Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Senadores, en 19 de diciembre de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 19 de diciembre de 1828
CÁMARA DE SENADORES
SESION 65.ª, EN 19 DE DICIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RAMON DE VICUÑA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de juicios ejecutivos hipotecarios. —Id. de rebajas de los derechos de las capellanías i patronatos. —Id. de Tribunales Eclesiásticos. —Legación de Chile en el Perú. —Época de las elecciones. —Aumento de sueldo de don Cárlos Vandorse. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que la Cámara de Diputados comunica haber resuelto, por las causales que apunta, que las próximas elecciones se efectúen tres meses despues de la época fijada por la Constitucion. (Anexo número 559. V. sesion del 15.)
  2. De otro oficio en que la misma Cámara comunica haber aprobado un proyecto que autoriza al Gobierno para aumentar el sueldo de don Cárlos Vandorse, intérprete de la aduana de Valparaíso. (Anexo número 560.)
  3. De un dictámen de la Comision de Lejislacion sobre el proyecto de lei que fija el procedimiento que se debe seguir en los juicios ejecutivos por deudas hipotecarias; la Comision propone que se apruebe el proyecto con las modificaciones que espresa. (Anexo núm. 561. V. sesion del 11.)
  4. De otro dictámen de la Comision de Hacienda, sobre el proyecto de lei que rebaja los derechos de las imposiciones de capellanías i patronatos, la Comision propone la aprobacion. (Anexo núm. 562. V . sesion del 21 de Noviembre de 1828.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que el proyecto de lei de juicios ejecutivos hipotecarios se imprima ántes de empezar su discusion. (V. sesion del 23.)
  2. Aprobar en la forma que en el acta consta el proyecto de lei que rebaja los derechos de imposición de capellanías i patronatos.
  3. Integrar la Comision Eclesiástica con los señores Vial i Lira i devolverle el proyecto que establece los tribunales llamados a conocer de los juicios eclesiásticos. (V. sesion del 10.)
  4. Discutir sin dictámen de Comision la propuesta hecha por el Gobierno de llamar al jefe de la Legacion de Chile en Lima i dejarla a cargo del secretario como ajente de negocios; no pasarla a la Cámara de Diputados i aprobarla. (Anexo núm. 563. V. sesiones del 12 de Diciembre de 1828 i 4. de Marzo de 1830.)
  5. Archivar el oficio en que la Cámara de Diputados comunica haber fijado una época especial para las venideras elecciones.
  6. Considerar sobre tabla la solicitud del administrador de la aduana de Valparaíso sobre aumento de sueldo. (V. sesion del 22.)

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Fernández, Gormaz, Lira, Prado, Prieto, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña.

Faltaron con licencia los señores Calderon, Guerrero, Marin i Novoa.

Se aprobó el acta de la sesion anterior.

Se procedió en seguida a la lectura del proyecto sobre juicios ejecutivos hipotecarios. Concluida, se hicieron observaciones acerca de su gravedad e importancia con cuyos fundamentos i el de la dificultad de hacerse cargo de él en una lectura rápida, se pidió su impresion. Habiendo la Sala deferido a esta proposicion, se acordó se hiciese aquella i que entonces se consideraría.

Se puso despues en discusion el proyecto sobre suspension por cierto término del derecho de 15 por ciento que deben pagar las imposiciones de capellanías i patronatos i la reducción de ese derecho, despues de este tiempo, al 6 por ciento i fué sancionado en los mismos términos que lo acordó la Cámara de Diputados i son los siguientes:

"Artículo primero. Se suspende por el término de seis meses, contados desde la promulgacion del presente decreto, el derecho de 15 por ciento que deben pagar las imposiciones de capellanías i patronatos laicales.

Art. 2.º Queda reducido este derecho al 6 por ciento por el mismo término señalado en el artículo precedente.

Art. 3.º Se esceptúan los capitales que se im- pongan en favor de establecimientos de beneficencia, los cuales no pagarán derecho alguno por su imposicion."

Se procedió en seguida a la lectura del proyecto presentado por la Comision Eclesiástica sobre los tribunales que deben conocer en los juicios de esta naturaleza. Habiéndose observado que estaba solo firmado por un individuo de dicha Comision, por la enfermedad i ausencia de los demás, se acordó se agregasen a ella los señores Lira i Vial i volviese a otra Comision para que se reconsiderase por ella.

Se leyó despues una nota del Gobierno en que somete a la aprobación del Senado el retiro del actual Ministro Plenipotenciario cerca del Gobierno del Perú, don Pedro Trujillo i nombramiento de un ájente de negocios hecho en la persona del secretario de dicha Legacion, don Miguel Zañartu. Se consideró, habiéndose desechado la proposicion de que pasase a una Comision, i se aprobó. Se hizo a continuacion indicacion para que pasase a la Cámara de Diputados con el objeto de que concurriese a esta sancion.

Discutida suficientemente esta proposicion, se votó i resultó desechada. Se leyeron despues dos notas de la Cámara de Diputados en que avisa por la una haber señala- do el término de tres meses para las próximas elecciones, despues de las épocas que señala la Constitucion i el reglamento de elecciones; i por la otra haber acordado autorizar al Gobierno para que haga el aumento de sueldo que solicita don Cárlos Vandorse. Se mandó la primera a archivar i se consideró la otra. Se hizo indicacion para que pasase a la Comision respectiva, la cual habiéndose votado, resultó que no debia pasar i considerarse de consiguiente sobre tabla; pero siendo la hora avanzada, se levantó la sesión i no se alcanzó a resolver. —Francisco R de Vicuña


ANEXOS editar

Núm. 559 editar

La Cámara de Diputados se ha conformado con las adiciones que la de Senadores hizo al reglamento de elecciones; i teniendo en consideracion el largo tiempo que ha trascurrido en su sancion, i el que debe emplearse en su impresion i publicacion, ha resuelto que ellas en el primer período se verifiquen tres meses despues de las épocas que señala la Constitucion. El que suscribe, tiene la honra de comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores i de ofrecerle la seguridad de su alto aprecio. —Cámara de Diputados. —Santiago, Diciembre 17 de 1828. — Bruno Larraín. —Diego Arriaran, Pro-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 500 editar

La Cámara de Diputados ha tomado en consideracion la adjunta solicitud de don Cárlos Vandorse, intérprete de la aduana de Valparaíso, para que se le aumente el sueldo de su empleo, i ha resuelto lo siguiente:

"Se autoriza al Poder Ejecutivo para que haga el aumento de sueldo que solicita don Cárlos Vandorse, en caso de que lo halle justo, atendidos los trabajos que desempeña."

El que suscribe, tiene la honra de comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores i de ofrecerle las consideraciones de su distinguido aprecio. —Cámara de Diputados. —Santiago, Diciembre 19 de 1828. — Bruno Larraín. — Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 561 editar

La Comision de Lejislacion opina que la mayor parte de los artículos propuestos en esta lei son contenidos en el nuevo reglamento de justicia i leyes vijentes. Los trámites que ahora se prescriben son en favor del acreedor conformes al espíritu de nuestra lejislacion, en los juicios ejecutivos. Solo añade la Comision que en el capítulo 2.º artículo 4.º se diga que si el deudor no quisiese nombrar por su parte un perito tasador lo nombre el juez de oficio. Opina igualmente la Comision que en los artículos 6.º i 7.º del capítulo 2.º en lugar de nueve dias entre los pregones se concedan solamente tres, para que a los nueve útiles, fuera de los dias en que se pregone la especie, sea realizada su venta. Por lo de- mas debe en concepto de la Comision, pasar la lei como se presenta. —Santiago, Diciembre 18 de 1828. —González. — Manuel Gormaz.


Núm. 562 editar

La Comision de Hacienda cree que la sancion del proyecto sobre rebajas del derecho de impuesto a las capellanías i patronatos no solo es de rigurosa justicia, sino que de ello le resultan al Erario ventajas de mucha consideracion. —Sala de sesiones del Senado. —Diciembre 19 de 1828. — Manuel Gormaz.


Núm. 563 editar

La Cámara de Senadores ha aprobado la resoluciOn que ha tomado S. E. el Vice-Presidente de la República, para retirar al actual Ministro Plenipotenciario de este Gobierno cerca del del Perú, don Pedro Trujillo i el nombramiento de ájente de negocios que ha creido conveniente hacer en la persona del secretario de dicha Legación don Miguel Zañartu.

El Presidente del Senado tiene la honra de comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República i de manifestarle los sentimientos de su adhesion. —Diciembre 22 de 1828. —A S. E. el Vice-Presidente de la República.


Núm. 564 editar

El secretario del Senado está encargado por la Comision de Hacienda de solicitar del señor contador mayor una copia de los últimos cuadrantes de los diezmos de los obispados de Santiago i Concepción, por serle mui importante el tener un conocimiento exacto de este particular para continuar sus tareas.

El que suscribe tiene la honra de ponerlo en su conocimiento. —Diciembre 19 de 1828. —Por secretaría. —Al señor contador mayor.


Núm. 565 editar

La Comision de Hacienda del Senado no habiendo podido adquirir una noticia exacta del sueldo o comision que difruta el señor factor por su empleo, a pesar de haberse dirijido por mi conducto para ello al Tribunal de Cuentas, me ha encargado nuevamente me comunique directamente con Ud. para que se sirva esponerlo en su contestación, indicando en virtud de que lei o decreto. El que suscribe saluda con este motivo a Ud. —Diciembre 19 de 1828. —Por secretaría. —Al señor factor de tabacos.