Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 5 de setiembre de 1826

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 5 de setiembre de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 59, EN 5 DE SETIEMBRE DE 1826
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL INFANTE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Consulta del gobernador-intendente de Aconcagua sobre las calidades de los electores. —Mocion del señor Infante sobre cumplimiento de ciertas leyes. —Representación de don Joaquín Echeverría. —Abono a los diputados i a los empleados del Congreso. —Discusión sobre la rescisión del contrato del estanco. —Incorporacion de don Joaquín Campino. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

Don Joaquín Campino, diputado por Coquimbo, presta el juramento de estilo i se incorpora al Congreso. (V. sesiones del 4 i del 6 de Setiembre i del 5 de Octubre de 1826.)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que S. E. el Presidente de la República acompaña una consulta que el gobernador-intendente de Aconcagua le ha dirijido sobre las calidades que los electores deben tener. (Anexos números 24. i 23. V. sesión del 9 de Agosto de 1826.)
  2. De una mocion que el señor Infante presenta para que se pida al Presidente de la República una esposicion de la manera cómo ha organizado su Consejo (V. sesión del 16 de Febrero de 1824.) i para que se declaren vijentes el senado consulto que prescribe la concurrencia de los dos contadores mayores a la definición de las causas de Hacienda (V. sesión del 5 de Enero de 1820) i la lei de Indias sobre el Protomedicato. (V. sesiones del 8 de Febrero i del 6 de Mayo de 1819.)
  3. De una representación de don Joaquín Echeverría; pide él que, vuelto del destierro, se le mande juzgar conforme a las leyes para que se castiguen sus crímenes o quede vindicada su inocencia. (Anexo número 26.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Pedir informe, con calidad de urjente, a la Comision de Constitución sobre la consulta del gobernador-intendente de Aconcagua, relativa a las calidades que los electores deben tener. (V. sesión del 6.)
  2. Pedir informe a la Comision de Lejislacion sobre la mocion del señor Infante, relativa a que el Gobierno dé cuenta de la formación de su Consejo (Anexo núm. 27.) i a declarar vijente un senado-consulto sobre fallo de las causas de Hacienda i la lei de Indias sobre el Protomcdicato. (V. Cámara de Diputados en 14 de Octubre de 1828.)
  3. Sobre la representación de don Joaquín Echeverría, que la Comision de Peticiones informe. (V. sesión del 13.)
  4. Aprobar el oficio que el señor Presidente del Congreso se propone pasar al Gobierno, recomendándole el pago de las dietas (V. sesiones del 27 de Julio i del 23 de Octubre de 1826) i de los sueldos de la Representación Nacional i sus empleados. (Anexo núm. 28. V. sesión del 26 de Julio último.)
  5. Despues de alguna discusión, dejar pendiente la de la rescisión del contrato del estanco, junto con la del proyecto de enajenación de ciertos bienes nacionales (V. sesiones del 4 i del 6) i la del proyecto de premios a los pacificadores de Chiloé. (V. sesiones del I.° i del 6.)

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Arriagada don J. Manuel, Arce don Casiano, Arce don Estanislao, Aguirre, Benavente, Balbontin, Bauza, Bustos, Benavides, Campino don Enrique, Cruz, Campos, Campino don Joaquín, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, Hernández, Huerta, Infante, Lazo, Lavin, López, Luco, Mena, Marcoleta, Montt don J. Santiago, Muñoz Bezanilla, Meneses, Molina, Montt don Lorenzo, Ojeda, Olivos, Prats, Pérez, Sierra, Silva, Torres, Tapia i Vicuña.

Leida el acta anterior, fué aprobada.

Se leyó un oficio del Poder Ejecutivo con el que acompaña otro del gobernador-intendente de Aconcagua, sobre dudas ocurridas acerca de las calidades de los que deben sufragar en las actuales elecciones de gobernador i Cabildo, que se mandó pasar a la Comision de Constitución para que, al dia siguiente, evacúe el informe.

Se hizo presente una mocion del señor Infante, para que se pida una esposicion al Presidente de la República, del modo cómo ha procedido a la creación de un Consejo i para que se declaren vijentes la lei senatoria que previene la concurrencia de los dos contadores mayores a la definición de las causas de Hacienda i la de Indias sobre el Protomedicato, se acordó pasase a la Comision de Lejislacion.

En seguida se leyó una representación de don Joaquín Echeverría, que se mandó pasar a la Comision Calificadora de Peticiones.

Se hizo presente por el señor Presidente, que era necesario pagar la dieta de los diputados, a lo ménos, de los mas necesitados, a los edecanes, Secretaría i porteros; i que, en órden de las facultades que le ha concedido la Sala, pasaría un oficio para que, pasado el dia de hoi, pusiese el Ejecutivo alguna cantidad para el efecto indicado.

Continuó la discusión de la órden del dia sobre estincion de estanco i, despues de varias discusiones, se procedió a descanso; a segunda hora, se presentó el señor Campino, diputado por Coquimbo, i despues de prestado el juramento, se recibió e incorporó a la Sala, continuando, en seguida, la discusión acerca del estanco, i por ser las tres de la tarde, se levantó la sesión, anunciándose, por órden del dia siguiente, la continuación del estanco, la venta de bienes de regulares i premio a los de la pacificación de Chiloé. —José Miguel Infante, Presidente. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS editar

Núm 24 editar

Señor:

El Presidente de la República tiene la honra de elevar a la consideración del Soberano Congreso la adjunta consulta que le ha dirijido el gobernador-intendente de la provincia de Aconcagua, para que, en vista de su contenido, se sirva espedir la resolución conveniente.

Con este motivo, el Presidente saluda a la Representación Nacional con su acostumbrado respeto. —Santiago, Setiembre 4 de 1826. — Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 25 editar

Por los sucesos prácticos i la esperiencia adquirida en las precedentes votaciones, estoi cierto que en la que ha de hacerse de gobernador i Cabildo en esta ciudad, va a suscitarse la duda sobre la aptitud i calidades que deben tener los sufragantes, i a fin de no admitir en este número a personas que estén escluidas de él, se me hace preciso consultar a US. cuál sea el espíritu de la convocatoria en este caso. Sírvase US. decirme si todo hombre, por el hecho solo de haber cumplido veintiún años de edad i saber leer i escribir, está apto para sufragar, o si a mas de estas calidades debe tener la de residencia en el país o alguna propiedad inmoble productiva de cualquier valor. Hago a US. esta consulta previamente, con solo el objeto de evitar disputas, que sé positivamente se van a suscitar, i porque su decisión en aquellos momentos no solo es aventurada, sino también compromete la legitimidad del acto a que soi yo responsable como jefe jeneral de esta provincia.

Reitero a US. los sentimientos de mi consideración i respeto. —Intendencia de Aconcagua, San Felipe, 3 de Setiembre de 1826. —Francisco Calderón. —Señor Ministro del Interior.

Santiago, Setiembre 4 de 1826. —Elévese al Soberano Congreso. —(Hai una rúbrica.)Blanco.


Núm. 26 editar

Señor:

Los lazos de la sangre sobre una familia menor i huérfana, el sentimiento de mi inocencia i la garantía violada, de que el juicio debe proceder a toda pena, me obligaron a preferir un retiro que llenaban las cautelas protestadas por el anterior Gobierno, a la espatriacion que me condenó sin citarme ni oirme; cesó su término con la reunión de Vuestra Soberanía, según el tenor literal del decreto de 8 de Octubre del año próximo pasado, i ha llegado el suspirado de que se me juzgue conforme a las leyes. Dígnese Vuestra Soberanía decretarlo así, o para que mis crímenes sean escarmentados, o, vindicada mi inocencia, tengan lugar los derechos de mi honor i persona contra quien lo hubiese.

Así lo espera de la suprema integridad del Soberano Congreso. —Joaquín de Echeverría.

Núm. 27 [1] editar

Para facilitar en las circunstancias la espedicion i acierto en los asuntos graves que ocurran, he tenido por conveniente decretar i decreto:

  1. Habrá un Consejo Consultivo compuesto de los Ministros del Gobierno, Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Rejente de la Corte de Apelaciones, Decano del Tribunal Mayor de Cuentas, Comandante Jeneral de Armas, Intendente de la provincia, Gobernador eclesiástico, o en su defecto, el prebendado don Domingo Antonio Izquierdo, un propietario i un comerciante, que lo serán don Fernando Errázuriz i don Diego Portales.
  2. Tendrán sus sesiones ordinarias los mártes i viérnes de cada semana por la noche, en la sala misma del Gobierno, i se reunirán ademas todas las veces que éste lo tuviere por conveniente.
  3. El mismo Consejo acordará las medidas que crea mas oportunas para el arreglo i distribución de sus trabajos.

El Ministro del Interior queda encargado de la ejecución de este decreto, que se insertará en el Boletin. —Consejo Consultivo, Santiago, Octubre 12 de 1825. —Freire . —Campino.


Núm. 28 editar

El Congreso Nacional que, penetrado que la escasez de sus miembros ha llegado al estremo de enajenar las alhajas de su desencia i uso para satisfacer las primeras necesidades de la vida, interesa del modo mas positivo i empeñoso a S. E., el Presidente de la República, para que se digne dar toda preferencia a este crédito urjente, como asimismo a los taquígrafos i secretarios.

El Presidente del Congreso, de su órden, tiene el honor de comunicarlo a S. E. el de la República i de protestarle los sentimientos de su consideración i aprecio. —Sala del Congreso, Setiembre 6 de 1826. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.


  1. Este documento ha sido trascrito del Boletín de las Leyes. (Nota del Recopilador)