Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Diputados, en 28 de enero de 1829

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 28 de enero de 1829
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 84, EN 28 DE ENERO DE 1829
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO A. ELIZALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Donacion de una casa a la viuda de don Bernardo de Vera. —Mocion relativa a la clausura del Congreso. —Acta.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Hacer merced de una casa a la viuda de don Bernardo de Vera. (V. sesiones del 27 i el 29.)
  2. Aprobar en la forma que en el acta consta los artículos 1.º i 2.º del proyecto del señor Elizalde sobre clausura del Congreso i encargar a la Comision de Policía Interior que redacte de nuevo el 3º (V. sesiones del 23, el 29 del 30.)

ACTA editar

SESION DEL 28 DE ENERO

Asistieron los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Bilbao, Campino, Castillo, Concha, Collao, Cortés, Elizalde, Escanilla, González, Larrain, Marin, Molina, Muñoz, Navarro, Orgera, Reyes, Sotomayor, Ureta, Valdés i Villar. Faltaron con licencia los señores Barros, Echeverría, Gana, Novoa, Orihuela, Palacios, Urízar i Valdivieso.

Se aprobó el acta de la sesion anterior.

El señor Argomedo hizo indicacion a efecto de que se considerase con preferencia la mocion del señor Larrain relativa a que se dé a la viuda del doctor Vera la casa que actualmente ocupa; para lo que se corrió votacion, de la que resultó deberse considerar. Púsose en seguida en discusion jeneral, i despues de un lijero debate i declarada bastantemente discutida, se pasaron a considerar sus artículos, los que fueron aprobados de la manera siguiente:

"Artículo primero. Se hace gracia a la viuda del doctor don Bernardo Vera, dándole durante los dias de su vida la casa que actualmente ocupa, perteneciente a propiedades de regulares; i despues de su fallecimiento pasará a los hijos lejítimos del antedicho doctor en absoluta propiedad i dominio, sin que el Fisco se agrave con las pensiones que esta casa tenga.

Art. 2.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su mas exacto cumplimiento."

A consecuencia de esta sanción se mandó inmediatamente comunicar al Senado.

En seguida púsose en discusion jeneral el proyecto del señor Elizalde relativo a la disolución del Congreso; i despues de un lijero debate, se pasó a considerar el artículo 1.º, que, puesto en votacion, fué aprobado, de la misma manera el segundo, ambos del tenor siguiente:

"Artículo primero. El Vice-Presidente de la República cerrará en sesion pública los trabajos del Congreso Constituyente el dia 31 de Enero.

Art. 2.º Se reunirán las Cámaras en el local que ocupa hoi la de Senadores.

Luego se pasó a considerar el tercero; pero, habiéndose hecho en el curso del debate varias indicaciones, puesto en votacion, resultó la mayoría contra él, i en consecuencia se mandó a la Comision respectiva para que lo redactase de nuevo, i se levantó la sesión. —ELIZALDE.