Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión de la Corte de Representantes, en 22 de enero de 1823

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1823)
Sesión de la Corte de Representantes, en 22 de enero de 1823
CORTE DE REPRESENTANTES
SESION 39, EN 22 DE ENERO DE 1823
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RUIZ TAGLE


SUMARIO. —Lista de los representantes que asisten a la sesion. —Cuenta. —Se aprueba el acta de la sesion anterior. —Se acuerda que se conceda a doña Bernarda Acedo Rico, viuda de Samaniego, alguna pension equivalente al fundo cuya propiedad solicita ella. —Se manda que don Olof Leybach califique los servicios en mérito de los cuales pide que se le conceda carta de ciudadanía. —Se manda publicar en la Gaceta el esperimento que, en virtud del acuerdo comunicado el 12 de Diciembre, debí hacerse mensualmenle del rendimiento de una fanega de trigo. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Albano Casimiro
Montt José Santiago
Ruiz Tagle Francisco
Valdivieso i Vargas Francisco Antonio
Mancheño José Tadeo (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña una solicitud del asesor de Valparaíso, don José María Villarreal, en demanda de que se le conceda la gracia de poder internar algunos muebles para uso personal sin pagar derechos. (Anexo múmeros 597, 598 i 599.)
  2. De una nota en que don Francisco Javier de Urmeneta comunica que acepta el nombramiento de vocal de la comision encargada de reformar la tarifa aduanera. (Anexo núm. 600. V. sesion del 21.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. No conceder a doña Bernarda Acedo Rico el fundo que pide, i otorgarle por gracia una pension correspondiente a dicho fundo. (V. sesiones del 23 de Diciembre de 1822 i del 12 de Junio de 1826.)
  2. Sobre la carta de ciudadanía solicitada por don Olof Leybach, que acredite los servicios que dice haber prestado para merecerla. (V. sesiones del 10 de Diciembre de 1822 i del 20 de Junio de 182}.)
  3. Que se publique en la Gaceta el esperimento mensual que el Cabildo debe hacer de lo que rinde una fanega de trigo (V. sesiones del 14. de Diciembre de 1822 1 del 24 Marzo de 1824.)

ACTA editar

Se abrió a las diez de la mañana con los señores que están funcionando.

Se leyó el acta anterior i fué aprobada.

Se tomó en consideracion un espediente de la señora viuda doña Bernarda Acedo Rico, sobre que se le diese la propiedad en el suelo de una casa que se le habia adjudicado en Valparaíso por consideraciones al mérito de su marido difunto i orfandad, i se acordó oficiar al Gobierno que, no siendo la masa de secuestros perteneciente al Fisco, no era justo llenar la aspiracion de esta señora; pero que, siendo efectiva su miseria e indudable el mérito del teniente coronel, su consorte, se le podría establecer una mensualidad correspondiente al fundo que perdia.

Se tuvo presente la solicitud de don Olof Leybach sobre que se le otorgase la gracia de ciudadano, en compensacion de ciertos servicios que significaba en globo, i se acordó mandarle calificarlos.

Se tomó en consideracion la nota pasada al Gobierno, en 12 de Diciembre, relativa a los abusos con que vendia el pan el gremio de panaderos, i se acordó refrendarla, agregando que se mandase dar a la Gaceta el esperimento mensual que debia hacer el Cabildo en una fanega de harina, para que el público conociese la proporcion que habia entre el precio de esta especie i el peso del pan que le surtia.

Se alzó la sesion a las dos de la tarde.


ANEXOS editar

Núm. 597 editar

Excma. Suprema Corte:

Tengo la honra de acompañar a V.E.S. la solicitud del asesor de Valparaíso, para que se sirva declarar sobre la gracia que implora i admitir mis respetos. —Palacio Directorial i Santiago, 22 de Enero de 1823. —Bernardo O'Higgins . —Fernando Antonio Elizalde. —Excma. Suprema Corte de Representantes.


Núm. 598 editar

Acompañamos a US. la adjunta solicitud del asesor de este Gobierno, para que se sirva elevar la a la Supremacía, i que, si fuere asequible, designe el número de piezas que necesite. Dios guarde a US. muchos años. —Aduana de Valparaíso, Enero t8 de 1823. —Manuel Cormaz. —José María Lafebre. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.

Santiago, Enero 22 de 1823. —Elévese a la Excma. Suprema Corte de Representantes. —O'Higgins —Elizalde.


Núm. 599 editar

SS. MM. de Aduana:

José María Villarreal, destinado per órden suprema para desempeñar el cargo de la asesoría de este Gobierno, hago presente a Uds. que, en la necesidad de hacer venir mi familia, tengo precision de acomodarle algunos muebles. En el dia hai pocos o ningunos en tierra, existiendo solo a bordo de los buques de la bahía, de los que me he propuesto comprar; pero embarazándomelo la prevenida recarga de derechos, me hallo casi imposibilitado de adquirirlos, porque el valor de los alquileres de las tales cuales casas que han quedado con el terremoto, i la carestía de los mantenimientos, no me dan proporcion para ocurrir a estos gastos con la numerosa familia que tengo i entrar en el desembolso de los derechos. Los muebles que he tenido a mi servicio en la capital no me es fácil conducirlos sin aventurar la pérdida de algunos de ellos. La compra que he meditado no es para negocio, i sí solo para mi personal servicio, i así he de merecer a la justificacion de Uds. se sirvan dispénsame la gracia de la descarga de los muebles que haya menester, libres de derechos, o al ménos del ochenta por ciento prevenido en el reglamento, realizándola del buque en que los halle.

Por tanto,

A Uds. suplico se sirvan acceder a mi petición, que es de equidad, etc. —José María Villarreal.


Aduana, Enero 18 de 1823. —No estando a, nuestras facultades la libertad de derechos que solicita el suplicante, aun cuando sean para su uso personal, se consultará a la Supremacía, a quien solo está reservada la facultad de gracia en semejantes casos. —Gormaz. —Lafebre.


Núm. 600 editar

Concurriré puntualmente a la interesante comision que debe presidir don Manuel Salas, i que US. me anuncia en su respetable nota de ayer. Mi ineptitud podría hacerme vacilar para el desempeño de este cargo. Pero obligado a consagrarse a la Patria cuanto dependa de mí, procuraré compensar aquella falta, doblando mis esfuerzos i buena voluntad. —Sírvase US. manifestar a la Excma. Suprema Corte estos sentimientos i recibir los homenajes de respeto con que me ofrezco a la disposición de US. —Santiago, Enero 22 de 1823. —Francisco Javier de Urmeneta. —Señor don José Tadeo Mancheño.