Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 28 de abril de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 28 de abril de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 31ª, EN 23 DE ABRIL DE 1828
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL INFANTE


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. -Cuenta. —Gastos de la Asamblea de Aconcagua. —Inasistencia anteror del señor Albano. —Peticion del taquígrafo señor Carmona. —Proyecto relativo a la eleccion de Diputados i a la irrenunciabilidad del cargo. -Dictamen sobre la provision de vacantes. —Id. sobre la solicitud del taquígrafo. —Pena a los Diputados inasistentes. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. el Vice-Presidente de la República comunica haber recibido aquél por el cual se le manda presentar ciertos estados de todos los ramos de la administracion pública, i haber ordenado que se proceda inmediatamente a formaslos. (Anexo núm. 543. V. sesion del 23.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica que queda impuesto de la renovacion de la mesa del Congreso. (Anexo núm. 544. V. sesiones del 23 de Abril i 28 de Mayo de 1828.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber impartido las órdenes convenientes para atender al buen servicio del Congreso en Valparaiso. (Anexo núm. 545. V. sesion del 23.)
  4. De un dictámen de la comision eclesiástica sobre la representacion hecha por el cabildo eclesiástico en demanda de que se autorice al Gobierno para proveer ciertas vacantes; la comision propone que se acceda a lo pedido por el venerable cabildo.(Anexo núm. 546. V. sesion del 23.)
  5. De una solicitud del taquígrafo don Manuel Carmona, quien pide se asigne a él i a su amanuense, sobre tabla los sueldos que respectivamente han de gozar. (Anexo núm. 547. V. sesion del 21.)
  6. De un dictámen de la comision de policía, sobre la solicitud que inmediatamente precede; la comision propone los sueldos que a su juicio se han de asignar al taquígrafo, al redactor i a los amanuentes. (Anexo núm. 548. V. sesion del 21.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Dejar en tabla para despues que se resuelva la mocion del señor Pradel, la re presentacion de la Asamblea de Aconcagua en demanda de recursos para sufragar sus gastos. (V. sesiones del 25 de Abril i 9 de Junio i C. de DD. en 5 de Noviembre de 1828.)
  2. Dejar constancia en el acta de que el señor Albano no ha concurrido a las sesiones anteriores por graves motivos. (V. sesion del 2 de Mayo de 1828.)
  3. Sobre la peticion del taquígrafo don Manuel Carmona, que la comision de policía informe.
  4. Que dentro del término de un mes elijan sus Diputados los pueblos que no los tengan. (V. sesiones del 25 de Abril i 2 bis de Junio de 1828.)
  5. Declarar irrenunciable, si no es por causa de enfermedad, el cargo de Diputado. (V. sesiones del 23 de Agosto de 1826 i 28 de Junio de 1828.)
  6. Dejar en tabla el dictámen relativo a la provision de vacantes i discutirlo ántes de que el Congreso se traslade a Valparaiso. (V. sesion del 29.)
  7. Tomar preferentemente en consideracion el dictámen relativo a la solicitud del taquígrafo. (V. sesion del 29.)
  8. Suspender por dos años el derecho de ciudadanía a aquellos Diputados que no quieran asistir, sin embargo de no habérseles aceptado la renuncia, i a aquellos que no se incorporen no obstante haber sido citados. (V. sesiones del 25 i el 29.)

ACTA editar

Se abrió con los señores: Albano, Aráos, Barros, Bilbao, Calderon, Concha, Campino, Fernández, Guerrero, González don Juan Antonio, Infante, Larrain, Magallánes, Molina, Marin, Navarro, Novoa don José María, Tagle, Vicuña, Ureta, Urízar.

Llegó despues de la lectura de la acta el señor Pradel.

Faltaron con licencia los señores Elizondo, Elizalde, Palacios, Valdés, Novoa don Manuel, Castillo, González don Vicente. Sin ella el Señor Collao.

Aprobada la acta de la sesion anterior, pidió el señor Orjera, que siendo tan sencillo el asunto de Aconcagua relativo a las cuentas de la Asamblea, se contrajese a él la Sala i lo resolviese: se acordó que se pusiese en tabla para despues de la mocion del señor Pradel.

El señor Albano hizo relacion de los poderosos motivos que habia tenido para no asistir a las sesiones anteriores: se resolvió se indicase así en la acta.

Se dió cuenta en seguida de un proyecto de la comision de poderes; otro de la de Constitucion i una peticion del taquígrafo: se mandó esta última a la comision de policía para que presentase su dictámen en la próxima sesion.

Se puso a discusion, con arreglo a lo acordado, el de la comision de poderes i se sancionaron en primera hora los artículos siguientes: 1.º, dentro del preciso término de un mes verificarán las elecciones de Diputados los pueblos que hasta esta fecha no lo hayan hecho; 2º, el cargo de Diputado no es renunciable por otra causa que la de enfermedad que imposibilite para ejercerlo, acreditándolo de un modo legal.

En seguida se leyeron tres notas del Poder Ejecutivo: una contestando a la que se le dirijió pidiéndole los estados; otra dándose por instruido de la eleccion de Presidente i Vice Presidente de la Sala, i la otra anunciando que ya habia dado las órdenes convenientes para que se preparase en Valparaiso todo lo necesario. Se mandaron archivar.

Se dió cuenta en seguida del dictámen de la comision eclesiástica i quedó este asunto en tabla para su órden.

El señor Novoa espuso que el Congreso ántes de irse a Valparaiso debia considerar este asunto, en razon de que teniendo que marchar a aquel punto tres canónigos, quedaría el culto desamparado, i se resolvió se tendría presente esta circunstancia.

La comision de policía presentó su dictámen sobre la solicitud del taquígrafo i quedó acordado se tomaria preferentemente en consideracion.

Continuó, por último, la discusion sobre el resto del proyecto de la comision de poderes i consultada la Sala sobre si estaba o nó suficientemente discutido su tercer artículo, se acordó que se dividiese i votase por partes; en su consecuencia se fijaron las siguientes proposiciones que fueron sancionadas: 1.ª, queda impuesta la pena de suspension de derecho de ciudadanía por el término de dos años al Diputado que no quiera asistir, no obstante no habérsele admitido la renuncia que haya interpuesto; 2.ª, se impone la misma pena a los Diputados que no concurran a incorporarse siendo requeridos por la Sala tres veces. El señor Calderon, respecto a esta proposicion, salvó su voto; 3.ª, quedan sujetos a la misma pena los Diputados que incorporados se nieguen a la asistencia despues de tres requerimientos.

El señor Magallánes que votó por la afirmativa sobre esta última parte, retractó su voto esponiendo que lo habia hecho equivocadamente. Se levantó la sesion, quedando en tabla los asuntos siguientes. —Bruno Larrain.


ANEXOS editar

Núm. 543 editar

Habiendo recibido el Gobierno la apreciable nota de V. E., de 24 del corriente, en que le trascribe la resolucion del Congreso Nacional por la cual se le previene pasar tres estados bien circunstanciados, comprensivos de todos los ramos que componen la administracion de la República; ha dispuesto se proceda inmediatamente a su formacion, a fin de poderlos elevar a la consideracion de la Sala tan luego como lo permitan las dificultades que indudablemente se opondrán a una operacion sumamente vasta i complicada. —Dios guarde a V. E. —Santiago, 26 de Abril de 1828. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodríguez. —Al Presidente del Congreso Nacional.



Núm. 544 editar

La honorable comunicacion de V. E., fecha de ayer, ha instruido al Gobierno de la eleccion de Presidente i Vice-Presidente de la Sala, que hizo el Congreso Nacional en la sesion del mismo dia, en las personas de los representantes don José Miguel Infante i don Joaquin Prieto. —Dios guarde a V. E. —Santiago, 26 de Abril de 1828. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodriguez. —Al Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 545 editar

El Gobierno ha dado las órdenes convenientes para la preparacion del local i demas necesario al buen servicio de la Representacion Nacional en el puerto de Valparaiso, adonde a dispuesto trasladarse por la sancion que V. E. trascribe en su respetable comunicacion de 24 del corriente. -Dios guarde a V. E. —Santiago, 26 de Abril de 1828. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodríguez. —Al Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 546 editar

La comision eclesiástica al dar su opinion sobre la presente solicitud no solo ha tenido a la vista las razones que la fundan, sino que igualmente la lei de atribuciones del pasado Congreso fecha de 21 de Febrero de 827 que dá marjen a este recurso: por manera que no es la lei de atribuciones, como dice el cabildo eclesiástico en su representacion, la que coarta en la materia al Ejecutivo, sino un decreto especial i separado que con fecha posterior se ha acordado al efecto; mas de cualesquiera forma que se quiera considerar la presente cuestion, se hallará que el mismo Congreso que tomó aquella medida en esas circunstancias, seria variarlas en las presentes, porque reducido hoi el coro a solo tres individuos i el cabildo eclesiástico a solo tres capitulares, se verá que no se pueden llenar los divinos oficios ni formar resolucion en los asuntos eclesiásticos de su pertenencia.

En esta virtud, la comision propone al Congreso Nacional el siguiente proyecto de decreto:

Artículo único. —Autorízase al Ejecutivo para que obre en la materia segun la solicitud del cabildo eclesiástico, respecto a la canonjía majistral. Trascríbase, etc., etc. —Julian Navarro. —Blas de Reyes. —Casimiro Albano.



Núm. 547 editar

Soberano Señor:

El infrascrito ciudadano que tiene la honra de consagrar a V. S. su corto servicio en el destino que actualmente ejerce, con la debida sumision i respeto hace presente:

Que en el período de dos meses que estoi sirviendo a V. S., aun ignoro el sueldo correspondiente a mi fatigoso trabajo, con cuyo motivo i atendiendo que está cercano el tiempo señalado para la partida a ese lugar que V. S. ha tenido a bien acordar, como igualmente reparando el preciso gasto i otras prevenciones indispensables para ese trasporte. Necesito primeramente que V. S. se digne declararme sobre tabla la asignacion mensual que dejio obtener para que, en su conformidad, me pueda resolver a la pesada tarea que hasta aquí tengo emprendida, i por consiguiente que se me pague por la tesorería lo adeudado hasta la fecha.

El estado de mi necesidad i el contínuo trabajo que yo tengo, me hace estar persuadido que no seré indigno de la atención de V. S. En primer lugar es bastante notoria mi situacion. . . Soi un jóven sin padres i sin patrimonio alguno i que solo me mantengo de lo que me sujiere mi incesante trabajo. Pero sería molestar la consideracion de V. S. demostrando el actual estado de mi situacion, i me bastará lo que llevo espuesto. Por todos estos principios, como por hallarme esclusivamente contraido en el servicio de V. S., se ha de servir resolver el sueldo i que se me pague lo atrasado.

De este modo subvendré a las necesidades i créditos contraidos durante el tiempo que no he tenido mas que lo que esperaba de mi empleo.

Sírvase igualmente la alta bondad de V. S. disculpar estas especificaciones que he creido, no embargante mi respeto, aducirlas aunque de paso para que V. S. esté íntimamente penetrada de mi orfandad i justicia. Esta principal razon me ha impelido a ponerme bajo las consideraciones de V. S. S. para que como padres de la patria me presten la proteccion que mi aplicacion i juventud necesita, no olvidando en lo sucesivo este acto de beneficencia.

En el mismo caso se halla el amanuense que me está acompañando. Por lo que V. S. se ha de servir declararlo portal i el sueldo que estime conveniente. Por tanto:

Suplico a la Representacion Nacional se sirva resolver como llevo pedido. Es gracia que imploro. —Manuel Carmona. —Al Congreso Constituyente.


Núm. 548 editar

La comision de policía, vista esta solicitud, opina que al taquígrafo i redactor se les asigne la cantidad de 100 (?) pesos, desde que principiaron a servir; que al primero se le deje a su arbitrio la eleccion del escribiente que debe ayudarle, con el sueldo de 400 pesos anuales, i que deberá correrle desde la fecha, i que al segundo se le dé un escribiente con el mismo sueldo que será el suplente respectivo. —José Miguel Infante. —Joaquin Prieto. —B. Larrain. —F. Fernández.