Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de enero de 1829

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de enero de 1829
CÁMARA DE SENADORES
SESION 80.ª, EN 17 DE ENERO DE 1829
PRESIDENCIA DE DON MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente.— Cuenta. —Proyecto de lei que regla la su- cesión de la Presidencia de la República. —Id. de juicios ejecutivos hipotecarios. —Indicación del señor Calderon.—Órden de tabla.— Acta.— Anexo.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que la Cámara de Diputados remite aprobado un proyecto de lei que regla la sucesión de la Presidencia de la República. (Anexo núm. 630. V. sesion del 13 de Febrero de 1827.)
  2. De una fórmula, propuesta por la Comision de Justicia, para reemplazar el artículo 9 del proyecto de lei que rugía los Juicios ejecutivos por deudas hipotecarias. (V. sesion del 16.)
  3. De un artículo adicional al proyecto de juicios ejecutivos propuesto por el señor Vial del Rio. (V. sesión del 16.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno dictamine sobre el proyecto de lei que regla la sucesión del mando supremo.
  2. Aprobar, en la forma que en el acta consta, el artículo 9.º del proyecto de lei que regla los juicios ejecutivos por deudas hipotecarias; dejar pendiente la resolución del artículo 14 i pedir dictámen a la Comision de Lejislacion sobre el artículo adicional propuesto por el señor Vial. (V. sesion del 19.)
  3. No dar preferencia a la mocion del señor Calderón, relativa a la inhabilidad de los actuales miembros del Congreso para obtener ciertos cargos, i discutir sucesivamente el proyecto relativo al nombramiento de la Comision Permanente (V. sesiones del 16 i el 19), el plan de sueldos (V. sesiones del 14 i el 20) i el proyecto de lei que regla la sucesion del mando supremo.

ACTA editar

Se abrió con los señores Calderon, Fernández, González, Gormaz, I.ira, Novoa, Prado, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña.

Faltaron con licencia los señores Albano, Guerrero i Marin. Se aprobó el acta de la sesión anterior.

Se dió cuenta de una nota de la Cámara de Diputados, comunicando haber sancionado un artículo sobre la sucesión a la Presidencia de la República. Se mandó a la Comision de Gobierno.

En seguida, de la nueva redacción que la Comision dió al artículo 9.º del proyecto de lei sobre juicios ejecutivos por deudas hipotecadas, la cual se puso en discusión, no habiendo otro asunto de que dar cuenta, i fué sancionado en los términos siguientes:

Art. 9º. En la sustanciacion de estos juicios, solo podrá en primera instancia recusarse un juez sin espresion de causa; mas nunca admitirse apelación, súplica ni otra demanda interlocutoria que las enunciadas en esta lei."

Se procedió despues a la del 14, pendiente de la sesión anterior. Puesto en votacion i habiendo resultado empate, se dejó conforme al reglamento para otra discusión.

El señor Vial presentó un artículo adicional a este proyecto. Se mandó a la Comision de Lejislacion.

En segunda hora, hizo indicación el señor Vial para que se suspendiese la sesión con respecto de lo avanzada de la hora, i otra del señor Calderón para que se considere inmediatamente su mocion, sobre que no pueda el Congreso elejir para algún empleo ninguno de sus miembros, por su urjencia e importancia. Discutida ésta suficientemente i puesta en votacion, resultó que no debia preferirse.

Se consideró despues cuál de estas tres proposiciones debería preferirse, si la relativa a la Comision Permanente, sueldos, o sucesión a la Presidencia, i puestas en votacion resultó que debia ser la de la Comision Permanente, declarándose que las otras dos se considerarían sucesivamente.

Siendo la hora avanzada, se levantó a sesión —Manuel Antonio González.

ANEXO editar

Núm. 630 editar

La Cámara de Diputados, en sesión de hoi, ha tomado en consideración la adjunta comunicación del Poder Ejecutivo, i ha acordado lo siguiente:

"Si en el tiempo que falta a la elección constitucional de Presidente de la República, enfermase o muriese el actual Vice-Presidente, le subrogará un Consejo de Gobierno compuesto de los Ministros de Estado."

El que suscribe saluda a la Cámara de Senadores con las consideraciones de su mayor aprecio. —Cámara de Diputados, Enero 16 de 1829. —F. A. ELIZALDE. — Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —A la Cámara de Senadores.