Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión de la Corte de Representantes, en 18 de enero de 1823

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1823)
Sesión de la Corte de Representantes, en 18 de enero de 1823
CORTE DE REPRESENTANTES
SESION 36, EN 18 DE ENERO DE 1823
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RUIZ TAGLE


SUMARIO. —Lista de los representantes que asisten a la sesion. —Cuenta. —Se aprueba el acta de la sesion anterior. —Se acuerda proponer al Supremo Director la convocacion de un Congreso. —Se piden aranceles i antiguos reglamentos de comercio, i se cita al Tribunal del Consulado i al administrador de aduanas para discutir sobre la suspension i reforma del vijente. —Se concede a don Ricardo E. Price que interne ciertas mercaderías. —Se rebaja por gracia la mitad de los derechos de aduana a la internacion de unos azúcares traídos de Asia por don Agustin de Eyzaguirre. —Se manda pasar al Supremo Gobierno un oficio en que don Marcial Varas renuncia al cargo de vocal de la Excma. Corte de Representantes. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Albano Casimiro
Montt José Santiago
Prieto Joaquin
Ruiz Tagle Francisco
Valdivieso i Vargas Francisco Antonio
Mancheño José Tadeo (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director propone que se suspenda la vijencia del nuevo reglamento de aduanas hasta que el nuevo Congreso que piensa convocar lo revise i enmiende. (Anexo núm. 586. V. sesion del 9 de Noviembre de 1822.)
  2. De un oficio en que don Marcial Varas renuncia al cargo de vocal de la Excma. Corte de Representantes.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Proponer al Poder Ejecutivo la convocatoria de un Congreso jeneral, a intento de averiguar la voluntad de los pueblos en la presente crisis. (Anexo núm. 587. V. la representación del 14 de Diciembre de 1810 tomo 1, el documento 1.º de los antecedentes de la Convencion Preparatoria de 1822, i la sesion del 20 de Enero de 1823.)
  2. Sobre la reforma del reglamento de aduanas, pedir los antiguos reglamentos i aranceles, i citar al Tribunal del Consulado para estudiar el asunto. (Anexos núms. 588 i 589. V. sesion del 20.)
  3. Otorgar favorablemente la solicitud de don Ricardo E. Price. (V. sesion del 11.)
  4. Rebajar por gracia a don Agustin Eyzaguirre i Compañía la mitad de los derechos de dos pesos en arroba de azúcar. (V. sesiones del 5 de Mayo de 1821, del 11 de Enero i del 6 de Octubre de 1823.)
  5. Pasar al Supremo Gobierno la renuncia que don Marcial Varas hace del cargo de miembro de la Corte de Representantes.

ACTA editar

Se abrió la sesion a las diez i media de la mañana con los señores que están funcionando.

Se leyó el acta anterior i fué aprobada.

Se acordó hacer una mocion al Supremo Poder Ejecutivo para que convocase a un Congreso jeneral, a fin de conocer la voluntad de los pueblos en la convulsion que se notaba en las provincias, i se mandó oficiar al efecto.

Se trató de la necesidad de reformar el reglamento de comercio, i en estas circunstancias se recibe oficio de la Supremacía al mismo fin; se acordó contestar que se pedian aranceles i antiguos reglamentos i que se citaba al Tribunal del Consulado para entender en el asunto.

Se tomó en consideracion el espediente de don Ricardo E. Price, sobre que se le permitiese internar efectos rpie habia manifestado con destino a Lima; se acordó acceder a la solicitud i que se devolviesen los papeles al Gobierno.

Se tuvo presente el espediente promovido por don Agustin de Eyzaguirre, sobre que se le agraciasen los dos pesos en arroba de azúcar de la que habia venido a su Compañía del Asia, i se acordó bajarle la mitad de este derecho, con respecto a los vicios del reglamento, al mérito de su sociedad, al de los socios en ser paisanos, i al que contrajeron en llevar sus especulaciones a inmensa distancia.

Se recibió un oficio de don Marcial Varas en que renuncia el cargo de miembro de esta Corte; se mandó pasar a la Supremacía; i se alzó la sesion a las dos de la tarde.


ANEXOS editar

Núm. 586 editar

Excma. Suprema Corte:

El nuevo reglamento de aduanas, aprobado por la Honorable Convencion, sufrió contradicciones desde el principio, como toda variacion a que no se ha preparado de antemano la opinion pública. La parte reglamentaria, que es la que principalmente se aprobó por entonces, reservándose para despues la formacion del arancel, tenia el mérito de evitar concucion i el fraude; mas, su enlace con todas las aduanas mayores i menores del Estado está de tal modo eslabonado, que a la menor falta de una, todo el plan se resiente i complica; así es que sobre las dificultades que ofrecía para plantearlo en las aduanas distantes, acostumbradas al antiguo método, han sobrevenido las desagradables ocurrencias políticas de las provincias de Concepcion i Coquimbo, en términos que cada dia se complica mas la práctica jeneral i uniforme que debia tener el nuevo reglamento, i las aduanas, como si estuvieran en Estados diferentes, siguen unas el nuevo i otras el antiguo plan. Por estas consideraciones i porque al reglamento falta una parte esencial en la tarifa suprimida, hallo por mas conveniente que el nuevo reglamento se suspenda i siga el antiguo hasta cpie, reunido el próximo Congreso que procuro para cimentar la union, se forme uno completo i liberal, como un arancel que corte el contrabando en su oríjen, que no es otro que la desproporcion del riesgo con el beneficio, i se fijen los derechos de modo que siempre haya mayor riesgo que utilidad en defraudarlos.

Hallo también por conveniente a la agricultura e industria del país se bajen los derechos al mínimum posible en los cobres, trigos, harinas i demas productos i manufactuias propias que den vigor a nuestro comercio activo i pasivo.

Sobre ámbas propuestas espero que V.E.S. decida pronto con su acostumbrado acierto, nombrando una comision de hombres con conocimientos i con amor patrio, i tomando en consideracion el modo con que deberán quedar los nuevos empleados que cesen i fué forzoso o crear de nuevo o trasladar de unas a otras oficinas para plantear el nuevo reglamento. —Dios guarde a V.E.S. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, Enero 17 de 1823. —Bernardo O'Higgins. —Fernando Antonio Elizalde. —Excma. Suprema Corte de Representantes.


Núm. 587 editar

Excmo. Señor Supremo Director:

La convulsion de algunas provincias del Estado provoca a examinar la voluntad jeneral de los pueblos; ésta se halla en un Congreso, en donde se pesan los verdaderos sentimientos de la Nacion; V.E.S. lo desea impelido de las proficuas ideas que forman su carácter, i la Corte, en este conocimiento, se cree en el caso en que, por el artículo 67 de nuestra Constitucion, se le faculta para convocarlo; espera solo que V.E.S. tenga a bien designar dia en que, reunidos ámbos poderes, pueda facilitarse esta materia. —Ofrezco a V.E.S. las consideraciones de mi mas alto precio. —Santiago, Enero 18 de 1823. Francisco Ruiz Tagle. —José Tadeo Mancheño, secretario. —Excmo. Señor Supremo Director del Estado de Chile.


Núm. 588 editar

Con designios mui interesantes al gremio de comercio, la Corte espera a US. en su sala de despacho el lunes próximo a las once de la ma ñaña. —Dios guarde a US. muchos años. —Sala de Corte, Enero 18 de 1823. —A los señores del Tribunal del Consulado.


Núm. 589 editar

Con objetos mui interesantes necesita la Excelentísima Suprema Corte, para el lunes próximo a las diez de la mañana, el arancel que rejia ántes de la publicacion del novísimo, i una razon exacta de cualquier otro ramo, impuesto o derecho resultivo de órdenes particulares de Gobierno. —Tengo el honor de comunicarlo a Ud. de órden suprema, recomendando del mismo modo un esmero en el cumplimiento de lo indicado. —Secretaría de Corte, Enero 18 de 1823. —Señor Administrador de aduanas.