Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 14 de julio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE SESION 76.ª, EN 14 DE JULIO DE 1828 PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA SUMARIO.—Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Solicitud de don Antonio Díaz de Salcedo sobre compra de la hijuela del Colmo. —Renuncia del señor Herrera. —Oficio del Gobierno sobre el sobresueldo de dos escribientes. —Contestación del señor Infante. —Estravio de una publicación remitida al Gobierno. —Inciso 8.º del artículo 82, i 5.º i 6.º del artículo 83, i i.°, 2.º, 3.º, 4.º, 5.º, 6º i 7.º del artículo 84 de la Constitución. —Tabla.— Acta. —Anexos. CUENTAeditarSe da cuenta:
ACUERDOSeditar
ACTAeditarSe abrió con los señores Albano, Argomedo, Araos, Argüelles, Bilbao, Calderón, Campino, Castillo, Concha, Collao, Cortes, Elizalde, Echeverría, Fernandez, Gana, Guerrero, Gormaz, González, Lira, Larrain, Muñoz, Molina, Orjera, Orihuela, Prado, Prieto, Palacios, Reyes, Ramos, Sotomayor, Sánchez, Vicuña, Valdes, Vial i Ureta. Faltaron con licencia los señores Navarro, Novoa don José Maria, Novoa don Manuel, Recabárren i Marin. Aprobada el acta de la sesión anterior se dió cuenta: 1.º De una nota del Gobierno por la que acompañaba un espediente del señor Diaz de Salcedo: se mandó a la Comision de Justicia i Hacienda; 2.º de otra del señor Herrera remitiendo certificado de su mala salud, suscrito por dos facultativos: se estimó suficiente i se acordó procediese el pueblo de Lautaro a nueva elección; 3.º se leyó otra del Poder Ejecutivo avisando que ya habia mandado tomar razón en las oficinas respectivas a fin de que tuviese su debido efecto la resolución de 5 del presente sobre los escribientes del redactor i taquígrafo: se mandó archivar; 4.º se instruyó la Sala de la contes- tación del señor Infante a la nota que últimamente se le dirijió, i se acordó pasase a la Comision de Policía Interior; 5.º se leyó una nota del señor Ministro del Interior dirijida a la Secretaría i por la que prevenía no haber recibido los 200 ejemplares sobre las causas seguidas de los señores Pradel i Magallanes; se acordó que los Secretarios indagasen la causa de este suceso, i diesen cuenta a la Sala; finalmente, se leyó la parte 8.ª del artículo 82, que en sesiones anteriores se devolvió a la Comision, i sin perjuicio de considerar en la mistna sesión la redacción que se presentaba; se puso a discusión la parte 5.ª del artículo 83, que quedó suspensa en la anterior. Los señores Prado i Elizalde en seguida tomaron la palabra i espusieron, el 1.º que se encomendase a la Comision de Constitución el pronto despacho de la indicación del señor Orjera, i el 2.º sobre que se hiciese igual reconvención con respecto a la que tenia presentada; quedó resuelto se recomendase a la Comision la brevedad en el despacho sobre estos asuntos. Discutida suficientemente la parte 5.ª se sancionó en los términos siguientes: "5.ª velar sobre la conducta funcionaría de los empleados en el ramo judicial i sobre la ejecución de las sentencias". Se leyó la parte 8.ª del artículo 82 que habia sido devuelta a la Comision, i quedó aprobada del modo siguiente: "8.ª ejérzase conforme a las leyes las atribuciones del ▼patronato; pero no presentará obispos sino con aprobación de la ▼Cámara de Diputados". Se aprobaron en seguida la parte 6.ª del artículo 83 i la 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª, 6.ª i 7.ª del artículo 84, todas en los términos siguientes: "6.ª Tomar las providencias necesarias para que las elecciones se hagan en la época señalada en esta Constitución i para que se observe en ellas lo que disponga la lei electoral". ▼DE LO QUE SE PROHIBE AL PODER EJECUTIVO:
▼Art. 84. Se prohibe al Poder Ejecutivo: I.° Mandar personalmente la fuerza armada de mar i tierra sin prévio permiso del ▼Congreso i en su receso de las dos terceras partes de la Comision permanente; obtenido ésto mandará la República el Vice-Presidente. — 2.º Salir del territorio de la República durante su Gobierno i un año despues de haber concluido.— 3.º Conocer en materias judiciales bajo ningún pretesto. — 4.º Privar a nadie de su ▼libertad personal i en caso de hacerlo, por exijirlo así el ínteres jeneral, se limitará al simple arresto, i en el preciso término de 24 horas pondrá al arrestado a disposición del juez competente. — 5.º Suspender por ningún motivo las ▼elecciones nacionales, ni variar el tiempo que esta ▼Constitución le designa. —6.º Impedir la reunión de las Cámaras o poner algún embarazo a sus sesiones. — 6.º Emitir goce de sueldo por otros títulos que el de actual servicio, jubilación o retiro conforme a las leyes. Se puso en discusión la parte 8.ª i no se alcanzó a resolver, quedando para segunda discusión. Se levantó la sesión, debiendo en la próxima continuar la discusión del proyecto. —M. Novoa. —Bruno Larrain. ANEXOSeditarNúm. 204editar▼Don Juan Antonio Diaz de Salcedo ha elevado al Gobierno el adjunto espediente, solicitando se le estienda escritura de venta de la hijuela mayor de la hacienda llamada Colmo. Las relaciones de familia que ligan al suplicante con el infrascrito no le permiten entender en la materia sin ofender su propia delicadeza i la del cargo que tiene el honor de ejercer, i por esto suplica al ▼Congreso Nacional se sirva cometer el despacho del presente asunto a los tribunales de justicia o a cualquiera otra autoridad que sin el menor embarazo pueda espedirse para dictar la resolución que corresponda en justicia. El ▼Vice-Presidente de la República, al hacer esta súplica al Congreso Nacional, le ofrece las consideraciones de su alto aprecio i respeto. —Santiago, Julio 9 de 1828. —▼F. A Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al congreso Nacional. Núm. 205editar▼El ▼Vice-Presidente de la República tiene el honor de comunicar al señor Presidente del ▼Congreso Nacional que se ha mandado tomar razón en las oficinas respectivas de la resolución de la Sala, que con fecha 5 del corriente determina la gratificación de treinta pesos mensuales a los escribientes del redactor i taquígrafo, como está asignada a los demás oficiales de Secretaría. El Vice-Presidente de la República saluda al señor Presidente del Congreso Nacional con las atenciones de su mayor aprecio. —Santiago, Julio 12 de 1S28. —F . A. ▼Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al señor Presidente del Congreso Nacional. Núm. 206editar▼Tengo el honor de prevenir a US. que no han llegado los 200 ejemplares que con fecha 9 del presente me comunica US. remitirme de los documentos relativos a las causas seguidas por la Representación Nacional a los ex-Diputados don ▼Manuel Magallanes i don ▼Nicolás Pradel para que se repartan en los pueblos de la República. Saludo a US. con toda la sinceridad de mi mayor aprecio. —Santiago, Julio 12 de 1828. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Secretario del Congreso Nacional. Núm. 207editar▼He tenido el honor de recibir la nota de US., fecha 30 del próximo pasado, en la que se sirve comunicarme que el ▼Congreso Nacional habia tomado en consideración mi renuncia del cargo de representante por hallarme enfermo, i que en su consecuencia acordó que lo acreditase legalmente. En esta virtud incluyo a US. el adjunto certificado que lo acredita suficientemente. El que suscribe tiene la satisfacción de ofrecer al señor Secretario los sentimientos de su mayor consideración i aprecio. —Santiago, Julio 6 de 1828. —▼Ramón Herrera. —Al señor Secretario del Congreso Nacional. Núm. 208editar▼El doctor José Pafsamon i Cárlos Buston, certifican que don ▼Ramón Herrera adolece hace algún tiempo de un tumor en el intestino recto producido probablemente por alguna almorrana interna; que está siguiendo un método curativo puramente quirúrjico. Tanto la razón natural como la práctica indican cuál debe ser el plan que se ha de seguir; éste consiste en evitar la compresión local, sentándose lo ménos que pueda i no montando a caballo, de lo contrario se espone dicho don Ramón a una fístula. Dado en Santiago a 2 de Julio de 1828. —Doctor José Pafsamon. —Cárlos Buston. Núm. 209editar▼En dos ocasiones he tenido ajustado carruaje i designado dia para mi partida a Valparaíso, i en ámbas se ha frustrado por haberme acometido la afección al pecho que padezco mas de seis años. La realizaré luego que el tiempo se asiente con alguna estabilidad, sin que me sea posible designar el cuándo, ni aun poco mas o ménos como se. me dice, porque mi enfermedad no es de las estinguibles, sino de las que periódicamente asaltan, mucho mas en las estaciones en ▼que la atmósfera sufre mas vicisitudes, como la presente, i cuya previsión no está a mis alcances. Con esto dejo contestada la apreciable nota de US. de 3 del corriente, teniendo al mismo tiempo el honor de saludarle con el mas sincero afecto. —Santiago, 5 de julio de 1828. —▼José Miguel Infante. —A la Comision de Policía Interior. Núm. 210editar▼El ▼Congreso Nacional ha acordado en sesión de ayer que el pueblo de Lautaro proceda de nuevo a la ▼elección de ▼Diputado i suplente, en razón de habérsele admitido la renuncia a este último, por haber comprobado legalmente su enfermedad, i no poder representarlo el primero con motivo de la declaración de la Sala de 14 del próximo pasado Junio. El ▼Vice-Presidente del Congreso, al comunicarlo a S. E. el de la República para su debido cumplimiento, tiene la honra de reiterarle los sentimientos de su distinguido aprecio. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. —Al Exmo. Señor Vice Presidente de la República. Núm. 211.editar▼El ▼Congreso Nacional ha acordado en sesión de ayer que los Secretarios indaguen las causas que han impedido lleguen al Ministerio los doscientos ejemplares sobre el espediente seguido a los señores ▼Pradel i ▼Magallanes, i que con fecha 2 del presente se le remitieron. El que suscribe, antes de todo, ha creído conveniente pedir a V. esplicaciones sobre este particular para que con arreglo a ellas tomar aquellas medidas que sean suficientes al esclarecimiento de este asunto. Reitera a V. las consideraciones de su mayor aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 19 de 1828. Al señor Administrador de correos de esta ciudad. |