Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de diciembre de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de diciembre de 1828
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 69, ESTRAORDINARIA, EN 20 DE DICIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON RAFAEL BILBAO


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de lei sobre sucesion en las capellanías colativas. —Id. sobre provision de canonjías. —Id. sobre autorizacion al Hospicio para enajenar unos terrenos. —Prosecucion de las sesiones. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Senado trascribe un proyecto de lei que regla la sucesion de las capellanías colativas, i de un informe de las Comisiones Eclesiástica i de Lejislacion sobre el mismo proyecto. (Anexos núms. 217 i 218.)
  2. De otro oficio con que la misma Cámara trascribe un proyecto de lei que declara corresponder al Poder Ejecutivo la provision de canonjías; i de una nota de las Comisiones Eclesiástica i de Gobierno, las cuales proponen que se pidan al Senado los antecedentes de este asunto. (Anexos números 219 i 220. V. sesion del 24. de Noviembre de 1828.)
  3. De otro oficio con que la misma Cámara trascribe un proyecto de lei que absuelve al Hospicio de una deuda i se le autoriza para enajenar unos terrenos. (Anexo núm. 221. V. sesion del 23.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Reanudar las sesiones en atencion a que el Senado sigue funcionando diariamente. (V. sesion del 19.)
  2. Pedir al Senado los antecedentes relativos al proyecto de provision de canonjías. (V. sesion del 24.)
  3. Dejar para la sesion próxima la consideración del proyecto de lei que regla la sucesion de las capellanías colativas. (V. sesion del 22.)
  4. Encargar a la Comision de Hacienda que traiga para la próxima sesión el informe sobre la supresion de la aduana de Santiago. (1)[1](V. sesiones del 19 i el 24.)

ACTA editar

SESION ESTRAORDINARIA DEL 20 DE DICIEMBRE

Asistieron los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Bilbao, Campino, Castillo, Collao, Concha, Gana, González, Larrain, Marin, Orgera, Orihuela, Palacios, Reyes, Ureta, Valdés i Valdivieso.

Faltaron con licencia los señores Cortés, Elizalde, Escanilla, Echeverría, Molina, Muñoz, Novoa, Ramos, Sotomayor, Urízar i Villar.

Se aprobó el acta de la sesion anterior.

Se leyeron tres notas del Senado, que contienen un proyecto de lei sobre sucesion de capellanías colativas, otro sobre provision de canonjías i un proyecto de decreto sobre autorizar a los Administradores del hospicio para enajenar a censo los terrenos del establecimiento i exonerar a éste de la deuda que reconoce a favor del fisco.

Como estos acuerdos se habian remitido ya a las Comisiones respectivas, se procedió a leer los informes que estaban evacuados. En conformidad, se leyó primeramente el de las Comisiones Eclesiástica i de Lejislacion sobre el primero de dichos proyectos, i en seguida el de la de Gobierno i Eclesiástica sobre el segundo, quedando sin informarse el tercero, que habia sido remitido a la Comision de Hacienda.

El señor Ureta espuso que dudaba de las facultades que tuviese el señor Presidente para mandar los negocios a las Comisiones ántes de que se diese cuenta de ellos en la Sala; mas, pronto se satisfizo por haberle manifestado éste que existían acuerdos especiales que le daban tal autoridad.

El señor Presidente manifestó a la Sala que el objeto de la sesion era el de conocer sobre los proyectos de que se habia dado cuenta. Dijo así mismo que habia sabido que el Senado continuaba trabajando diariamente i que aun habia duplicado el número de sus sesiones; que, por consiguiente, debia cesar de hecho el receso que esta Cámara habia acordado en la sesion anterior, como fundado en la equivocada noticia que se habia dado de que aquel Cuerpo estaba también recesado; i la Sala convino en ello.

A indicacion del señor Larrain, se consideró el dictámen de las Comisiones Eclesiástica i de Gobierno sobre provision de canonjías por ser de fácil espedicion, i fué aprobado sin contradicción alguna, quedando por consiguiente acordado que se pidiesen al Senado los antecedentes que motivaron esta resolucion.

El señor Concha indicó también que podia considerarse el proyecto sobre sucesion de capellanías por no haber otro asunto de que tratar.

Despues de un lijero debate sobre este particular se votó la siguiente proposicion: "¿Se considera o nó?" i resultó la negativa, quedando por consiguiente dicho proyecto en tabla para la sesion próxima.

En este estado, se levantó la presente. BRUNO LARRAIN.


ANEXOS editar

Núm. 217 editar

La Cámara de Senadores ha sancionado el siguiente proyecto de lei:

"En todas las Capellanías colativas se sucederá de aquí en adelante por el mismo órden que en las laicales i segun el antiguo de los mayorazgos de España, sin perjuicio de los actuales poseedores eclesiásticos."

El Presidente del Senado reitera al de la Cámara de Diputados los sentimientos de su aprecio i afecto.— Cámara de Senadores, Diciembre 19 de 1828. —Francisco R. de Vicuña. —Francisco Fernández, Senador-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Diciembre 20 de 1828. —A las Comisiones Eclesiásticas i de Lejislacion. —Arriarán, Pro-Secretario.


Núm. 218 editar

SS. RR. editar

Las Comisiones Eclesiástica i de Lejislacion opinan que el acuerdo del Senado, aunque justo i conveniente en su fondo, debe redactarse en términos mas claros i precisos, a cuyo efecto proponen la siguiente redaccion:

"Artículo único. Toda Capellanía colativa, sin perjuicio de los actuales poseedores, no tendrá otro órden de sucesión que el prevenido rigurosamente a los antiguos mayorazgos de Castilla, sin que contra ésta pueda servir en lo menor de preferencia las órdenes ya menores, sacerdotales o de cualquiera otra clase."

Sala de sesiones, Diciembre 20 de 1828. —Dr. Orgera. —Concha. —B. Larrain.

El que suscribe, como miembro de la Comision Eclesiástica, opina que el proyecto sancionado por el Senado debe desecharse por las razones que aducirá en la discusion. Fecha ut supra. —Reyes.


Núm. 219 editar

La Cámara de Senadores ha sancionado el siguiente proyecto de lei:

"Pertenece al Poder Ejecutivo la provision de canonjías."

El que suscribe, al comunicarlo al Presidente de la Cámara de Diputados para su aprobacion, se complace en ofrecerle las seguridades de su adhesion i aprecio.—Cámara de Senadores, Diciembre 19 de 1828 —Francisco R. de Vicuña. —Francisco Fernández, Senador-Secretario.

Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Diciembre 20 de 1828. —A las Comisiones Eclesiástica i de Gobierno. -Arriarán, Pro-Secretario.


Núm. 220 editar

Las Comisiones de Gobierno i Eclesiástica han considerado el artículo anterior sancionado por el Senado, i opinan por que se oficie al Presidente de dicha Cámara pidiéndole los antecedentes de esta materia. —Santiago i Diciembre 20 de 1828. —Jose Antonio Valdés. —B. Larrain. —AraosReyes. —Dr. Orgera.


Núm. 221 editar

Habiendo tomado en consideracion la Cámara de Senadores la nota del Poder Ejecutivo i demas documentos que acompaño relativos a una solicitud de los Administradores del Hospicio, ha resuelto lo siguiente:

"Art. 1.º Se absuelve al Hospicio de esta ciudad de la deuda que contrajo con los fondos públicos en la compra de la chacra denominada la Ollería.

Art. 2.º Se autoriza a sus Administradores para que procedan en los términos prevenidos por las leyes a la enajenacion del terreno sobrante i del cual no necesite el establecimiento."

El Presidente de la Cámara de Senadores saluda con este motivo al de la de Diputados con las consideraciones de su mayor aprecio. —Cámara de Senadores, Diciembre 19 de 1828. —Francisco R. de Vicuña. —Francisco Fernández. Senador-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


  1. Este acuerdo consta en el acta de la sesion siguiente. (Nota del Recopilador.)