Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 23 de noviembre de 1830 (1)

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 23 de noviembre de 1830 (1)
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 80, EN 23 DE NOVIEMBRE DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Supresion de las dietas i asignacion de viáticos. —Oficio reservado. —Acta. —Anexo.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio reservado dirijido por el Gobierno.
  2. De un dictámen de los señores Rodríguez (J. A.) Irarrázaval i Cardoso, quienes proponen que se apruebe la supresion de las dietas i la asignacion de viáticos. (V. sesion del 12 de Febrero de 1830.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Suprimir las dietas. (V. sesion del 29.)
  2. Asignar dos pesos de viático por dia a los ciudadanos de fuera de la capital que sean elejidos diputados o senadores (Anexo núm. 836. V. sesion del 29.)
  3. Que se dé cuenta por separado del oficio reservado.

ACTA editar

SESION DEL 23 DE NOVIEMBRE

Se abrió con los señores Errázuriz, Elizalde, Irarrázaval, Meneses, i Rodríguez (don José Antonio).

Aprobada el acta de la sesion anterior, la Comision encargada de informar en sesion del 12 de Febrero, en la segunda parte del proyecto presentado por don José Antonio Rodríguez, opinó conforme a la indicación i presenté el proyecto siguiente:

"Artículo primero. —Los ciudadanos residentes en Santiago, i que por cualquier pueblo fuesen electos diputados o senadores para el próximo Congreso, no gozarán dietas. Art. 2.º Los que viniesen de fuera solo tendrán dos pesos diarios, i por viático el costo de su pasaje de mar, i un peso por legua si lo hicieren por tierra. Art. 3.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que lo publique e impriman—i fué aprobado en los mismos términos.

En seguida se presentó un oficio reservado, de que se mandó dar cuenta por separado; i en este estado, se levantó la sesion. —Errázuriz, Presidente. —Vial, Secretario interino.

ANEXOS editar

Núm. 836 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, penetrado de las escaseces del Erario, de lo considerable de las sumas que se invierten en el pago de dietas i viáticos de los Diputados al Congreso, i del retardo que por el interés de éstas pueden sufrir los negocios de que deben ocuparparse, en sesion del 23 acordó:

"Artículo primero. —Los ciudadanos residentes en Santiago que por cualquier pueblo fuesen electos Diputados o Senadores para el próximo Congreso, no gozarán dietas.

  1. Los que vinieren de fuera solo tendrán dos pesos diarios, i por viático el costo de su pasaje de mar, i un peso por legua si lo hicieren por tierra.
  2. Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que lo publique e imprima."

El Presidente que suscribe reitera a S. E. el Vice-Presidente de la República los sentimientos de su distinguida consideración i aprecio. —Santiago, Noviembre 25 de 1830. —Errázuriz, Presidente. Vial, Secretario interino. —Al Ejecutivo.