Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Diputados, en 15 de setiembre de 1828

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 15 de setiembre de 1828
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 8.ª, EN 15 DE SETIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. — Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente.

—Cuenta. —Sobresueldo de los amanuenses del redactor i del taquígrafo. —Fórmula de comunicacion de las leyes. —Licencia al señor Muñoz de Bezanilla. —Solicitud de don Manuel Salas Castillo.

—Publicacion de los discursos de los diputados. —Proyecto de Lei de Olvido. —Id. de asistencia de los diputados. —Incidente sobre la jura de la Constitucion por don José Miguel Infante. —Proyecto que fija los requisitos de la ciudadania legal. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Senado comunica haber acordado que se abone a los amanuenses del redactor i del taquígrafo la gratificacion que se otorgó en jeneral a los empleados del Congreso por el tiempo de su funcionamiento en Valparaíso. (Anexo núm. 37. V. sesion del 15.)
  2. De otro oficio en que la misma Cámara devuelve aprobado el proyecto de lei que fija la forma de comunicacion de las leyes al Gobierno. (Anexo núm. 38. V. sesion del 10.)
  3. De una mocion de don Julián Navarro, quien propone se observe lo acordado por el Congreso sobre publicacion de los discursos de los diputados (V. sesiones del 4 de Junio i 12 i 13 de Setiembre de 1828.)
  4. De un informe de la Comision de Policía interior sobre la solicitud del señor Muñoz de Bezanilla; la Comision propone que se le dé la licencia i se llame al suplente. (Anexo núm.39 V. sesion del 12.)
  5. De otro informe, de la Comision Calificadora, sobre la solicitud de don Manuel Salas Castillo. (V. sesion del 10.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar el acuerdo del Senado que manda abonar a los amanuenses del redactor i el taquígrafo cierta gratificacion. (V. sesion del 23.)
  2. Archivar el oficio con que el Senado devuelve el proyecto de lei que fija la manera de comunicar al Gobierno los proyectos de lei aprobados.
  3. Conceder al señor Muñoz de Bezanilla la licencia que pide i llamar a su suplente.
  4. Poner en tabla la solicitud de don Manuel Salas Castillo. (V. sesion del 25.)
  5. Que se cumpla el acuerdo del Congreso sobre publicacion de los discursos de los diputados.
  6. Que la Comisión de Justicia informe de nuevo sobre el proyecto de Lei de Olvido. (V. sesiones del 13, el 17 i el 19.)
  7. Aprobar en la forma que en el acta consta, el proyecto que establece medidas compulsivas para obligar a los diputados a asistir regularmente a las sesiones, i mandarlo al Senado para su aprobacion. (V. sesiones del 13 i el 23 de Setiembre i 7 de Octubre de 1828.)
  8. Llamar al señor Infante para que jure la Constitución, i dejar constancia de que él la jura sin aprobarla.
  9. Despues de alguna discusion, dejar pendiente la del proyecto que regla el modo de calificar la ciudadanía legal. (V. sesiones del 5 i 17.)

ACTA editar

SESION DEL 15 DE SETIEMBRE

Se abrió con asistencia de los señores Araos, Argomedo, ArgÜelles, Bilbao, Campino, Castillo, Collao, Echeverría, González, Larrain, Marín, Molina, Novoa Oribuela, Orgera, Palacios, Sotomayor, Ureta, Valdés i Villar.

Los señores Albano e Infante, aunque asistieron, fué despues de leida el acta.

Faltaron con licencia los señores Concha, Elizalde, Ramos, Reyes, Bezanilla, Cortés i Urízar. Sin ella, los señores Gana, Barros i Elizondo.

Leida el acta de la sesion estraordinaria del 13, fué aprobada.

Dióse cuenta de dos notas del Senado: la una referente a poner en conocimiento de la Cámara haber resuelto, a solicitud de los amanuenses del Redactor i Taquígrafo, el abono del sobresueldo que el Congreso acordó para sus empleados desde el 25 de Mayo, i quedó aprobado; i la otra conformándose con la fórmula que deba observarse entre ambas Cámaras para comunicar al Gobierno las leyes i decretos que ellas sancionen. Ambas comunicaciones se mandaron archivar.

Leyóse el dictámen de la Comision de Policía interior sobre la solicitud del señor Bezanilla, i acordó la Sala se le concediese la licencia que en ella pedia i se llamase a su suplente.

Otra de la Calificadora de peticiones en la solicitud de don Manuel Salas Castillo. Se puso en tabla.

Se leyó una mocion del señor Navarro en que pidió se observe el acuerdo del Congreso sobre el modo de publicar los discursos de los diputados; i que, supuesto que la Sala habia resuelto se le diese al señor Infante un certificado del suyo, pronunciado en la sesion del 5, corriesepreviamente el curso que se daba a los de todos los demás ántes. de ir a la prensa; i la Sala, a consecuencia de su lectura, accedió a su solicitud. Púsose en discusiorn el artículo 1.º de Lei de Olvido; pero, habiéndose pedido pasase nuevamente a la Comision respectiva para que lo informase, quedó acordado así por la Sala. Púsose en seguida en su consideracion el proyecto de decreto sobre integrarla; i leido el primer artículo, se puso en votacion, como asimismo el segundo i tercero, quedando todos ellos aprobados de la manera siguiente:

Articulo primero. El diputado que no asista despues de tres requerimientos de cinco en cinco dias hechos por Secretaría, queda privado del cargo de diputado.

Art. 2.º Se llamará inmediatamente a su suplente, e impedido éste legalmente de representar, se procederá a nueva eleccion.

Art. 3.º Se comunicará al Poder Ejecutivo, el que lo avisará al pueblo que lo elijió, diciendo que aquel individuo no ha correspondido a sus confianzas.—

Por indicación del señor Argomedo, determinó la Sala se mandase al Senado para su aprobacion.

En segunda hora, hizo el señor Ureta indicación a efecto de que el señor Infante jurase la Constitucion; i a consecuencia de ella, se llamó a dicho señor; pero ántes de verificarlo, espuso que al asistir a las sesiones de la Cámara no habia tenido otro objeto que empeñarla en que conociese de la nota que lo acusaba cómplice en el movimiento de San Fernando, i que si el juramento importaba aprobacion del Código sancionado por el Congreso, él jamas lo haria, porque abiertamente contradecia sus sentimientos, sobre cuya opinion no habia poder alguno que tuviese imperio i que para obedecerlo no era necesario su juramento. En seguida procedió a prestarlo, con arreglo a las formulas de estilo, bajo la protesta hecha i pidiendo espresamente se estampase en el acta en estracto su discurso; i sin embargo de que otro señor pidió que previamente declarase la Sala si debia o no accederse a su solicitud, no obstante, así se acordó.

Púsose en discusion el primer artículo del proyecto que regla el modo de calificar la ciudadanía legal, i despues de un considerable debate i siendo la hora avanzada, quedó en segun da discusion para la sesion siguiente. —M. Novoa. —Ignacio Molina, Diputado-Secretario.


ANEXOS editar

Núm. 37 editar

Los escribientes del redactor i taquígrafo han dirijido a la Cámara de Senadores la solicitud que tengo la honra de acompañar, para que se les abonase la gratificacion acordada a los demas empleados en el Congreso desde el 25 de Mayo del presente año; i habiéndose tomado en consideracion por la Sala, se accedió a lo que pedian.

El Presidente del Senado se complace de comunicarlo al de la Cámara de Diputados i de reiterarle los distinguidos sentimientos de su aprecio i afecto. —Cámara de Senadores. —Setiembre, 12 de 1828. —Juan de Dios Vial del Rio. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Núm. 38 editar

La Cámara de Senadores ha aprobado la fórmula que debe usarse para comunicar las leyes al Poder Ejecutivo, que el Presidente de la de Diputados se sirvió trascribirle en su apreciable nota de 12 del corriente.

El que suscribe se complace en repetirle de nuevo las consideraciones de su mayor aprecio. —Juan de Dios Vial del Rio. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Setiembre 15 de 1828. —Cámara de Senadores. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 39 editar

La Comision de Policía interior, en la solicitud del señor Bezanilla opina: que, por la notoriedad de su enfermedad, cree debe concedérsele la licencia que pide, en atención a que su suplente lo es don Gregorio Meneses, que podrá concurrir a las sesiones tan presto como la Cámara lo quiera.

Santiago, Setiembre 15 de 1828. —Novoa. —Echeverría. —González. —Castillo. —Molina.