Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1822/Sesión de la Corte de Representantes, en 16 de noviembre de 1822

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1822)
Sesión de la Corte de Representantes, en 16 de noviembre de 1822
CORTE DE REPRESENTANTES
SESION 6.ª, EN 16 DE NOVIEMBRE DE 1822
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RUIZ TAGLE


SUMARIO. —Lista de los representantes que asisten a la sesion. —Cuenta. —Aprobar el artículo 12 del tratado de alianza entre Chile i Colombia. —Se pide informe al Superintendente de la Moneda sobre el proyecto de estanco del azogue. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Albano Casimiro
Montt José Santiago
Ruiz Tagle Francisco
Valdivieso i Vargas Francisco Antonio
Mancheño José Tadeo (secretario).

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el señor Ministro Delegado en el departamento de Gobierno acompaña unos documentos relativos a la contratacion de Mr. Lozier i un plan de estudios que éste propone, a fin de que la Excma. Corte de Representantes resuelva lo que juzgue ser mas conveniente. (Anexos núms. 467, 468, 469, 470, 471, 472 i 473. V. sesiones del 26 de Setiembre 1821 i del 28 de Abril de 1823.)
  2. De otro oficio con que el mismo señor Ministro acompaña una solicitud de don Pedro Coustillas, en demanda de que se le nombre injeniero jcógrafo i de que se le dé colocacion en algún establecimiento científico i de que se mande levantar un plano de la ciudad, en conformidad al proyecto que también se adjunta. (Anexos núms. 474, 475 i 476. V. sesión del 30 de Noviembre de 1822 i del 23 de Junio de 1823.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre el tratado entre Chile i Colombia, oficiar al Gobierno comunicándole que la Excma. Corte está dispuesta a prestar su aprobacion a aquel artículo, el 12.º, que manda reunir un Congreso de Plenipotenciarios de los Estados americanos. (V. sesiones del 8 de Noviembre i del 24 de Diciembre de 1822.)
  2. Pedir informe al Superintendente de la Moneda sobre el estanco de azogue. (Anexo número 477. V. sesiones del 11 de Setiembre i del 2 de Octubre de 1822 i del 24 de Setiembre de 1823.)

ACTA editar

Se abrió la sesion a las once del dia con los señores de la anterior. Se tuvo presente la nota de los señores Ministros de Estado Plenipotenciarios para los tratados de alianza en paz i guerra con el Ministro Plenipotenciario de Colombia, i se resolvió contestar el oficio siguiente:

"La Corte ha tomado en consideracion la nota de los señores Ministros de Estado con el tratado que firmaron sobre las proposiciones de alianza en paz i guerra, hechas por el Ministro Plenipotenciario de Colombia, para el mutuo beneficio de éste i aquel Estado; i como la ratificacion tiene por término cuatro meses, en ellos se discutirán sus articulos, complaciéndosela Corte en anunciar desde ahora que dará su aprobacion al 12.º, que lleva por objeto la concurrencia de Plenipotenciarios para una asamblea jeneral de los gobiernos de América, a cuya sábia deliberacion parece mas propio el acuerdo de una alianza permanente i mas estensiva. —La Corte, contestando la nota de los Ministros de Estado, 6 del corriente, puede asegurarles los mejores sentimientos de aprecio. —Sala de Corte, Noviembre 16 de 1822. —Francisco Ruiz Tagle. —José Tadeo Mancheño, secretario. —Excmos. señores Ministros Plenipotenciarios,"

Se leyó el espediente sobre estancar el azogue i, con el mérito que produjo lo informado por el Tribunal de Minería, se pidió informe al Superintendente de la Casa de Moneda.

Se alzó la sesion a las dos de la tarde. —Francisco Ruiz Tagle. —Francisco Antonio Valdivieso i Vargas. —José Santiago Montt.—Dr. Albano. —José T. Mancheño, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 467 editar

Excmo. Señor:

Los adjuntos documentos instruirán a V.E.S. del modo como Mr. Lozier ha sido establecido en Chile, que está rentado por el Erario para que establezca un método de enseñanza de las ciencias exactas i el plan que para el efecto propone. Falta, pues, que V.E.S. tenga la bondad de examinarlo i decida sobre la materia lo que fuese de su supremo arbitrio. —Tengo el honor de reiterar a V.E.S. las protestas de la mas alta consideracion. —Joaquín de Echeverría. —Ignacio Torres, subsecretario. —Excma. Corte Suprema de Representantes.


Núm. 468 editar

Teniendo siempre entre mis ojos los destinos de esa República i secundando así los esfuerzos con que US. anhela a sus progresos, he recojido con satisfaccion las proposiciones que el sabio Lozier, de vuelta de sus viajes, me ha hecho por la nota adjunta. Conozco particularmente a este profesor; su moral es mui pura i sus costumbres las de un filósofo. En el nuevo arreglo de estudios que se ha hecho en esta ciudad, no ha tenido colocacion porque ha llegado tarde, i ésta ha sido seguramente una fortuna para Chile, que tendrá en tal individuo un hombre mui superior a todos los profesores de este país. Sus conocimientos no se limitan a los ramos que espresa la minuta; sus ideas sobre la educacion i formacion de jóvenes son tan bellas i el método que me ha indicado tan exacto, que los discípulos, dentro de mui corto tiempo, saldrán en todos ramos con una instruccion que, por falta de principios, apénas podemos adquirir nosotros con el estudio de toda la vida. Yo celebraría mucho que US. acojiese con Ínteres esta proposicion i que se dignase darme pronta respuesta ántes que se pase la estacion de viajar. —Dios guarde a US. muchos años. —Buenos Aires, Febrero 28 de 1822. —Miguel Zañartu. —Señor Ministro de Estado i Gobierno, etc.


Núm. 469 editar

Lozier, profesor francés, propone formar por su cuenta, por la del Gobierno o de alguna sociedad, una institucion Politécnico-industrial, o solicita ser empleado en la instruccion, sea como dirijiendo una seccion de industria, o como para enseñar cualquiera parte de las artes o de ciencias. Por ejemplo:

  1. La lengua francesa.
  2. La ideolojía.
  3. La gramática jeneral i su aplicacion a las lenguas francesa i española.
  4. La jeografía (histórica, política i descriptiva, industrial i comercial, física i matemática.)
  5. Las ciencias físicas en jeneral i particularmente la física (esperimental, esperimental i matemática.) La química esperimental.
  6. Las matemáticas puras
  7. Las ciencias físico-matemáticas i de matemáticas aplicadas. (Astronomía, Jeodesia, Topografía, Agrimensura, Nivelacion, Navegacion, Mecánica, etc., etc.)
  8. También podria el proponente encargarse de la carta corográfica de Chile, o de la carta topográfica de alguna de sus partes.

N.B. —Ya se deja ver que dicho profesor no podria enseñar todas estas cosas a un tiempo; pero solamente varias de entre ellas. Si él fuese encargado de un curso especial, i sucesivamente si lo fuese de la instruccion de algunos jóvenes, en este último caso la parte que tuviese por objeto la educacion seria tratada separadamente sobre un plan que se comunicaría a las autoridades i a los padres de familia.


Núm. 470 editar

El Enviado de Chile, en conformidad a lo que su Gobierno le espresa con fecha 14 de Junio, ha convenido con el señor Lozier en asignar a este profesor el sueldo de 1,500 pesos anuales, porque consagre sus trabajos en el Reino de Chile a la enseñanza i formacion de jóvenes en las ciencias exactas i demás ramos que se dejan a la direccion de dicho profesor, descansando en sus notorias luces i conocida probidad. Les declaracion que la dotacion antedicha le empezará a correr desde que se ponga a disposición del Gobierno Supremo de Chile, el cual le ofrece aumentarle el sueldo hasta la cantidad de 2,000 pesos, siempre que el suceso corresponda a las esperanzas que se tienen fundadas de las ventajas de esta adquisicion. En cuyos términos queda por la presente cerrada esta contrata, que firmamos ámbos, reservándose cada uno un ejemplar de igual tenor. —Buenos Aires, Agosto 6 de 1822. —Miguel Zañartu. —Lozier.


Núm. 471 editar

Tengo la satisfaccion de anunciar a US., en contestacion a su honorable nota de 14 de Junio, que el señor Lozier está ya en marcha para esa República, desde el 12 del corriente, con arreglo a la contrata que tengo el honor de incluir a US., conforme en todo al tenor del oficio citado. —Dios guarde a US. muchos años. —Buenos Aires, Agosto 16 de 1822. —Miguel Zañartu. —Señor Ministro de Estado i Gobierno.


Núm. 472 editar

Tengo el honor de avisar a US. que acabo de llegar a esta ciudad de Santiago de Chile, i que, en conformidad a la contrata hecha el 6 de Agosto último, con el señor don Miguel de Zañartu, Diputado de este Gobierno en Buenos Aires, me pongo a la disposicion del Gobierno. —Dios guarde a US. muchos años. —Octubre 17 de 1822. —Lozier. —Señor Ministro de Estado.


Núm. 473 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de presentar a V.E. la nota que me pidió sobre la necesidad de dirijir la instruccion hácia la industria.

El sistema dominante de nuestra época es el mercantilismo. La instruccion que le corresponde debe dirijirse particularmente hácia la industria, i aunque la formación del hombre, considerada así, parece aislada, no tiene por base sino:

Las letras, Las ciencias, i Las artes. Su aplicacion a las necesidades de la vida nos da: Los productos de toda especie, El comercio, El arte de la guerra. Las ciencias sociales consideradas como teoría son la unidad de la primera seccion; i como aplicaciones, lo son también de la segunda.

Un depósito industrial en el cual se tenga por asunto enseñar estas cosas i reunir en él libros, instrumentos i máquinas de toda especie, será de gran provecho a la Nacion. Mas, para conseguir el mejor efecto, será preciso que un solo hombre lo dirija, a fin de poder establecer el conjunto i de mantener la armonía científica qué debe existir no solamente en este establecimiento, pero también en la sociedad.

Se sacará aun esta ventaja: en lugar de chocar la opinion por introduccion de nuevas ideas, se dirijirá de hecho por trabajos reales; i si se tiene cuidado de emplear como profesores a los mismos alumnos de este establecimiento, se acabará luego de reformar todos los ramos de la instruccion, elevándolos a la altura de los conocimientos actuales, i criándose, para decirlo así, todos los recursos que deben subvenir a las necesidades de la Nacion.

Mas, esperando que la estadística del país dé los medios de hacer el plan de una institucion politécnico-industrial completa, de indicar la marcha que se debe seguir pata formar este establecimiento i para desenvolver los ramos que convienen mas particularmente a Chile, se puede reparar que una parte de la instruccion debe ser común a todos los hombres, i que es, de consiguiente, la que debe hacerla base del depósito: en cuanto a las ramificaciones de la industria, son demasiado numerosas para describirse aquí, porque este plan, considerado en jeneral, es bastante vasto, ya que comprende todos los productos del hombre, es decir, todo lo que es el objeto de las ciencias sociales, i particularmente de la Estadística, Economía política o Economía pública; pero, como esta nota se dirije a personas que las poseen perfectamente, es inútil entrar en estos pormenores. Me limitaré a esponer solamente las bases científicas que deben ser comunes a todos los artistas i también a los hombres del mundo; i deduciré de la química, de la física i ele las matemáticas, como ejemplos, algunos productos de sus aplicaciones. Las bases científicas que deben ser comunes a todos los artistas son:

  1. La lengua nacional,
  2. La escritura,
  3. El dibujo científico,
  4. El arte de tener rejistros,
  5. Los elementos de matemáticas,
  6. La física esperimental.

Estos conocimientos elementados parecerán quizas estensos para el común de los artesanos; con todo, no bastan a los canteros, a los carpinteros, a los mueblistas, a los torneadores ellos deben aun conocer la jeometría descriptiva i su aplicacin al corte de piedras, de maderas....i es preciso que el herrero, el cerrajero....tengan aun algunas nociones de química.

Cuando se haga un curso de química en el depósito de la industria, no deberá tener objeto particular, como el de formar boticarios, agricultores, mineros....deberá ser completo i formar solamente profesores; sino también dar la base de todos los productos químicos, de modo que, haciendo despues un curso de esta ciencia aplicada a las artes, sea en jeneral, sea especialmente por cada ramo, lo que seria mucho mejor, se tenga despues agricultores, mineros boticarios.... fabricantes de productos de toda especie, como por ejemplo, ácidos sulfúrico, nítrico, muriático....amoniaco, éter....fundiciones fábricas de vidrios, de lozas, de pólvora, de cohetes incendiarios así, despues del primer curso, se tendrá ya destiladores, perfumadores, fabricantes de productos químicos i las demás artes que dependen de esta ciencia se desenvolverán poco a a poco, según las necesidades, las localidades i los otros medios independientes de las causas procedentes.

Los alumnos que, despues de haber seguido estos cursos comunes i el de química, estudien las matemáticas trascendentales, las ciencias físico-matemáticas, como la física matemática, la mecánica racional.... podrán aplicarse a los trabajos públicos, como a la arquitectura civil i militar, a las construcciones navales, a la composicion de las máquinas....es por este camino por el cual se podrá construir i aplicar la máquina inventada para preparar el cáñamo sin curiar, lo que da por resultado un producto mayor i de calidad superior.

Los sabios que poseen estos conocimientos i que añadirán a ellos la astronomía, las ciencias naturales, la historia del hombre i las ciencias sociales, se ocuparán con ventaja de la jeodesía, jeografía, corografía i topografía. Estas ciencias, que tienen por objeto la descripción de la tierra o algunas de sus partes, aunque siempre con relacion a las necesidades del hombre, deben dar al Gobierno las bases del estado progresivo de la sociedad, i la jeolojía, remontándose de los efectos a las causas, nos descubrirá poco a poco la formacion del globo que habitamos. No me estenderé mas porque estos objetos han sido el sujeto de un memorial particular; pero repararé que, independientemente de los fundos, del tiempo i de un buen número de hombres laboriosos que es preciso tener para ocuparse del mapa de Chile, el depósito industrial, encargado de formar hombres para todos los ramos de la industria, podrá proyectar cada año, o cuando fuese necesario, un nuevo mapa de este Estado, en el cual se correjirán los errores reconocidos en los precedentes; los alumnos que se destinasen a seguir la carrera de injenieros jeógrafos, harán este trabajo para aprender i con mui poco costo para el Gobierno. Esta observacion será útil aun cuando estará en actividad la confeccion jeodésica del mapa, porque este trabajo, para ser bien hecho, necesita unos diez años, i es natural pensar que la administracion de la guerra, la del interior o de la marina tienen necesidad de conocer ántes su territorio, sea para proyectat campañas militares, hacer reconocimientos militares, edificar establecimientos públicos....sea para dirijir la industria nacional, la poblacion, el comercio Estas ideas, por incompletas que sean, me parecen suficientes para determinar si debe haber un depósito industrial o nó; i el Gobierno se decide por la afirmativa, desenvolveré las bases de este establecimiento en un proyecto de decreto; cuando éste sea dado, me ocuparé de los medios de ejecucion. —Excmo. Señor. —Lozier.


Santiago, Noviembre 16 de 1822. —Pase a la Excma. Corte Suprema de Representantes con sus antecedentes. Echeverría. —Torres, sub-secretario.


Núm. 474 editar

Excmo. Señor:

Tengo la honra de dirijir a V.E.S. la peticion de don Pedro Coustillas, en que solicita se le confiera el empleo de injeniero jeógrafo, i la memoria que también ha presentado de varios artículos para mejoras de la policía urbana; en cuya vista se servirá V.E.S. resolver lo que considere útil a los progresos de la instruccion i civilizacion del país. —Sírvase V.E.S. aceptar los votos de la alta consideracion con que soi de V.E.S. atento servidor. —Santiago, Noviembre 16 de 1822. Joaquín de Echeverría. —Ignacio Torres, sub-secretario. —Excma. Corte Suprema de Representantes.


Núm. 475 editar

Excmo. Señor:

Pedro Coustillas, con el mayor respeto ante V.E. parezco i digo: que, careciendo Chile absolutamente de un mapa jeneral del territorio de la República, así como de la mayor parte de los materiales necesarios para la formacion de su es tadística, es decir, de un mapa que represente exactamente, en punto mayor, la posicion jeográfica de cada lugar; la configuracion i la estension de sus terrenos, con indicacion de las alturas sobre el nivel del mar; de los principales valles i cerros, i el declive de dichos valles; que represente el curso i declive de sus rios, sus honduras i las cantidades de aguas que vierten ordinariamente; para conocer la cantidad de terrenos, i cuáles pueden ser habilitados relativamente a la naturaleza del suelo, i para conocer los recursos que ofrecieran para una navegacion interior; que represente la direccion de las quebradas, sus gargantas i sus desfiladeros en medio de la cordillera, con anotacion de las dificultades que presentan sus tránsitos; que represente los rodeos de sus caminos, los contornos de sus costas, los fondeaderos i los escollos de sus puertos i caletas; la posicion de los montes en que se hallan maderas propias para la construccion i el entretenimiento de su escuadra, i hayan de ser declaradas nacionales con el fin de evitar que estén floreadas para usos de ménos importancia para el país; que indique la posicion dé los minerales, de las aguas termales i otras riquezas i curiosidades de que abunda Chile i merecen la mayor atencion; i, en fin, que represente la naturaleza con tal exactitud que, sin mas auxilio, sirva de guia al viajero.

La importancia de un monumento de esa clase será evidentemente demostrada con decir que todo pueblo que ha llegado al grado de formar nación bajo un gobierno regular, ha considerado como objeto de primera necesidad en un Estado la posesion de un mapa jeneral i detallado de sus dominios, a fin de que sus Ministros tengan a cada instante a la vista una representación fiel i circunstanciada de cada lugar, i puedan, desde el gabinete, dirijir con este medio las operaciones importantes de administracion i de mejoramientos con conocimiento exacto de las localidades. Así, la abertura de vias de comunicacion que aproximen unos de otros los habitantes con la facilidad de transitar; la de canales de regadíos, de desagües i de navegacion cuando las comarcas se estienden a distancias considerables de sus costas: la construccion de diques para contener las aguas en sus madres o hacerlas surjir para los usos de la sociedad; la determinacion de líneas, planos militares, fortificaciones, etc., para la custodia o la defensa del país; estatuir la division territorial conforme al plan adoptado en lo administrativo; conocer la superficie del suelo, sus productos, la poblacion actual i la que puede admitir, relativamente a la naturaleza, estension i calidad de los terrenos productivos, susceptibles de ser habilitados, etc., etc., son las grandes ventajas que proporciona a una nación la posesion de un mapa exacto i detallado de sus dominios.

Deseoso de utilizar, en beneficio de mi Patria adoptiva, los conocimientos que he podido adquirir de mi arte, en diez años que he desempeñado los distinguidos empjeos de verificador i de injeniero jeómerro de primera clase del catastro de la Francia, ofrezco a Chile mis tareas, i suplico a V.E. se digne tener la bondad, si es tima esta operacion de bastante importancia para fijar su atencion, concederme el honor de ocuparme de su ejecucion, confiriéndome el empleo de injeniero jeógrafo, encargado de la parte matemática de la formacion del mapa jeneral del territorio de República. Por tanto.

A V.E. respetuosamente suplico se sirva tener en consideracion mi solicitud. —Excmo. Señor. Pedro Coustillas.


Santiago, Noviembre 16 de 1822. —Pasea la Excma. Corte Suprema de Representantes con la memoria que ha presentado el suscrito, comprensiva de varios artículos sobre mejoras de la policía urbana. —Echeverría. —Torres, sub-secretario.


Núm. 476 editar

En consideracion a no haber sido positivamente observado en la primitiva formacion de esta ciudad de Santiago de Chile el órden que se requiere para la comodidad, salubridad, aseo i recreo de una poblacion numerosa; i en atencion a que, como capital de esta República, ha de aumentar considerablemente el número de sus habitantes, así como ha de ser el punto a donde concurran los estranjeros atraídos a este benigno suelo, bien sea a fijarse o solamente a visitar el país, i a donde se ha de formar de Chile aquel concepto que acrediten sus instituciones, deben enmendarse, lo mejor posible, las irregularidades que mas se advierten i formarse los establecimientos de una indispensable utilidad. Ademas, siendo el grado de perfeccion con que son ordenados i edificados los establecimientos públicos, un monumento del estado de civilizacion de una nación a la época de su fundacion, para que en las obras que con el tiempo se han de ejecutar para la pública utilidad se observe el órden, regularidad i buen gusto en su distribucion que señalan los tiempos cultos i de curia, i hagan honor a nuestra época.

Decreto:

Artículo primero Será inmediatamente levantado un plano jeométrico de esta ciudad de Santiago de Chile i de sus arrabales, que represente exactamente el terreno en toda la estension de la via pública, plazas, terrenos vacantes i contornos de dicha ciudad, así como los perímetros de sus terrenos i edificios públicos, la demarcacion de sus parroquias, barrios, etc.

Art. 2.º Serán trazados sobre la minuta de dicho plano, por el injeniero encargado de esa obra, los proyectos de mejora que el.... propusiese, los cuales serán sometidos a la discusión de una comision especial, a la cual el injeniero dará esplicacion del plano i de los proyectos, i, a vista de su informe (de dicha comision), será decretada la ejecucion de dichas mejoras por....

Art. 3.º Aprobados i decretada irrevocablemente la ejecucion de los proyectos de mejoras, se enmendarán sobre la minuta aquellos de dichos proyectos que no hubiesen sido admitidos, i se sacará en limpio una copia exactamente conforme al plan adoptado, la cual será depositada en los archivos de Gobierno, i el orijinal quedará en la oficina de injenieros para servir a la direccion de las obras correspondientes a la efectuacion de dichos proyectos.

Art. 4.º Las propiedades comprendidas en las líneas de los proyectos de mejoras, no podrán, ser tomadas para efectuarlos, que satisfaciendo a proporcion el valor a sus dueños. Los terrenos que tomase, así como los que abandonase el Estado, serán avaluados comparativamente a los que los circundasen, i su importe satisfecho a quien corresponda.

Art. 5.º Cualesquiera que hiciere edificar en el ámbito de esta ciudad i de sus arrabales, será tenido de confoimarse al plan de mejoras adoptado; por consiguiente, ántes de abrir ningún cimiento tendrá que presentarse a especificando en su representacion su nombre i apellido i el punto en donde trata de edificar, a fin de que el injeniero se trasfiera al lugar designado para deslindar i fijar sobre el terreno, conformemente al plano, los límites que el edificio ha de guardar sobre la via pública o sobre las líneas de los proyectos de mejoras, i aquél que, desde la publicacion de este decreto, levantase un edificio cualquiera, sin préviamente haber cumplido con el tenor de este artículo, a mas de ser tenido de conformarse con el plano, demoliendo la parte edificada que se hallase comprendida en las líneas de los proyectos, perderá toda indemnizacion que le correspondiese i tendrá que pagar doble la que correspondiese al listado.

Art. 6.º Miéntras que se forma dicho plano, el injeniero conocerá e informará de las mejoras que para la pública utilidad pudiera convenir se efectuasen en los puntos que se trate de edificar, i el Supremo Gobierno resolverá los casos en que los propietarios fuesen contrarios al dictámen del injeniero.

Art. 7.º La minuta de dicho plano será sacada en punto mayor (a la escala de cuatro pulgadas por cuadra), para que se manifiesten sensiblemente a la vista cuántas irregularidades presenta el terreno. I como seria el plano ejecutado a esta escala, de una dimension nada manual, será dividido en tres secciones: la primera comprenderá el circuito de la ciudad propiamente, es decir, la parte entre rio i Cañada; la segunda comprenderá el arrabal del Norte o la Chimba, i la tercera el del Sur o de la Cañada. I para tener en un pliego de papel de marca mayor el plano de toda la ciudad, comprendidos los terrenos que propiamente hacen parte de ella, será reducida dicha minuta a punto menor (a la escala de una pulgada por cuadra). Dos copias a esta escala serán sacadas: la una para los archivos de Gobierno i la otra para ser remitida al grabado.

Art. 8.º Quedan encargados de la ejecucion del presente decreto, etc.


Núm. 477 editar

La Corte de Representantes, en acuerdo de este dia, ha tomado en consideracion el espediente sobre estancar los azogues, i, con lo espuesto por la Comision de Minería, tiene a bien pedir a US. informe en la materia. —Acompaño el espediente i lo comunico de órden suprema, ofreciendo a US. mis mas respetuosas consideraciones. —Secretaría de Corte, Noviembre 16 de 1822. —Señor Superintendente de la Casa de Moneda.