Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 25 de julio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE SESION 89.ª, EN 25 DE JULIO DE 1828 PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación de las actas de las dos sesiones precedentes. —Cuenta. —Estado del órden público. —Nombramiento de don Francisco Ruiz Tagle para Ministro de Hacienda i llamamiento de su suplente. —Artículos 115 a 118 del proyecto de Constitución. —Tabla. —Acta. —Anexos. CUENTAeditarSe da cuenta:
ACUERDOSeditarSe acuerda:
ACTAeditarSe abrió con los señores Albano, Argüelles, Argomedo, Aráos, Bilbao, Calderón, Castillo, Campino, Collao, Cortes, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Molina, Marin don Ventura, Novoa don Manuel, Orjera, Orihuela, Palacios, Prado, Prieto, Recabárren, Reyes, Rámos, Sánchez, Sotomayor, Valdes, Vial del Rio, Vicuña i Urízar. Faltaron con licencia los señores Novoa don José María, Urízar, Marín, Muñoz, Navarro, Gana, González, Concha i Bárros. Llegó despues, sin embargo, el señor Navarro, Se aprobó el acta de la sesión ordinaria e igualmente la de la estraordinaria. Se leyeron en seguida dos notas del Poder Ejecutivo: una dando cuenta de la tranquilidad en que se hallaba la capital i esponiendo que quedaba esperando la aprobación del indulto que tenia concedido; i la otra pidiendo que se le autorizase para decretar el nombramiento de Ministro de Estado en el departamento de Hacienda, en la persona del Diputado don Francisco Ruiz Tagle; se acordó se contestase a la primera que en la sesión anterior la Sala habia resuelto lo conveniente: i sobre la segunda, despues de algunas lijeras observaciones, se resolvió que el Gobierno quedaba autorizado para decretar el nombramiento i que se llamase al suplente. Se contrajo la Sala a la órden del dia, i leídos los artículos 115 i 116, parte 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª i 6.ª de este último, quedaron aprobados en los términos siguientes, habiendo salvado su voto el señor Orihuela en la votacion que se tomó sobre el 115: ▼DEL GOBIERNO I MUNICIPALIDADES DE LAS PROVINCIAS
▼Art. 115. En cada ciudad O villa que tenga Municipalidad habrá un Gobernador local: su nombramiento se hará a pluralidad absoluta de sufrajios por la Municipalidad, será por dos años. Art. 116. Son atribuciones del Gobernador local:
Se puso a discusión la parte 7.ª i resultó que debia reformarse; volvió, en consecuencia, a la Comision para que la redactase de nuevo con arreglo a las indicaciones. Se leyeron enseguida los artículos 117 í 118, parte 1.ª, 2.ª i 3.ª, de este último. Se aprobaron todas del modo siguiente: ▼DE LAS MUNICIPALIDADES
Art. 117. El nombramiento de las Municipalidades se hará directamente por el pueblo, conforme a la lei de elecciones. Su número no podrá pasar de 12 ni bajar de 7; su duración será por dos años. Art. 118. Son atribuciones de las Municipalidades:
Se leyó la parte 4.ª i no se alcanzó a resolver, quedando para segunda discusión. Se levantó la sesión, debiendo en la próxima continuar la discusión del proyecto. —M. NOVOA. —Bruno Larrain. ANEXOSeditarNúm. 269editar▼El ▼Vice-Presidente de la República tiene la satisfacción de participar al ▼Congreso Nacional que la capital continúa gozando la mas perfecta tranquilidad; que los cuerpos arrepentidos permanecen en sus cuarteles guardando el órden i subordinación que han protestado i que por todo no se teme ni aun remotamente trastorno alguno en adelante. El Gobierno espera la aprobación del indulto que ha implorado de la Representación Nacional, en favor de dichos cuerpos para proceder a medidas ulteriores. El Vice-Presidente de la República saluda al Congreso Nacional con las consideraciones de su alto aprecio i respeto. Santiago, Julio 23 de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional. Núm. 270editar▼El ▼Vice-Presidente de la República tiene la honra de hacer presente al ▼Congreso Nacional, que debiendo fijarse sus mas especiales atenciones en el manejo i arreglo de la Hacienda pública, i deseando llenar dignamente el vacío que ésta esperimenta en la circunstancia actual del ▼Ministerio, ha creido satisfacer del modo mas conveniente tan grave i urjente necesidad, designando para ocupar aquel puesto al diputado al Congreso, don ▼Francisco Ruiz-Tagle, cuyos conocimientos en este ramo están al nivel de su acreditado patriotismo i cuya conducta durante las últimas ocurrencias lo han hecho acreedor a la gratitud i confianza del Gobierno. El Vice-Presidente espera que el Congreso se dignará autorizarlo a decretar este nombramiento i no duda que por su medio logrará la completa organización de una parte tan esencial de las instituciones públicas. ▼El ▼Vice Presidente de la República tiene la honra de saludar al ▼Congreso Nacional con las consideraciones de su mayor respeto. —Santiago, 23 de Julio de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional. Núm. 271editar▼El ▼Congreso se ha instruido hoi de la apreciable comunicación de V. E. de 23 del presente, número 79, i ha resuelto que en contestación se diga a V. E . que en la sesión ordinaria del dia de ayer la Representación Nacional acordó lo conveniente sobre el indulto concedido a los sublevados, que V. E. le comunicó con fecha 22 i cuya comunicación fué contestada con la de 24 del que rije. El Presidente de la Sala tiene la honra de saludar a S. E. el ▼Vice-Presidente de la República con las consideraciones de su alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 25 de 1828 —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República. Núm. 272editar▼El ▼Congreso Nacional, en sesión de hoi, ha acordado que V. E . con suficiente autoridad pueda proceder a decretar el nombramiento de ▼Ministro de Estado en el Departamento de Hacienda, en la persona del ▼diputado don ▼Francisco Ruiz-Tagle, cuya facultad impetra V. E. de la Sala, por su apreciable comunicación del 23 del que rije. El Presidente de la Sala, al comunicarlo a S. F. el Vice-Presidente de la República, tiene la honra de ofrecerle las consideraciones de su mas alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 25 de 1828.— Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República. Núm. 273editar▼El ▼Congreso Nacional, en sesión de ayer, ha acordado que se oficie a V. para que a la mayor brevedad se incorpore a la Sala, en virtud de haber sido nombrado ▼Ministro de Estado en el Departamento de Hacienda el diputado don ▼Francisco Ruiz-Tagle. El secretario que suscribe, al comunicarlo a V., tiene la honra de ofrecerle las consideraciones de su mas alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 26 de 1828. —Por secretaría. —Al señor don ▼Pedro Nolasco Mena. |