Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 25 de octubre de 1826

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 25 de octubre de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 92, EN 25 DE OCTUBRE DE 1826
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Renuncia de don Casiano Arce. —Licencia del señor Sierra. —Informe sobre la mocion para mandar pagar las dietas. —Proyecto de estincion de les mayorazgos. —Votos de los interesados. —Ocurrencias de Aconcagua. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Excmo. Vice-Presidente de la República informa acerca de las últimas ocurrencias de Aconcagua i acerca de las medidas que ha dictado para cortar las diferencias que allí existen i restablecer el órden alterado. (Anexo núm. 339. V. sesiones del 23.)
  2. De otro oficio en que don Casiano Arce hace renuncia del cargo de diputado por el Parral. (Anexo núm. 340.)
  3. De un informe de la Comision de Policía Interior, sobre la mocion del señor Pradel, relativa al pago de las dietas. La Comision propone que se apruebe dicha mocion. (Anexo núm. 341. V. sesión del 23.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Admitir la renuncia de don Casiano Arce i mandar que se practique nueva elección de diputado propietario por el Parral. (Anexos núms. 342 i 343. V. sesión del 5 de Marzo de 1827.)
  2. Conceder al señor Sierra la licencia que tiene pedida i llamar al suplente. (Anexo núm. 344. V. sesión del 23.)
  3. Discutir inmediatamente la mocion del señor Pradel, sobre pago de las dietas.
  4. Prevenir al Gobierno que, en el término de tercero dia, ponga en Secretaría la suma necesaria para pagar las dietas de los diputados, i que en lo sucesivo haga lo mismo el último de cada mes. (Anexo núm. 345. V. sesión del 27.)
  5. No abolir los mayorazgos. (V. sesiones del 23 i del 27.)
  6. Declarar que en los proyectos de leyes jenerales pueden votar los diputados personalmente interesados.
  7. Reformar la institución de los mayorazgos. (V. sesiones del 23 i del 27.)
  8. Encargar de nuevo al Gobierno tome providencias para restablecer el órden en Aconcagua i apresure la instalación de la Asamblea provincial. (Anexo núm. 346. V. sesión del 27.)
  9. Dejar en tabla el proyecto de mayorazgos (V. sesión del 27); los asuntos de Talca (V. sesiones del 20 i del 27) i los de más pendientes.

ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Arce don Casiano, Arce don Estanislao, Bauza, Balbontín, Barros, Benavente don Diego, Benavente don Mariano, Benavides, Bilbao, Bustos, Campos, Casanova, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Infante, Irarrázaval, López, Marcoleta, Meneses, Mena, Molina, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Ojeda, Prats, Pradel, Pérez, Sierra, Silva don Pío, Tapia i Torres.

Se leyó el acta déla sesión anterior i se declaró conforme a lo acordado.

Luego la renuncia del señor Arce don Casiano. Tomada en consideración, i habiéndose, en el curso de la discusión, hecho mérito de que debia igualmente resolverse sobre la licencia que por dos meses habia pedido el señor diputado Sierra, se acordó se admitiese al señor Arce la renuncia, i se oficiase al Poder Ejecutivo para que el pueblo del Parral, a quien representaba, procediese a la mayor brevedad al nombramiento de nuevo diputado, i se concediese al señor Sierra la licencia solicitada i se llamase a su suplente.

Despues, el informe de la Comision de Policía Interior, en la mocion del señor Pradel, sobre pago de dietas, el que, habiendo sido apoyado suficientemente, se declaró debia tomarse en consideración con preferencia; en consecuencia, i habiéndose discutido lijeramente, se resolvió en los términos siguientes:

Artículo primero. Prevéngase al Poder Ejecutivo que en el preciso término de tercero dia, ponga en Secretaría del Congreso la cantidad necesaria para cubrir a los diputados sus dietas hasta el 31 del presente mes inclusive.

Art. 2.º En lo sucesivo practicará lo mismo en el último dia de cada mes.

Llamóse, conforme a la órden dia, el proyecto sobre estincion de mayorazgos, i declarado bastantemente discutido, se fijó la proposicion siguiente: ¿Se estinguen absolutamente o nó? Puesta en votacion, resultó la negativa, salvando su voto el señor Infante.

Fijóse despues, a consecuencia de indicación que se hizo para que los interesados en los asuntos de que se trate no puedan votar, la siguiente: ¿Pueden votar en las leyes jenerales los que se consideren interesados personalmente en ellas? Puesta en votacion, resultó la afirmativa, habiendo los señores Infante i Molina, que sufragaron por la negativa, pedido se les salvase su voto, igualmente que el señor Barros, para que se anotase que habia sufragado por la afirmativa.

Finalmente, púsose en votacion la siguiente proposicion: ¿Se reforman los mayorazgos o nó? i resultó la afirmativa por una mayoría excesiva.

Se dió cuenta de una nota del Poder Ejecutivo en que instruye de los últimos acontecimientos de Aconcagua; considerada bastantemente, se acordó se le contestasen las órdenes mas ejecutivas para la mas pronta reunión de la Asamblea i las que, en nota anterior, se le indican, dando cuenta a la Representación Nacional ántes de proceder a dictar cualquiera otra, si no producen el efecto que debe esperarse.

Siendo mas de las dos de la tarde, se levantó la sesión, anunciándose para la siguiente, el mismo proyecto de mayorazgos, el asunto de Talca i demás puestos en tabla en las anteriores. —D. J. Benavente. —F. Fernández.


ANEXOS editar

Núm. 339 editar

Señor:

El Vice-Presidente de la República, aun ántes de haber recibido la respetable comunicación del Soberano Congreso, fecha de ayer, en que se sirve excitarle a fin de que trate de cortar las diferencias que han tenido lugar entre el intendente de la provincia de Aconcagua i una parte del vecindario de San Felipe, se hallaba ya dispuesto a valerse de los medios sagaces que la prudencia aconsejaba poner en acción, a fin de serenar las turbulencias que principiaban a asomar en aquel pueblo.

Al efecto, se ofició al gobernador local interino don Francisco Mascayano, interesando su patriotismo i celo público, tanto para que coadyuvase eficazmente al restablecimiento del órden i tranquilidad que, desgraciadamente, se hallaban alterados en el pueblo, como también para que apoyase con su influjo las medidas que el intendente (con quien solamente debia entenderse el Gobierno, como el único responsable de la tranquilidad i seguridad de la provincia) tuviese por conveniente adoptar. Mas, despues que dicho gobernador local ha tenido el temerario e imprudente arrojo deponer en posesion de sus destinos al gobernador i Cabildo, contra la terminante disposición del Gobierno, que ratificó el mismo Soberano Congreso, mandando quedase en suspenso la elección hasta que la Asamblea se pronunciase acerca de su lejitimidad; se atreve a dirijir sus comunicaciones a la Suprema Autoridad en el lenguaje mas desatento, pidiendo la separación del intendente i del párroco de aquel pueblo, con tono insultante i amenazador; i finalmente, despues que, en el estado de alarma en que ellos mismos han puesto al pueblo, se ha hecho valer allí, con insulto de la Soberanía, la especie de que aquellos movimientos sediciosos eran apoyados por la Representación Nacional; el Ejecutivo cree que cualquiera disposición, cualquiera medida conciliatoria que tomase, no solo seria ineficaz, sino que ella misma envolvería un principio de corrupción, porque se contraería el hábito de desobedecerlas, faltando así los únicos resortes de la administración. Por otra parte, el Vice-Presidente no alcanza a comprender qué especie de transacción pueda tener lugar entre la Suprema Autoridad, que manda la ejecución i observancia de las leyes, i una reunión tumultuaria de individuos que se resisten a su cumplimiento; i primero convendría en separarse del alto cargo que administra, ántes que permitir un ataque contra la Autoridad Suprema, i, lo que es mas, que su degradación se llevase al estremo de capitular con una fracción rebelde del pueblo. Bien conoce el Ejecutivo que, en ejercicio de sus atribuciones, debia ya haber procedido a descargar el peso de las leyes sobre los autores del motin; mas, no ba querido emplear ningún medio violento hasta convencerse de que se niegan abiertamente a la obediencia del Supremo Gobierno. Entretanto, se ha oficiado nuevamente al gobernador Mascayano, previniéndole, bajo la mas estrecha responsabilidad, que inmediatamente vuelva a reasumir el mando local del pueblo; que se disuelva el Cabildo, cuyas funciones, lo mismo que las del gobernador, deben quedar en suspenso, hasta la decisión de la Asamblea; que las providencias del intendente sean acatadas i obedecidas como corresponde; i que, en el caso inesperado de ser resistidas estas disposiciones, el Gobierno ocurrirá al odioso recurso de la fuerza para restablecer el órden; siendo él entonces el único que debe responder de los males que por esta causa puedan orijinarse.

Esto mismo se ha comunicado al intendente de la provincia, a quien, igualmente, se previene que tome las mas ejecutivas providencias para que se instale inmediatamente la Asamblea como lo desea el Congreso i lo exijen las circunstancias; mandando que se proceda a la elección del diputado que aun falta por la parroquia de San Felipe.

Ultimamente, se ha prevenido al intendente que, si a pesar de todo, se persiste siempre en desconocer su autoridad, desobedeciendo las órdenes del Gobierno, lo avise inmediatamente, para hacer salir a su disposición el auxilio de fuerza competente, a fin de que restablezca el imperio de las leyes.

Tales son las disposiciones que el Ejecutivo ha creido conveniente adoptar, i espera que ellas merecerán la aprobación del Congreso, en intelijencia de que, en el rápido progreso que va tomando diariamente el desorden en aquel pueblo, no es posible restituirle la tranquilidad, ni hacer respetar la tolerancia nacional por los medios ordinarios.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República saluda a la Sala con su acostumbrado respeto. —Santiago, octubre 24 de 1826. — Agustin de Eyzaguirre. —M. J. Gandarillas. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 340 editar

Soberano Señor:

El diputado que suscribe, a Vuestra Soberanía, con la respetuosidad debida, dice: que motivos justos i poderosísimos le precisan a íetirarse al lugar de su residencia. Con este fin, i queriendo conciliar su partida con las resoluciones del Soberano Congreso, recurrió a su pueblo para que hiciesen venir a su suplente o elijiesen un nuevo diputado que ocupase el lugar que él tenia que dejar. Mas, aquel Cabildo, prévia la consulta que hizo al intendente de la provincia, ha resuelto no poder mandar nuevo diputado sin que mi renuncia sea admitida por este Cuerpo Soberano. Todo aparece del oficio que respetuosamente acompaño, i él mismo justifica la fuerza de los motivos en que se apoya mi solicitud.

Así, pues, espero que Vuestra Soberanía se digne admitirme la renuncia que hago de la comision que tengo por el pueblo del Parral, permitiéndome el permiso de retirarme. Llegó ya el tiempo en que por necesidad debo existir en mi casa. Ella es un punto avanzado sobre la montaña. Su defensa tengo que hacerla yo personalmente como hasta aquí lo ha hecho, i ya el bandido Pincheira está amagando aquellas comarcas. Por momentos están aguardando su salida i yo la ruina de mis intereses i familia. No canso mas sobre esto a Vuestra Soberanía porque es muí notoria a todos los señores diputados, i en especial a los de la provincia de Concepción, la certeza de ios riesgos en que se halla la hacienda de Vilhuin, cuáles los empeños de los enemigos para arruinarla i cuáles los elementos con que siempre se ha'defendido. Por esta causa,

A Vuestra Soberanía suplico se sirva acceder a mi solicitud, en lo que recibiré un favor singular. —Casiano Arce Vásquez.


Núm. 341 editar

La Comision de Policía Interior, despues de examinar las fuertes razones en que se apoya la presente mocion, ha considerado también la independencia de los diputados i que ésta debe ser tal, que no haya pretesto que pueda esponerla. Si las dietas no son satisfechas i se reduce a hombres que han abandonado su familia e intereres a la mas vergonzosa miseria, o cuando ménos, a una triste dependencia, el poderoso ejercerá su influjo o el Ministerio será árbitro. Por todas estas razones, ha creido la Comision no solo que se sancionen los dos artículos que ella contiene, sino que se diga al Ejecutivo lo que ha motivado igual resolución. —Santiago, Octubre 25 de 1826. —Benavente. —Fernández. —J. S. Montt.


Núm. 342 editar

El Congreso Nacional ha tenido a bien admitir la renuncia del señor representante por el Parral, don Casiano Arce Vásquez; lo que tengo el honor de comunicar al señor Vice-Presidente de la República para que se den las órdenes necesarias para que se proceda a nueva elección en aquel partido, por hallarse imposibilitado de poder asistir el suplente.

El Presidente de la Sala repite al señor Vice-Presidente de la República las consideraciones, etc. —Sala del Congreso, Octubre 27 de 1826. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.



Núm. 343 editar

El secretario que suscribe tiene el honor de poner en noticia del señor Ministro de Hacienda que el Congreso Nacional, en sesión de hoi, ha tenido a bien admitir la renuncia del señor representante del Parral, don Casiano Arce Vásquez; lo que comunico al señor Ministro para que, con la brevedad que le sea posible, ordene que los Ministros del Tesoro le satisfagan las dietas a este señor, que debe marcharse a su país, donde le llaman los intereses de su familia i de sus amigos.

El secretario que suscribe, etc. —Secretaría del Congreso, Octubre 25 de 1826. —Al señor Ministro de Hacienda.



Núm. 344 editar

El secretario que suscribe tiene el honor de avisar a US. que el Congreso Nacional ha concedido al señor diputado de Copiapó, don Agustín Sierra, el permiso para que se retire de la Sala por el término de dos meses, por lo que deberá US. incorporarse (el lúnes próximo si fuere posible) a la Representación Nacional como suplente de este señor.

El que suscribe tiene la satisfacción de saludar US. —Secretaría del Congreso, Octubre 27 de 1826. —Al señor diputado don J. Antonio Sapiaín.



Núm. 345 editar

El Congreso Nacional, en sesión de hoi, ha decretado i sancionado lo siguiente:

Artículo primero. Prevéngase al Poder Ejecutivo que, en el preciso término de tercero dia, ponga en Secretaría del Congreso la cantidad necesaria para cubrir a los diputados sus dietas hasta el 31 del presente mes inclusive.

Art. 2.º En lo sucesivo practicará lo mismo en el último dia de cada mes.

El Presidente de la Sala tiene el honor, etc. —Sala del Congreso, Octubre 25 de 1826. —Al Excmo. Señor Vice Presidente de la República.



Núm. 346 editar

Habiendo tomado en consideración la nota que S. E., el Vice Presidente de la República, dirije al Congreso Nacional, en la que le instruye las providencias que ha espedido para restablecer el órden turbado en el pueblo de Aconcagua, i las que está resuelto a adoptar en el desgraciado caso de no ser obedecidas las disposiciones relativas a la elección que ha motivado aquellos movimientos, ha acordado se diga a S. E., el Vice-Presidente déla República, que si no producen el efecto que es de esperarse de sus providencias, dé cuenta inmediatamente a la Representación Nacional ántes de proceder a dictar cualquiera otra.

El Presidente de la Sala tiene el honor, etc. —Sala del Congreso, Octubre 25 de 1826. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.