Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Diputados, en 26 de setiembre de 1829

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 26 de setiembre de 1829
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 12, EN 26 DE SETIEMBRE DE 1829
PRESIDENCIA DE DON MELCHOR DE SANTIAGO CONCHA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion de dos actas. —Cuenta. —Comunicaciones del Senado sobre el Reglamento de Comercio, sobre nombramiento de un Senador para la Caja de Amortizacion i sobre contestacion del Mensaje. —Informes sobre el estado de la Caja de Amortizacion, sobre supresion del impuesto de alcabalas, sobre la solicitud de la Asamblea de Santiago i sobre la de doña Mercedes Squella. —Mocion relativa a facultar a los Cabildos para establecer derechos de caminos. —Informes sobre el proyecto de divisas i sobre la acusacion de El Sufragante. —Mocion sobre provision de beneficios eclesiásticos. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Senado comunica a esta Cámara haber prevenido en el conocimiento del Reglamento de Comercio. (Anexo núm. 177. V. sesion del 22.)
  2. De otro oficio en que la misma Cámara comunica haber resuelto proceder a nombrar el Senador que ha de formar parte de la Caja de Amortizacion i propone a esta Cámara que por su parte elija el Diputado que ha de hacer de Vice-Presidente. (Anexo núm. 178.)
  3. De otro oficio en que el mismo Cuerpo propone que se acuerde contestar el Mensaje del Presidente de la República. (Anexo núm. 179.)
  4. De una mocion de don Melchor de Santiago Concha, quien propone autorizar a los cabildos para establecer derechos de caminos. (Anexo núm. 180. V.C. de SS. en 21 de Setiembre corriente.)
  5. De un informe de la Comision de Hacienda sobre los boletines de las operaciones del Crédito Público; la Comision los encuentra en regla (Anexo núm. 181. V. sesion del 22.)
  6. De otro informe de la misma Comision sobre la mocion relativa a la supresion de las alcabalas; la Comisión propone que se postergue la deliberacion de este asunto hasta que se discuta la lei jeneral de Hacienda. (Anexo núm. 182. V sesiones del 9 de Setiembre i 22 de Octubre de 1829.)
  7. De otro informe de la misma Comision sobre la representación de la Asamblea de Santiago en demanda de que el Fisco tome a su cargo la deuda de dicha Asamblea. (Anexo núm. 183 V. sesiones del 11 de Setiembre i 29 de Octubre de 1829.)
  8. De otro informe de la misma Comision sobre la solicitud de montepío entablada por doña Mercedes Squella; la Comision opina que no se dé lugar a la solicitud. (Anexo núm. 184. V. sesiones del 22 de Setiembre i 29 de Octubre de 1829'.)
  9. De otro informe de la Comision Militar sobre el proyecto de lei que fija las divisas; la Comision propone que se postergue su deliberacion, aprobándose solamente los artículos que indica. (Anexo núm. 185. V. sesion del 22.)
  10. De otro informe de la misma Comision sobre la mocion del señor Pérez de Arce relativa a que se continúen las pensiones i premios que daba el gobierno del rei ántes de 1810; la Comision propone la aprobacion. (Anexo núm. 186. V. sesiones del 24 de Setiembre i 3 de Noviembre de 1829.)
  11. De un informe de las Comisiones de Gobierno i Justicia i otro de varios de sus individuos disidentes sobre la acusacion de El Sufragante. (Anexos núms. 187 i 188. V. sesion precedente.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre la comunicación del Senado relativa al Reglamento de Aduanas, que pase a la Comision de Comercio (V. sesion del 27 de Octubre de 1829.)
  2. Archivar el oficio del mismo Cuerpo sobre nombramiento de un Diputado para la Caja de Amortización. (V. sesion del 27.)
  3. Que la Comision de Lejislacion dictamine sobre la contestación al Mensaje del Presidente de la República. (V. sesion del 12 de Febrero de 1830.)
  4. Poner en tabla los informes de las Comisiones de que mas arriba se da cuenta.
  5. Que la Comision de Lejislacion informe sobre el proyecto de lei que autoriza a los cabildos para imponer derechos de caminos.
  6. Aprobar el informe de las comisiones de Gobierno i Justicia sobre la mocion relativa a la acusación de El Sufragante.
  7. Despues de una larga discusion, dejar pendiente la de la mocion del señor Maturana relativa a la provisión de beneficios eclesiásticos, (V. sesion del 24.)

ACTA editar

SESION DEL 26 DE SETIEMBRE

Asistieron los señores Aldea, Argomedo (don Tomas), Argomedo (don Antonio), Arce, Barros, Bilbao, Calderon, Concha, Chacon, Claro, Collao, Correa, Cortés, Fernández Rio, Fernandez Recio, Fernández Díaz, Fierro, Fuentes, García, González, Hurtado, Larrain (don Nicolas), Lira, Marin, Meneses (don Juan Francisco), Meneses (don José Gregorio), Mujica, Muñoz (don Justo), Maturana, Mena, Novoa, Osorio (don Bernardo), Osorio (don Francisco), Pérez Valenzuela, Pérez Arce, Rozas, Sánchez, Tollo, Viel i Vicuña.

Se leyeron las actas de las sesiones ordinarias del 24 i estraordinaria del 25, i fueron aprobadas.

Se dió cuenta de tres comunicaciones de la Camarade Senadores. La primera, en que anunciaba estar considerando el proyecto de Reglamento de Comercio, se mandó a la Comision de este nombre; la segunda, en que avisaba haber elejido el Senador que debe componer parte de la Caja de Amortizacion, se mandó archivar; i la tercera, en que trascribía un acuerdo del Senado sobre que se conteste el Mensaje del Jefe Supremo de la República, se pasó a la Comision de Lejislacion.

Leyéronse los informes de la Comision de Hacienda en la nota del señor Lira sobre el estado de la Caja de Amortizacion, en la mocion de los señores Concha i Larrain sobre supresion del impuesto de alcabalas, en la solicitud de la Asamblea de Santiago, i en la de doña Mercedes Squella, i todas quedaron en tabla.

Se dió cuenta de una mocion del señor Concha sobre que se autorizase a los Cabildos para eslablecer derechos en stfs respectivos distritos con el objeto de mejorar los caminos públicos.

Se mandó a la Comision de Lejislacion.

Se leyeron los informes de la Comision Militar en el proyecto del Gobierno sobre divisas i en la mocion del señor Pérez Arce, i ambos quedaron en tabla.

Se leyó por último el dictámen de las comisiones de Gobierno i Justicia reunidas sobre el nuevo proyecto presentado por el señor Fernández Díaz contra el periódico titulado Sufrante, i se puso inmediatamente en discusion. Despues de un lijero debate se fijó esta proposicion; "¿En pró o en contra del dictámen?" i resultó aprobada por veintiún sufrajios contra diezinueve, quedando por consiguiente desechado el proyecto del señor Fernández con arreglo al dicho dictámen.

Se tomó luego en consideracion el informe de la Comision Eclesiástica en la mocion del señor Maturana sobre provision de beneficios eclesiásticos; i despues de un considerable debate, se levantó la sesion a las dos de la tarde sin resolver cosa alguna sobre este negocio. —CONCHA.


ANEXOS editar

Núm. 177 editar

La Cámara de Senadores ha recibido una comunicacion del Poder Ejecutivo con la que acompaña un proyecto de Reglamento de Comercio, para que se tome en consideracion por el Congreso; i a fin de que no se hallen embarazadas las Cámaras en sus tareas, ha acordado se comunique a la de Diputados haberse tomado en ésta la iniciativa sobre este asunto.

El abajo firmado repite al señor Presidente a quien se dirije, los afectuosos sentimientos de su alto aprecio. —Cámara de Senadores. Valparaíso, Setiembre 25 de 1829. —Manuel Gormaz. —J. Domingo de Amunátegui, Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 178 editar

La Cámara de Senadores ha resuelto proceder al nombramiento del Senador que debe presidir i componer la administracion de la Caja de Amortizacion; i que se oficie a la de Diputados para que por su parte elija al individuo de su seno que debe funcionar en aquella oficina como Vice-Presidente.

El abajo firmado reitera al señor Presidente a quien se dirije, las consideraciones de su mayor aprecio. —Cámara de Senadores. Valparaíso, Setiembre 25 de 1829. —Manuel Gormaz. —J. Domingo de Amunátegui, Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 179 editar

La Cámara de Senadores ha acordado el siguiente proyecto:

"Artículo primero. Contéstese el mensaje punto por punto en nombre del Presidente de cada sección del Cuerpo Lejislativo.

Art. 2.º Hágase en esta contestacion una mención honrosa de S.E. el Presidente de la República, jeneral don Francisco Antonio Pinto."

El abajo suscrito saluda con este motivo al señor Presidente de la Cámara de Diputados con los sentimientos de su mayor consideracion. —Cámara de Senadores. Valparaíso, Setiembre 25 de 1829. —Manuel Gormaz . —J. Domingo de Amunátegui, Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 180 editar

La construccion i reparacion de caminos públicos es atribucion de los Cabildos; mas no llegará el caso de que pongan la mano en objeto tan interesante si la Representacion Nacional no provee de fondos que puedan sufragar a los costos necesarios. Por tanto, es preciso designar algunos, i como éstos no pueden encontrarse en el Erario Público, cuyas rentas sufragan a los gastos administrativos de la República con escasez, de ahí es que deben buscarse en el establecimiento de derechos como los que se cobran en el camino de Valparaíso, siendo ése el medio adoptado en todas las Naciones, i el único que puede sufragar a objeto tan vasto. En consecuencia, propongo el siguiente proyecto de leí:

Artículo primero. Se autoriza a los Cabildos para establecer derechos en los caminos públicos de sus respectivos distritos, que creyeren conveniente.

Art. 2.º Esos derechos no serán en caso alguno mayores que los que se cobran en el camino de Valparaíso.

Art. 3.º Las Asambleas no abonarán en las cuentas de los Cabildos inversion alguna de fondos de esta clase hecha en otro objeto que el de reparacion o construccion de caminos i puentes.

Art. 4.º Los caminos vecinales serán construidos i reparados por los interesados en él, debiendo erogar cada uno los gastos de la parte que corresponde a su fundo.

Art. 5.º Cuando algun vecino se negare a la composicion de su pertenencia lo hará la policía i pagará el recurrente los gastos de que se le hiciere cargo.

Art. 6.º Comuniqúese, etc. —Valparaíso, Setiembre 26 de 1829. —M. de Santiago Concha .


Núm. 181 editar

SS. RR. editar

La Comision de Hacienda ha visto los Boletines que demuestran las operaciones del Crédito Público i los encuentra arreglados a lei: resta solo que se proceda a la eleccion del Diputado que debe componer aquella administración. —Valparaíso, Setiembre 24 de 1829. —Novoa . —Rozas. —Collao. —Vicuña.


Núm. 182 editar

SS. RR.

La Comisión de Hacienda, en la presente mocion, es de sentir que debe reservarse para cuando el Congreso dicte la lei jeneral de Hacienda, en donde deben subrogarse los ingresos i egresos de estos ramos que en ésta no se arbitran. —Sala de Sesiones, Setiembre 24 de 1829. —Collao. —Novoa. —Rozas. —Vicuña.


Núm. 183 editar

SS. RR. editar

La Comision de Hacienda, enterada del contenido de la solicitud de la Asamblea de esta provincia, opina que, siendo estos gastos puramente provinciales, deben salir de sus respectivas cajas; mas considerando que éstas por ahora carecen de fondos, se puede ordenar la entrega de los 980 pesos por la Tesorería Jeneral con cargo de reintegro dando cuenta a quien corresponda de su inversion. —Sala de Sesiones, Setiembre 24 de 1829. —Collao. —Rozas. —Novoa. —Vicuña.


Núm. 184 editar

SS. RR. editar

La Comision de Hacienda, impuesta de la solicitud de doña Mercedes Squella para ser agraciada con la pension de montepío militar por viuda del capitan de ejército don Alejo Oyangúren, opina: que faltando un año i un mes para el completo de los diez que designa la lei que deben haber prestado de servicios, no está en el caso de ser incorporada a este establecimiento a pesar que el tiempo que ha justificado, es una cadena de sacrificios en obsequio de la independencia del país. —Sala de Sesiones, Setiembre 24 de 1829. —Rozas. —Collao. —Novoa . —Vicuña.


Núm. 185 editar

La Comision Militar, habiendo examinado detenidamente los dos adjuntos proyectos de lei, ha reconocido en ellos variaciones de utilidad; pero considerando que aun el ejército permanente no ha recibido una organizacion estable i que esta disposicion debe preceder otra cualquiera, opina la Comision que por ahora quede suspensa la discusion en jeneral de los proyectos presentados. Que respecto al artículo 6.º del proyecto número 2, lo cree inadmisible, debiendo conservarse la misma bandera que ofrece a la nación i al mundo entero recuerdos históricos diputados de aquellas memorables victorias que afianzaron nuestra independencia; que sin embargo, siendo preciso determinar la diferencia que ha de existir entre la bandera que enarbolan las autoridades nacionales i la que deberán usar los particulares, presenta la Comision a la Sala el proyecto de decreto siguiente:

Artículo primero. Suspéndase por ahora la discusión en jeneral de los dos proyectos presentados.

Art. 2.º Agréguense las armas de la República en el medio del pendón nacional.

Art. 3.º Apruébase en todas sus partes el artículo 7.º del proyecto de lei número 2.

Art. 4.º Los buques mercantes i casas particulares que hicieren uso de la bandera, lo harán sin las armas de la República.

Art. 5.º Solo los embajadores, cónsules i empleados diplomáticos de naciones estranjeras podrán enarbolar otras banderas que la nacional en todo el territorio de la República.

Art. 6.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo. —Valparaíso i Setiembre 24 de 1829. —Calderon. —Viel. —Sánchez.


Núm. 186 editar

La Comision Militar considera justo el proyecto de lei que antecede, creyendo que el artículo 1.º debe redactarse en los términos siguientes:

Artículo primero. Continúense desde esta fecha las pensiones o premios que el Gobierno español concedió a los militares i empleados retirados del servicio ántes de la revolucion, i que no hayan obrado directamente contra la independencia de la República desde el 18 de Setiembre de 1810.

Art. 2.º Los comprendidos en el artículo precedente acreditarán su accion legalmente ante las autoridades respectivas. —Valparaíso i Setiembre 24 de 1829. —Calderón. —Viel. —Sánchez.


Núm. 187 editar

Los individuos de la Comision que suscriben, teniendo presente la indicacion de la vuelta, opinan: que estando sancionado por la Sala que el proyecto sobre lo principal se desechase; que no corresponde al Congreso el conocimiento sobre abusos de la prensa sino a los tribunales terminantemente establecidos por la Constitucion i las leyes, debe correr la espresada indicacion el mismo órden; en consecuencia, opinan que debe desecharse. —Valparaíso, Setiembre 26 de 1829. —Lira. —Meneses. —Correa de Saa. —Novoa.


Núm. 188 editar

Los individuos de las Comisiones informantes que suscriben, reservándose esponer a la Sala en la discusión les fundamentos de su dictámen, creen que el artículo de la mocion presentada debe redactarse en estos términos:

Pásese al Poder Ejecutivo el número 6 del periódico titulado El Sufragante, para que, conteniendo provocaciones sediciosas, delibere lo que corresponda conforme a la leí. —Fecha ut sufra. —Tollo . —J. A. Argomedo . —Fernández Recio.