Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión del Senado Conservador, en 25 de junio de 1823

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1823)
Sesión del Senado Conservador, en 25 de junio de 1823
SENADO CONSERVADOR
SESION 38, EN 25 DE JUNIO DE 1823
PRESIDENCIA DE DON AGUSTÍN DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Solicitud de don Agustin Natanael Coox. —Comision de estudio del reglamento relativo a la administracion judicial. —Nuevo préstamo al Perú. —Provision de canonjías. —Remision de dos ejemplares de la ampliacion al reglamento comercial. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Arce Pedro
Barros José Manuel
Errázuriz Fernando
Eyzaguirre Agustin de
Gutiérrez Antonino
Hurtado José Maria
Infante José Miguel
Novoa Manuel
Henríquez Camilo (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director comunica que varios eclesiásticos beneméritos se han presentado en demanda de prebendas en recompensa de sus servicios, i consulta si se deben o no proveer las vacantes. (Anexo núm. 366. V. sesiones del 9 de Agosto de 1822 i del 11 de Julio de 1823.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber prevenido a los Ministros Tesoreros que abonen a los individuos i a los empleados del Senado los sueldos que les corresponden. {Anexo número 367. V. sesion del 3 de Junio.)
  3. De otro oficio con que el mismo Magistrado acompaña una solicitud de don Juan Miguel Benavente, en demanda de que se le mande abonar el sueldo de cincuenta pesos que le señaló la Asamblea Provincial de Concepcion. (Anexo núm. 368. V. sesion del 30 de Julio de 1823.)
  4. De otro oficio en que el mismo Majistrado pide se le remita el proyecto de ampliacion al Reglamento Comercial de 1813, que pasó al Senado, a fin de poder sancionar el aprobado por este cuerpo. (Anexo número 369. V. sesiones del 31 de Mayo, del 20, del 27 de Junio, i del 2 de Julio de 1823.)
  5. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña una solicitud del Ministro Plenipotenciario del Perú, en demanda de que se auxilie a este Estado con millon i medio de pesos, valor efectivo del empréstito. (Anexos núms. 370 i 371. V. sesion del 13 de Junio.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre la solicitud de don Agustin Natanael Coox, que se observe lo dispuesto por las leyes. (Anexo núm. 372. V. sesiones del 30.)
  2. Nombrar una comision que examine el proyecto de administracion de justicia i que éste i las observaciones que sujiera, se impriman a fin de que los senadores puedan estudiar bien la materia. (Anexo núm. 273. V. sesiones del 18 de Junio i del 14 de Julio.)
  3. Prestar medio millon nominal mas de pesos al Perú i hacer entender a su Plenipotenciario en Chile, que no debe esperar nuevo préstamo de este Estado i que el que ahora se le facilita debe dedicarse precisamente a auxiliar la espedicion que zarpó del Callao sin víveres. (Anexo núm. 374. V. sesiones del 15 i del 21 de Abril, del 13 i del 23 de Junio, del 9 de Julio i del 5 de Setiembre de 1823 i del 30 de Junio de 1824.)
  4. Sobre la solicitud de varios eclesiásticos, que se observe lo dispuesto por el anterior Senado. (Anexo núm. 375. V. sesiones del 9 de Agosto de 1822 i del 11 de Julio de 1823.)
  5. Remitir al Ministerio de Hacienda los dos ejemplares de ampliacion al Reglamento Comercial de 1813 i de la tarifa de derechos aduaneros. (V. sesiones del 31 de Mayo, del 20 de Junio i del 2 de Julio de 1823.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinticinco de Junio de mil ochocientos veintitres, hallándose en su sala los señores del Senado Conservador, se tuvo en consideracion la consulta del Excmo. Supremo Director, sobre la solicitud del cirujano médico doctor Agustin Natanael Coox que, interesado en que se le incorpore al número de los boticarios del país, renuncia del ejercicio de médico-cirujano, i se acordó contestar al Gobierno que, en órden a este particular, se observe lo dispuesto por las leyes de la materia. Visto detenidamente por el Senado el reglamento de administracion de justicia, remitido por el Poder Ejecutivo, en diezisiete del corriente, despues de prestarle la consideracion i aprecio que merece, acordó la sala, en la sesion pública del dia, que se nombrase una comision del mismo seno que le reconozca i examine con mas prolijidad i le presente sus observaciones; i que ademas, éstas i el referido reglamento, se den a la prensa para que se penetre mejor de su mérito cada uno de los individuos del cuerpo lejislativo.

Con la misma fecha, tomó en consideracion el Senado la nota del Gobierno, acompañando la solicitud del Ministro Plenipotenciario del Perú, interesado en que se auxilie con millon i medio de pesos, valor efectivo del empréstito, para el objeto que espresa; i penetrada la sala de los motivos que afianza la peticion, accedió a que se traslade al crédito del Perú medio millon mas, valor nominal de dicho empréstito, con la condicion de que el Gobierno haga entender al Plenipotenciario, que ya no puede esperar mas de Chile, i que ha de invertirse aquel valor en el preciso i determinado objeto de auxiliar la espedicion que zarpó últimamente del Callao para intermedios, destituida de víveres.

A la consulta del Gobierno excitado por varios eclesiásticos beneméritos, sobre que se provean las canonjías vacantes en los Cabildos de esta diócesis de Santiago i la de Concepcion, se acordó por el Senado, en sesion de la fecha, se diga al Poder Ejecutivo, en contestacion, que se observe lo dispuesto por el anterior Senado, en órden a que no se provean las prebendas que vacaren, en lo sucesivo, i concluida la sesion, firmaron los senadores con el secretario.—Eyzaguirre. —Novoa. —Errázuriz. —Barros. —Arce. —Gutiérrez. —Infante. —Hurtado. —Henríquez.


ANEXOS editar

Núm. 366 editar

El Director Supremo del Estado hace presente al Senado Conservador, que varios eclesiásticos beneméritos así de Santiago como de Concepcion, se han presentado solicitando prebendas en premios de sus dilatados servicios, en la carrera de la Iglesia.

Por lo que hace a los de Concepcion, ya el Director ha pedido al Gobernador de aquel Obispado que le informe, si las circunstancias políticas de la provincia permiten o nó el arreglo del coro i demás del servicio del culto; pero, en cuanto a los de Santiago, el Director espera que el Senado le diga si se lleva adelante la resolucion del anterior Senado, que previene no se provean las prebendas que vacaren, para subvenir con sus rentas a otros usos piadosos.

Con este motivo, el Director reitera al Senado los sentimientos de su distinguida consideracion. —Palacio Directorial, Santiago, Junio 25 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Senado Conservador.



Núm. 367 editar

Excmo. Señor:

Consiguiente a lo indicado por V. E., en su respetable nota 4 del actual, he prevenido a los Ministros del tesoro público consideren i abonen los sueldos respectivos a los individuos de esa Corporacion, sentándolos en la lista mensual de sueldos civiles i en la forma que V. E. instruye en la razon que acompaña; lo que tengo el honor de instruirle en contestacion.

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, 25 de Junio de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Excmo. Senado Conservador.


Núm. 368 editar

El Director pasa al Senado Conservador el memorial presentado por don Juan Miguel Benavente, en que solicita se declare el abono de cincuenta pesos que le señaló la Honorable Asamblea de Concepcion, como encargado del mando político i militar que tuvo a bien conferirle. Mas, no siendo de reglamento este sueldo, desea el Director el acuerdo del Senado Conservador para disponer el pago por la Hacienda Nacional, recordando al mismo tiempo los méritos del interesado que acredita en bastante forma con los documentos de que hace mérito i acompaña a su citado memorial. —El Director reitera al Senado Conservador los sentimientos de su mas alto aprecio i consideracion. —Santiago, Junio 24 de 1823. —Ramon Freire. —Santiago Fernández. —Al Senado Conservador.


Núm. 369 editar

Para publicar la ampliacion al reglamento del comercio libre de 1813, que el Excmo. Senado aprobó por lei de 20 del corriente, es necesario que este Ministerio tenga a la vista el ejemplar que se le pasó a aquel efecto. Sírvase US. hacerlo así presente a S. E. para que disponga su devolucion. Tengo el honor de ofrecer a Ud. mis respetos i consideracion. —Santiago, junio 25 de 1823. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Señor Secretario del Excmo. Senado.


Núm. 370[1] editar

Legacion Peruana

Se sabe ya con evidencia que la espedicion que tuve el honor de anunciar a US., en mi nota de dos del presente, que dirijia mi gobierno a puertos intermedios, se realizó el quince del próximo pasado, i que en esta fecha está mui próxima a tocar el punto de su destino. Me persuado que el motivo que ha dado impulso a su pronta salida es el de haberse contado con los auxilios ofrecidos por US. a nombre de S. E, el Supremo Director, de tropas, armas i un millon de empréstito. Esta asercion se confirma con las letras que nuevamente i ademas de las anteriores han jirado contra mí, para que, con su valor e importe, se remitan a dicha fuerza espedicionaria prontos auxilios de víveres, vestuarios i otros artículos de guerra. Yo me hallo en el dia sin fondos algunos con que llenar tan urjentes obligaciones, mediante a que el medio millon de empréstito anteriormente obtenido, se halla consumido i aun protestadas algunas letras venidas dias ántes de Lima con el mismo fin i objeto. En este concepto i para que la indicada empresa no sufra un desastre semejante al de Moquegua, por falta de los mismos elementos que causaron la ruina de ésta, ruego a US. de nuevo que, en ejercicio de su decidido celo por la libertad política de todas las secciones de nuestro continente meridional, ponga en consideracion del Cuerpo Lejislativo i de S. E., el Supremo Director, esta estraordinaria ocurrencia, a fin de que penetrados ámbos poderes de su ardua i delicada entidad, me concedan la suma restante al millon entero, en virtud de los fundamentos que espuse a US. en mi espresada nota.

Tengo la honra de ofrecer a US. los sentimientos de mi mayor consideracion i aprecio. —Santiago, Junio 17 de 1823. —José de Larrea i Loredo. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno i Relaciones Esteriores, Dr. don Mariano Egaña.


Núm. 371 editar

Legacion peruana.

Sin embargo de que, en mis anteriores notas del 2 i 17 del que rije, tengo solicitado del Supremo Gobierno de esta República medio millon de pesos mas del que anteriormente me fué otorgado por las razones i fundamentos producidos en ámbas ocasiones, hoi me veo en la apurada situacion no ya de pretender el logro de esa suma que no basta a hacer frente a mis multiplicadas i urjentes atenciones, sino la de un millon i medio mas efectivo para el complemento de dos, que no dudo ha de concederme la magnánima i jenerosa Nacion de Chile, en continuacion i ejercicio de los heróicos esfuerzos con que ha acreditado constantemente su fraternidad i benevolencia para con su íntima aliada la República peruana. La primera suma se halla consumida a la fecha en aprestos para la espedicion auxiliar de este Estado, pago de letras jiradas contra mí por mi Gobierno, remesas de dinero hechas al mismo i auxilios prestados a la empresa del ciudadano Urdininca. El jeneral Santa Cruz se halla hoi en uno de los puntos de intermedios, al frente de cuatro mil quinientos hombres; ha sido menester socorrerle con la mayor parte de los útiles i artículos de guerra reunidos para el continjente de esta República; cuenta tambien aquella division con otros pedidos considerables que han de proceder del indicado empréstito por pagos de diversos libramientos; i sobre todo, lo mas grave i delicado que debe excitar la atencion del Cuerpo Lejislativo i de S. E ., el Supremo Director, es reponer sin pérdida de momento la falta de aprestos distraídos a intermedios por disposicion del mismo Gobierno; la que, no reparada con oportunidad, frustraria el auxilio de tropas estipulado, causando al mismo tiempo una desastrosa ruina en dicha division peruana, que depende esencialmente del suceso de la presente solicitud. Por esto, reproduciendo cuanto tengo espuesto a US. en mis referidas notas, le suplico encarecidamente interponga sus buenos oficios con ámbos poderes supremos, a fin de que accedan a la erogacion espuesta. Reitero a US. los sentimientos de mi mayor consideracion i aprecio. —Santiago de Chile, 23 de Junio de 1823. —José de Larrea i Loredo. —Señor Ministro de Estado i Relaciones Esteriores de la República de Chile, Dr. don Mariano Egaña.


Núm. 372 editar

Excmo. Señor:

Instruido el Senado de la solicitud del cirujano médico don Natanael Coox, que V. E. pasó en consulta a esta sala, con el espediente i memorial que acompaña a su apreciable comunicacion del dia 20, se acordó contestar a V. E., que se observe lo dispuesto por las leyes de la materia.

Tengo el honor de noticiarlo así a V. E., ofreciéndole mis respetos i devolviendo el espediente. —Santiago, Junio 25 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 373 editar

Excmo. Señor:

El Senado está íntimamente convencido de la urjente necesidad de arreglar la administracion de justicia en el Estado, de un modo conforme a los grandes progresos que ha hecho ya la ciencia de la lejislacion, por lo que ha recibido con satisfaccion el reglamento de administracion de justicia que le remitió V. E., en 17 del corriente Junio. El Senado le presta toda la consideracion i aprecio que merece; pero su importancia i trascendencia, exijiendo la meditacion mas reflexiva, precisa que sea examinado por una comision del Senado, que le presente sus observaciones, en órden a su conveniencia con las circunstancias del país, estado del Erario, i si se llenan o no los objetos que se propone dignamente el mencionado reglamento en algunos de sus artículos.

Es, ademas, necesario que el mencionado reglamento i las predichas observaciones se den a la prensa para que sean mejor consideradas por cada uno de los individuos del Cuerpo Lejislativo.

Tengo el honor de ponerlo en noticia de V. E., en contestacion a su honorable nota de remision i le protesto mi mayor respeto. —Santiago, Junio 27 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 374[2] editar

Excmo. Señor:

Solo la persuacion de que la espedicion que zarpó últimamente del Callao para intermedios pereceria si no fuese auxiliada con víveres de parte de Chile, ha compelido al Senado a acceder que se traslade al crédito de Lima medio millon mas de pesos, valor nominal del empréstito de Lóndres, con la condicion de que V. E. haga entender al Plenipotenciario de aquel Gobierno, que no puede esperar mas de Chile, i que ha de invertirse aquel valor en el preciso i determinado objeto ya mencionado: entendiéndose esta traslacion de crédito en el mismo sentido que la anterior, sufriendo el Gobierno del Perú las mismas condiciones i cargos que gravitan a Chile respecto de aquel empréstito. Reitero a V. E. los sentimientos de mi mas alto aprecio. —Santiago, Junio 27 de 1823. —Agustin de Eyzaguirre. —Dr. C. Henríquez. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 375 editar

Excmo. Señor:

En oficio del 25 de que espira, instruyó V. E. al Senado acerca de la solicitud de varios eclesiásticos benémeritos aspirantes a prebendas en los coros de Santiago i Concepcion, con lo de mas que contiene la citada nota, en cuya contestacion acordó la sala, se dijese a V. E. que debia rejir i se mandara llevar adelante lo dispuesto por el anterior Senado, en órden a que no se provean las prebendas que vacaren en lo sucesivo.

Reciba V. E. los sentimientos de consideracion i aprecio que le profesa el Senado. —Santiago, Junio 30 de 1823.—Al Excmo. Señor Supremo Director.


  1. Este documento i el siguiente han sido trascritos del volúmen titulado Gobierno i Ajentes Diplomáticos del Perú en Chile, años 1823 a 34 pájinas 106 i 107 respectivamente, del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Oficinas de la Capital, años 1822 a 1823, del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)