Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 27 de noviembre de 1826

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 27 de noviembre de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 107, EN 27 DE NOVIEMBRE DE 1826
PRESIDENCIA DE DON BERNARDINO BILBAO


SUMARIO. — Cuenta. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Solicitud de la madre de don Miguel Zañartu, en demanda de que se permita a éste regresar a Chile. —Mociones relativas al nombramiento de Presidente de la República. —Legación al Perú. —Renuncia del señor Huici. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que S. E., el Vice-Presidente de la República, acompaña una representación documentada que varios ciudadanos de Putaendo le han dirijido para esponerle los vejámenes que don Francisco Mascayano les ha inferido i pedirle el remedio de los males que están sufriendo (Anexos núms. 503, 504 i 505. V. sesiones del 24 Noviembre i del 1.º de Diciembre de 1826.)
  2. De una mocion de don Nicolás Pradel, quien propone se proceda a elejir Presidente de la República. (Anexo núm. 506. V. sesión del 9 de Setiembre de 1826.)
  3. De un proyecto de acuerdo presentado por don Juan Manuel Arriagada i otros diputados, quienes proponen se resuelva que por motivo alguno se trate en el Congreso de elejir nuevo Presidente de la República. (Anexo núm. 507. V. sesión del 9 de Setiembre de 1826.)
  4. De otro proyecto de acuerdo de don Santiago Fernández, quien propone se urja al Ejecutivo para que, a la mayor brevedad, acredite en Lima la Legación acordada. (Anexo núm. 508. V. sesión del 8 de Agosto de 1826.)
  5. De una nota en que el provincial de San Francisco comunica haber dado licencia al padre Benito Gómez para trasladarse a la Serena a desempeñar ciertas asignaturas. (Anexo núm. 509. V. sesión del 24.)
  6. De una representación que, a nombre de doña María Tomasa Santa María, hace doña Ana Josefa Irigóyen en demanda de que se permita a don Miguel Zañartu, hijo de la primera, regresar a Chile. (V. sesiones del 10 i del 17.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Agregar a sus antecedentes la petición de doña María Tomasa Santa María i pasarla a la Comision de Peticiones. (V. sesio nes del 18 de Diciembre de 1826 i del 12 i del 24 de Febrero de 1827.)
  2. Pedir informe a la Comision de Justicia, Lejislacion i Constitución, sobre los proyectos relativos a la elección de Presidente de la República. (V. sesión del 1.º de Diciembre de 1826.)
  3. Oficiar al Ejecutivo encargándole haga salir en el término de quince dias la legación que se ha acordado acreditar en Lima. (Anexo núm. 510. V. Cámara de Senadores, sesión del 12 de Dicievibre de 1828.)
  4. Admitir a discusión una indicación del señor Prats, para que se discuta la renuncia del señor Huici, sin aguardar informe de Comision. (V. sesiones del 22 i del 29.)
  5. Dejar en tabla la reforma de los mayorazgos i demás pendientes. (V. sesiones del 24 i del 29.)



ACTA editar

Se abrió con los señores Aguirre, Arce don Estanislao, Bauza, Balbontín, Barros, Benavides, Benavente don Diego, Bilbao, Campino, Campos, Casanova, Carvallo, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Meneses, Molina, Montt don J. Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pradel, Sapiain, Santa María, Silva don Manuel, Silva don Pío, Tapia i Vicuña.

Leída el acta anterior fué aprobada.

Leyóse la representación que, a nombre de doña María Tomasa Santa María, hace doña Ana Josefa Irigóyen para que se permita venir a su hijo, el diputado don Miguel Zañartu, i se acordó que se una a sus antecedentes i pase a la Comision.

Dióse cuenta de la nota pasada por el provincial de San Francisco, en que; anuncia haber dado licencia al relijioso de su Orden para que pase a la provincia de Coquimbo, como lo pedían sus diputados.

Leyóse la mocion del señor Pradel, para que se nombre Presidente de la República, como asimismo la protesta de varios señores diputados para no verificarlo, i pidiendo su autor que se pusiese en discusión con preferencia, despues de varias observaciones, se acordó, por veintinueve sufrajios contra nueve, pasase a la Comision de Justicia, Lejislacion i Constitución.

Se leyó la mocion del señor Fernández, para que vaya pronto la Legación acordada al Perú, i despues de una lijera discusión, se sancionó se oficie nuevamente al Ejecutivo para que la haga salir en el término de quince días, dándole las sumas necesarias a la partida, de pronto, i cuidando de remitir oportunamente las mas que se necesitase.

El señor Prats espuso que, respecto de no hallarse despachada por la Comision la renuncia del señor Huici, se tomase en consideración por la Sala, i despues de discutida, se acordó que se admitía a discusión la indicación del señor Prats.

En este estado i siendo la hora, se levantó la sesión, anunciándose en la órden del dia siguiente el proyecto de mayorazgos i demás puestos en tabla. —Montt.



ANEXOS editar

Núm. 503 editar

Señor:

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de acompañar a la Representación Nacional el adjunto reclamo de los vecinos de Putaendo, para que la Sala, tomando en consideración su contenido, se sirva espedir la resolución que juzgue mas conveniente.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República ofrece nuevamente al Congreso Nacional su distinguida consideración i respeto. —Santiago, Noviembre 24 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —J. M. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.


Núm. 504 editar

Excmo. Señor:

Los comisionados de Putaendo por el poder que adjuntamos de los dos subdelegados que lo suscriben, como de todo aquel vecindario, llenos de la mas lisonjera esperanza de que V. E. sabrá enjugar las lágrimas de todos los naturales del partido, que, con el doblado pretesto del liberalismo, está haciendo verter la ambición de los tiranos, bajo esta satisfacción esponemos a V. E. que la lei tan benéfica de poner en libertad a los pueblos para que en uso de sus derechos pudiesen por sí mismos hacer su felicidad, de esta misma lei se ha prevalido el tirano de Aconcagua para poner en mayor esclavitud a sus habitantes bajo el simulacro falso del liberalismo. Gritan i reclaman libertad de pura espresion i con solo los labios, pero nos presentan el puñal a la garganta porque no pertenecemos a sus miras ambiciosas. El caudillo, cabeza de esta empresa, ha creído con patrimonio de su casa a toda la provincia de Aconcagua i ahora, porque queremos arrancar de sus manos ese sagrado patrimonio de todos, con suposiciones falsas quiere sostener la presa hasta el estremo de tomarse escandalosamente las armas para depurar mas su saña contra todos los que se le oponen; bien es que él hace renuncia del mando i públicamente grita que no quiere gobernar; pero sí quiere gobernar a los que gobiernan.

Losputaendinos, por quienes representamos, no han dado mas mérito para ser perseguidos, insultados i befados que el no haber diferido por las conquistas escandalosas que don Francisco Mascayano ha hecho a sus naturales, ¿i que por solo este motivo de querer nosotros observar las leyes seamos tratados con mas despotismo i arbitrariedad que la que usaban con nosotros lós mas crueles mandatarios españoles? ¡Qué duro contraste a un sistema republicano!

En dias pasados hemos dado cuenta a V. E. de los atropellamientos de las leyes, de las persecusiones i fuerza armada con que ha inferido el gobernador local el trastorno de nuestras elecciones, de cuyo reclamo no hemos obtenido hasta hoi el feliz resultado de la aprobación del diputado a la Asamblea que, con arbitrariedad, anuló don Francisco Mascayano, haciendo suspender el escrutinio de dicha elección, ni ménos el que la hiciésemos nuevamente; por otra parte, vemos con dolor capitanear una revolución al comandante accidental don Manuel Silva, apresando éste al llamado por la lei a sucederle en el mando de comandante de escuadrón de Putaendo, depuesto de órden de V. E., como igualmente apresar al mismo comisionado que le hace saber la órden de su deposición. Este sujeto descaradamente, despues de estos hechos indicados, se presenta en San Felipe, se toma las armas, pone presos a varios vecinos principales que creemos hasta hoi jimen en ¡a prisión, i entre ellos al Jefe de la provincia. Él ha colocado al comando del batallón de infantería al capitan Valenzuela, confinado por V. E. por el hecho perpetrado en dias pasados. Estos son, señor, los resultados de haber quedado impunes de la anárquica insurrección contra el intendente, contra V. E. i contra la Soberanía Nacional, que cometieron en el mes pasado Mas, estos atentados no creemos que sea la crisis de esta rebelión, pues estamos amagados todos los vecinos de ser víctimas del mismo desórden.

El partido de Putaendo, por nuestro órgano, hace presente a V. E. que, cansados de sufrir i ya casi en estremo de desesperación, van a emprender el sacrificar su propia vida ántes que sucumbir a una gavilla de facciosos, si es que no encontramos en la paternal consideración de V. E. el remedio de tantos males.

A nuestra llegada a esta capital hemos sabido que se ha acordado en la Sala del Congreso, que la Asamblea que ha anunciado reuniría el interino gobernador, don Javier Larraín, sea la que imponga el órden. Creemos, señor, que en esta providencia no ha estado al alcance de la Sala el remoto remedio, pues de esta última insurrección ha resultado el que algunos diputados trataban de marcharse para Quillota, i aun se nos asegura que habia salido el diputado de Petorca, i quedando la minoría, no puede tener efecto la reunión.

En fin, V. E., con el mismo interes al órden que nosotros, esperamos que no se desentienda al reclamo que en debida forma hacemos; que de este modo tendrán lugar las leyes que hasta hoi no se observan ni se obedecen, i el partido de Putaendo jura no pertenecer jamas a los anarquistas, i de sujetarse en un todo a las deliberaciones de la Representación Nacional, pues hacen que los anarquistas dicen que tienen al Congreso por suyo; despreciamos sus augurios felices, pues estamos persuadidos de la integridad i justificación de la Representación Nacional.

Por todo lo que

A V. E. suplicamos, a nombre de nuestros comitentes, ponga un término a los desastres que ya toca nuestro partido, mandando órdenes para que se verifique la deposición del comandante Silva del escuadrón que sorpresivamente rije; como también la aprobación de diputado electo, o dé nueva órden para que se elija libremente; por ser de justicia, etc. —Francisco Henríquez. —José Domingo Sarmiento.

Santiago i Noviembre 24 de 1826. —Elévese al Congreso Nacional. —(Hai una rúbrica.)Gandarillas.



Núm. 505 editar

Los subdelegados del distrito de Putaendo, i a pedimento de los vecinos, conferimos ámplias i omnímodas facultades al teniente de milicias del escuadrón número 28 de caballería de Aconcagua, don Francisco Henríquez, i al alférez del escuadrón número 27 de ídem, don José Sarmiento, para que, a nombre de este pueblo, representen i espongan ante las autoridades supremas, las ocurrencias acaecidas en la convulsión última de San Felipe, sirviendo éste como un poder judicial; i así lo otorgamos i firmamos hoi veinte de Noviembre de mil ochocientos veintiséis. —Mariano Lobo. —José Antonio Serrano.



Núm. 506 editar


Mocion

Considerando:

  1. Que la lei de elección de Presidente de la República, admitida la renuncia del nombrado, no será satisfecha.
  2. Que el ejercicio de Vice-Presidente, según los término de dicha lei, no es para este caso sino para los que ella misma determina, de enfermedad, ausencia u otros de esta naturaleza.
  3. Que la elección constitucional de este Su premo Majistrado debe retardarse cuatro o seis meses; tiempo absolutamente necesario para presentarse la Constitución, discutirse i pasarse a las Asambleas para su aceptación.
  4. Que en este largo período corre la República un inminente peligro, tanto en el interior como en el esterior, i que las circunstancias demandan tener al frente de ella un Majistrado que, mereciendo la confianza, la salve.

Por tanto, el diputado que suscribe, propone al Congreso el siguiente


Proyecto de decreto:

Artículo primero. Se pro:ede a elejir Presidente de la República.

Art. 2.º La elección no podrá recaer en individuo alguno de los que actualmente componen la Representación Nacional.

Art. 3.º Sus atribuciones serán aquéllas en que hasta aquí ha estado en posesion el Poder Ejecutivo, i las que la Lejislatura le designare.

Art. 4.º Exijiendo imperiosamente las circunstancias que la persona que debe ejercer el Poder Ejecutivo para atender con asiduidad i firmeza a las medidas que aquellas mismas demandan, cuente con la subsistencia de su majistratura, el electo durará el tiempo de dos años sin poder ser removido sino en los casos que la lei determine.

Art. 5.º Cumplidos los dos años se procedará a la elección del sucesor en la forma que prevenga la Constitución. —Santiago, Noviembre 27 de 1826. — Nicolás Pradel.



Núm. 507 editar

Atendiendo:

  1. Que se repiten en el público las voces de que se intenta solicitar que haga el Congreso la elección de Presidente de la República.
  2. Que está al frente de ella el Excmo. Señor Vice-Presidente, cuya administración, en medio de las dificultades del tiempo, no puede mejorarse.
  3. Que el Congreso, sin una necesidad urjentísima, no debe mezclarse en elecciones directas, por cuya causa se adoptó la elección de VicePresidente.
  4. Que este destino es provisorio miéntras se verifica la elección por los pueblos, como lo disponga la Constitución que debe presentarse luego, según lo acordado por la Sala.
  5. Que en el presente estado de cosas esta novedad atraería fatales consecuencias, i entre ellas el trastorno del órden i el descrédito de la Representación Nacional i del país todo.
  6. Que este paso es contrario a la voluntad jeneral i mirado con horror de los ciudadanos pacíficos.
  7. Que aunque no es de creer que los representantes adopten estas medidas, acaso pueden haber algunos, que con las mejores intenciones, cooperen ccn los enemigos de la República a introducir el desorden i la discordia, que son los que únicamente pueden hacerla perder su libertad e independencia.

Los diputados que suscriben han convenido del modo mas solemne, pena de incurrir en caso de ménos valer el que faltare en los puntos siguientes:

  1. Por ningún motivo accederán a que se trate de elección de Presidente de la República.
  2. Sostendrán la permanencia de la actual administración, protestando contra cualquier acto que se haga en su contra i dejando la Sala ántes que concurrir en ellos. Darán cuenta a sus pueblos de los motivos de este procedimiento.
  3. En el caso no esperado de que se admita a discusión alguna proposicion relativa a las novedades insinuadas i que no les sea posible la separación que han protestado, se comprometen sobre la misma pena, bajo su palabra de honor, a no sufragar para Presidente por otro que por el actual Vice Presidente don Agustín de Eyzaguirre, i esto lo harán públicamente.
  4. Este convenio se manifestará en la Sala en el momento en que se haga cualquiera indicación por escrito o de palabra sobre el particular, i se dará al público por la prensa para testimonio de que los que suscriben no tienen otro anhelo que constituir el país i evitarle todo motivo de disturbios i odiosidades, inseparables de pasos que, en su concepto, son marcados con el carácter de la ruina de la Patria. —Santiago, Noviembre 25 de 1826. —Juan Manuel Arriagada. —Felipe Balbontín. —Agustín López.—Pedro Mena. —Diego Donoso. —José Antonio Gómez.—Domingo de Eyzaguirre. —Manuel Pío Silva.—Cienfuegos. —Justo Tapia Olivos. —Estanislao Arce. —Manuel Carvallo Gómez. —Francisco García Huidobro. —J. M. Irarrázaval. Juan M. Benavides. —Lorenzo Montt. —

Juan de Ojeda.



Núm. 508 editar


Mocion urjente i de fácil resolucion

Considerando:

  1. Que las relaciones políticas i comerciales de esta República i de la del Perú, demandan hoi con una exijencia estraordinaria la Legación cerca del Gobierno de ésta.
  2. Que desde el 11 de Julio, que fué decretada por el Congreso Nacional, no se ha realizado, sin embargo de que circunstancias imperiosas demandan su mas pronto verificativo,

Se decreta:

  1. El Poder Ejecutivo, dentro del perentorio término de quince dias, hará salir la Legación nombrada cerca del Gobierno del Perú.
  2. Comuniqúese en la forma de estilo etc. —S. F.



Núm. 509 editar

Señor:

El provincial de San Francisco, con la mayor veneración i respeto, tiene el honor de significar a US. que, en obedecimiento a la órden que US. me imparte, de órden del Soberano Congreso, con fecha veinticuatro del corriente Noviembre, sobre que licencie al padre frai Benito Gómez para que parta para la provincia de Coquimbo inmediatamente, en este mismo dia puse en práctica el decreto de la Sala, estendiéndole la licencia al espresado padre i encargándole la mayor brevedad en su salida para aquel destino; a pesar de que queda este convento grande sin ningún lector de teolojía, i de conocer que la falta de este relijioso es irreemplazable.

Con este motivo, suplico a US. tenga la bondad de anunciarlo a la Sala del Soberano Congreso, recibiendo de mi parte los mas vivos sentimientos de mi veneración i aprecio. —Convento de San Francisco, Noviembre 25 de 1826. —Frai Antonino Gutiérrez.



Núm. 510 editar

El Congreso Nacional ha acordado que se oficie nuevamente al Poder Ejecutivo, para que, en el término de quince dias, haga salir la Legación que debe marchar cerca del Gobierno del Perú, dándole las sumas necesarias a la partida, de pronto, i cuidando de remitir oportunamente lo mas que se necesitase.

El Presidente de la Sala lo comunica al de la República. —Sala del Congreso, Diciembre 11 de 1826. —Al Vice-Presidente de la República.