Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 12 de abril de 1830 (2)

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 12 de abril de 1830 (2)
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 24 BIS, EN 12 DE ABRIL DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO A. ELIZALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion anterior. —Cuenta. —Remocion del Intendente i el Vice Intendente de Chiloé. —Reconocimiento del Congreso por esta Provincia. —Reclamo eltetoral de los señore Henríquez i Carrillo. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que S. E. el Vice-Presidente de la República acompaña varios documentos para probar que el Intendente de Chiloé, don Elias A. Guerrero, resiste al órden actual de cosas, por lo cual le ha removido i nombrado en su lugar a don Felipe Carvallo i para Vice Intendente a don Lorenzo Cárdenas. (Anexo núm. 392. V. sesion del 17 de Febrero de 1830.)
  2. De otro oficio con que el Intendente de Chiloé, don Elias A. Guerrero, acompaña el acta de una sesion celebrada por la Asamblea provincial sobre cl reconocimiento condicional del Congreso. (Anexos núms. 393 i 394. V. sesion del 13 de Marzo de 1830.)
  3. De una presentacion de los ciudadanos don José María Henríquez i don José Gómez Carrillo, de Calbuco, quienes reclaman contra la validez de unas elecciones i contra una multa que se les ha impuesto. (V. documento 1.º de los antecedentes del Congreso Constituyente de 1828.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar la remocion del Intendente de Chiloé i los nombramientos hechos por el Poder Ejecutivo. (Anexo núm. 395.)
  2. Contestar el oficio del Intendente de Chiloé por secretaría i observarle que es inadmisible i contradictorio el reconocimiento del Congreso en la forma en que se ha hecho por la Asamblea de aquella provincia. (Anexo núm. 396. V. sesion del 1.º de Julio de 1830.)
  3. Que el nuevo Intendente de Chiloé informe sobre la presentacion de los señores Henríquez i Gómez Carrillo i que entre tanto se suspenda la multa que la Asamblea les ha impuesto. (Anexo núm. 397. V. sesion del 5 de Julio de 1830.)

ACTA editar

SESION DEL 12 DE ABRIL DE 1830

Asistieron los señores Plenipotenciarios Cardoso, Elizalde, Edwards, Rodríguez (don José Antonio) i Rodríguez (don Tomás.)

Aprobada el acta de la sesion anterior, se tomó en consideracion la neta del Ejecutivo fecha 12 de Abril, por la que da cuenta de las gravísimas razones que ha tenido para remover al Intendente i Vice-Intendente de la provincia de Chiloé, pidiendo al mismo tiempo se apruebe el nombramiento hecho en la persona de don Felipe Carvallo para Intendente de dicha provincia i en don Lorenzo Cárdenas para Vice-Intendente de la misma. El Congreso, teniendo presentes las razones espuestas por el Ejecutivo i poseido de la uijentísima necesidad de hacer tal remocion i nombramientos, ha acordado aprobarlos. En este estado, se levantó la sesion.


ANEXOS editar

Núm. 392 editar

En el estado actual de la República nada es mas preciso que asegurar la administracion de un modo que no deje lugar al desorden, tan fácil de introducirse con la mas leve novedad, i precaver la repeticion de los desastres que desgraciadamente hemos esperimentado en diferentes puntos por no haberse tomado las medidas oportunas. Tales son las que, en concepto del Gobierno, deben adoptarse a la mayor brevedad respecto de la Provincia de Chiloé: de lo contrario, debe temerse que la seduccion, nunca mas peligrosa que cuando parte de los encargados de la autoridad, ocasione la desunion de aquella provincia.

Los adjuntos documentos impondrán al Congreso Nacional de Plenipotenciarios de la conducta que ha observado el Intendente de aquella provincia de acuerdo con su Asamblea. Ella no puede ser mas contraria al grito jeneral de los pueblos. La Asamblea, después de haber mandado su Plenipotenciario al Congreso, se negó a dar cumplimiento a sus resoluciones, retiró los poderes al que habia electo, i lo hace publicar por bando; dió a reconocer del mismo modo por Presidente interino de la República al caudillo de los amotinados; cedió a las instancias del comisionado del Jeneral Freire, para cpie se le ausiliase con la tropa que hace la guarnicion de aquella provincia; i nada omitió que pudiera estar en oposicion con el órden constituido. El Intendente apoyó como se ha dicho todas estas disposiciones, i cuando no pudo hacer valer su voluntad porque se le oponia la fuerza, hizo publicar por bando las resoluciones del Congreso a pesar de los compromisos que habia manifestado anteriormente i a pesar de sus opiniones subversivas, suficientemente patentizadas en su carta al Intendente de Valdivia, cuya lectura se recomienda al Congreso. A esto se agrega que el Intendente se halla en oposicion i on el Comandante de la fuerza armada de aquella provincia i con el voto jeneral de la misma, cuya oposicion no puede menos de comprometer la tranquilidad de sus habitantes.

Por otra parte, es preciso no olvidar que Chiloé es la provincia de la República en que la libertad ha hecho menos progresos; que en la totalidad de sus habitantes se compone casi de jentes poco dispuestas para conocer las maquinaciones de los que en semejantes pueblos, sopretesto de la igualdad i conveniencia pública, dan rienda suelta a sus miras particulares i causan la ruina de los mismos cuyo bien aparentan defender. En tal estado, es mui temible una reaccion hecha por individuos que con el prestijio de la autoridad pueden conmover las masas irreflexivas i comprometerlas en un lance desastroso.

Tan poderosos motivos han determinado al Gobierno a remover al Intendente i Vice de aquella provincia, i sustituir en su lugar al ciudadano don Juan Felipe Carvallo para el primer cargo i para el segundo a don Lorenzo Cárdenas. El Gobierno cree que el Congreso mirara del mismo modo un negocio de tanta importancia; i si tiene a bien aprobar estos nombramientos, procederá desde luego a dar las providencias que corresponden para que una medida tan conducente a la tranquilidad de Chiloé i al mejor órden de la República tenga el debido efecto.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República encargado del Poder Ejecutivo tiene el honor de reiterar al Congreso Nacional de Plenipotenciarios sus sentimientos de adhesion i aprecio. —Santiago, Abril 12 de 1830. —José Tomás de Ovalle. —Diego Portales. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 393 editar

Habiendo recibido esta Intendencia las comunicaciones oficiales de V. E. en que le anuncia la reunion del Congreso de Plenipotenciarios i eleccion de Presidente i Vice de la República, en circunstancias que esta provincia habia recibido la mision del Excelentísimo señor Capitan Jeneral i otras noticias que indicaban un rompimiento jeneral de hostilidades, i que cada partido defendia con furor i tenacidad su opinion, i conducta de operaciones; esta provincia se ha visto en mil conflictos i no quiere contraer compromisos directos, en que declarándose por un órden de cosas, se atraiga así la prevencion de un partido contrario armado.

La opinion de los chilotes es unánime por la Constitucion i por formar un lazo indisoluble i eterno con las demás provincias que componen el todo de la República. Esta provincia, por su localidad, es la última que debe escuchar el voto de las otras, que están primero i mas al cabo de todos los sucesos. Ella no tiene el menor inconveniente de obedecer a cualquiera Gobierno estable que se elija en la República, i solo se reduce a no aumentar la triste division que destroza la patria. En esta virtud, he sometido al juicio de la honorable todas las comunicaciones que me han sido remitidas, i su resolucion es el reconocimiento condicional que contiene la acta que en copia tengo el honor de incluir a V. E.

Además de todo lo espuesto, la Intendencia i demás autoridades provinciales i locales están reducidas solo al nombre i a las funciones mas mecánicas de sus destinos, pues el comandante del batallon Valdivia se ha arrogado por la fuerza la casa del Gobierno, todas las rentas nacionales, provinciales i municipales, i todas las demás atribuciones, no solo de la Intendencia, sino tambien del Gobierno Supremo; i la opresion que en todo sentido sufre C'hiloe, lo pone en compromisos de contrariar siempre la conducta abusiva del jefe de la guarnicion, i que solo por mi excesiva lenidad i amor a la paz, sufriendo tal vez lo que el último ciudadano no toleraria, solo a esto, repito, se debe el órden en que nos hallamos.

En estas circunstancias tan difíciles i tan tristes por cualquier aspecto, nuestra conducta debe ser, aunque sumisa a la Nacion, delicada i circunspecta, a fin de que el incendio que volcaniza a las demás que tienen otros recursos no destruya para siempre a Chiloé.

Con este motivo, el infrascrito saluda al señor Presidente con su mayor consideracion i respeto. —San Cárlos, Marzo 27 de 1830. —Elias A. Guerrero. —Señor doctor don José Antonio Rodríguez, Vice-Presidente del Congreso de Plenipotenciarios.


Núm. 394 editar

La Asamblea, en sesion de ayer, a consecuencia de las comunicaciones de V. S, ha acordado se le trascriba la acta levantada en este dia, que es del tenor siguiente:

Sesion del 26 de Marzo de 1830. —Reunida la Asamblea en sesion ordinaria de este dia, con asistencia de los señores don Manuel Velázquez, Presidente; don Francisco Sánchez, Vice-Presidente; i diputados don Fernando Andrade, don Fermin Pérez, don Benigno Bórquez, don Pedro Vargas, don Manuel Martínez, i el Secretario don José Domingo Loiza:

Dieron principio a la sesion con la lectura de la acta del dia de ayer i oficios relativos a la cuestion propuesta por la citada acta, ya en segunda discusion sobre el reconocimiento que debia prestarse al Congreso de Plenipotenciarios, Presidente i Vice interino de la República electos por este cuerpo. Después de un largo i prolijo debate de tres horas i declarando la Sala suficientemente discutida la materia, se fijó la siguiente proposicion: "Si se hacia el reconocimiento del Congreso de Plenipotenciarios, Presidente i Vice electos por este cuerpo, sin perjuicio de ratificar el acta levantada el domingo 21 de Marzo del presente año, que se mandó leer al efecto (la cual se pasó copia al Intendente de la provincia para su debido cumplimiento) i se espuso las condiciones de que hayan de reconocer a estas autoridades nuevamente electas todas las demás provincias, todos los tribunales, oficinas nacionales i el ejército, o si se negaba absolutamente el reconocimiento." La honorable Sala resolvió por mayoria la afirmativa de esta proposicion con las condiciones detalladas en el a, agregando que se comunicase a quienes corresponda para su mas exacta observancia i cumplimiento, con lo que fué ratificada, leida en la sesion siguiente.

El Presidente que suscribe, al comunicar al señor Intendente de la provincia tal deliberacion, le ofrece los sentimientos de su mas alta consideracion i aprecio. —Sala de sesiones en San Cárlos, 27 de Marzo de 1830. —Manuel Velázquez, Presidente. —Domingo Loiza, Diputado-Secretario. —Señor Intendente de la provincia.


Certifico que la copia que antecede es sacada a la letra del orijinal que existe en esta Intendencia. —San Cárlos de Chiloé, Marzo 27 de 1830. —Elias A Guerrero. —A falta de Secretario, Agustin Chávez.


Núm. 395 editar

El Congreso de Plenipotenciarios, en sesion permanente de esta noche, tomó en consideracion la nota de S. E. con que hoi acompaña un oficio de la Comandancia de Armas de Chiloé datado el 23 del mes anterior, con varios documentos justificativos de las desagradables ocurrencias de aquella provincia. El Congreso se ha penetrado de la prudencia i acierto de S. E. el Vice-Presidente de la República en nombrar, como ha nombrado, para Intendente a don Juan Felipe Carvallo, i para Vice a don Lorenzo Cárdenas: aprueba, por lo mismo, este nombramiento i ha acordado avisarlo a S. E. devolviéndole los documentos orijinales que vinieron con la nota referida.

El Presidente que suscribe saluda a S. E. el Presidente de la República con particular aprecio. —Santiago, Abril 12 de 1830. —(Hai una rúbrica.) —A S. E. el Vice-Presidente de la República.


Núm. 396 editar

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios tomó en consideracion la nota del Intendente de Chiloé, a 27 del mes anterior, a que adjunta copia del acta de la Asamblea de aquella provincia en el mismo dia. Aunque la Sala no ha podido entender bien el contenido del acuerdo, porque no ha venido el de otra sesion a que se refiere, observa que aquella Asamblea i su Intendente prestan reconocimiento i obediencia al Congreso Nacional de Plenipotenciarios i al Presidente i Vice de la República, si ya lo han prestado las demás provincias.

Por el mismo hecho de haber nombrado Plenipotenciario esa provincia sin la limitacion que indica, ya se comprometió a reconocer i obedecer a esle Congreso, i a cuanto hiciese en el ámbito de sus atribuciones por el bien del país. Por lo mismo, ha opinado la Sala que hai oscuridad en el oficio i acta referida del 27 de Marzo; de lo contrario, andaría inconsecuente la Asamblea i su Intendente; bien que aun cuando la condicion fuese admisible, ya estaria putificada, pues que todas las provincias i autoridades de la República i el ejército de esta han reconocido i prestado obediencia.

El Secretario del Congreso Nacional de Plenipotenciarios comunica este acuerdo de órden de la Sala al Intendente de la provincia de Chiloé, en contestacion de su citada nota, para que se trasmita a la Asamblea, i le salude con la debida consideracion. —Santiago, Abril 12 de 1830. —Carvallo, Pro-Secretario. —Al Intendente de la provincia de Chiloé.


Núm. 397 editar

Don José María Henríquez i don José Gómez Carrillo, del partido de Calbuco, ocurrieron a este Congreso de Plenipotenciarios, reclamando de las elecciones de Cabildo en aquel partido i de diputados de la Asamblea en Chiloé, segun la representacion documentada que se adjunta. El Congreso acordó en sesion de esta noche remitir esa representacion a S. E. el Více-Presidente de la República, para que se sirva pedir informe al nuevo Intendente nombrado en Chiloé, i que entretanto se suspenda la multa que aquella Asamblea exijia de los reclamantes.

El Presidente de la Sala reitera a S. E. el Vice-Presidente de la República las seguridades del mayor aprecio. —Santiago, Abril 12 de 1830. —Elizalde, Presidente. —Varas, Pro-Secretario. —Al Ejecutivo.