Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión del Congreso Nacional, en 13 de marzo de 1827
CONGRESO NACIONAL SESION 162, EN 13 DE MARZO DE 1827 PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE SUMARIO. —Cuenta.—Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Proyecto de tramitacion de los recursos contenciosos. —Informes sobre las renuncias de los señores Iñiguez i Muñoz de Bezanilla. — Tratado chileno-arjentino. —Proyecto de arreglo del réjimen provincial. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos. CUENTA editarSe da cuenta:
ACUERDOS editarSe acuerda:
ACTA editarSe abrió con los señores Aguirre, Benavente don Diego, Benavente don Mariano, Benavides, Balbontin, Campos, Casanova, Donoso, Elizondo, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, García de la Huerta, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Molina, Muñoz de Bezanilla, Mena, Pérez, Prats, Prado, Sapiain, Vera, Vicuña don Rafael i Vicuña don Francisco Ramon. Se aprobó el acta anterior. Se dió cuenta del proyecto encargado a la Comision de Justicia sobre el jiro que debia darse a los asuntos contenciosos introducidos a la Sala, que se mandó traer a la discusion despues de concluida la lei de atribuciones de las Asambleas; de los dictámenes de la Comision de Policía Interior en las renuncias de los señores Iñiguez i Muñoz de Bezanilla, que se pusieron en tabla por su órden. Procedióse a la discusion de los tratados con la República Arjentina, en que el Ministro de Relaciones Esteriores hizo una e-posicion detallada de cada uno de los artículos, pero nada quedó resuelto sobre el particular. En segunda hora, se discutió el proyecto sobre el réjimen de las provincias, i fué aprobado el artículo siguiente: ▼No podrán las ▼Asambleas ni otra alguna autoridad provincial:
I continuando la discusión sobre la quinta parte del artículo que dice: "No podrán tocar en los fondos nacionales, los que se entienden tales por ahora, todas las rentas nacionales que actualmente se recaudan por las aduanas i tesorerías del Estado, bajo cualquiera denominacion que sea". Al señor ▼Infante pidió que se considerase segunda vez por la Sala, por lo que quedó sin resolverse, levantándose la sesión a la hora de costumbre.
ANEXOS editarNúm. 276 editar▼A la ▼Comision parece justa la causal espuesta por el señor ▼Iñiguez, i en consecuencia, opina que, admitida la ▼ renuncia, se llame a su ▼suplente. —Sala de sesiones, Marzo 12 de 1S27. —Benavente . —▼Fernández. —▼Irarrázaval. Núm. 277 editar▼La ▼Comision de Policía, en vista de la anterior ▼renuncia, ha meditado que, estando el ▼Congreso para terminar sus funciones i no siendo las razones que espone el diputado que renuncia bastantes poderosas, la Sala debe decretar lo siguiente: ▼"Apoyando el recurrente la solicitud para que se le admita la renuncia de la ▼diputacion, que como representante de Santiago ejerce en el Congreso Nacional, en la sola razon de haber concedídosele pasar a continuar sus servicios en el empleo militar que obtiene a la plaza de Coquimbo, no há lugar. En su consecuencia, comuniqúese al Ejecutivo para que dé las órdenes convenientes, a fin de que se le abonen las pagas correspondientes a su empleo en aquélla, desde que se le dió de baja en ésta, debiendo ir a continuar sus servicios en la forma que se le concedió su solicitud, en terminando la diputacion." —Secretaría del Congreso, Marzo 10 de 1827. —▼Molina. —Benavente. —▼Fernández. |