Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 15 de julio de 1826

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 15 de julio de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 12, EN 15 DE JULIO DE 1826
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acia de la sesión precedente. —Espedicion contra el bandalaje. —Bases de gobierno federal. —Recurso del señor Viel en demanda de indulto. —Observaciones del Ejecutivo sobre las incompatibilidades parlamentarias i sobre el envío de una legación al Perú. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cu enta:

  1. De un oficio en que el Excmo. Presidente de la República comunica haber elejido a don Diego Antonio Elizondo Ministro de Chile en el Perú, i en cuanto a las instrucciones, dice no poder dar noticia de ellas al Congreso; pero que está dispuesto a atender aquellas que el Congreso tenga a bien proponerle. (Anexo núm. 146. V. sesiones del 11 i del 17 de Julio i del 8 de Noviembre de 1826.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber ordenado al administrador de la imprenta, pasar a la Secretaria del Congreso una coleccion completa de ciertas publicaciones. (Anexo núm. 147.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber recibido aquellos por los cuales se le transcribieron las leyes sobre duración de los cargos de Presidente i Vice-Presidente de la República. (Anexo núm. 148. V. sesiones del 9 de Julio i del 7 bis de Setiembre de 1826.)
  4. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber recibido la resolución lejislativa de constituir federalmente a la República i de someter a la aprobación popular la Constitución que se dicte. (Anexo núm. 149. V. sesión del 11.)
  5. De otro oficio en que el mismo Majistrado avisa haber recibido una nota del señor Presidente del Congreso, dirijida a prevenirle que aquellos empleados que sean actualmente diputados deben consagrarse esclusivamente al desempeño de la diputación; el Director Supremo pide que se le haga esta prevención en forma de lei. (Anexo núm. 130. V. sesiones del 8 i del 13.)
  6. De un proyecto de don Estanislao de Arcepara que se mande espedicionar contra el bandalaje que asola las provincias del Sur. (Anexo núm. 131. V. sesión del 18 de Abril de 1823.)
  7. De unas bases que presenta la Co misión de Negocios Constitucionales para constituir fcderalmente la República.
  8. De una solicitud que don Benjamín Viel entabla en demanda de que se le indulte la pena de relegación que está sufriendo.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Pasar a la Comision Militar el proyecto de don Estanislao de Arce para enviar una espedicion contra el bandalaje. (V. sesión del 26.)
  2. Devolver a la Comision de Negocios Constitucionales las bases de constitución federal para que abra dictámen sobre ellas, las rectifique i las haga imprimir. (V. sesiones del 11 i del 28.)
  3. Pedir informe a la Comision de Peticiones particulares sobre la del señor Viel. (V. sesión del 20.)
  4. Dejar para la segunda hora de la próxima sesión la discusión de las observaciones que el Ejecutivo hace al acuerdo que exime a los diputados de desempeñar los destinos en que estén empleados (V. sesión del 17), i al acuerdo que manda enviar una legación al Perú. (V. sesión del 17.)
  5. Dejar para la primera hora de la próxima sesión el proyecto de elección popular de los gobernadores. (V. sesiones del 14. i del 17.)

ACTA editar

Se abrió con los señores Cienfuegos, Vicuña, Donoso, Huerta, Arce don Casiano, Arce don Estanislao, Bustos, Villagran, López, Meneses, Campos, Balbontín, Olivos, Arriagada don Juan Manuel, Arriagada don Pedro, Pérez, Benavides, Bauza, Benavente, Eyzaguirre, Fariñas, Silva, Prast, Torres, Marcoleta, Sierra, Romero, Albano, Ojeda, Campino, Lazo, Infante, Muñoz Bezanílla i Fernández. Leída el acta anterior fué aprobada.

Se leyó la mocion del señor Arce para que se espedicione sobre el Sur contra el bandalaje que asóla a aquellas provincias, i el proyecto de acta o bases constitutivas de la federación chilena, presentado por la Comision de Negocios Constitucionales, i se acordó que la primera pasase a la Comision Militar, i que el segundo volviese ala misma Comision que lo habia presentado, para que, rectificándolo, abriere dictámen i vestido así, se imprimiese.

Luego el recurso del señor Viel, pidiendo la suspensión de la relegación que sufre, i se mandó pasar a la Comision Calificadora de Peticiones.

En seguida, se leyeron varias comunicaciones del Poder Ejecutivo, en que acusa recibo de las disposiciones del Congreso, haciendo observaciones sobre la que escusa a los diputados del desempeño de sus particulares destinos, durante el período de la Lejislatura, para contraerse especialmente al de sus tareas lejislativas, i sobre la de las instrucciones de la Legación al Perú; ámbas se pusieron en la órden del dia siguiente a segunda hora, i para la primera el proyecto sobre elección de gobernadores, habiéndose levantado la sesión despues de las dos i cuarto de la tarde. Cienfuegos. —Montt.


ANEXOS editar

Núm. 146 editar

El Presidente de la República, al anunciar al Soberano Congreso Nacional que queda instruido de su resolución (comunicada por el señor Presidente de la Sala, en nota de 12 del corriente), por la cual autoriza al Poder Ejecutivo para que emplee las sumas necesarias a la remisión de un Ministro Plenipotenciario que resida cerca del Gobierno del Perú, con la calidad de que se someta a su aprobación las instrucciones i la persona que se nombre, tiene el honor de hacer presente al Soberano Congreso que el sujeto elejido para esta misión ha sido el canónigo doctoral don Diego A. de Elizondo, cuyas virtudes, patriotismo i distinguidos talentos i luces, ha creido el Gobierno que lo hacen el mas apto i digno de llenar este importantísimo encargo.

En cuanto al segundo punto, de que sean sometidas al Congreso las instrucciones que debe llevar este Ajente Diplomático, el Presidente de la República no puede ménos que hacerle presente que semejante disposición, a mas de defraudar al Poder Ejecutivo de un derecho que le es absolutamente peculiar, seria comprometer el secreto inviolable que debe guardarse en todas ocasiones, por lo respectivo a las instrucciones que se dan a un Ajente Diplomático, motivo acaso el mas poderoso, per el que todos los publicistas que han tratado del derecho público, i todas las naciones han reconocido la inviolabilidad de la persona i papeles de un Ministro Diplomático durante el ejercicio de este cargo.

A estas observaciones incontrastables que el derecho de todos los Gobiernos ha sancionado, el Presidente de la República cree que no se ocultarán al Soberano Congreso los delicadísimos motivos que demandan actualmente la remisión del Ministro Plenipotenciario al Perú, i que, por lo tanto, siendo unos negocios los mas árduos i difíciles los que se le confían, es necesario, por lo mismo, en esta ocasion mas que nunca, procurar se guarde el mayor sijilo sobre los medios que piensa emplear el Gobierno para alcanzar sus fines.

Sin embargo, al Presidente de la República le será mui satisfactorio, que el Soberano Congreso, si lo creyere conveniente o necesario, le comunique aquellas instrucciones que juzgue conducentes al mejor éxito del objeto; aunque a la verdad opina que en éstas seria menester que el Congreso guardase el mas profundo sijilo para que no se divulguen, frustrándose así el logro de los pasos que debe dar el Ministro que va a partir para el Perú.

El Presidente de la República saluda al Soberano Congreso con los sentimientos de su mas respetuosa consideración. —Santiago, Julio 14 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 147 editar

El Presidente de la República tiene el honor de informar al señor Presidente del Congreso que, a consecuencia de lo que se sirve esponer en su honorable comunicación, fecha de ayer, ha dado ya las órdenes convenientes al administrador de la imprenta, para que pase a la Secretaría del Congreso una coleccion completa de los papeles ministeriales, previniéndole igualmente que ponga a disposición del Secretario todos los que en adelante se publicaren.

Con este motivo, el Presidente de la República renueva al señor Presidente del Congreso las protestas de su alto aprecio. —Santiago, Julio 14 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm 148 editar

El Presidente de la República ha recibido la resolución del Congreso Nacional, que fija la duración de los cargos de Presidente i Vice-Presidente de la República, con las demás disposiciones que en ella se contienen; i cuando se preparaba a mandar publicar i circular dicha resolución, recibe ahora la prevención de que se agregue al artículo 2.º la espresion de "Vice-Presidente" lo que se tendrá presente al tiempo de su publicación.

El Presidente de la República tiene el honor de contestar al señor Presidente del Congreso su honorable comunicación, fecha de ayer, renovándole, con este motivo, las protestas de su alto aprecio. —Santiago, Julio 14 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 149 editar

El Presidente de la República tiene el honor de avisar al señor Presidente del Congreso, haber recibido la resolución de la Sala, en que se declara que esta República ha de constituirse bajo el sistema federal, i que la Constitución que se dictare se presentará a los pueblos para su aceptación. En su consecuencia, ha dispuesto que se publique inmediatamente por la prensa.

El Presidente de la República saluda al señor Presidente del Congreso con su acostumbrada consideración. —Santiago, Julio 14 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 150 editar

El Presidente de la República ha recibido la nota del señor Presidente del Congreso, en que le indica prevenir "que los individuos que se hallan actualmente empleados en la Representación Nacional, se contraigan esclusivamente a este importante objeto, dando, al efecto, las órdenes correspondientes a las diferentes corporaciones a que pertenecen."

El Presidente de la República desearía se le comunicase esta prevención en forma de lei, para mandarla publicar, por ser mas conforme al uso establecido; si es que el Soberano Congreso lo juzga necesario, respecto a que parece tan consiguiente haya de vacar en su empleo todo diputado que lo tuviere para contraerse a su cargo político, que casi es escusada toda esplicacion sobre el particular.

El Presidente de la República saluda al señor Presidente del Congreso con su mayor respeto i consideración. —Santiago, Julio 14 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 151 editar


PROYECTO DE LEY

La nueva provincia del Maule i sus limítrofes se hallan en el estado mas lamentable, espuestas a la continua depredación de los bandidos, talando éstos lo mas florido de sus campos, crueles asesinatos contra la vida de honrados labradores, hacen presa como leones rabiosos en los niños inocentes i mujeres, quitándoles su sagrada libertad, i reducidos a la mas terrible esclavitud; los venden como a brutos a los indios salvajes, cuya espantosa miseria la pluma no podrá indicar; la desolación ha caminado i camina con rapidez, causando el esterminio al Estado, sin haberlo podido remediar con lijeras campañas. Las garantías del hombre allí no son conocidas; solo predomina el desorden i el pillaje; i para quitar estos males i plantear el sublime sistema federal, el Supremo Congreso decreta:

  1. En principio del próximo mes de Octubre espedicionarán mil hombres de línea a tierras de indios pehuenches, para esterminar hasta el último de los bandidos.
  2. Se colectarán dos mil caballos, que estarán reunidos en la provincia del Maule en el próximo mes de Agosto, i los víveres necesarios para seis meses.
  3. El principal objeto de la espedicion será entablar relaciones amistosas con los naturales, el de ser sus protectores, el hacerlos salir de sus antiguos comercios i llevarles alguna suma de prendas para gratificarles, haciendo que ellos persigan a los bandidos.
  4. Se estarán seis meses, aunque parezca no hai enemigo, i si a la retirada los indios solicitaren alguna guarnición o jente, se les franqueará.
  5. Esta mocion se pondrá al conocimiento del Ejecutivo para que adquiera los arbitrios necesarios, para el pronto reparo de tan terribles perjuicios a la Nación chilena. —Santiago i Julio 15 de 1826. —Estanislao de Arce.

Núm. 152 editar

El Congreso Nacional ha decretado que el país se constituya bajo el sistema federal. Es mui importante que los señores representantes tengan un pleno conocimiento acerca de los principios i ventajas de esta forma de gobierno, por lo que creo conveniente que S. E. ordene que se remitan al Congreso varios ejemplares de observaciones hechas al periódico titulado Abeja Chilena, que se imprimieron de cuenta del Gobierno i existen en la imprenta. El Presidente del Congreso repite al señor Presidente de la República las consideraciones de su alto aprecio. —Sala del Congreso, Julio 15.


Núm. 153 editar

El señor diputado secretario don José Santiago Montt, a cuya disposición se mandaron poner los doscientos pesos que se necesitan para los gastos de la Sala i Secretaría del Congreso, se halla ausente en el campo, i como hai una absoluta igualdad entre ámbos secretarios i mucha urjencia para recibir esta cantidad, se ha de servir Ud. entregarlos al oficial don Cayetano O'Ryan, que al efecto comisiono. Ofrezco a Ud. mis sentimientos de aprecio i amistad.


Núm. 154 editar

La Comision de Hacienda, para sistemar sus trabajos, necesita que en el dia, si fuese posible, se le pase una razón exacta e individual de las haciendas de temporalidades que hayan cumplido sus arriendos i estén en disposición de renovarse, i con la brevedad posible también de todas las restantes que no hayan cumplido; fundos urbanos, entradas i gastos por menor i demás noticias conducentes a formar una idea del estado de este ramo. Con este motivo, el secretario que suscribe tiene la satisfacción de ofrecer a los señores directores del Banco los sentimientos de su aprecio. —Secretaría del Congreso Nacional, Julio 15 de 1826.


Núm. 155 editar

He instruido al señor Presidente de la Sala de la nota de Uds., de 14 de corriente, sobre la duda ocurrida de lo que se debe descontar a los empleados de la Secretaría del Congreso; i en contestación a ella me ordena decir a Uds. que a los secretarios se ha concedido el sueldo de dos mil pesos anuales; al oficial mayor, mil, sin el descuento del 6 por ciento; i a los oficiales subalternos el sueldo de seiscientos pesos, con el descuento del 6 por ciento.

El Congreso Constituyente del año 24 acordó que su Secretaría quedaba exceptuada del descuento de 8 pesos que se ha acostumbrado exijir por el papel de títulos; en virtud de esta práctica, ha acordado ahora nuevamente esta Lejislatura que todos los empleados de su Secretaria quedasen exceptuados de dichos descuentos de papel, lo que también se ha puesto en conocimiento del señor Presidente de la República, con fecha de ayer.

El secretario que suscribe, aprovecha esta oportunidad para ofrecer a los señores Ministros los sentimientos de su aprecio.—Secretaría del Congreso, Julio 15 de 1826. —A los Ministros del Tesoro Público.


Núm. 156 editar


Pié de lista de los señores jefes y oficiales, edecanes del Soberano Congreso, para la revista de comisario del mes de la fecha:
Nombres
Clases
Don Isaac Thompsom. —P.......
Coronel graduado, teniente coronel.
 
Don Francisco Gana. —P.......
Sarjento mayor graduado, capitan.
 
Don José del Castillo. —P.......
Capitan.
 
Nombres
Clases
Don Fernando Noya .......
Ayudante mayor.
 
Don Vicente Bustamante .......
P. Subteniente.
 

Nota.—Por resolución suprema, disfrutan dichos edecanes del sueldo de caballería, desde el i.° de Julio del presente año.—Santiago, Julio 15 de 1826. —Francisco del Castillo. —Gaspar González de Candamo, Ministro factor i comisario jeneral del ejército.

Certifico que los señores jefes i oficiales comprendidos en esta lista, se me han presentado en revista en el dia de la fecha. —Candamo.