Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 19 de julio de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 19 de julio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 85.ª, EN 22 DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Tncorporacion de don Buenaventura Marin. —Solicitud de don José Luis Aycimena sobre trasporte de frutos por mar. —Partes de la revolución de San Fernando. —Don Santiago Muñoz de Bezanilla discurre sobre la necesidad de que el Congreso adopte algunas medidas para restablecer el órden. —Empréstito para gastos militares i providencias precautorias propuestas por el señor Santiago Concha. —El señor Argomedo propone que se nombre al coronel Argüelles para jefe de la guarnición. —A indicación del señor Ramos se faculta al señor Muñoz de Bezanilla para que se traslade al pueblo que representa. —Envío de un estraordinario a la capital i proclama a los pueblos. —Comision para proponer medidas de seguridad. —Providencias adoptadas. —Discusión del art. 106 del proyecto de Constitución. —La Comision de Seguridad Pública vuelve despues de haber conferenciado con el gobernador de la plaza i pide sesión secreta. —Medidas de seguridad. —Seña para reunirse el Congreso. —Acta. —Anexos.

Don Buenaventura Marin, diputado suplente por Coquimbo, presta juramento i se incorpora a la Sala. (V. sesión del 4.)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el señor Ministro del Interior acompaña copia de unos partes que el jeneral Borgoño le ha dirijido sobre el estado de la revolución de don Pedro Urriola. (Anexos núms 230, 231 i 232. V. sesiones del 18 i el 20.)
  2. De una nota en que el oficial mayor auxiliar del Ministerio del Interior avisa que se han recibido los 200 ejemplares de las causas seguidas a los señores Pradel i Magallanes. (Anexo núm. 233. V. sesión del 14.)
  3. De una solicitud de don José Luis Aycimena, quien pide se le permita embarcar los frutos de su hacienda en el puerto de Quinteros para traerlos por mar a Valparaíso. (Anexo núm. 234.)
  4. De una mocion presentada por una comision especial para que se nombre otra que adopte algunas medidas de seguridad, con acuerdo del gobernador de la plaza. (Va inserta en el cuerpo del acta. V. sesiones del 26 de Setiembre de 1826 i 25 de Enero de 1827.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre la solicitud de don José Luis Aycimena, que la Comision Calificadora informe.
  2. Archivar los documentos remitidos por el Gobierno.
  3. Autorizar al gobernador de Valparaíso para tomar de las tesorerías 20,000 pesos o levantar, si no los hai, un empréstito por igual suma, con el objeto de pagar a la guarnición i para tomar las povidencias precautorias que convengan contra la alteración del órden. (Anexo núm. 233. V. sesión del 13 de Setiembre de 1826 i 20 i 24. de Julio de 1828.)
  4. Facultar al señor Muñoz de Bezanilla para trasladarse, si lo cree conveniente al órden, al pueblo de Casablanca que representa. (Anexo núm. 236. V. sesión el 3 de Agosto de 1826.)
  5. Dirijir una proclama a los pueblos. (Anexos núms. 237, 238i239. V. sesiones del 31 de Octubre de 1826, 24. de Julio de 1828 iC. de D. en 21deEnero de 1829.)
  6. Que el correo despache un estraordinario a la capital (Anexos núms. 240 i 241. V. sesión del 30 de Noviembre de 1824), llevando dos comunicaciones, una para el gobernador de Casablanca (Anexo número 242), i la otra al Gobierno, por la cual se le piden informes sobre el mantenimiento del órden en la capital. (Anexos núms. 243 i 244 V. sesiones del 20 i el 22.)
  7. Nombrar una comision para que proponga algunas medidas de seguridad. (V. sesiones del 23 de Julio i 6 de Agosto de 1828.)
  8. Aprobar la mocion hecha por esta comision, la cual propone se nombre otra comision que tome todas las medidas convenientes de seguridad, con acuerdo del gobernador de la plaza. (Anexo núm. 243.)
  9. Habiéndose trasladado esta comision a conferenciar con el gobernador i habiendo regresado, constituyese en sesión secreta a fin de que dé cuenta.
  10. Aprobar las medidas de seguridad aprobadas por la comision aludida, i entre otras la de encargar el mando de la fuerza de la plaza al coronel Argüelles. (Anexo núm 246.)
  11. Que los Diputados vuelvan a reunirse tan pronto como se disparen dos cañonazos.

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Argüelles, Araos, Argomedo, Campino, Calderón, Collao, Concha, Cortes, Castillo, Elizalde, Echeverría, Fernandez, Gana, González, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Muñoz, Molina, Navarro, Novoa don Manuel, Novoa don José María, Orjera, Orihuela, Palacios, Prado, Prieto, Ramos, Reyes, Recabárren, Sotomayor, Sánchez, Valdes, Ureta, Vicuña i Vial del Rio.

Faltaron con licencia los señores Barros. Aprobada el acta de la sesión anterior, se ordenó por el señor Presidente que se llamase al señor Marin don Buenaventura, diputado suplente por Coquimbo; despues de haber prestado el juramento de estilo, quedó incorporado.

Se leyó una nota de don José Luis Aycimena, para que se le permitiese conducir los frutos de su hacienda por mar al puerto de Valparaíso; se mandó a la Comision Calificadora.

En seguida se leyó una nota del Gobierno delegado por la que acompañaba dos en copia del jeneral Borgoño, relativas al movimiento de las tropas en San Fernando.

El señor Bezanilla tomó la palabra i espuso que la patria estaba en peligro, pues la división que habia salido a encontrar en los llanos de Maipú a los sublevados habia sufrido un contraste no de poca consideración, según constaba a cada diputado por cartas fidedignas, i que a su juicio la Representación Nacional estaba en el caso de tomar todas aquellas medidas que fuesen necesarias al sosten de la libertad.

El señor Concha presentó entonces una mocion que, leida por el Secretario, fué sancionada en los términos siguientes:

  1. Se autoriza al Gobierno de la plaza para tomar veinte mil pesos de las tesorerías donde los hayan, o levantar un empréstito de esta cantidad, garantido con todas las rentas nacionales, en caso de no haberlos en dichas oficinas.
  2. Se pagará inmediatamente la guarnición con esta cantidad, i su remanente se aplicará al sosten de las compañías de milicias que inmediatamente se deben levantar i armar.
  3. El jefe de la plaza tomará todas las providencias conducentes á la conservación de la tranquilidad de este pueblo, pidiendo la autorización del Congreso para aquellas que las necesiten.

El señor Argomedo hizo, en seguida, indicación para que se agregase al proyecto sancionado un otro artículo, por el que se designe que el coronel Argüelles debia ponerse a la cabeza de la guarnición; no se alcanzó a resolver.

El señor Ramos tomó en seguida la palabra i espuso, que seria conveniente que el Congreso dejase en libertad al Teniente Coronel Representante, don Santiago Muñoz Bezanilla, para que, bien permaneciese en la sala o se dirijiese al pueblo que representaba, si consideraba que allí sería mas útil su presencia. La sala difirió a esta indicación para que a la mayor brevedad se despachase un estraordinario a la capital, con el objeto de que a su vuelta trajese noticias positivas del estado del pais, i para que el Congreso dirijiese una proclama a los pueblos de la República, intruyéndoles de las críticas circunstancias que los rodeaba. Quedaron ambas indicaciones aprobadas; se dirijieron, en consecuencia, dos notas al señor Administrador de correos para que pusiese a disposición de los secretarios un individuo que llevase dos comunicaciones, la una al Gobernador de Casa Blanca i la otra al Gobierno. Esta última se reducía a que, a la mayor brevedad, se instruyese a la Sala de la suerte de la capital. Se puso bajo cubierta del Administrador jeneral de correos i se le dirijió una nota previniéndole que la pusiese inmediatamente en manos de S. E. el Vice Presidente de la República, i en su efecto la entregase al Gobierno delegado, o cualquiera otra autoridad que estuviese por el órden.

Se hizo indicación en seguida, para que se nombrase una Comision que presentase un proyecto de las medidas que podían ser necesarias en las actuales circunstancias.

Se tomó un rato de descanso, i en éste la Comision nombrada presentó el siguiente proyecto, que quedó aprobado en todas sus partes:

  1. Nómbrase una Comision compuesta de los Diputados Calderón, Campino, Fernandez, Novoa, Prieto, Vicuña i Vial del Rio, la cual se acercará al Gobernador de la plaza i acordará con él las providencias convenientes en la crisis actual.
  2. Se autoriza plenamente a dicha Comision a este objeto, con solo la restricción de dar cuenta al Congreso de dichas providencias, u En consecuencia de haber sido sancionado, la Comision pasó a llenar sus deberes, i la Sala contraída a la órden del dia dió principio a la discusión del art. 106 del proyecto que quedó pendiente en la sesión anterior; despues de suficientemente discutido, i en actitud ya de votarse, volvió la Comision que se habia acercado al Gobernador de la plaza, i habiendo tomado uno de sus miembros la palabra, pidió sesión secreta. El Congreso la acordó por unanimidad, i despejada la Sala, uno de los señores que la componía hizo presente las medidas que podían tomarse; despues de un maduro exámen quedaron aprobadas.

Se levantó la sesión a las 4 de la tarde, debiendo reunirse en el momento que se tirasen dos cañonazos. —M. Novoa. —Bruno Larrain.


ANEXOS editar

Núm. 229 editar

El Vijía [1]

Valparaíso, Julio 30 de 1828. —Luego que el Congreso recibió la noticia de que S. E. el Vice-Presidente de la República habia sido batido por los amotinados en las inmediaciones de la capital, acordó nombrar una Comision de su seno compuesta de los señores Prieto, Calderón, Vicuña, Campino, Vial del Rio, Novoa don José María i Fernandez, para que en unión del Gobernador de la plaza tomase todas las medidas que demandaban las circunstancias para socorrer al gobierno jeneral i atajar los progresos del motin, dando cuenta a la Sala de sus providencias. Uno de los primeros ensayos de la Comision fué ordenar al mayor graduado, don Manuel Gómez de Silva, que pasase en calidad de arresto a bordo del bergantín de guerra Aquiles: instruido del decreto, este oficial ocurrió a algunos señores de la Comision para preguntar la causa de este arresto que no se le había hecho saber, i se le respondió por ellos que no habían intervenido en tal medida, i aun la ignoraban hasta aquella hora. El señor Argüelles, a quien se encargó el mando de la brigada de artillería que forma la guarnición de esta plaza, sabedor del suceso, del respeto, sumisión i aprecio que merece a la oficialidad i a la tropa, i de la honradez del perseguido, finalmente, espuso a la Comision que la medida era intempestiva, ilegal i sin objeto, desde que él habia asegurado i héchose responsable de la tranquilidad del cuartel: su mediación consiguió que el decreto se limitase a que fuese al Almendral en clase de arrestado. Asi se ha referido en el público esta ocurrencia, agregándose que el Gobernador Lastra i Fernandez habian propuesto o insistido en que se pusiesen a bordo del Aquiles dos miembros del Cabildo i otros vecinos, i que la oposicion de algunos señores de la Comision les evitó este desaire. Reflexionemos con el público sobre estos particulares.

El Congreso no dió, ni debió dar a la Comision facultades tan ilimitadas cuales eran necesarias para proceder contra las personas con una arbitrariedad escandalosa en la época de los principios, garantías i libertades, i que por fortuna dar un ataque a estos preciosos derechos es dar la señal de alarma; pero lo cierto es que la Comision, o con mas propiedad, algunos individuos de ella se abrogaron de hecho esa autoridad que no se les pudo haber conferido, i haciéndola servir a rivalidades, se precipitaron, mandando arrestar a Silva sin un sumario siquiera que les pusiese a cubierto, i cuidando estudiosa mente de no dar cuenta al Congreso de este procedimiento.

Nosotros, demasiado interesados en la sofocación del motin de San Fernando i en dar al Congreso la opinion que asegure en los pueblos el buen éxito de sus trabajos, nos abstendremos de tocar la cuestión, si pudo esta Asamblea nombrar esa Comision para que hiciese lo que debia hacer el Gobernador, o si la necesidad le autoriza para esta invasión a las atribuciones del Poder Ejecutivo. Por otra parte, tememos decidirnos contra nuestros mismos principios en favor de la medida, convencidos de que no se habria tomado alguna para contribuir al restablecimiento del órden, si no se hubiese nombrado la Comision, i que no habria sido regular prestar a las doctrinas políticas un respeto i una sujeción que hubiera importado nada ménos que la de este pueblo a la fuerza de los amotinados. Nos contraeremos, pues, únicamente al hecho.

El señor Gobernador Lastra ha tenido mui presente la declaración poco favorable a su decoro que el mayor Silva prestó acerca de un suceso que quisiéramos cubrir con un olvido eterno, i al Diputado Fernandez duelen todavía los golpes de mano que le dió un hermano del mayor i la acrimonia con que éste le reconvino despues de la riña; i se asegura en el público que los señores Lastra i Fernandez han sido los que propusieron el arresto de Silva i de los que influyeron eficazmente en su acuerdo.

¿Será posible que ni en los conflictos i peligros de la Patria, que ni cuando media el gran de Ínteres de su salvación, seamos capaces de sobreponernos a pasiones que mas humillan al que les da ensanche que al que se pretende hacer víctima de ellas? ¡Ojalá que una satisfacción de los señores Lastra i Fernandez al público restituyesen a los ciudadanos el sosiego que les ha hecho perder el temor de que mañana a cualquier pretesto, i aprovechando otra oportunidad, sea violada su seguridad individual!

Se afirma también, como hemos dicho, que los mismos señores insistieron en que dos miembros del Cabildo i otros vecinos siguiesen la suerte de Silva i que con un tenaz empeño les han atribuido hechos i aun intenciones en apoyo del motin de Urriola, queriendo persuadir a los que podian dañarles de varias inventivas, que no se creyeron porque eran de suyo increíbles.

Estos dos miembros del Cabildo son justamente los que hicieron a Fernandez una oposicion abierta en las elecciones de Valparaíso para Diputado al actual Congreso, en que tomó una parte tan activa el señor Lastra, i son también los individuos de la Municipalidad que dan mas la cara en la competencia que este cuerpo debidamente sostiene contra el Gobernador: circunstancias que afean la conducta que se atribuye a sus perseguidores. Se ha tratado de difundir que la resistencia de los jornaleros a marchar contra los amotinados es obra de esos miembros del Cabildo i otros vecinos, cuando cabalmente los acusados pueden probar con testimonios irrefragables que emplearon su poca o mucha influencia para alentar i persuadir a esa jente armada del deber i necesidad de atajar a toda costa los progresos de la rebelión.

Pudo haber sucedido que si el Congreso se hubiese demorado un dia mas en tomar providencias a este efecto, i que si todo hubiese permanecido en la inacción que notamos hasta el dia 19, el pueblo se hubiera reunido a nombrar provisoriamente un Gobernador capaz de espedirse por sí solo i de obrar sin necesidad de otros aguijones que su deber, amor al órden, i decoro del pais; otro Gobernador, cuyas providencias contasen en su apoyo con la opinion i el pueblo. Acaso los cívicos habrían sido entonces mejor conducidos, i léjos de dar un triste ejemplo de insubordinación, habrían dado pruebas funestas a los anarquistas de la indignación con que este pueblo ha mirado sus atentados. Este anuncio alarmará sin duda al señor Gobernador i a cuantos no quieran reflexionar libres de intereses privados i del espíritu de partido, pero sepan a su despecho que si el pueblo se hubiese reunido habria sido para dar a los demás una lección de órden i sumisión a las autoridades jenerales: el laudable objeto de su reunión la dejaba justificada por mas que se quisiese darle el carácter de subversiva i criminal: Al someterse los pueblos a sus gobernantes, estos contraen la obligación de velar sobre la seguridad de los sometidos i proveer a sus necesidades comunes: toda vez que se falte a este deber que produjo ese pacto tácito, los pueblos pueden reasumir los derechos de que se despojaron voluntariamente, buscando su propia conservación, i revestir con la autoridad a las personas que juzguen mas aptas para llenar los altos encargos de su institución. Este principio tan justo como peligroso, en el estado presente de la República, lo hacían mas adaptable nuestras circunstancias de apuro, que no permitían consultar sobre nuestra situación al Gobierno Jeneral, ni pedirle lo que necesitábamos para mejorarla: ella nos habia colocado entre los estreñios de continuar la sumisión al señor Gobernador, poniendo nuestros cuellos a discreción de los amotinados, o negársela para salvarnos del peligro. Aquí querríamos llamar la atención del Gobierno i preguntarle, si el Congreso no hubiera estado en Valparaíso, i si sujetándose a estrictas teorías no hubiese dictado algunas oportunas providencias, ¿qué deberíamos haber hecho en los dias 18 i siguientes? ¡Ojalá que oyendo a su conciencia nos respondiera con sacarnos de la necesidad de andar por entre aquellos estremos!

Se nos ha favorecido con una copia de los siguientes documentos, que trasmitimos al público, para que, impuesto de su contenido, reflexione sobre las funestas consecuencias que producen las aspiraciones de los que, a falta de talentos i virtudes, apelan a las bayonetas, u otros medios inicuos e infames para elevarse a un puesto en que jamás podrán sostenerse:


"Bando

Por Pedro Urriola, Intendente de la provincia de Colchagua i jefe de la fuerza libertadora del Estado, etc. etc.

Los notorios vejámenes que ha sufrido la provincia de Colchagua de la administración, i el grito casi uniforme de todos los que componen el Estado, exijen imperiosamente un remedio activo i eficaz, tal es la separación del mando del Vice-Presidente de la República don Francisco Antonio Pinto: i como el Estado no puede quedar acéfalo, i recordando el concepto i la opinion pública del ciudadano don José Miguel Infante, queda desde este momento electo supremo Interventor de la República, con las facultades que son inherentes al Presidente del Estado, quien cuidará a la mayor brevedad de espedir una convocatoria a las Provincias para que se reúnan por medio de Diputados electos libremente i den la Constitución al pais.

Dése a reconocer, publíquese por bando, fíjese en los lugares acostumbrados i archívese. Plaza de la Intendencia, Julio 20 de 1828. Pedro Urriola."

Oficio de don José Alaria Portus al Intendente de Aconcagua.

Me hallo a las cercanías de esta ciudad, sobre las riberas de este rio, con las fuerzas que me acompañan, i deseoso de evitar toda efusión de sangre, he tenido a bien anticipar a V. S. esta nota, previniéndole que debe reunir la autoridad Lejislativa para depositar en ella el mando que obtiene, i debiendo quedar evacuada una i otra dilijencia antes de las doce del dia de mañana, sin dar lugar a segunda reconvención, o a dar otro paso que pueda traer sucesos funestos, de lo que le hago responsable, siempre que por su terquedad no convenga en lo prevenido. —Dios guarde etc. —Riberas del rio de Aconcagua, Julio 20 de 1828. —José Alaria Portus. —Señor Intendente de la Provincia de Aconcagua."


Núm. 230 editar

El Gobierno Delegado tiene el honor de dirijir al Congreso Nacional copias de los partes oficiales pasados por el jeneral del ejército de operaciones por los cuales se impondrá del buen aspecto que presentan los sucesos a que ha dado lugar el motín del batallón Maipú. El oficio núm. 1 llegó ayer tarde, pero las urjentes atenciones que rodeaban al Gobierno, tanto para la conservación de la tranquilidad pública como para la ejecución de las órdenes del Excmo. señor Vice-Presidente de la República, impidieron ponerlo inmediatamente en noticia del Congreso.

El Excmo. señor Vice-Presidente, despues de haber pasado la noche a las inmediaciones de la chácara de Ochagavía, se ha puesto en marcha con la división de su mando con dirección a los puntos indicados en el oficio número 2.

Sin embargo de estas ocurrencias, la capital continúa en la mayor tranquilidad. El Gobierno delegado tiene la honra de reproducir al Congreso Nacional los sentimientos de su alta consideración i respeto. — Santiago, julio 18 de 1828. —CARLOS RODRÍGUEZ. —José Joaquín de Mora, oficial auxiliar.


Núm. 231 editar

Hacienda de la Compañía, julio 17 de 1828. (A las seis de la tarde). —Señor Ministro:

Dentro de media hora debo continuar mi marcha con el batallón Concepción que va montado i 25 hombres de caballería; i mañana, entre 9 i 10 del dia, estaré a la otra parte del rio Maipo. No me es posible indicar el vado, porque esto depende de la dirección que tomen los amotinados; pero creo que dicho conocimiento debe bastar para que el jefe de las fuerzas de la capital arregle sus operaciones.

El batallón Maipú va sumamente estropeado i sin municiones; su fuerza no pasa de doscientos veinte hombres i lleva solo tres oficiales. El escuadrón de Dragones consta de ciento cuarenta hombres i entre sus oficíales hai mucha diversidad de opiniones, sobre todo carece absolutamente de moral. Toda la provincia de Colchagua está levantada en masa contra los amotinados, i lo propio sucede en el departamento de Rancagua.

Sírvase V. S . ponerlo en conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República para su superior resolución. Tengo el honor de ofrecer a V. S. los sentimientos de mi mayor aprecio. —José Afanuei Borgoño. —Es copia. —Mora.


Núm. 232 editar

Hacienda de los Lingues, julio 15 de 1828. —La premura del tiempo no me permite dar a V. S. un detalle de las operaciones de la división dirijida a apaciguar el motin del batallón Maipú; mas, lo que por ahora interesa al conocimiento del Gobierno es saber que el cuerpo de Dragones en cuya fidelidad descansaba, ha abrazado también el partido délos sublevados; hoi nos ha cargado en las calles de San Fernando; pero la firmeza de nuestra infantería les obligó a aban- donar el pueblo. El mayor Cazón, que se halla a la cabeza de él, lo conduce en dirección al norte, sin duda con la mira de unirse al batallón Maipú; yo sigo sus huellas con la celeridad posible, a fin de aprovechar una ocasion de sorprenderlo con la infantería, única arma con que podria verificarlo con suceso. Según los avisos que he recibido, parece que el batallón se dirije forzando sus marchas a la capital. Yo prevengo a V. S. que va escasísimo de municiones, cuya circunstancia favorece mui poco sus proyectos.

Sírvase V. S. ponerlo en conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República i admitir los sentimientos de mi mayor aprecio. —José Manuel Borgoño. —Es copia. —Mora.

Al señor Ministro de Estado en el Departamento del Interior.


Núm. 233 editar

Santiago, julio 18 de 1828. —El que suscribe, Oficial mayor auxiliar del Ministerio del Interior, tiene la satisfacción de acusar el correspondiente recibo de la nota fecha de ayer, dirijida por el señor Secretario del Congreso Nacional, relativa a la remisión que hizo de 200 ejemplares impresos de las causas seguidas a los ex-Diputados Magallanes i Pradel, los cuales han llegado al Ministerio ántes de recibirse dicha nota, debiendo atribuirse la demora que sufrieron al mal estado del tiempo.

El que suscribe saluda al señor Secretario con su mas distinguida consideración. —Alejandro Mardones. —Señor Secretario del Congreso Nacional.


Núm. 234 editar

José Luis Aycimena, usando respetuosamente del derecho de petición concedido a todo ciudadano, solicita de la sabiduría del Congreso la facultad de poder embarcar en el puerto de Quinteros de su hacienda, los frutos que ella produce i conducirlos únicamente a este puerto.

Desde que los economistas, despues del inmortal Smith, han fijado los verdaderos intereses de las naciones i de los particulares; desde que los gobiernos han conocido de que con nada se contribuye mas eficazmente a la felicidad de los pueblos que abriendo canales, haciendo caminos i habilitando puertos, i desde que hai bien pocos que no confiesen de que a la libertad de la industria acompaña siempre la prosperidad en todos ramos, creo inútil esponer a V. S. los principios de conveniencia pública en que se funda mi solicitud. Creo inútil recordarle el estado de engrandecimiento a que las primeras naciones del mundo han llegado a su vez estableciendo la libertad del comercio sobre la total abolicion de trabas, impuestos i prohibiciones, i creo, en fin, inútil llamar su atención sobre la incomparable ventaja que tiene Chile de poder conducir los frutos de su industria a cualquier parte del globo, casi desde el mismo lugar en que se producen. Quiero únicamente que, considerando por un momento el atraso de nuestra agricultura, la ninguna protección que se concede al labrador industrioso i la paralización completa del comercio en todo el invierno por el estado miserable de los caminos, por las grandes creces de los esteros i por la falta absoluta de puentes en los rios, se convenza de la justicia de mi reclamo. Solo doce leguas dista mi hacienda de este puerto, i asombra decir de que en la mayor parte del año es enteramente imposible poder conducir con provecho cosa alguna.

En los tiempos de la dominación española se permitió a los propietarios estraer sus frutos en embarcaciones pequeñas, i no hacen tres años a que el cura Benitez internaba semanalmente en una lancha los principales renglones de consumo de esta plaza. Yo no quiero esponerme a una negativa. El demasiado celo que hoi tienen los empleados del resguardo i aduana me hace sospechar de que quizá quieran impedirme el uso de esta gracia, i a fin de asegurarme sólidamente en ella la implora i aguarda de V. E,. —José Luis Aycimena.


Núm. 235 editar

Valparaíso, julio 19 de 1828. —El Congreso Nacional, en sesión de hoi, ha acordado lo siguiente:

Artículo primero. Se autoriza al Gobernador de la plaza para tomar 20,000 pesos de las tesorerías donde los haya, o levantar un empréstito de esta cantidad, garantido con las rentas nacionales, en caso de no haberlos en dichas oficinas.

Art. 2. Se pagará inmediatamente la guarnición con esta cantidad, i su remanente se aplicará al sosten de las compañías de milicias que inmediatamente se deben levantar i armar.

Art. 3. El jefe de la plaza tomará todas las providencias conducentes a la conservación de la tranquilidad de este pueblo, pidiendo la autorización del Congreso para aquellas que las necesiten."

El que suscribe, etc. —Al señor Gobernador de la plaza.


Núm. 236 editar

Valparaíso, julio 19 de 1828. —El Congrso Nacional ha acordado dejar a V. S. en libertad para que preste sus servicios en la crisis actual del modo que los crea V. S. mas útiles, i recomendar a V. S. que como siempre de muestras de su libertad i respeto a las leyes i autoridades constituidas. El que suscribe reitera, etc. —A l señor Gobernador, para el señor Bezanilla.


Núm. 237 editar

Tengo el honor de remitir a V. S. once paquetes que contienen algunas proclamaciones i oficios que la Representación Nacional tuvo a bien resolver en sesión de ayer se publicasen. Su objeto ha sido que se repartan a los pueblos.

Con este motivo el que suscribe reitera a V. S. las consideraciones de su mas alto aprecio i respeto. —Por secretaría. —Valparaíso, Julio 21 de 1828. —Al señor Ministro del Interior.


Núm. 238 editar

[2]

<center>PROCLAMA

El Congreso Nacional a los pueblos de la República:

¡Ciudadanos! El Congreso Nacional, aunque no ha recibido oficialmente la noticia de los últimos acontecimientos de Santiago, que anunció esta mañana la correspondencia privada, creyó que la naturaleza de ellos exijia medidas que precaviesen la tranquilidad i los derechos sacrosantos de la República de los estragos de la anarquía: tomó en el momento tales precauciones que será imposible propague su funesto contajio aquella hidra sangrienta, si, como espera, secundáis sus miras sosteniendo sus disposiciones i alistándoos bajo el pendón de la libertad que se halla confiado a manos diestras ¡ valerosas. ¡Chilenos! Respetad sus órdenes i dad pruebas que nuevamente hagan ver al mundo que vuestra subordinación iguala vuestro valor, i que, apoderados de la santa ira que produce en vuestros corazones los ultrajes a la libertad, conserváis la serenidad necesaria para no aventurar a los excesos del furor la vindicta de vuestros derechos i el justo castigo de los tiranos.

¡Hijos de Arauco! Imitad a nuestros predecedores i sereis siempre tan prudentes i sabios en el consejo como denodados i fuertes en la lucha. Imitad también el ejemplo de vuestros Representantes, amigos inalterables de todo lo que prescribe el órden; a la primera voz infausta que hirió sus oidos, hicieron lo preciso para poneros en actitud de defender la patria i para no dejarse atropellar impunemente continuando sin dilación la tarea de constituiros que le confiásteis. Su sesión del sábado 19 de Julio, se ha compuesto de dos horas de discusión sobre todos los medios e aseguraros los bienes inapreciables que ya poseeis i de otras dos consagradas esclusivamente a la sanción del artículo 106 del proyecto de Constitución, que dice:

"Las Asambleas provinciales se compondrán de miembros elejidos directamente por el pueblo en el modo que prescribirá la lei jeneral de elecciones." —Valparaíso 19 de Julio de 1828. —Manuel Novoa, Presidente, Bruno Larrain Diputado-Secretario.


Núm. 239 editar

[3]

Otra

¡Chilenos! Una hueste de facciosos, que comenzó sus depredaciones en el departamento de San Fernando, se ha encaminado a Santiago i logrado, en un momento fatal, un triunfo, que aunque pequeño, a no vengarse con otro prontamente, seria el principio del imperio del terror en Chile i la causa inevitable de la disolución total de los vínculos que hoi os unen.

Vosotros confiásteis la custodia de vuestros derechos a los ciudadanos de la Representación Nacional: ella ve amenazada la libertad pública í la vuestra, las vidas i propiedades de vosotros i vuestros hijos; i en estos instantes trabaja para conservaros tan preciosos bienes con medidas prudentes, pero vigorosas i enérjicas.

El Gobierno que os disteis i las instituciones que proclamásteis, son objetos a que atenderá el Congreso incesantemente, i nada le parece mas fácil que sostenerlos, si a sus desvelos, si a sus sacrificios i aun a su propia sangre que verterá gustoso en caso necesario, unís vuestros auxilios, i oponéis a la maldad el escudo impenetrable de la fidelidad de vuestros pechos.

El Congreso os declara solemnemente que la patria está en peligro, que la libertad de Chile se halla en la alternativa de afirmarse para siempre con el escarmiento de los sacrilegos que conculcaron las leyes, ó de desamparar a los que ya se gloriaban de poseerla i trasmitirla intacta a sus nietos.

¿Dejareis atropellar impunemente vuestros fueros?

¿Abandonareis a manos impuras la preciosa joya que vuestra constancia i denuedo arrancaron a los tiranos? Nó: sois chilenos i haréis respetar este nombre. Recordad que vencisteis en mil encuentros a un enemigo esperto i formidable i que el precio de vuestro arrojo no le quisisteis fundar sólo en la gloria de castigar entónces a los opresores sino también en la de anonadar el poder de cualquiera otro que ultrajase vuestro honor i justo orgullo.

Corresponded, pues, a las esperanzas de vuestros representantes; armaos de la espada de la venganza i esgrimidla en el pecho de todo traidor, de todo refractario. No obsta que este monstruo sea también chileno: si el hermano es fementido, si se muestra desnaturalizado con la madre común, es indigno de perteneceros, i solo merecería vuestra induljencia si con un sincero i oportuno arrepentimiento espiase los crímenes a que le indujera su desgracia.

¡Chilenos! El Congreso Constituyente, compuesto de los representantes que en plena libertad elejísteis, os repite con el mas amargo sentimiento que la patria está en peligro, i os anuncia que vuestro deber es salvarla. Acreditad de nuevo que descendeis de una estirpe valiente i celosa de su libertad; que amais al suelo que os dió el ser, secundando las disposiciones de las autoridades constituidas, oyendo atento la voz de aquellos en que depositásteis vuestras confianzas. —Valparaíso, 19 de Julio de 1828. —Manuel Novoa, presidente. Bruno Larrain, Diputado-Secretario.


Núm. 240 editar

Dentro de hora i cuarto se espera que usted ponga a disposición del que suscribe un individuo que lleve una comunicación al Gobernador de Casa Blanca.

Reitera a usted, etc. —Por Secretaría. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Administrador de Correos.


Núm. 241 editar

Inmediatamente pondrá usted a disposición del que suscribe, según lo ha acordado la Representación Nacional, un individuo para que en el menos tiempo posible se dirija a la capital con comunicaciones del mayor Ínteres.

Se espera que las cabalgaduras que se le entreguen sean excelentes i que todo lo demás que sea necesario esté preparado ántes del preciso término de media hora.

Reitera el que suscribe, etc. —Por Secretaría. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Administrador de Correos.


Núm. 242 editar

El Secretario que suscribe comunica a usted que el Congreso, con fecha de hoi, ha acordado que el teniente-coronel representante don Santiago Muñoz Bezanilla, se dirija a ese punto con el objeto de reunir las milicias, i tratar con ellas de mantener el órden público, sostener a las autoridades constituidas i hacer guardar el respeto a la Representación Nacional.

Con este motivo reitera a usted las consideraciones de su mas alto aprecio. —Por Secretaría. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Gobernador de Casa Blanca.


Núm. 243 editar

La comunicación que a V. S. acompaño es del mas alto interes, i temiendo que pudiera ser interceptada, de érden de la Sala prevengo a V. S. que inmediatamente que llegue a sus manos, la ponga en las de S. E. el Vice-Presidente de la República i en su defecto en las del señor Ministro del Interior, o cualquiera otra autoridad que esté por el órden.

El Secretario que suscribe reitera, etc. —Por Secretaría. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Administrador de Correos de Santiago.


Núm. 244 editar

Por noticias privadas la Representación Nacional se ha instruido hoi de la desgracia que ha sufrido la división que mandaba S. E. el Vice-Presidente de la República, i, sin embargo de haber pasado ya varias notas al Gobernador de esta plaza para asegurar la tranquilidad i tomado algunas otras providencias relativas a este mismo objeto, ha acordado dirijirse a V. E., o en su defecto a cualquiera otra autoridad existente en esa, para que sin pérdida de un momento le comunique el estado en que se halle el país, con cuya noticia el Congreso se decidirá a poner en ejecución cuanto sea preciso al pronto escarmiento de los que tan audazmente se han atrevido a sobreponerse a las leyes.

El Presidente de la Sala reitera a V. E. las consideraciones de su alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 245 editar

El Congreso Nacional, en sesión de hoi, ha sancionado los artículos siguientes:

Artículo Primero. —Nómbrase una Comision compuesta délos Diputados Calderón, Prieto, Campino, Fernandez, Vicuña, Vial del Rio i Novoa don José María, la cual se acercará al Gobernador de la plaza i acordará con él las providencias convenientes en la crísis actual.

Art. 2º Se autoriza plenamente a dicha Comision a este objeto, con solo la restricción de dar cuenta al Congreso de dichas providencias.

El Secretario que suscribe, etc. Por Secretaría. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Gobernador de esta plaza.


==== Núm. 246 ====

El Congreso Nacional ha acordado se encargue de la fuerza armada existente, i que debe levantarse el coronel Representante Nacional Ánjel Argüelles.

El Secretario que suscribe lo comunica al señor Gobernador de la Plaza para que se ponga de acuerdo.

Con este motivo ofrece a V. S. las consideraciones de su aprecio. —Por Secretaría.— Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al señor Gobernador de la Plaza.


  1. Este documento ha sido tomado de Varios Periódicos Vol. II, de la Bib. Nac. El Vijia, páj. 247 hasta 248 vuelta. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido tomado de la Clave de Chile 2-3, 1828-1829, de la Biblioteca Nacional, páj. 210. —(Nota del Recopilador.)
  3. Este documento se ha tomado de la Clave de Chile, 2-3, 1828 1829, de la Biblioteca Nacional.—(Nota del Recopilador.)