Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 18 de julio de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 18 de julio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 81.ª, EN 18 DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación de las actas de las dos sesiones precedentes. —Cuenta. —Medidas de seguridad pública. —Indicaciones del señor Vial. —Artículo 105 del proyecto de Constitución. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E . el Vice-Presidente de la República comunica que para debelar la revolución de don Pedro Urriola va a salir de la capital, i que durante su ausencia quedará a cargo del Gobierno el Ministro del Interior. (Anexo núm. 221 . V. sesiones del 17 de Julio de 1828, 2 de Febrero de 1827 i 19 de Febrero i 13 de Julio de 1829.)
  2. De otro oficio con que el señor Ministro del Interior acompaña copia de unos partes que han dirijido al Gobierno sobre la revolución de Colchagua don José Villardel i el jeneral Borgoño. (Anexos núms. 222, 223 i 224. V . sesiones del 17 i del 19.)
  3. De una indicación de don Juan de Dios Vial del Rio, quien propone la erección de tribunales de paz. (Anexo núm. 223. V. sesión del 20 bis de Abril de 1823.)
  4. De otra indicación del mismo señor Vial del Rio, por la que propone se confíe a la Corte Suprema la superintendencia de todos los tribunales de la República. (Anexo núm. 226.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Archivar los oficios del Gobierno i contestarle que el Congreso aprueba las providencias tomadas para restablecer el órden. (Anexos núm. 22J i 228.)
  2. Que la Comision de Constitución dictamine sobre las indicaciones del señor Vial para la próxima sesión estraordinaria. (V. sesión del 29 bis.)
  3. Aprobar en la forma que en el acta consta el artículo 105 del proyecto de Constitución, relativo al gobierno de las provincias por las Asambleas i los Intendentes.(V. sesiones del 17 bis, el 19 i el 21.)

===ACTA===

Se abrió con los señores Albano, Arguelles, Argomedo, Araos, Bilbao, Calderón, Castillo, Concha, Collao, Cortes, Elizalde, Echeverría, Fernandez, Gana, Gormaz, Guerrero, Lira, Larrain, Muñoz, Molina, Novoa don Manuel, Novoa don José Maria, Navarro, Orjera, Orihuela, Palacios, Prado, Prieto, Reyes, Ramos, Sotomayor, Valdés, Vicuña y Vial del Rio.

Faltaron con licencia los señores Barros i González, Campino, Recabárren, Marin, Sánchez, Urzúa y Ureta.

Aprobada el acta de la sesión anterior, habiéndosele ántes suprimido por indicación del señor Vial la palabra señor cuando se hablaba de don Pedro Urriola, i agregándosele también que el señor Molina habia salvado su voto en la misma parte que lo hicieron los señores Concha i Ramos, Orihuela i Larrain, se leyó en seguida la de la sesión estraordinaria i quedó igualmente aprobada, despues de haberse anotado que el señor Gana no asistió por enfermedad según lo habia oportunamente avisado.

Se dió cuenta, por último, de una nota del Vice-Presidente de la República; de otra del Ministro del Interior, encargado interinamente del gobierno; de una del señor Villardel i de una órden del jeneral Borgoño que impartió a este último; todas se mandaron archivar, i que se contestase al Gobierno manifestándosele la complacencia del Congreso por las providencias que habia tomado.

El contenido de las cuatro comunicaciones antedichas se reducía a instruir a la Sala del estado en que se hallaba la tranquilidad pública con motivo de la última sublevación.

Se leyeron, finalmente, dos indicaciones del señor Vial por las que proponía dos artículos que debian agregarse al proyecto; se mandaron á la Comision de Constitución para que las despachase en la próxima sesión estraordinaria del sábado.

En conclusión se contrajo la Sala a la órden del dia, i leido el artículo 105 del capítulo 10 quedó aprobado despues de un largo debate, en los términos siguientes:

"CAPÍTULO X. —DEL GOBIERNO I ADMINISTRACION INTERIOR DE LAS PROVINCIAS

Artículo105. —El gobierno i administración de las provincias se ejercerá en cada una por la Asamblea provincial i por el Intendente."

Se leyó en seguida el artículo 106 i siendo la hora avanzada no se alcanzó a resolver, quedando para segunda discusión. —M . Novoa. —Bruno Larrain.


ANEXOS editar

Núm. 221 editar

El Vice Presidente de la República tiene el honor de pcner en noticia del Congreso Nacional, que para asegurar la tranquilidad de la capital i poder tomar con mejor oportunidad las medidas que sean conducentes a cortar de raiz las tentativas de los amotinados de San Fernando, ha resuelto pasar mañana 17 del corriente con la guarnición cívica i veterana a la inmediación de Maipú; dejando entre tanto al frente del Gobierno al Ministro de Estado en los Departamentos del Interior i Relaciones Esteriores, don Cárlos Rodríguez, quien queda encargado de mantener el órden i tranquilidad pública i mui especialmente de comunicar al Congreso todas las ocurrencias que exijan su conocimiento.

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de ofrecer al Congreso Nacional las atenciones de su debido aprecio i respeto. —Santiago, Julio 16 de 1828. —F. A . Pinto. Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm. 222 editar

Tengo el honor de elevar en copia al Congreso Nacional los adjuntos partes que acaba de recibir el Gobierno sobre los sucesos de San Fernando. Ellos acreditan indudablemente que el jeneral Borgoño debe estar a la fecha sobre los amotinados. La falta de comunicación de este jefe puso ayer en alguna ajitacíon al pueblo; pero desengañado en el dia de las falsas noticias que el espíritu de partido hizo correr, permanece en la mejor tranquilidad. Su Excelencia el Vice-Presidente de la República salió a las seis de la mañana con la guarnición cívica i veterana a situarse a las inmediaciones de Maipú, como se notició a la Representación Nacional con fecha de ayer.

Me ofrezco al Congreso Nacional con las consideraciones de mi mayor aprecio i respeto. —Santiago, Julio 17 de 1828. —CARLOS RODRÍGUEZ —José Joaquín de Mora, auxiliar del Ministerio. —Al Congreso Nacional.


Núm. 223 editar

Excmo. Señor:

Incluyo a V. E. la comunicación del señor jeneral Borgoño. Dicho señor está instruido de lo ocurrido por un propio que se le hizo en el momento que pasó al cuerpo sublevado.

Con este motivo ofrezco a V. E. las consideraciones de mi mayor respeto. —Excmo. Señor. —José Villardel. —Es copia. —Mora.


==== Núm. 224 ====

El batallón de amotinados que ha quedado reducido al número de doscientos hombres, se ha dirijido ayer a las cinco de la tarde a la hacienda de don Valentín Valdivieso desde la angostura de Regoelemu donde se hallaba situado. Este movimiento no puedo calcularlo sino como un acto de desesperación, cuando han visto que les ha faltado el apoyo en que fundaban sus esperanzas; pues no puedo presumirme que con sangre fría intenten pasar el Cachapoal como lo han divulgado: mas si tuviesen la temeridad de emprenderlo procurará V. disputarles el paso haciendo todo el esfuerzo posible, mientras llega por la retaguardia el Comandante Tupper con una división montada, que será mañana al amanecer. En seguida marcharé yo con toda la fuerza despues de haber restablecido las autoridades de la provincia depuestas por los sediciosos.

Dios guarde a V. muchos años. José M. Borgoño. —Hacienda de los Lingues, a las seis de la mañana. —Es copia. —Mora.


Núm. 225 editar

El Diputado que suscribe advierte que en el proyecto de Constitución no se ha establecido el juzgado de conciliación tan necesario a la administración de justicia, en cuya virtud somete ala deliberación de la Sala el artículo siguiente:

Artículo único. —Habrá juzgado de paz para conciliar los pleitos en la forma que designe una lei especial. —Valparaíso, Julio 17 de 1828. Juan de Dios Vial del Rio.


Núm. 226 editar

El Diputado que suscribe cree haberse omititido en el proyecto de Constitución en el tratado que habla de las atribuciones de la Corte Suprema el artículo siguiente, que tiene el honor de someter a la deliberación del Congreso:


Artículo único. —Tiene la superintendencia directiva correccional consultiva i económica sobre todos los tribunales i juzgados de la nación. —Valparaíso, Julio 17 de 1828. Juan de Dios Vial del Rio.


Núm. 227 editar

El Congreso ha recibido la apreciable nota de V. E. del 16 del corriente por la que le comunica haber salido a los llanos de Maipú, dejando encargado del Gobierno al señor Ministro de Estado en el departamento del Interior y Relaciones Esteriores. Estas medidas han sido del agrado de la Representación Nacional y sin duda coadyuvarán del modo mas poderoso al pronto restablecimiento del órden público.

El Presidente de la Sala, al comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República, tiene la honra de significarle, de órden de la misma, su gratitud por el celo i actividad que ha desplegado en tan críticas circunstancias. —Valparaíso, Julio 18 de 1828.— Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 228 editar

La Representación Nacional se ha instruido hoi de la apreciable nota de US. fecha 17 del que rije, por la que le comunica haber salido S. E. el Vice-Presidente de la República a encontrar a los sublevados en los llanos de Maipú, i le remite la órden del señor jeneral Borgoño i comunicación del comandante principal de milicias de Rancagua, don José Villardel, i ha acordado que en contestación se esponga a US. que el Congreso descansa en las medidas que precisamente tomará para conservar la tranquilidad pública i hacer que se sientan lo ménos posible las funestas consecuencias que son inherentes a tan atentatorios movimientos.

El Presidente de la Sala al comunicarlo a V. S ., aprovecha la ocasion para ofrecerle las consideraciones de su mas alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 18 de 1828. —Al señor Ministro del Interior.