Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Senadores, en 30 de enero de 1829
CÁMARA DE SENADORES SESION 88.ª, EN 30 DE ENERO DE 1829 PRESIDENCIA DE DON MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Propuestas relativasa las islas de Juan Fernández—Carta de ciudadanía a don José Joaquin de Mora.—Recurso de don Miguel Ureta. —Plan de sueldos. —Jubilación de empleados civiles. —Ceremonial de clausura del Congreso. —Viático a los diputados foráneos. —Acta. —Anexos.
CUENTA= editarSe da cuenta:
ACUERDOS editarSe acuerda:
ACTA editarSe abrió con los señores Albano, Calderon, Fernández, González, Gormaz, Lira, Marin, Novoa, Prado, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña. Faltó con licencia el señor Guerrero. Se aprobó el acta de la sesión anterior. Se dió cuenta de haberse conformado la Cámara de Diputados, con la resolución de la de Senadores, sobre las propuestas de don ▼Joaquín Larrain sobre las islas de Juan Fernández. Se mandó pasar al Poder Ejecutivo. Despues se leyó una mocion del señor ▼Fernández sobre otorgamiento de carta de ciudadanía a don ▼José Joaquin de Mora; se consideró sobre tabla, i se acordó hacer la gracia. En seguida se discutió la proposicion de la Cámara de Diputados en la solicitud del representante don Miguel Ureta, i se sancionó lo resuelto por ella con la calidad de sin ejemplar. El señor Vial espuso hallarse implicado por haber conocido como juez en esta causa, por lo que se retiró de la Sala durante el debate i la deliberación. Se procedió despues a la discusión del proyecto de sueldos en la parte relativa a la stcretaría del Senado, i fué aprobado en los términos siguientes: "El secretario, si no fuese senador, a razón de dos mil pesos; los oficiales de la secretaría i sirvientes, gozarán del mismo sueldo que actualmente." Se recibieron a continuación las siguientes notas de la Cámara de Diputados:
Se continuó despues la discusión del proyecto sobre sueldos ántes citado, i fueron sancionadas las partes siguientes: ▼Cámara de Diputados
Cada diputado gozará cinco pesos diarios desde el dia de su recepción hasta el dia de su separación. El secretario, a razón de dos mil pesos al año. Los oficiales de secretaría i sirvientes, gozarán el mismo sueldo que actualmente.
▼Comision Permanente
Los individuos que la compongan, gozarán el sueldo que les corresponde como a senadores. ▼Poder Ejecutivo
El Presidente de la República gozará el sueldo de quince mil pesos al año. El Vice-Presidente, o el que le sustituya constitucionalmente, gozará el mismo sueldo cuando ejerza las funciones de aquél. Su capellan, trescientos pesos. El portero, trescientos pesos; el sitialero, cien pesos. ▼Ministerio del Interior i Esterior
El Ministro del Interior i Relaciones Esteriores, disfrutará el sueldo anual de cuatro mil pe sos. Un oficial mayor, con el sueldo anual de dos mil pesos; dos primeros, con mil; un segundo, con setecientos; un tercero, con seiscientos; un archivero, con seiscientos pesos; una ordenanza, con ciento cincuenta pesos. Para gastos de secretaría, doscientos pesos anuales. ▼Ministerio de Hacienda
El Ministro gozará la renta anual de cuatro mil pesos; un oficial mayor, con dos mil pesos; un primero, con mil; un segundo, con setecientos; un tercero, con seiscientos; un oficial de partes, con seiscientos; i un portero, con ciento cincuenta pesos. Para gastos de secretaría, doscientos pesos anuales. ▼Ministerio de la Guerra i Marina
El Ministro gozará el sueldo anual de cuatro mil pesos; un oficial mayor, con dos mil pesos anuales; dos primeros, con mil pesos cada uno; un segundo, con setecientos pesos; un tercero, con seiscientos pesos; un oficial ausiliar, con un peso diario; i la ordenanza, ciento cincuenta pesos. Para gastos, doscientos pesos. ▼PODER JUDICIAL
▼Suprema Corte de Justicia
El Presidente tendrá la renta anual de tres mil quinientos pesos; cada uno de los cuatro Ministros restantes i el Fiscal disfrutarán tres mil pesos anuales; el secretario relator ochocientos pesos; un escribiente trescientos pesos; un portero doscientos; i una ordenanza treinta pesos anuales. Para gastos de escritorio cincuenta pesos. ▼Corte de Apelaciones
El Rejente gozará el sueldo de tres mil pesos anuales i dos mil quinientos cada uno de sus cuatro Ministros i el Fiscal. Tendrá dos relatores con sueldo anual de ochocientos pesos cada uno; un procurador de causas fiscales, con doscientos; un portero con cuatrocientos i un escribano de Junta de Hacienda con doscientos pesos anuales. Para gastos de escritorio cincuenta pesos. ▼Juzgado de Letras
Cada uno de los jueces de letras tendrá la renta anual de dos mil cuatrocientos pesos. ▼Intendentes
Los intendentes de Coquimbo, Concepción, Valdivia i Chiloé, gozarán tres mil pesos al año; los demás dos mil quinientos. Se les asigna también quinientos pesos para casa en los lugares donde no las haya destinadas para su habitación; ciento dos pesos anuales para una ordenanza; i doscientos para gastos de escritorio. El secretario gozará el sueldo de mil pesos; un oficial primero seiscientos; i un segundo cuatrocientos pesos anuales. Últimamente se hizo indicación para que las asignaciones hechas en el proyecto anterior solamente se disfrutasen por los empleados nombrados constitucionalmente, i así se acordó, levantándose despues de esto la sesión. Salvó su voto el señor Calderón en todos los artículos, ménos en la de Presidente i Vice-Presidente. —Manuel Antonio González. ANEXOS editarNúm. 658 editar▼La ▼Cámara de Diputados, en sesión de este dia, ha sancionado sin alteración el acuerdo de la de Senadores relativo a autorizar al Gobierno para que apruebe en los términos que crea convenientes la piopuesta que ha hecho el ▼ciudadano don José Joaquin Larrain sobre la isla de Juan Fernández. El Presidente que suscribe saluda al del Senado con su mas alta consideración. —Cámara de Diputados. —Enero 29 de 1829. —▼F. ELIZALDE. —▼ Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores. Núm. 659 editar▼La Cámara de Diputados ha convenido con la resolución senatoria relativa a conceder el goce de la ▼ciudadanía a don José Joaquin de Mera. El que suscribe saluda al señor Presidente, a quien se dirije, con su mas distinguido aprecio. —Cámara de Diputados. —Enero 30 de 1829. —▼FERNANDO A. ELIZALDE. —▼ Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores. Núm. 660 editar▼La ▼Cámara de Diputados se ha conformado, en sesión de este dia, con la sanción del Senado relativa al proyecto de reforma civil iniciado por el Poder Ejecutivo. I el Presidente de ella saluda a la honorable Cámara a quien se dirije con su mas distinguida consideración. —Cámara de Diputados. —Santiago, Enero 30 de 1829. —▼FERNANDO A. ELIZALDE. —▼ Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —A la Cámara de Senadores. ==== Núm. 661 ==== ▼La ▼Cámara de Diputados, en sesión de este dia, ha sancionado el adjunto ceremonial; i al efecto de recabar de la de ▼Senadores su pronta aprobación ha tenido a bien nombrar una comision compuesta de los señores diputados don Bruno Larrain i don Martin Orjera. El que suscribe saluda a esa honorable Cámara con su mas alta consideración. —Cámara de Diputados. —Enero 30 de 1829. —▼FERNANDO A. ELIZALDE. —▼ Ignacio Molina, Diputado Secretario. —A la Cámara de Senadores. Núm. 662 editar▼▼PROYECTO DE LEI
Artículo primero. A las 6 de la tarde del dia de mañana las Cámaras, reunidas en la Sala del Senado con el ▼Vice-Presidente de la República i demás autoridades nacionales, asistirán a la iglesia Catedral donde se cantará un solemne Tedeum; colocándose el Vice-Presidente de la República entre los dos Presidentes; los diputados en lo; asientos colaterales mas inmediatos, i las demás autoridades en seguida por su órden. Art. 2.º Concluido el acto anterior, las Cámaras volverán a la Sala del Senado acompañadas del Vice-Presidente de la República quien, tomando el lugar que designa el artículo precedente, cerrará las sesiones, previa la aprobación de la acta que se redactará sobre tabla. Art. 3.º Inmediatamente el Poder Ejecutivo se retirará de la Sala con las corporaciones que le acompañan. Art. 4.º El Gobierno determinará lo conveniente a la mayor solemnidad de este acto. Art. 5.º Comuniqúese a quienes corresponde. —Santiago, Enero 30 de 1829. —Es copia. —Diego Arriaran, Pro-Secretario. Núm. 663 editar▼La ▼Cámara de Diputados ha acordado en sesión de este dia lo siguiente: "Artículo primero. Ausíliese por Tesorería a los señores Diputados de fuera de la capital con el viático que señalaba el antiguo reglamento de elecciones. Art. 2.º Comuníquese a quienes corresponda." El Presidente de la Cámara de Diputados le reitera a el de la de Senadores las protestas de adhesión i aprecio. —Cámara de Diputados. —Enero 30 de 1829. —▼FERNANDO A. ELIZALDE. —▼ Ignacio Molina, Diputado-Secretario. Núm. 664 editar▼El ▼Congreso Jeneral ha tomado en consideración la nota del Poder Ejecutivo, de veintidós del corriente, con que acompaña la propuesta de don José Joaquin Larrain pidiendo la posesion de las islas de Juan Fernández i ha resuelto lo siguiente: "Artículo primero. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que apruebe, en los términos que crea convenientes, la propuesta que ha hecho el ▼ciudadano don José Joaquín Larrain sobre la isla de Juan Fernández." El Presidente del Senado, en donde ha tenido su oríjen, tiene la honra de comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República, etc. —Enero 30. —Al Exmo. señor Vice Presidente de la República. Núm. 665 editar▼El ▼Congreso Jeneral, a mocion de uno de sus miembros, ha concedido a don José Joaquin de Mora, la gracia de ciudadano de Chile. El Presidente del Senado, en donde ha tenido su oríjen, tiene la honra de comunicarlo al Exmo. señor Vice-Presidente de la República i reiterarle las consideraciones de su aprecio i afecto. —Enero 30. —Al Exmo. señor ▼Vice-Presidente de la República |