Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 19 de junio de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 19 de junio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 51.ª, EN 19 DE JUNIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RAMÓN VICUÑA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación de las actas de las dos sesiones precedentes. —Cuenta Insistencia del señor Gandarillas en su renuncia. —Nota del Intendente de Valdivia. —Inasistencia de don Juan Albano Pereira. —Articulo 8 del proyecto de Constitución. —Abono de las dietas a los diputados inconcurrentes. —Nota del señor Echeverría,—Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio de don Manuel José Gandarillas, quien pide se reconsideren las causas de su renuncia. (Anexos núms. 121 i 122. V. sesiones del p i el 21 bis.)
  2. De otro oficio con que don Juan Albano Pereira, diputado por Colchagua, acompaña un certificado de su enfermedad. (Anexos núms. 123 i 124. V. sesiones del 7 i el 21 bis.)
  3. De otro de don Manuel Echeverría, quien anuncia que vendrá a incorporarse al Congreso tan pronto como su salud se restablezca, no habiéndolo hecho antes a causa de que habia dirijido una consulta a sus comitentes. (Anexo núm 125.)
  4. De otro, que con el oficio de mas arriba acompaña el señor Gandarillas i que le ha sido dirijido por el Intendente de Valdivia.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision de Poderes sobre lo espuesto por los señores Gandarillas, Albano i Echeverría. (V. sesión del 21 bis.)
  2. Peclir informe a la Comision Calificadora sobre la representación del Intendente de Valdivia.
  3. Aprobar las partes restantes del artículo 8 de la Constitución en la forma que en el acta consta. (V. sesiones del 77 i el 20.)
  4. Que a los Diputados que aun no se han incorporado se les abone íntegramente las dietas del presente mes. (V. sesiones del 12 i el 30.)
  5. Despues de alguna discusión, dejar pendiente la de una indicación del señor Molina, quien propone se niegue la ciudadanía a los españoles que hayan combatido contra Chile, hasta que la independencia sea reconocida. (Va inserta en el cuerpo del acta. V. sesiones del 18 i 25 de Abril i 20 de Junio de 1828.
  6. Pedir informe a la Comision de Poderes sobre la nota del señor Echeverría. (V. sesión del 21 bis).

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Argomedo, Arguelles, Araos, Barros, Campino, Castillo, Collao, Concha, Elizalde, Fernandez, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Marin, Molina, Muñoz, Novoa, Navarro, Orjera, Prado, Palacios, Prieto, Recabárren, Reyes, Sotomayor, Valdes, Vial i Vicuña.

Faltaron por enfermos i con licencia los señores Orihuela i Bilbao.

Se leyó i aprobó el acta de la sesión anterior ordinaria del diez i siete. Igualmente la extraor- dinaria del mismo dia por la noche.

Se dió cuenta de una nota del señor Gandarillas en que solicita reconsidere el Congreso los fundamentos de su renuncia, i acompaña otra del Intendente de Valdivia. Se acordó se pasase a la Comision Calificadora i aquella a la de Poderes.

Luego de otra del señor Albano a la que acompaña, conforme al acuerdo de la Sala, certificado de su enfermedad; i de la del señor Echeverría en que noticia que luego que se restablezca de su quebranto de salud marcharía a incorporarse. Se mandó a la Comision antedicha para considerarse también, como todos los asuntos de esta naturaleza, en sesión estraordinaria.

Se puso en seguida en discusión la parte tercera del artículo octavo que no se alcanzó a resolver en la sesión anterior i que dice: "Por la habitud de ebriedad." Discutida suficientemente, se fijó la proposicion siguiente. ¿Se suprime esta parte del artículo, o no? Votada, resultó la afirmativa.

Se pasó por tanto a la siguiente, que dice: Por deudor del Fisco declarado en mora. Discutida bastantemente, se votó i resultó aprobada.

Se consultó por los secretarios, para hacer las listas del haber del Congreso, si a los Diputados que aun no se han incorporado se les abona el presente mes íntegramente o desde el dia de su incorporacion. I se resolvió que íntegramente el mes presente.

Se puso en discusión la indicación del señor Molina, cuya redacción es la siguiente: "A los españoles que hayan militado en los ejércitos del Rei Católico contra la independencia, hasta que ésta sea reconocida por aquel Gobierno."

No se alcanzó a resolver.

Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que para la siguiente continuaría la discusión de los mismos asuntos. —Vicuña.


ANEXOS editar

Núm. 121 editar

El que suscribe tiene la honra de acusar al señor Secretario Diputado, a quien se dirije, haber recibido su distinguida nota de 10 del corriente en que le comunica el acuerdo del Congreso Nacional para que comparezca a la mayor brevedad, llevando consigo sus poderes o los del suplente. El infrascrito espera del señor Diputado Secretario se sirva presentar a la Sala la adjunta nota en que suplica a los señores representantes se dignen considerar la causa de su escusa.

Así mismo tiene la honra de incluirle una representación del gobernador-intendente de Valdivia para presentarla al Congreso.

El que suscribe repite al señor Diputado-Secretario sus sentimientos de consideración i aprecio. —Santiago, Junio 16 de 1828, M. J. Gandarillas. —A señor Diputado-Secretario, don Francisco Fernandez.


Núm. 122 editar

Señores:

El que suscribe tuvo la honra de diríjir al señor Diputado-Secretario una nota en que hizo dimisión del cargo de representante de Valdivia, fundándose en un motivo que por el decoro del pais i por la dignidad del Congreso debe ser considerado con detención.

La acusación a un ministro de Estado ante el Congreso Nacional, por uno de sus miembros, atribuyéndole infracción de leyes en el cumplimiento de sus deberes, es un suceso sin ejemplo en la revolución Americana i manifiesta a los observadores estranjeros que en Chile hai enerjía i resolución para hacer efectiva la responsabilidad que las instituciones modernas i los principios imponen a los encargados de la administración.

Cuando esa acusación hubiera nacido en un movimiento tumultuario, donde el encuentro de los partidos, exaltando las animosidades, arranca a los resentidos contra los que dirijen los negocios públicos, habria sido mui bien hecho el haberla remitido al silencio i al olvido, pero habiendo tenido oríjen dentro de la Sala de la representación nacional, habiéndose publicado por los periódicos con todo el boato que ocasiona un suceso estraordinario, es de necesidad que el Congreso la tome en consideración. El señor Secretario manifiesta al que suscribe en su contestación, que los señores representantes no se han dignado atenderla, pues solo le dice haberse acordado que se le oficiara para que compareciese a la mayor brevedad, llevando consigo los poderes, o los del suplente respectivo. El infrascrito se prevale en esta ocasion del derecho de petición para suplicar a los señores representantes se sirvan considerar la naturaleza e importancia de la causa porque se escusa de concurrir a las sesiones.

Acriminado en su conducta pública sin haber obtenido una vindicación correspondiente al tamaño de las imputaciones que se le hicieron, el i nfrascrito se considera legalmente impedido para aceptar cualquier cargo con que se le quiera honrar. Aunque está seguro de que sustanciándose el espediente en que debe seguirse la acusación quedarán desvanecidas esas infracciones de leyes que le atribuyen, esta persuasión individual, no es bastante para satisfacer a los espec- tadores que observan desde léjos el éxito que tienen en Chile las nuevas instituciones. Acusar públicamente a un Ministro, oir el Congreso la acusación i sin resolver nada dejándolo todo pendiente, recibirle entre los representantes nacionales, es una ocurrencia que indica que las leyes dictadas para enfrenar los abusos del poder son puras fórmulas o disposiciones absolutamente nulas i sin ningún efecto real. Ella da a entender que, o faltó la justicia por parte del acusa- dor, o que el acusado tuvo influencia para conseguir que el disimulo de los representantes corriese un velo sobre los estravíos de su ministerio, haciendo que impusiesen silencio a las leyes en que ellos mismos determinaron la responsabilidad de los ministros. Por cualquier as- pecto que consideren los observadores el olvido de la acusación, su juicio será siempre favorable al pais i a sus representantes, a sus instituciones i a los encargados de llevarlas a ejecución.

Muchas reflexiones agregára el que suscribe para inclinar el ánimo de los señores representantes a que consideren la causa de su dimisión, pero las lijeras indicaciones que ha hecho son suficientes para dar a conocer los justos motivos en que la funda. El que suscribe, prescinde de alegar otras razones, que aunque poderosas se refieren a solo su persona, i se vale de la que ha espuesto por la trascendencia que tiene en el público. El que suscribe espera que el Congreso se dignará acceder a su petición i aceptará los sentimientos de respeto con que dirije esta súplica a los señores representantes. — Santiago, Junio 16 de 1828, M. J. Gandarillas.


Núm. 123 editar

Acompaño a V. S. la certificación del físico que me asiste en mi enfermedad, para probar legalmente el justo motivo que me impide el reunirme a la representación nacional i V. S. en su apreciable nota ocho del corriente me espone, así lo acordó la Sala, a mi solicitud.

Dígnese hacerlo nuevamente presente, con la protesta que a mi restablecimiento seré mui puntual en reunirme como lo deseo.

I de consiguiente reitero a V. S. el cariño i aprecio con que tiene el honor de contestar a su citada nota el que suscribe, saludándole nuevamente con el mayor afecto. —Santiago, Junio 12 de 1828. Juan Albano. —Al señor Diputado-Secretario del Congreso Nacional, don Francisco Fernandez.


Núm. 124 editar

Don Cárlos María Buston, cirujano mayor graduado del Ejército, etc.

Certifico: que el señor don Juan Albano i Pereira, padece de una erupción crónica a diferentes partes de todo el cutis, particularmente a los dos brazos i una a la cara. Sobre la nariz (herpes furfurase) o empeine, dicha erupción está complicada con un catarro pulmonario crónico, que impide a dicho señor de librarse a ninguna ocupacion capaz de cansar el órgano pulmonario sin grave perjuicio por su salud; i para los usos que convenga, lo doi en Santiago i Junio 12 de 1828. —CARLOS BUSTON.


Núm. 125 editar

El Diputado que suscribe, tiene el honor de contestar a las dos notas del señor Secretario del Congreso Nacional datadas el 4 i diez del presente que ha recibido juntas el dia de hoi i de significarle que a esta hora habría ya verificado su incorporacion, según se le previene en las notas, a no haberlo interrumpido una consulta hecha a sus comitentes. Sin embargo está resuelto a llenar sus deberes en la reunión al cuerpo dentro de breves dias, no haciéndolo al instante por un quebranto que ha padecido en su salud.

El que suscribe aprovecha la ocasion de espresar las consideraciones con que le distingue. —Santiago i Junio 12 de 1828. Manuel Echeverría. —Señor Secretario del Congreso Nacional.