Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 23 de abril de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE SESION 29.ª, EN 23 DE ABRIL DE 1828 PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MARÍA NOVOA SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Dictámenes de la comision calificadora. —Escusa del señor Vial del Rio, Diputado por Rancagua. —Recurso del doctor don José Gaspar Marin, en demanda de que se alce un decreto de destierro a Mendoza. —Razon de las entradas i salidas, del personal de empleados públicos, de los sueldos i del estado del Instituto Nacional. —Escusa del señor Renjifo, Diputado por Chiloé. —Proyecto de traslacion del Congreso. —Mocion relativa al pago de las dietas. —Tabla. —Acta. —Anexos. CUENTA editarSe da cuenta:
ACUERDOS editarSe acuerda:
ACTA editarSe abrió con los señores: Aráos, Argüelles, Barros, Bilbao, Calderon, Concha, Castillo, Elizondo, Elizalde, Fernández, González don Juan Antonio, González don Vicente, Guerrero, Infante, Larrain, Magallánes, Marin, Molina, Muñoz, Navarro, Novoa don José María, Orjera, Orihuela, Palacios, Pradel, Prado, Prieto, Réyes, Recabárren, Vicuña, Urízar, Ureta i Valdés. Faltaron con licencia i por enfermos los señores Campino i Novoa don Manuel i sin ella el señor Albano. Se aprobó la acta de la sesion anterior. Se dió cuenta del dictámen de la comision calificadora en los asuntos siguientes: 1.º, de la eleccion de cabildos de Aconcagua; 2.º, de la solicitud del cabildo i Gobernador de Quirihue; 3.º, de la del cura del mismo pueblo; 4.º, de la de los señores Lavaqui i Ureta; 5.º, de la de los relijiosos observantes de predicadores. El señor Presidente hizo indicacion para que se resolviese sobre tabla algunos asuntos por ser, en su concepto, mui fácil i sencilla su resolucion. No habiéndose aprobado, se acordó se considerase por su órden en la siguientes sesiones. Se leyó la contestacion del señor Vial del Rio, Diputado electo por Rancagua, a la nota que por secretaría se le dirijió para su incorporacion. Se mandó a la comision de poderes. Se leyó tambien despues una representacion del señor Marin, la que se mandó a la comision de justicia i lejislacion. Se agregaron a dicha comision los señores Elizondo i Elizalde. En segunda hora se leyó el dictámen de las comisiones de Constitucion i hacienda sobre la mocion del señor Pradel. Habiendo, por incidencia, tratádose su contenido en la sesion anterior i siendo a mas por su naturaleza sencillo, se aprobó en los términos en que está redactado i son los siguientes: Artículo primero. El Poder Ejecutivo pasará a la mayor brevedad posible al Congreso Nacional tres estados bien circunstanciados en el tenor siguiente: El 1.º, conteniendo una razon de los ingresos con que cuenta el Erario en la actualidad, indicando por menor los ramos que los producen i la suma total a que han ascendido en el año próximo pasado, el número i dotacion de los empleados en el Ministerio de Hacienda, Tesorería, Casa de amonedacion, resguardos i aduanas, acompañando los aranceles i reglamentos que rijen en éstas, con especificacion de los puertos de mar i secos donde se hallan establecidos; la suma total i valor de tasacion de los fundos nacionales que existan i de la a que asciende la deuda nacional esterior e interior, comprendido el déficit que debe resultar contra el Erario hasta el 1.º de Enero del año próximo; de la emision de billetes contra productos de aduana para el pago de empleados i demas usos a que se hallan destinados. El 2.º, conteniendo otro de la fuerza militar i naval en servicio activo i pasivo, con enumeracion de los sueldos que disfrutan jenerales, jefes, capellanes, cirujanos, oficiales subalternos i soldados de cada arma; de número, denominacion i dotacion de los empleados en el Ministerio de Guerra i Marina, Comisaría, Arsenales i gastos de estas dos secciones. El 3.º, detallando el número, denominacion i dotacion de los empleados en el Ministerio del Interior i Relaciones Esteriores, de la suma a que ascienden los sueldos de los empleados judiciales en toda la República, con especificacion de cuántos i en qué puntos de ella existen i en cuántos se carece de ellos; la de los intendentes i subalternos; una razon circunstanciada del estado en que se hallan las relaciones esteriores, con inclusion de los sueldos que gozan sus ajentes; otra que manifieste el estado en que se hallan el Instituto Nacional, su plan de estudio i la instruccion pública en toda la Nacion, espresando la inversion que se hace en estos establecimientos. Igualmente una razon del estado en que se halle la deuda del Perú a favor de la Nacion i venta de los bienes que fueron de los regulares. Art. 2.º Trascríbase al Poder Ejecutivo para su ejecucion i cumplimiento. Se leyó despues la contestacion del señor Renjifo, Diputado electo por la provincia de Chiloé, a las notas que se le dirijieron por secretaría, llamándole. Se mandó a la comision de poderes. Se procedió despues a la discusion conforme a la órden del dia del proyecto de traslacion del Congreso: fueron sancionados los artículos siguientes: Artículo primero. El Congreso se trasladará a Valparaiso. Cerrará sus sesiones en esta ciudad el 1.º de Mayo. Art. 2.º Los Diputados estarán en dicho punto el 15 de Mayo. Art. 3.º El Poder Ejecutivo dispondrá al efecto lo necesario. El señor Magallánes hizo una indicacion relativa al pago de las dietas. Se acordó se consideraria en la siguiente sesion. El señor Pradel en seguida pidió se considerase el proyecto que tenia presentado en dicha sesion. El señor Orjera pidió tambien la misma respecto del proyecto sobre conceder a los cabildos los mismos privilejios de que goza el Fisco. Se acordó se consideraria en primera hora i otro en segunda i se levantó la sesion despues de la hora de reglamento. —J. M. Novoa ANEXOS editarNúm. 525 editar▼El Gobierno ha dado las órdenes convenientes a efecto de que tenga su cumplimiento la resolucion del ▼Congreso Nacional que V. E. le ha comunicado en su respetable nota de 18 del corriente, sobre que comparezca ante la Sala el editor del periódico titulado El Verdadero Republicano, para proceder al conocimiento de si es o nó abusivo este escrito. Dios guarde a V. E. —Santiago, 22 de Abril de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Presidente del Congreso Nacional. Núm. 526 editar▼La comision calificadora dice: que contrayéndose esta representacion a la nulidad de la eleccion de ▼cabildo que se dice hecha en Aconcagua, no corresponde al ▼Congreso su conocimiento, i que, en consecuencia, debe decidirse así. —Sala de sesiones, Abril 18 de 1828. —▼J. M. Novoa. —▼Pradel. —▼Recabárren. —▼Palacios. Núm. 527 editar▼La comision calificadora de peticiones, vista la solicitud de la comunidad de estricta observancia de predicadores, sobre que se les devuelva la hacienda de Peldegüe que se halla en administracion del Fisco, opina que por la materia sobre que se versa corresponde al conocimiento del ▼Congreso. —Santiago, Abril 23 de 1828. -▼Nicolas Pradel. —▼M. A. Recabárren. —▼Palacios.
Núm. 528 editar▼La comision de hacienda i Constitucion opina que la anterior mocion es arreglada en todos sus artículos i que ademas debe exijirse una razon del Poder Ejecutivo, del estado en que se halle la deuda del Perú a favor de la Nacion i venta de bienes que fueron de regulares. —Santiago, Abril 23 de 1828. -▼José Miguel Infante. —▼Santiago Muñoz de Bezanilla. —▼José Antonio Valdés. —▼Miguel Collao. —▼Fernando A. Elizalde. —▼J. M. Novoa. —▼M. de Santiago Concha. —▼Francisco R. de Vicuña. —▼Francisco Femnández.
Núm. 529 editar▼Son notorias mis enfermedades i que la erisipela solo me abandona por dias. No es mi ánimo por ésto resistir el pesadísimo cargo de representante de la Nacion a que he sido ▼Diputado por Rancagua, i sí poner en la consideracion del ▼Congreso por el conducto de V. S. que mi asistencia no puede ser asidua sino frecuentemente interrumpida, pues siento este mismo desorden en mi juicio, sin que las mas veces pueda presentirlo, lo que impedirá acaso ponerlo en noticia del señor Presidente, oportunamente. Si la ▼Representacion Nacional cree que sin embargo de este defecto debo personarme como me lo ordena en la nota de V. S.; de ayer, a que contesto, lo haré con la brevedad posible, pero si opinare que esto es incompatible con la marcha de sus augustas funciones, admítaseme la escusa que hago solo por este respecto, quedando con el sentimiento de no poder satisfacer mis ardientes deseos de concurrir a fijar la lei fundamental del pueblo chileno. Tengo la honra de ofrecer a V. S. mi mayor consideracion i respeto. —Santiago i Abril 22 de 1828. -▼Juan de Dios Vial del Rio. —Al señor Secretario del Congreso, don ▼Francisco Fernández. Núm. 530 editar▼He diferido la contestacion de dos notas que se me dirijieron por la secretaría del Soberano ▼Congreso, con fechas de 18 de Marzo i 17 del presente, para que pasase a incorporarme a la ▼Representacion Nacional como ▼Diputado electo por la provincia de Chiloé, esperando restablecerme de una debilidad de cabeza que me aflije desde el mes de Noviembre anterior, inhabilitándome para desempeñar el augusto cargo que me habia conferido el voto de mis comitentes. Pero perdida la esperanza de recuperar mi salud con la brevedad que deseaba i persuadido de que el interes nacional exije no carezcan por mas tiempo de representacion los pueblos que me elijieron, lo pongo en noticia de V. S. esperando se sirva elevarlo al conocimiento del Soberano Congreso a fin de que dicte las providencias que su sabiduría crea convenientes para subrogarme. Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago, Abril 23 de 1828. —▼Manuel Renjifo. —Señor Diputado -Secretario del Congreso Nacional. Núm. 531 editar▼Señor: El doctor don ▼José Gaspar Marin con su mayor respeto parece ante V. S. i dice: Que por el decreto de 8 de Octubre de 1825 se le espatrió a la ciudad de Mendoza escoltado del cortejo que ordinariamente acompaña a los mas famosos delincuentes, i él ciertamente habria sido trasladado a aquel pais si penetrado el Consejo Directorial i el señor ▼Intendente de Coquimbo de sus padecimientos i achaques, no le hubieran permitido fijar su residencia en aquel punto. Un atentado de tanto bulto, cometido a la faz de la Nacion, un proveido de esta naturaleza no pudo jamás justificarse, bien se mire el carácter de la persona, bien la manera i forma de proceder, bien sea las causales que lo motivaron. Como ▼Diputado del ▼Congreso fui inviolable por mis opiniones, como ciudadano i majistrado debí ser oido, juzgado i sentenciado no por el Director Supremo sino por las autoridades a quienes corresponde. La division de los poderes i su independencia se ha considerado siempre como el jefe de obra de los gobiernos representativos i la reunion del Ejecutivo i Judicial en una misma persona, seria la reunion mas monstruosa pues que no hai despotismo mas fiero que el que se practica a la sombra de la lei. Para cautelar estos inconvenientes el artículo 19 de la Constitucion de 23 prohibió al Director Supremo mezclarse en lo judicial a pretesto de policía i el aplicar toda pena. Estos, señores, son principios; detenerme en esclarecerlos habria sido debilitar la fuerza de la razon o dudar del distinguido talento i penetracion de los señores de la Sala. Pero el doctor Marin es revolucionario; faccioso; comprometió el honor de Chile; dictaminó a favor del auxilio que debia solicitarse del Perú, i otros añaden con impudencia i descaro que traicionó a la patria pidiéndolo a paises ene ▼migos. ¡Ah! Si el respeto debido al Cuerpo Nacional lo permitiese, si me fuera dado, repito, trazar con los caractéres de la pluma una carcajada de risa sombreada con una mezcla de desden, éste seria el mejor modo de contestar a semejantes inepcias. La instalacion del ▼Congreso del año 25 fué precedida de varios papeles públicos donde el nombre de Bolívar se pronunciaba con ternura, con admiracion i con respeto; i miéntras el gobierno de las provincias unidas del Rio de la Plata se disponia en conferirle el mando de los ejércitos combinados contra las tropas brasileras, se incertó en la Gaceta de Chile el artículo titulado "Peluca de Orón dirijido a loar su desinteres i patriotismo. Ahora bien: si el Director Supremo al consultar el proyecto de la espedicion a Chiloé, si los Ministros que asistieron a las sesiones del Congreso, habidas con este motivo por ocho o diez dias consecutivos; si alguno de los señores representantes contempló que de parte del libertador habia miras ambiciosas ¿por qué léjos de anunciarnos alguna cosa o de guardar un profundo silencio sobre la materia el señor Ministro Vial, fiel intérprete de los sentimientos del ▼Director Supremo, recomendó la jenerosidad con que el Presidente de Colombia brindaba para la espedicion de Chiloé, buques, tropas, dinero i todos los elementos de la guerra? Hasta aquella época se habia reconocido en el que suscribe la imparcialidad de su carácter. El habia desempeñado las funciones de la majistratura, las de ciudadano i buen padre de familia con el honor que es notorio i si me es permitido esprimirme así, su nombre habia varias veces resonado con elojio. ¿No se nos dirá, pues, por qué especie de majia se obró en él i en un instante una revolucion tan súbita i una metamórfosis tan estraña? ¡I qué! ¿No se necesita mas que un momento para pasar de la inocencia al delito? La planta del vicio ¿arribar pudo a su perfeccion sin dar ántes gradualmente señales de que se va ulcerando el corazon? Nó. La naturaleza no ha formado por este estilo el corazon del hombre, ni es tal el curso i marcha de las pasiones, pues tanto en el mal como en el bien se reconoce cierta especie de gradacion en el modo de desenvolverse las facultades del hombre así en lo físico como en lo moral. Desengañémonos, señor. Los que publican que los espatriados traicionaron a la patria en el hecho de solicitar auxilio de los paises estranjeros, no hicieron otra cosa que presentar a un ambicioso el arbitrio de atacarnos i comprometer por esta vía la salud de la República. Por otra parte es constante que resuelta la espedicion a Chiloé por el Director i bajo el pié de tres mil hombres cuando mas llevó dos mil i tantos, inclusos, mas de mil reclutas disciplinaos en los meses de Setiembre i Octubre, i que para mantener el órden en la capital fué necesario poner a sueldo las milicias de Aconcagua. No lo es ménos que ausente el señor Freire i desprovistas las provincias del Sur de tropas, el malvado Pincheira causó estragos; i que cuando de antemano este bandido no se atrevia a atacar sino los puntos inmediatos a la cordillera, se internó en estos últimos tiempos hasta la Nueva Bilbao, es decir, hasta las costas de Chile. En suma, malograda la espedicion del año 23, en la prudencia del Congreso estaba recuperar el honor i crédito de nuestras armas por todos aquellos medios que estuviesen a sus alcances, porque ademas de ser aventurada la empresa i su suceso debido últimamente, no al valor de nuestras tropas sino a intelijencias secretas i ciertas combinaciones, nosotros no habíamos celebrado pacto alguno con la victoria. En semejantes circunstancias i cuando el desabrigo de las provincias, los perjuicios irrogados, cuando la sangre de tantas víctimas inmoladas al olfato del ídolo que desprecian i de sus adoradores no ha sabido valer una hecatombe, yo provoco el dictámen de los ciudadanos imparciales. A los amantes, pues, de la humanidad, a las familias desgraciadas, a los que saben el estado de bancarrota en que por entónces nos hallábamos llábamos toca decidir si al impetrar el socorro de mil hombres i trescientos mil pesos en efectivo de los caudales que se nos deben, se comprometió o nó al decoro del Estado. El que suscribe, señores, jamás hizo ostentacion de su mérito; el honrado mas bien quiso ser que parecerlo. Mas, ya que se le calumnia, no es sino con suma repugnancia que va a recordar uno de los mas pequeños rasgos de su vida. Cuando faltando al decoro de la Nacion i al respeto debido a nuestras autoridades, resolvió el jeneral San Martin la espedicion al Perú, cuando se propuso echar una contribucion a los moradores del reino sin consultar primero el voto del Excmo. ▼Senado, fué necesario reunir el vecindario de la capital en la sala directorial, el doctor ▼Marinesperaba que los señores constituidos en dignidad, que alguno de los que hoi nos calumnian, de esos celosos defensores del pais, reclamasen los derechos del Estado la parte que, éste debia tener en esta empresa como tambien el desprecio de nuestros primeros majistrados; pero desgraciadamente solo un simple ciudadano osó alzar la voz, osó impetrar la observancia de las leyes siendo ésta cabalmente una de las ocasiones en que Chile triunfó del despotismo. A pesar de todo, éste i otros sacrificios no me conducirán a la dicha, al goce de los derechos sociales, sino que en los momentos mismos en que debiendo disfrutarlos, solo me resta el dolor de no alcanzar a merecerlos. Calumnias, invectivas, destierros, persecuciones han sido i serán el premio de mis servicios i para decirlo todo, a los tiempos del señor Freire estaba reservado el que un Ministro estranjero a nuestra revolucion, i que durante ésta yacia sepultado en las ▼delicias de Capua, insultase a ciudadanos que han sabido distinguirse por su amor al pais i han merecido bien de la patria. Yo no lo estraño, señores representantes; yo he debido padecer; yo he leido, por decirlo así, cuanto está escrito de mi en el eterno libro del destino; yo sé que el celo por la causa pública teñirse sabe de ciertos colores que las mas veces pasa por pasion lo que solo es valentía del ánimo; i la historia de los siglos me enseña que aun en las acciones de los hombres de mejor mérito se deja descubierto el flanco que los hace víctima de sus mismas operaciones. Publíquese en hora buena que soi un revolucionario, un faccionista. El ménos prevenido advertirá que el arbitrio de acusar i juzgar por meras jeneralidades está detestado por la conciencia pública; i que espresiones semejantes son i han sido siempre el idioma de los gobiernos, de los gabinetes tiranos. Por último, séame permitido decir que si el impedir cuanto estuvo de mi parte en el ▼Consejo de Estado el que el ▼Director Supremo de propia autoridad echase por tierra la Constitucion del año 23, si el oponerme a la dictadura a que se aspiraba a esa majistratura que, a la luz de la filosofía, se presentará siempre terrible; si finalmente el desear que las provincias nombrasen sus ▼Diputados para que, ocupados de los males, proveyesen del remedio, es ser desorganizador i faccionista, vengo gustoso en honrarme con semejantes títulos porque si el obrar como buen majistrado como buen ciudadano son oficios recomendables, lidiar contra el despotismo es abrirse camino para la gloria. Convirtiéndome, pues, a mi propósito i ya que por medio de mi espatriacion se han violado todas las garantías sociales, lleno de la estima de mí mismo i de la satisfaccion que inspira una conciencia sin reproche, ocurro a V. S. nó a im, petrar los socorros de la indijencia menesterosa, nó a solicitar gracia alguna, sí solo a reclamar el agravio de las leyes ofendidas en mi persona, i pues la posicion mas ventajosa por el buen derecho es la de alegarle ante personas íntegras e ilustradas i jueces en su propia causa, espero fundadamente que V. S. alzará la fuerza reponiendo las cosas al estado que tenian de antemano, sobre el seguro de estar dispuesto a dar en juicio contradictorio o de oficio, la satisfaccion que corresponda, así lo pide el órden de justicia, lo exijen tambien el decoro, respeto i jenerosidad de V. S. que si fué interesante el cuadro del hombre de bien luchando con la adversidad, pudo mucho mas el de aquel que supo sostenerle en su desgracia; para todo lo que a V. S. pido i suplico se digne hacer como he pedido en la concluccion de este memorial, que es justicia. —▼José Gaspar Marin. Núm. 532 editar▼El ▼Congreso Nacional ha sancionado lo siguiente: (Sigue el proyecto inserto en el acta sobre traslacion del Congreso a Valparaiso.) El Presidente de la Sala tiene el honor de comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República para los efectos consiguientes i de saludarlo con su acostumbrado afecto. Santiago, Abril 24 de 1828. —Al Excmo. señor Vice Presidente de la República. |