Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 19 de diciembre de 1826

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 19 de diciembre de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 118, EN 19 DE DICIEMBRE DE 1826
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta de la sesión precedente. —Consulta sobre el sueldo de los capitanes jenerales. —Oficios sobre la instalación de las Asambleas de Colchagua i Valdivia. —Consulta de la Asamblea de Colchagua sobre la lei de elecciones de intendentes. —Lei de pago a los empleados públicos. —Excepciones en favor de ciertos empleados i funcionarios. —Aprobación de los artículos l.° i 2.º de la lei de milicias. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. , el Vice-Presidente de la República, propone se mande abonar al capitan jeneral don Ramón Freire el mismo sueldo de 3,000 pesos que goza el teniente jeneral don Manuel Blanco Encalada. (Anexo núm. 607. V. sesión del 18.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica que, según la nota del intendente de Colchagua, se ha instalado el 7 de los corrientes en Curicó la Asamblea de aquella provincia. (Anexo núm. 608. V. sesión del 15.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haberse instalado la Asamblea de Valdivia. (Anexo núm. 609. V. sesión del 15.)
  4. De un oficio en que la Asamblea de Colchagua comunica haber mandado suspender la lei de elección de los intendentes, con el propósito de reglar esta misma dicha elección, i que el de la provincia se ha negado a decretar tal suspensión; pide, en consecuencia, que el Congreso resuelva el conflicto. (Anexo núm. 610. V. sesión del 15 de Noviembre de 1826.)
  5. De una representación que los empleados de correos hacen en demanda de que no se les suspenda el pago de sus sueldos, como se ha propuesto, hasta pagar el de los sueldos insolutos de otros departamentos. (Anexo núm. 611. V. sesión del 18.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision de Hacienda sobre el sueldo que el Gobierno propone pagar a los capitanes jenerales. (V. sesión del 29 de Mayo de 1827.)
  2. Archivar los oficios del Gobierno relativos a la instalación de las Asambleas de Colchagua i Valdivia. (V. sesión del 20.)
  3. Sobre la consulta de la Asamblea de Colchagua, pasarla a la Comision de Lejislacion i Justicia, i contestarle que se ha mandado tramitar i que, entretanto, se dejen las cosas en el estado actual. (Anexo núm. 612. V. sesión del 21.)
  4. No comprender a los empleados que gocen ménos de 400 pesos de sueldo anual en la excepción del artículo 3.º de la lei de pagos, pero sí a los empleados de correos, a los que ejercen cargos periódicos i las dietas de los diputados. (V. sesiones del 18 i del 20.)
  5. Mandar que en cada provincia el intendente publique un bando llamando a todos los ciudadanos a alistarse en las milicias, i que los comisionados para el alistamiento formen las listas con todo órden i anoten los que saben leer i escribir. (V. sesiones del 18 i del 20.)
  6. Dejar en tabla los mismos asuntos i la solicitud de los oficiales insurrectos de Chiloé. (V. sesiones del 18 i del 20.)



ACTA editar

Se abrió con los señores Albano, Arce, Bauza, Barros, Benavente don Diego, Benavente don Mariano, Bilbao, Casanova, Carvallo, Donoso, Eyzagu rre Elizondo, Fariñas, Fernández, Huidobro, González, Infanfe, Irarrázaval, Lazo, López, Meneses, Mena, Muñoz Bezanilla, Novoa, Ojeda, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Silva don Pío, Tapia, Torres i Vicuña.

Leída el acta anterior, habiéndose suprimido la citación del decreto relativo a la consulta que hizo el Gobierno sobre antigüedades militares, se aprobó.

Leyóse despues una nota del Poder Ejecutivo, exijiendo por la resolución a la consulta que tiene hecha sobre sueldos de capitanes jenerales, que se mandó pasar a la Comision de Hacienda.

Luego otras dos, en que por la una avisa la instalación de la Asamblea de la provincia de Colchagua, i por la otra la de Valdivia, que se mandaron archivar.

Últimamente se dió cuenta de una nota de la Asamblea de Colchagua, introducida por uno de los diputados de la provincia, en que observa la lei sobre elección de intendentes, i da cuenta de lo sucedido a este respecto. Se acordó se le contestase haberse mandado tramitar, i que, entretanto, permaneciesen las cosas en el mismo estado.

Se procedió a la discusión de las indicaciones que quedaron irresolutas en la sesión anterior.

Discutidas bastantemente i declarado así, se votó la proposicion: si se comprenderían o no en la excepción del artículo 3.º los empleados que gocen un sueldo de 400 pesos, i resultó la negativa.

Luego la de si lo serán las rentas de correos, resultando en ésta la afirmativa.

Hízose la indicación de si esta gracia alcanzaba también a los jefes o se dirijia solo a los subalternos. Se votó, en consecuencia, la proposicion i resultó que comprendía ámbas clases.

En segunda hora, el señor Bauza tomó la palabra e interesó a la Sala por que se pronunciase sobre la indicación hecha en la sesión anterior, para que no se comprendiesen en la lei del caso los sueldos de empleados de periódicos i dietas de diputados. Tomada en consideración, hizo la declaración conforme a la indicación.

Llamóse en discusión el proyecto de lei sobre organización de milicias; admitido en jeneral, se procedió a la discusión de unos artículos, habiéndose sancionado los siguientes:

Artículo primero. Cada Asamblea Provincial dispondrá que el intendente de la provincia haga publicar por bando la órden de alistamiento jeneral en todos los partidos i distritos de ella, i será del resorte de los gobernadores de partido designar los lugares en las personas ántes que hayan de concurrir a alistarse, prefijándoles el término competente.

Art. 2.º Los que fueren comisionados, formarán las listas con el debido órden i claridad, notando en ellas los individuos que sepan leer i escribir.

No habiéndose sancionado el 3.º, que también se discutió, i siendo la hora avanzada, se levantó la sesión, anunciándose para la siguiente la continuación de los mismos proyectos i la solicitud de los oficiales revolucionados en Chiloé, pidiendo la gracia de conmuta de pena. Nota. —Salvó su voto el señor López, respecto de la lei de pagos. —Benavente. —Fernández.



ANEXOS editar

Núm. 607 editar

No habiéndose resuelto por el Soberano Congreso la consulta elevada por el Gobierno sobre el sueldo que debe disfrutar el capitan jeneral don Ramón Freire, i apareciendo la irregularidad de disfrutar el teniente jeneial don Manuel Blanco Encalada el de 3,000 pesos anuales por un decreto particular, cuando aquél solo goza el que designa el reglamento de los coroneles de artillería, i considerando justo el Ejecutivo que la clase mas elevada de la milicia perciba el mayor sueldo acordado a ésta, i siendo el prefijado a dicho teniente jeneral de aquella naturaleza, propone de nuevo al Congreso Nacional se digne declarar, si lo tuviese por conveniente, se abone al enunciado jeneral Freire igual sueldo que al teniente jeneral Blanco, hasta tanto que el Poder Lejislativo determine lo conveniente acerca de la anterior consulta.

El Vice-Presidente de la República, con este motivo, tiene el honor de ofrecerle al Presidente de la Sala del Soberano Congreso las consideraciones de su distinguido aprecio i respeto. —Santiago, Diciembre 18 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —Tomás Obejero. —Al Presidente de la Sala del Soberano Congreso.



Núm. 608 editar

Señor:

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de informar a la Representación Naciónal, que el intendente de Colchagua, en comunicación de 9 del corriente, da cuenta al Gobierno haberse instalado en Curicó, el 7 del mismo, la Asamblea de aquella provincia con los diputados de San Fernando i Curicó, esponiendo al mismo tiempo que no cree mui distante la incorporación de los de Talca, con respecto a haberse agregado a la capital de la provincia dos de las doctrinas pertenecientes a aquel partido.

El Vice-Presidente de la República lo pone en noticia del Congreso para su conocimiento, renovándole, con este motivo, sus protestas de adhesión i respeto. —Santiago, Diciembre 16 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —J. M. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.



Núm. 609 editar

Señor:

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de informar a la Representación Nacional que, en la Intendencia de Valdivia, se halla ya instalada la Asamblea Provincial, según lo avisa el mismo Cuerpo, en su comunicación de 16 del pasado, que acaba de recibirse.

El Vice Presidente de la República lo pone en noticia del Congreso para su conocimiento, protestándole, con este motivo, sus sentimientos de consideración i respeto. —Santiago, Diciembre 18 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —J. M. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.



Núm. 610 editar

Esta Honorable Asamblea, a los pocos dias de su instalación, recibió por conducto del interino intendente de la provincia, testimonio de la lei de Vuestra Soberanía, fecha 11 de Octubre del presente año, por la que se previene que las elecciones de intendentes se verifiquen por los Cabildos, remitiendo éstos las listas de sufrajios en pliego cerrado a las Asambleas... etc.

Leida a la Representación la dicha lei, hizo mocion un señor diputado para que se ordenase al intendente no diese curso a aquella, miéntras que la Sala no discutiese si era atribución de ella el dar la forma para la elección del intendente, o correspondía a esa Soberanía.

Como en Sala plena discutiese i sancionase esta Honorable Asamblea la mocion presentada, se ofició al intendente para su cumplimiento; contestó haciendo varias objeciones i fundamentos, por donde dice debe estarse a lo resuelto por Vuestra Soberanía, concluyendo, por último, que esta Asamblea, pesando con madurez su esposicion, se sirva resolver en pro o en contra de su anterior comunicación. Volvió ésta a entrar en discusión, i sancionó por pluralidad de votos se llevase a debido efecto la suspensión manda da verificar por la Representación Provincial, i cuando ésta esperaba que el intendente procediese sin contradicción al cumplimiento, pide por segundo oficio las atribuciones que debe tener aquella dictadas por Vuestra Soberanía, negándose espresamenle a suspender la órden que ya había dado a los Cabildos.

La Sala le mandó comparecer ante sí, resultando de la conferencia i meditadas consideraciones que se tomaron a fin de conciliar con la quietud el mejor órden, que quedase vijente la disposición de esta Honorable Asamblea, i en depósito cerrado sin escrutinio la elección que se suponía, haciéndose en aquel dia por el Cabildo de San Fernando.

La Honorable Asamblea de Colchagua espondria a Vuestra Soberana, tan grandes fundamentos para probar que ella debe dar la forma de las elecciones de intendente, que no dejarían lugar a contrarias opiniones; mas, como en estos momentos ha sabido que la Honorable Asamblea de Santiago se ha resistido del mismo modo que ésta, lo omite por no cansar la atención de Vuestra Soberanía, i solo lo hace pidiendo se le comunique el resultado que haya tenido aquélla, para que en el caso de declararse como apetece ésta, quemar el pliego cerrado que contiene la referida elección del Cabildo de San Fernando; i si, por el contrario, presentan a la vista de Vuestra Soberanía las razones que por ahora oculta.

Como el interino intendente ha fundado su resistencia pidiendo a esta Sala las atribuciones que debe tener dictadas por Vuestra Soberanía, para evitar en lo sucesivo iguales acontecimien- tos, la Representación Provincial de Colchagua, pide al Soberano Congreso Nacional se sirva detallárselas con la brevedad posible.

La alta consideración i respeto a esa Soberanía, mueve a esta Representación Provincial a poner en su sabia atención este acontecimiento i las medidas tomadas, cierta ésta de que las prudentes miras del Soberano Congreso, no distarán mucho de sus pensamientos.

El Presidente de la Honorable Asamblea de Colchagua, tiene el honor de saludar al Soberano Congreso Nacional, ofreciéndole los mejores sentimientos de su mas rita consideración. —Asamblea de Colchagua, Curicó, Diciembre 16 de 1826. —Juan José Uríbe. —Luis Labarca, secretario. —Al Soberano Congreso Nacional.



Núm. 611 editar

Soberano Señor:

Los empleados de la Renta de Correos, con todo el acatamiento debido, nos atrevemos a implorar de la Representación Nacional el consuelo que esperamos, como el centro de la beneficencia. Los padres de la Patria, los hijos de la luz que va a alumbrar mas allá del hemisferio de la República, no serán insensibles a nuestra esclamacion, si la conceptúan justa. Hemos oido que la Soberanía de la Nación, en las actuales escaseces del Erario, decreta la suspensión del pago de sueldos de algunas oficinas hasta que sean igualados todos los empleados civiles i militares, cuando se les debe a muchos mas de un año de sus sueldos, i hasta no ser todos igualados nadie debe ser pagado, ordenándose para lo sucesivo un rateo proporcionado, para que aun en medio de la escasez, todos sean socorridos, i cuando la madre Patria no pueda pagar a todos, ha de igualarse la balanza, sin que unos queden absolutamente desatendidos i otros del todo satisfechos.

Confesamos, Señor, que la medida es hija de la filantropía, i concebida en el taller de la justicia i la igualdad, i a pesar que respetamos las luces de la Soberanía, hacemos con el mayor respeto las reflexiones, que esperamos se oigan en nuestro sumiso reclamo.

La Renta de Correos es la única oficina que no tiene feriado, vacaciones ni descanso; para ella es lo mismo el dia mas solemne que el común; nuestro trabajo i nuestra asistencia deben empezar desde las primeras horas de la mañana, hasta las dos de la tarde, i desde las cuatrc de ésta hasta las nueve de la noche; esto es, en lo diario i corriente; mas, en lo estraordinaiio i urjente, no se nos dispensa ni el medio día ni la media noche; la fatiga nos es necesaria aun en aquellas horas en que toda la naturaleza descansa en profundo silencio. ¡Cuántas veces, Señor, nos amanecemos pernoctando, sea invierno o verano, por despachar los correos, ya al comercio, ya al Estado!

En esta contracción, un mes que se demoren nuestros sueldos, perecen nuestras familias, i el hombre sin pan no puede trabajar; todas las demas oficinas de la República tienen horas de descanso, tienen feriados i por lo regular, la tarde i la noche libres para dilijencias particulares; nosotros somos los únicos que trabajamos mañana, tarde i noche, hasta el estremo de pernoctar i esta continuación de nuestras tareas no nos permiten recurso ni hora vacante para dilijenciar, por otros medios, la subsistencia de nuestras familias, si nos falta el sueldo que tan justamente ganamos.

Por otra parte, las dotaciones escasas nos hacen ir con el día, i siendo este el establecimiento mas útil al comercio, a las relaciones políticas, i en una palabra, el primero de la sociedad, parece que también merece la primera atención por su importancia i por el asiduo trabajo de sus empleados. El no es para el Estado un ramo de arbitrio; sí solo un taller de necesidad i de conveniencia pública; sus producciones se consumen e invierten en razón directa de sus gastos i atenciones, i el Estado se lisonjea de tener un establecimiento, como este, con sus mismas producciones naturales, porque advierte que ántes sacrificaba crecidas sumas del fondo fiscal, i no estaba tan bien servida, siendo esta exactitud mucho mas recomendable, si se atiende al mayor fondo de tareas que hoi demanda, por el aumento de las relaciones que se facilitan por esta oficina. Sin exajeracion puede ella decir que cuando no alcanzaran sus producciones a sufragar sus gastos, éstos serían suplidos con preferencia a la tropa i a los mas sagrados de la República, por ser lo mas importante de la sociedad. Llenos de confianza, dicen los empleados en Correos ante la Representación Nacional: si hai alguna oficina en Chile que no admita reforma, i cuyo despacho esté en todo el lleno de su deber, es la nuestra. Cuando todas se examinaran con ojos de lince, acaso sería la única que se hallase sin nota i sin punto que reformar.

Si se observa, pues, no ménos que la importancia de este establecimiento, la exactitud i arreglo de su desempeño, la constante e imprescindible fatiga de sus empleados, el no ser un ramo de arbitrio, sino un establecimiento de necesidad a quien los mejores economistas han respetado, conformándose i teniendo por un hallazgo sostenerlo con sus propios recursos; si todo el mundo civilizado conoce que en punto de correos no puede haber lucro, i que el sumum de sus ventajas será sostenerse de sus propios recursos; si sabios políticos creen que seria mas importante a la sociedad sostener a las estafetas sin gastos ni gravámen del ciudadano, costeándose todo por el Erario Nacional, para abrir de este modo un manantial fecundo a la industria, al comercio, a las relaciones o a la ilustración misma; así hai otras tantas reflexiones no ménos poderosas que omitimos, satisfechos que las luces de la Soberanía no pueden ignorarlas; esperamos fundadamente que la Soberanía Nacional, tomando en consideración lo espuesto, balanceando los intereses jenerales con la conveniencia de las leyes, procederá con su acostumbrado pulso a decretar o prevenir la excepción de este privilejiado establecimiento, en la suspensión del pago de los que lo sirven por lo estraordinario de sus atenciones, i por estar fuera de nivel con las demás oficinas de la República, pues todos saben que ésta necesita diariamente echar mano de sus mismas producciones paia el pago de correos i postas que deben conservarse en continuo movimiento.

Sin este pronto recurso todo se entorpece, i un establecimiento que no admite interrupciones, resultaría embarazado estrayéndole sus cortas entradas con las cuales sostiene sus jiros continuados.

Los empleados de la Renta de Correos ofrecen, con su mayor sumisión i respeto, a la Soberanía Nacional los sentimientos i esclamaciones, que esperan serán atendidas en justicia. —Santiago, Diciembre 18 de 1826. —Francisco Prats.J. Rafael Bascuñan.Alejo Currel. —Francisco Javier Herrera. —Francisco de Puelma.



Núm. 612 editar

El Congreso Nacional ha tomado en consideración, en sesión de hoi, la nota de la Honorable Asamblea de Colchagua sobre la lei de elección de intendentes, i ha resuelto que pase a la Comision de Justicia i Lejislacion, en donde se halla el oficio dirijido por la Asamblea de Santiago, al mismo efecto, para que presente su dictámen sobre el paiticular, a fin de que la resolución sea mas acertada, i que, entretanto, permanezcan las cosas en el mismo estado.

El Secretario que suscribe, tiene el honor de ponerlo en noticia de la Honorable Asamblea de la provincia de Colchagua, de órden del Congreso Nacional, ofreciéndole al mismo tiempo las respetuosas consideraciones de su alto aprecio i afecto. —Secretaría del Congreso, Diciembre 19 de 1826. —A la Honorable Asamblea de la provincia de Colchagua.