Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Senadores, en 12 de setiembre de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 12 de setiembre de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 6.ª, EN 12 DE SETIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Propuestas de ascenso de tres coroneles graduados. —Comunicación al Gobierno de los proyectos aprobados. —Venta de tres buques de la escuadra. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que la Cámara de Diputados comunica haber aprobado el proyecto de indulto a los Dragones. (Anexos números 378, 383,384. i 383. V . sesiones del 3, el 22 i el 24.)
  2. De otro oficio en que la misma Cámara trascribe un proyecto, según el cual, de las dos ramas lejislativas, aquella que toma la iniciativa deberá comunicar al Gobierno los proyectos aprobados. (Anexo números 379. V. sesión del 10.)
  3. De un dictámen de las Comisiones de Guerra i de Hacienda sobre el ascenso de los coroneles graduados Recabárren, Manzanos i Picarte; las Comisiones opinan que debe reservarse al próximo Senado el conocimiento de este asunto. (Anexo núm. 380 .V. sesión del 10.)
  4. De otro dictámen particular que don Francisco Calderón, en disidencia, presenta sobre los mismos ascensos; el informante opina que el Congreso actual debe conocer en el asunto. (Anexo núm. 381.)
  5. De otro dictámen de las mismas Comisiones indicadas sobre la venta de algunos buques de la escuadra; las Comisiones proponen que sea autorizada en la forma que espresan i ademas que se supriman las comisarías de marina. (Anexo man. 382. V. sesión del 10 de Setiembre de 1828 i 26 de Marzo de 1821.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Despues de alguna discusión, dejar pendiente la de si se debe discutir o nó las propuestas de ascenso de unos coroneles graduados. (V. sesión del 13.)
  2. Aprobar el proyecto de la Cámara de Diputados relativo a la comunicación de las leyes al Poder Ejecutivo.
  3. Aprobar los artículos 1.º i 2º del pro yecto de enajenación de unos buques de la escuadra i dejar pendiente la discusión del 3.º (V. sesión del 13.)

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Calderón,Fernandez, Gormaz, González, Guerrero, Lira, Prado, Prieto, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña.

Se leyó i aprobó el acta de la sesión anterior.

Se dió cuenta del dictámen de las Comisiones Militar i de Hacienda, sobre el nombramiento de coronel hecho por el Poder Ejecutivo en los señores Recabárren, Manzano i Picarte; el señor Calderón presentó el suyo por separado. Inmediatamente se contrajo la Sala a discutir este asunto, retirándose de ella el señor Recabárren por afectarle personalmente. Quedó sin resolverse por haberse pedido otra discusión.

A segunda hora se leyeron dos oficios de la Cámara de Diputados, el primero en que espone que el indulto concedido al cuerpo de Dragones se habia aprobado por ella, el segundo comunicando la fórmula acordada para comunicar las leyes al Poder Ejecutivo, la que despues de un corto debate también se aprobó por el Senado en estos términos: "El Congreso Jeneral ha sancionado la lei siguiente (aquí el texto). El Presidente de la Cámara tal, que tomó la iniciativa, lo comunica."

Ultimamente se leyó el dictámen de las Comisiones Militar i de Hacienda relativo a la venta de los buques propuesta por el Gobierno; puesto a discusión se aprobaron los artículos siguientes:

"Artículo primero. Se faculta al Gobierno para que proceda a la enajenación de los tres buques de guerra que espresa.

Art. 2.º El casco de la Lautaro, despues de enajenado su aparejo, deberá destinarse a la formacion de un muelle, para lo que se le autoriza."

El artículo 3.º quedó sin resolverse por ser la hora avanzada i haberse levantado la sesión. —Juan de Dios Vial del Rio. —J. Domingo de Amundtegui, Pro-Secretario.


ANEXOS editar

Núm. 378 editar

La Cámara de Diputados ha convenido en el indulto que la de Senadores acordó en 5 del corriente al rejimiento de Dragones.

El que suscribe tiene la honra de volver al señor Presidente del Senado los antecedentes de este negocio, saludándole con afección i respeto.

Cámara de Diputados, Santiago, Setiembre 12 de 1828. — M. Novoa. Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 379 editar

La Cámara de Diputados teniendo presente la necesidad urjente de uniformar la fórmula de que deba usarse para comunicar al Poder Ejecutivo las leyes que han obtenido la aprobación de ambas Cámaras, ha acordado lo siguiente:

"El Congreso Jeneral ha sancionado la siguiente lei: (aquí el texto) El Presidente de la Cámara tal, que tomó la iniciativa, la comunica, etc."

El que suscribe reitera al señor Presidente de la Cámara de Senadores sus sentimientos de alta consideración i aprecio. Cámara de Diputados. — Santiago, Setiembre 12 de 1828. —M. Novoa.— Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 380 editar

Las Comisiones Militar i de Hacienda opinan: que no teniendo el presente asunto la calidad de surjente i estando impedido el Congreso por el artículo 134 de ocuparse en otros objetos que los de elecciones, i demás necesarios para poner en ejecución la Constitución, debe reservarse para el Senado constitucional inmediato el presente asunto.

Sala de sesiones del Senado, Setiembre 12 de 1828. Francisco R. de Vicuña. — Manuel Gormaz. —J. Ignacio Sánchez P. Prado Montaner. —Joaquin Prieto.


Núm. 381 editar

No conformándome con el artículo 134 que citan las Comisiones, por no ser del caso, es mi dictámen que debe conocer el Senado conforme a la parte 5. del artículo 83 de la Constitución. Sala de sesiones del Senado, Setiembre 12 de 1828. Francisco Calderón.


Núm. 382 editar

La Comision de Guerra i Hacienda reunidas han considerado i discutido la solicitud del Gobierno i atendidas sus razones las halla justas; solo sí no puede desentenderse de mirar con sentimiento la disolución de una escuadra que pocos dias ántes dominó el Pacífico, dió libertad a dos Repúblicas, llenó de gloria a nuestra Nación i podria hoi servir contra cualesquiera invasión, para hacer valer nuestros derechos; pero a urjencia i necesidades del erario asi lo han exijido; consultemos ahora la economía para disponernos a formar con el tiempo una fuerza marítima tal cual exije una Nación que en toda su estension está sumida de costas tan dilatadas, i entre tanto, no desconociendo las necesidades que espresa el Gobierno, pueden sancionarse los artículos siguientes:

"Artículo primero. Se faculta al Gobierno para que proceda a la enajenación de los tres buques de guerra que espresa.

Art. 2.º El casco de la Lautaro despues de enajenado su aparejo, etc., etc., deberá destinarse a la formación de un muelle.

Art. 3.º El Gobierno tomará nueva información sobre si está o no la goleta Motezuma en estado de fácil composicion i servicio.

Art. 4.º Suprímanse las comisarías i demás oficinas de marina innecesarias, para cuyo efecto podrá el Ejecutivo, con la posible brevedad, presentar un proyecto el mas económico de reforma o si es dable que la marina sea servida por asiento o contratas particulares a estilo de otras naciones".

Sala de sesiones del Senado. —Setiembre 12 de 1828. Francisco Calderón. —Joaquin Prieto. —Francisco R. de Vicuña. — J. Ignacio Sánchez . —Manuel Gormaz. — P. Prado Montaner.


Núm. 383 editar

El Congreso Nacional ha tomado en consideración la nota del Poder Ejecutivo fecha 3 del corriente, i demás documentos que acompaña relativos al sometimiento del cuerpo de Dragones i ha resuelto lo siguiente:


Artículo primero. Indúltase al cuerpo de Dragones de la pena corporal a que se habia hecho acieedor por sus-escesos.

Art. 2.º El Poder Ejecutivo procederá en lo demás como lo exija el interés jeneral, consultando en todo caso la seguridad i tranquilidad del Estado."

El Presidente de la Cámara de Senadores tiene la honra de comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República i de ofrecerle las consideraciones de su aprecio i afecto.

Setiembre 19 de 1828. —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 384 editar

Para el despacho de negocios pendientes en la Cámara de Diputados, es preciso tener a la vista la nota que el Poder Ejecutivo pasó al Congreso Constituyente, acusando al señor diputado don José Miguel Infante de complicidad en los últimos movimientos de San Fernando. Sírvase el señor Presidente de la Cámara de Senadores ponerla a disposición de esta secretaría, i admitir los respetos del que suscribe. —Cámara de Diputados. —Santiago, Setiembre 12 de 1828. —M. Novoa. — Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al Señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 385 editar

Tengo la honra de acompañar al señor Presidente de la Cámara de Diputados, el oficio en que el Poder Ejecutivo acusa al señor don José Miguel Infante, i que manda pedir en su apreciable nota fecha de hoi.

Sírvase entre tanto el señor Presidente de la Cámara de Diputados admitir los sentimientos de aprecio del que suscribe. —Setiembre 12 de 1828. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.