Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión de la Comisión Nacional, en 3 de diciembre de 1827

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión de la Comisión Nacional, en 3 de diciembre de 1827
COMISION NACIONAL
SESION 41.ª, EN 3 DE DICIEMBRE DE 1827
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MARIA NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Observaciones de la Asamblea de Santiago a la lei del 22 de Junio. —Pension de jubilacion de don Francisco Antonio Pérez. —Venta de la hacienda de Peldegüe. —Nombramiento de contador para el juicio de cuentas seguido entre el Fisco i los ex-empresarios del estanco. —Solicitud de la municipalidad de San Felipe en demanda de que el Fisco reconozca una deuda. —Proyecto de una casa de moneda en Coquimbo. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

De un oficio que S. E. el Vice-Presidente de la República acompaña, en demanda de sancion, un proyecto de decreto que reconoce a favor de las Municipalidades de San Felipe i de los Andes la deuda correspondiente a unos derechos de pontazgo. (Anexos números 282 i 283. (V. sesion del 6 de Marzo de 1827.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Manifestar a S. E. el Vice-Presidente de la República, el sentimiento con que la Comision ha visto los términos del oficio dirijido por la Asamblea de Santiago con fecha 29 de Noviembre i que al efecto se redacte la comunicacion para la sesion próxima. (V. sesion del 29 de Noviembre i 6 de Diciembre de 1827.)
  2. No conceder a don Francisco Antonio Pérez el aumento que pide de su pension de jubilado. (Anexo núm. 284. V. sesion del 8 de Noviembre de 1827.)
  3. Mandar que se proceda a vender la hacienda de Peldegüe en la misma forma que los demas bienes de regulares. (Anexo núm. 285. V. sesiones del 26 de Noviembre de 1827 i 24 de Marzo de 1828.)
  4. Sobre el nombramiento de contador del juicio de cuentas seguido entre el Fisco i los empresarios del estanco, contestar al Gobierno que el artículo 11 de la lei de 2 de Octubre de 1826 aclara las dudas que le asisten. (Anexo núm. 286. V. sesion del 29 de Noviembre último.)
  5. Sobre el reconocimiento de ciertos derechos a favor de San Felipe i los Andes, dejar pendiente su discusion. (V. sesion del 5.)
  6. Dejar igualmente pendiente la del proyecto de planteacion de una casa de moneda en Coquimbo. (V. sesiones del 26 de Noviembre i 5 de Diciembre de 1827.)

ACTA editar

Se abrió con los señores: Fariñas, Formas, Novoa don José María, Novoa don Manuel i Rodriguez.

Se aprobó el acta de la sesion anterior.

Se leyó un oficio de la Asamblea provincial de Santiago en contestacion al acuerdo de la Sala para que procediese en el término de seis dias al cumplimiento de la lei de 22 de Junio, la que produjo un notable desagrado, por los términos en que estaba concebida, i se determinó que para la sesion siguiente se presentase la redaccion del oficio que debia dirijirse al Poder Ejecutivo sobre este particular.

Se tomó en consideracion la solicitud del Ministro jubilado de la Suprema Corte de Justicia, don Francisco Antonio Pérez, en que pide se le aumente la asignacion hecha por el Gobierno al tiempo de jubilarlo, i discutida suficientemente, se pronunció la Sala por la negativa.

En seguida se consideró la nota del Poder Ejecutivo fecha 24 de Noviembre, en que consulta si venderá la hacienda de Peldegüe o se pondrá en arriendo conforme al dictámen de los directores de la caja de descuentos, que acompaña, i se acordó que se proceda a la venta en la misma forma que los demas bienes de regulares mandados enajenar.

Se discutió tambien la consulta del Gobierno sobre nombramiento de contador para liquidar i saldar las cuentas de los empresarios del estanco, resolviéndose se le dijese en contestacion que el artículo 11 de la lei de 2 de Octubre de 1826, aclaraba todas las dificultades que pudiesen ocurrir desde el principio hasta el fin de este juicio, i que procediese con arreglo a él.

Se contrajo en seguida la Sala a discutir la solicitud de la municipalidad de San Felipe i el proyecto de decreto que al efecto acompaña el Gobierno, cuya resolucion quedó suspensa. Ultimamente se discutió el proyecto de decreto sobre el planteamiento de la casa de moneda en Coquimbo, que quedó sin resolver i en la órden del dia con el asunto anterior para la sesion siguiente. —Novoa. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario.


ANEXOS editar

Núm. 282 editar

El Vice-Presidente de la República somete a la resolucion de la Comision Nacional el proyecto de decreto que incluye, relativo al rejistro de cantidad de pesos a favor de los cabildos de San Felipe i Santa Rosa de Aconcagua, procedente del ramo de pontazgo, i cesion del mismo ramo para lo sucesivo. Remite tambien el espediente de su referencia, pidiendo sea devuelto despues que la Comision haya tomado de ello los conocimientos que crea deben preceder a su resolucion.

El Vice-Presidente de la República pide a la Comision se digne aceptar su aprecio i respeto. —F. A. Pinto. —Ventura Blanco Encalada. —Santiago, Noviembre 10 de 1827. —A la Comision Nacional.


Núm. 283 editar


Proyecto De Decreto

El Vice-Presidente de la República, teniendo en consideracion las razones que el cabildo de la ciudad de San Felipe, espone para que se reconozcan a su favor en fondos públicos los mil pesos anuales, que por el antiguo Gobierno se le cedieron del ramo de pontazgo, para propios de ciudad, i ha dejado de percibir desde el año de 1792 hasta el presente: considerando tambien que igual gracia se hizo al cabildo de Santa Rosa con el mismo fin; i últimamente que tramitado el espediente de la materia hasta esclarecer los productos, gravámenes i sobrantes aparece solo el de 25,138 pesos 4 1/4 de reales, ha acordado i decreta:

  1. Los 25,138 pesos 4 1/4 de reales sobrantes del producto del ramo de pontazgo que han debido engrosar la masa fiscal, se ceden por mitad a favor de los cabildos de San Felipe i Santa Rosa para propios de ciudad, como en compensacion de los buenos servicios que ámbos pueblos han prestado a la causa pública.
  2. Esta cantidad se rejistrará en el libro de la deuda nacional interior, por mitad, dando a cada cabildo el documento respectivo.
  3. No pudiendo continuarse la gracia de los mil pesos concedidos anualmente a cada uno de estos pueblos, por cuanto la decadencia del ramo no produce cantidad equivalente, se cede a su favor el espresado ramo desde 1º de Enero del año próximo de 1828.
  4. Sus productos se recaudarán por ajentes de ámbos cabildos, sin que puedan alterar la cuota establecida hasta aquí; debiendo destinar de ellos la cantidad suficiente para la recomposicion anual de los caminos de Hornillos i Patos hasta la cúspide de la cordillera i sus respectivos puentes. El remanente se aplicará por mitad para propios de ámbos pueblos.
  5. El Intendente de la provincia dará anualmente las órdenes convenientes para la refaccion de caminos i puentes, precediendo el correspondiente presupuesto, i designando en su virtud a

cada cabildo la cantidad de hombres i dinero con que debe contribuir.

  1. Comuníquese a quienes corresponde i tómese razon. —Blanco.

Núm. 284 editar

La Comision Nacional se ha negado a conceder la gracia que solicita el Ministro jubilado de la Suprema Corte de Justicia don Francisco A. Pérez, sobre aumento de la asignacion que disfruta.

El Presidente de la Sala lo comunica a S. E. el Vice-Presidente de la República en contestacion a su apreciable nota de 5 de Noviembre próximo pasado, complaciéndose de saludarle con las respetuosas consideraciones de su afecto i aprecio. —Santiago, Diciembre 5 de 1827. —A S. E. el Vice-Presidente de la República.


Núm. 285 editar

La Comision Nacional ha tomado en consideracion la nota del Poder Ejecutivo fecha 24 de Noviembre próximo pasado, en que consulta si venderá la hacienda de Peldegüe, o se pondrá en arriendo conforme al dictámen de los directores de la caja de descuentos, i ha acordado que se proceda a la venta en la misma forma que los demas bienes de regulares mandados enajenar.

El Presidente de la Comision saluda con este motivo a S. E. el Vice-Presidente de la República del modo mas respetuoso. —Santiago, Diciembre 5 de 1827. —Al señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 286 editar

La Comision Nacional ha acordado que la consulta que hace el Poder Ejecutivo en su apreciable comunicacion de 29 del mes próximo pasado, sobre el nombramiento de un contador que liquide las cuentas sentadas en los libros de los empresarios del estanco, se halla resuelta en el art. 11 de la lei de 2 de Octubre de 1826, en donde se aclaran todas las dificultades que puedan ocurrir desde el principio hasta el fin de este juicio.

El Presidente de la Sala tiene la honra de ofrecer a S. E. el Vice-Presidente de la República los sentimientos de su mayor aprecio. —Santiago, Diciembre 5 de 1827. —A S. E. el Presidente de la República.