Gobierno hasta el 30 de Julio, en oficio del Gobernador del dia precedente El deseo de no gravar al fisco con nuevos sueldos, i la esperanza de que quizá mui luego se dictarían disposiciones que abrazasen todas las secciones de aquella Aduana, obligó al Gobierno a demorarse hasta hoi en pedir al Congreso Nacional de Plenipotenciarios la autorizacion necesaria para los siguientes gastos:

  1. El de sueldo íntegro de un Alcaide que ha de nombrarse, en atencion a que uno de los dos de que se compone la dotacion de aquella oficina, i lo es don Juan A. Muñoz, está cansado i goza de medio sueldo.
  2. El de pago de auxiliares, en el concepto de que aun no puede fijarse el número de empleados i su dotacion, sin conocimiento del mérito i aptitudes de los que hayan de ocuparse.

El Vice-Presidente que suscribe, asegura al Congreso Nacional de Plenipotenciarios que, a pesar de la autorizacion que espera le conceda para estos gastos, los hará siempre consultando la conveniencia fiscal i la mayor economía.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República tiene la honra de saludar al Congreso Nacional de Plenipotenciarios, i ofrecerle sus consideraciones de respeto i aprecio. —Santiago, 1.º de Setiembre de 1830. —José Tomas de Ovalle. Manuel Renjifo. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.

Núm. 660 editar

El Vice-Presidente de la República no puede menos de llamar la atención del Congreso Nacional de Plenipotenciarios al notorio abuso que se está haciendo de la libertad de imprenta por los enemigos de la nacion. Estos desnaturalizados, después de haber causado tantos males, i cuando se han visto reducidos a la nulidad por la uniforme cooperacion de los pueblos en su contra, pretenden introducir el desórden, con papeles notoriamente sediciosos, llenos de diatribas, mentiras i sarcasmos alarmantes, i directamente opuestos a las autoridades que, por su mas libre espresion, ha constituido la República para que la salvasen de los males que la ocasionaron los mismos que conocidamente intentan causarle otros todavía mayores.

El Gobierno mira esos abusos, i oye las quejas de los ciudadanos pacíficos; pero al mismo tiempo ve con dolor que no puede poner remedio porque las funciones del tribunal destinado por la lei están precisamente en suspenso, con motivo de haberse mandado separar del juri a los individuos que después de haber sido electos fueron empleados i gozan sueldo por el tesoro público; circunstancia que ha disminuido el número de los jueces, de modo que no hai los suficientes para proceder, atendido el número de los que pueden recusarse, i de los que deben entrar en los dos juzgamientos que puede tener cada negocio. Sobre este particular, el Gobierno dirijió al Congreso de Plenipotenciarios una nota en 1.º de Julio último, de cuya resolución hasta el dia no se tiene noticia; i precisando sobremanera poner arreglo en una parte tan interesante de la administacion, el Vice-Presidente espera que el Congreso se sirva espedir a la mayor brevedad su respuesta a la indicada consulta, para que tenga desde luego el efecto debido.

Con este motivo, el que suscribe ofrece al Congreso Nacional sus respetuosas consideraciones. —Santiago, 1.º de Setiembre de 1830. —J. Tomás de Ovalle. Diego Portales. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 661 editar

Señores Plenipotenciarios:

La Comision, en vista de esta consulta, reproduce el dictámen fiscal. —Sala de la Comision, Setiembre 2 de 1830. J. A. Rodríguez. —Manuel J. Cardoso.


Núm. 662 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en sesion de hoi, ha considerado la nota de S. E. el Vice-Presidente de la República, fecha 1.º del corriente, por la que pide autorizacion para hacer el gasto de sueldo Integro de un alcalde que ha de nombrarse en la Aduana de Valparaíso, i el de pago de los auxiliares de la misma oficina; i ha acordado autorizarlo.

El Presidente que suscribe reitera a S. E. el Vice-Presidente de la República las seguridades de su mas sincero aprecio. —Santiago, 3 de Setiembre de 1830. —ERRÁZURIZ, Presidente. —Varas, Secretario. —Al Ejecutivo.

Núm. 663 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en sesion de hoi, ha considerado la nota de S. E. el Vice-Presidente de la República, por la que consulta si los que gozan sueldo por el Gobierno podrán ejercer las funciones de jurados, habiendo sido electos antes de que lo gozasen; i si en caso de que no puedan, se autorizará a la Municipalidad para que nombre los que deban sustituir a los que tengan esta implicancia. Después de una larga discusion, ha sancionado el decreto siguiente:

Artículo primero. El Gobierno consulte sobre el particular a las próximas Cámaras Lejislativas.

Art. 2.º Mientras se reunen, la Municipalidad de Santiago elija nuevos jurados que sustituyan a los que obtuvieren o hayan obtenido del Gobierno algun empleo lucrativo durante el tiempo de su nombramiento."

El Presidente que suscribe reitera a S. E. el Vice-Presidente de la República las seguridades de su sincero aprecio. —Santiago, 3 de Setiembre de 1830. —ERRÁZURIZ, Presidente. —Varas, Secretario. —Al Ejecutivo.