Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión del Congreso Nacional, en 8 de enero de 1827

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión del Congreso Nacional, en 8 de enero de 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 122, EN 8 DE ENERO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO MUÑOZ DE BEZANILLA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Representacion de Talca en demanda de que se le erija en provincia. —Renovacion de la mesa. —Proyecto de arreglo de las milicias. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

De una representacion que hace el partido de Talca en demanda de que se le erija en provincia. (Anexo núm. 1. V. sesion del 24 de Noviembre de 1826.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Pasarla representacion del partido de Talca a la Comision respectiva. (V. sesion del 3 de Abril de 1827.)
  2. Elejir para Presidente i Vice-Presidente del Congreso, respectivamente, a don Diego Antonio Elizondo i don Santiago Muñoz de Bezanilla. (Anexo núm. 2. V. sesiones del 6 de Diciembre de 1826 i del 3 de Febrero de 1827.)
  3. Despues de alguna discusion, dejar pendiente la del artículo 4 del proyecto de arreglo de las milicias nacionales, junto con la de los demas asuntos en tabla. (V. sesiones del 22 de Diciembre de 1826 i del 10 de Enero de 1827.)

ACTA editar

Se abrió con los señores Arce, Bauza, Benavente don Diego, Bilbao, Campino, Casanova, Carvallo, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Marcoleta, Meneses, Molina,Montt don José Santiago, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Silva don Pío, Tapia i Vicuña.

Leida el acta del 22 de Diciembre fué aprobada.

Leyóse la representacion del partido de Talca para que se constituya provincia, i se mandó pasar a la Comision donde obran sus antecedentes.

Conforme a la orden del dia, se procedió al nombramiento de Presidente i Vice-Presidente de la Sala, en el que públicamente obtuvieron: para lo primero diez sufrajios el señor Elizondo i cuatro el señor Meneses.

En la misma para lo segundo, el señor Muñoz Bezanilla, ocho i el señor Eyzaguirre, tres. En la secreta, para Presidente, el señor Elizondo, cinco el señor Meneses, once, el señor Irarrázaval, uno, i para Vice Presidente, el señor Muñoz Bezanilla, cuatro, el señor Eyzaguirre, doce, el señor Irarrázaval, uno, el señor Pérez, uno, el señor Lazo, uno, el señor López, uno. Por haber resultado empate ni tener la mayoría que requiere el reglamento interior se procedió a nueva votacion en la que obtuvieron públicamente, para Presidente, el señor Elizondo, catorce i el señor Meneses, cinco. Para Vice en la misma, el señor Eyzaguirre, cinco, el señor Muñoz Bezanilla, trece.

Para Presidente en la secreta, el señor Elizondo, cinco; el señor Meneses, siete. Para Vice, el señor Eyzaguirre, ocho; el señor Bezanilla, cuatro, i un voto en blanco.

Resultando con la mayoría absoluta los señores Elizondo i Muñoz Bezanilla, fueron aclamados, Presidente i Vice-Presidente, pasando el señor Vice-Presidente a tomar su asiento i presidir la Sala por ausencia del señor Elizondo.

En este estado, se llamó a discusion el artículo 4.º del proyecto sobre organizacion de milicias; pero, no habiéndose llegado a resolucion alguna sobre él, se suspendió la sesion, anunciándose para tratar en la siguiente el mismo proyecto i los demas puestos en tabla. —Muñoz de Bezanilla. —Montt.


ANEXOS editar

Núm. 1 [1] editar


Alocucion que dirijen al Soberano Congreso del año 26 los habitantes de la antigua provincia del Maule, por el donducto de la Municipalidad de su ciudad cabecera.

Soberano Señor:

Aprobada por Vuestra Soberanía la demarcacion del territorio de nuestra República, en los términos que la habia planteado provisoriamente el Consejo Directorial, segun la lei de 26 de Agosto inserta en el Diario de Documentos del Gobierno, número 35, parecia haber llegado el caso de que el asunto de esta comunicacion a US. no fuese otro que indicar ya la deferencia de nuestro pueblo i todo su partido al soberano decreto que de un modo tan perjudicial a los talquinos ha sancionado su suerte; pero sucede, señor, al contrario.

Lo que ántes no excedía de un mero presajio de grandes males en la hipótesis de que se realizara ese proyecto, a la fecha es una verdad apoyada en hechos prácticos que reclaman la constancia de nuestro pueblo en su negativa al reconocimiento de la villa de Curicó por cabecera del cuarto departamento. Nuestro compromiso en resistir el capitalismo planteado en esa forma estriba en principios de pura convicción i que por lo mismo nada tienen de interes particular ni de capricho; como no aspiramos a las mejoras i bien de nuestro país por el sistema de dominacion o de un ascendiente mal entendido sobre otros, sino solo por los medios racionales i honrosos del trabajo i la virtud, Talca no puede mirar con indiferencia ese cuadro en que a su pesar hace el papel de humillada por la fuerza, i sin consideracion a que nunca dió mérito a un envilecimiento civil de tanta trascendencia, cuando, por otra parte, no le faltaban motivos de prometerse mejor fortuna en lugar de la degradacion a que la han reducido nuestros lejisladores.

A influjo de estas ideas se observa en nuestro territorio tan jeneralizado el empeño de no someterse jamas al gobierno-intendencia recien fijado en Curicó, que en la comprension de todo el partido no ha habido quién sufrague para funcionarios públicos, con mil protestas de no hacerlo, a ménos que se les declare por la autoridad que corresponde su independencia de esa villa. El resultado de la votacion con que documentalmente a Vuestra Soberanía instruimos sobre este punto, hizo desaparecer el recelo de que en la multitud de sufragantes quizá no fallase alguno que pensara de otro modo. La opinion de los talquinos en la materia se ve pronunciada en términos de una absoluta conformidad, i si en las voces que adoptan para sensibilizar el concepto comun se desviaron uno de otro, es porque cada cual a porfía ha discurrido las mas cnérjicas i valientes que pudieran sujerirles los diferentes grados de disgusto que abrigan en su corazon contra el ascenso que quiere arrancárseles hácia el gobierno departamental, observando que el arbitrio últimamente adoptado por el Congreso de facultar a las asambleas provinciales para que puedan variar sus cabeceras, es un nuevo fomento de discordias i que al fin se reduce a que las delegaciones que cuentan mayor número de curas, vengan fijar las capitales, aunque el punto elejido para éstas no sea el centro del territorio demarcado a cada una.

De todos modos resulta un mal que aun aplicándole esos remedios no se cura i mucho ménos con el recurso a la Lejislatura siguiente, que en nuestro caso se nos franquea. La indicacion de esta medida, a juicio de un político recomendable, no ha dado ciertamente todo el honor que deseamos a nuestros lejisladores, los presenta nada seguros de acierto en lo que resuelven, i excitan al mismo tiempo en los agraviados el deseo de que se abrevie la época de esta Lejislatura, mirando desde ahora con horror cuanto ha hecho la presente, despreciando tácitamente a su gobierno i preparando con antelacion los materiales para un ataque al órden público i aun a la leí fundamental del Estado. La suerte que corrió la Cons titucion del año de 23 es el mejor comprobante de esta verdad. Aun es tiempo, señor, de escusar a la de 26 semejantes resultas.

Talca, señor, reclamó en tiempo ante el Poder Ejecutivo, por medio de su apoderado el prebendado doctor don Casimiro Albano, los perjuicios que se le seguian en el caso de sujetarse a la villa de Curicó reconociéndola por capital, segun consta del escrito i su proveido que adjuntamos entre los demas papeles de nuestra defensa. S. E., el Supremo Director, por decreto de 10 de Marzo último, penetrado de la gravedad del asunto, reservó su decision a la Lejislatura que estaba para instalarse. Llegó este caso, para nosotros tan suspirado, i cuando creíamos que Vuestra Soberanía hubiese conocido de las quejas de nuestro pueblo, se nos desengaña hoi con el mismo espediente sin providencia alguna dictada por la Representacion Nacional. Sea cual fuere el motivo, el asunto del mayor interes para Talca se ve ya resuelto en los papeles públicos sin consideracion al recurso pendiente; en él no hai mas parte que nosotros i nuestro apoderado. La investidura de la diputacion que tenemos en el Congreso no es por solo Talca sino por toda la República. Esos representantes en union de los demás habrían hecho en nuestro negocio mas bien oficio de jueces que de poderistas, como realmente ha sucedido, i no es estraño que la resolucion saliese por ese principio tan contraria a nuestros intereses.

La causa de un particular tratada i definida con esas formalidades, reclama imperiosamente su restitucion al estado en que el agravio pueda deshacerse i mucho mas cuando el que lo sufre es de los que gozan ese privilejio por las leyes. Las del Derecho Civil siguiendo al Natural i de Jentes, lo declaran a cualquier pueblo, aun en materias de ménos interes. Nosotros, señor, a nombre del vecindario i partido de Talca en su numerosa comprension de mas de sesenta mil almas o habitantes descontentos por perjudicados, ponemos en ejercicio la accion que a nuestro favor emana de esa prerrogativa incuestionable. Queremos i pedimos a Vuestra Soberanía mande que se oiga a nuestro apoderado, restituyendo la causa del enunciado reclamo al estado en que salió del Poder Ejecutivo, sin hacerse entretanto novedad en cuanto a demarcaciones por lo relativo a Talca. Esta es en buenos términos la lei que se ha dado al pueblo, negándose a sufragar para funcionarios en los términos que indicamos.

El suceso por sus circunstancias es lo mas raro que se ha visto en órden a elecciones. Una conformidad de ideas tan jeneral entre tantos individuos, solo se observa en los apuros de una agresion enemiga; al temor que ésta induce indistintamente a toda la masa de una nacion o de un pueblo, suele seguirse la union de los partidos que raccionan las villas o ciudades pequeñas. La paz sucede a la discordia cuando los ánimos se creen en el caso de reconcentrarse para no ser víctima de un poder estraño que los amenaza.

Esta verdad, aplicada a Talca en la ocurrencia del dia, demuestra sin equívoco que para nosotros no tiene ménos de terrible i odiosa la sujecion al intendente de Curicó que al imperio de un déspota invasor de la República, con la diferencia de que éste podria rechazarse con la fuerza i aquél tiene a su favor el apoyo de la lei.

De nada deesto consta que se haya instruidoa Vuestra Soberanía por los que debieron hacerlo en desempeño de su honor i nuestra confianza, así en el asunto de la demarcacion del territorio i fijacion de capitales como en la variacion de gobierno i constitucion de la República bajo el sistema federal. Para suscribir a éste necesitaban nuestros diputados otra clase de poder; al conferirles el de su representacion, ni aun teníamos idea de que en el actual Congreso se trataba de alterar la forma de gobierno i mucho ménos que se llegase a fijar la que para nosotros es tan desconocida como el federalismo planteado respecto a Talca en la misma época de su resistencia por no someterse a Curicó. La naturaleza de este gran pacto, su estabilidad i ventajas que de él se prometen los pueblos asociados, no pueden concebirse siquiera donde falta el consentimiento libre de las partes que forman la asociacion, donde no se les ha instruido del negocio i sus resultas a que se le quieren comprometer, o mas claro, donde como en Talca se apuran los esfuerzos para no entrar en federacion con un pueblo que por motivos muí justos jamas podrá ser su aliado.

No nos equivoquemos, señor. El voto jeneral de los chilenos se halla altamente pronunciado en favor del derecho de elejir sus mandatarios i demas empleados en la forma que mas les convenga; para declararse por ésta necesitaban previas instrucciones que no hemos visto. La suscricion, pues, de nuestros diputados (i ojalá con los demas no suceda lo mismo) respecto al federalismo, no tiene mas fuerza que la indicacion de su dictámen como ciudadanos particulares, i de ningun modo como representantes de unos individuos que solamente han reclamado ese compromiso, de cuyas resultas no hai quien pueda indemnizarles.

Tales son, señor, los sentimientos que el pueblo de Talca i su partido tiene el honor de someter a la alta i juiciosa consideracion de Vuestra Soberanía, en el acto de reclamar oportunamente el capitalismo de la cuarta provincia del territorio i el resultado a la lei o sistema de federacion en la parte que le perjudica. El espediente de la materia que agregamos, instruirá con mas estension sobre otros particulares no ménos del caso que los espuestos. Esos antecedentes i la suerte que han corrido presentan en su verdadero punto de vista, nuestros votos i las causas de la oposicion de Talca a la ejecucion de lo decretado. Nosotros contamos con la bondad de Vuestra Soberanía, i ella nos hace concebir un presentimiento agradable de que no solo ha de oir esta alocucion sino tambien que la reciba bajo sus soberanos auspicios, respecto a que el despachoque, por este medio indicamos, conforme a lo pedido, facilita los inconvenientes que puede encontrar la próxima Constitucion en estos pueblos para su reconocimiento i aprobacion. —De Vuestra Soberanía obsecuentes servidores. —Dionisio San Cristóbal. —Manuel de Olivares. —Pedro de Urzúa. —Juan Nepumuceno de la Cruz. —Domingo Opazo. —José María Silva Cienfuegos. —Juan Gualberto Lopetegui.


Núm. 2 editar

El Congreso Nacional, en sesion de hoi, ha elejido para Presidente de la Sala al canónigo doctoral don Diego Antonio Elizondo i para Vice-Presidente a don Santiago Muñoz Bezanilla

Lo que tengo el honor de comunicar al señor Vice-Presidente de la República i de ofrecerle las consideraciones de mi aprecio. —Sala del Congreso, Enero 8 de 1827. —Al Vice-Presidente de la República.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Papeles Sueltos, tomo XIV, años 1820 a 1831, pajina 127, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilacior.)