Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1822/Sesión de la Convención Preparatoria, en 2 de octubre de 1822

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1822)
Sesión de la Convención Preparatoria, en 2 de octubre de 1822
CONVENCION PREPARATORIA
SESION 39, EN 2 DE OCTUBRE DE 1822
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RUIZ TAGLE


SUMARIO. —Cuenta. —Se aprueba el acta de la sesion anterior. —Se aprueba una contestacion al Supremo Gobierno sobre revision del reglamento de la Lejion de Mérito. —Se pasan a la Comision de Minería unos apuntes del señor Rosales sobre el espediente de los azogues. —A indicacion del señor Albano, se dan las gracias a lord Cochrane. —La mocion del señor Fernández en favor de Concepcion se difiere hasta que se sancione el reglaglamenlo jeneral de comercio. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Gobierno comunica haber sancionado el acuerdo que faculta a los conventos de monjas para construir cementerios particulares en los claustros. (Anexo núm. 354. V. sesion del 22 de Setiembre de 1822.)
  2. De unas apuntaciones del señor Rosales sobre el estanco del azogue. (V. sesion del 9 de Setiembre de 1822.)
  3. De una representacion dirijida por el partido de Rere a su diputado en la Convencion, en demandado auxilios para poder sostenerse. (Anexo núm. 355.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que el señor Albano se encargue de redactar la contestacion que debe darse al Gobierno sobre la revisión de los estatutos de la Lejion de Mérito. (V. sesiones del 1.º de Octubre de 1822 i del 26 de Mayo de 1823.)
  2. Pasar a la Comision de Minoría, para agregarlas a sus antecedentes, las apuntaciones del señor Rosales sobre el estanco del azogue. (V. sesion del 24 de Setiembre de 1823.)
  3. Dar las gracias al vice-almirante lord Cochrane por sus servicios a la causa de la independencia. (V. sesion del 30 de Setiembre de 1822.)
  4. Sobre las exenciones pedidas por el señor Fernández para la provincia de Concepcion, que se postergue su discusion hasta que se sancione el reglamento jeneral de comercio. (V. sesiones del 30 de Setiembre i del 8 de Octubre de 1822.)

ACTA editar

Se abrió la sesión a las once del dia. Asistieron veintidós señores diputados, presidiendo el señor Ruiz Tagle i Vice-Presidente señor Bustamante.

Se leyó el acta del dia anterior i fué aprobada.

Leyóse también un oficio del Gobierno, incluyendo documentos relativos a la amonedacion de cobre, i otros sobre arbitrios.

En seguida se leyó otro del Gobierno sancionando el acuerdo de la Convencion sobre la solicitud de las monjas de Santa Rosa.

Otro en que el Gobierno pide la revisión del reglamento de la I.ejion de Mérito. El señor Albano fué encargado de poner el oficio de contestacion, que fué aprobado.

Se leyeron unas apuntaciones del señor Rosales para servir a la resolucion sobre el espediente de azogues. Pasó a la Comision de Minería.

Documentos acerca de los servicios del partido de Itata en la guerra de independencia con las peticiones que debe hacer su diputado.

Una mocion del señor Albano en órden a gracias a lord Cochrane. Aprobada.

Otra del señor Fernández en favor de Concepcion. Resuelto. Difiérase hasta que se sancione el reglamento jeneral de comercio.

Se levantó la sesion a la una i media. —Francisco Ruiz Tagle. —Camilo Henríquez, secretario. —Dr. José Gabriel Palma, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 354 editar

Honorable Convencion:

Con esta fecha he sancionado el acuerdo de U.H., que faculta la construccion de panteones particulares en los claustros de las monjas de esta capital, para los entierros de las relijiosas profesas, mandando se publique esta resolucion por la Gaceta Ministerial para su observancia. —Tengo el honor de reiterar a U.H. la alta consideracion con que soi su atento servidor. —Santiago, Octubre 1.º de 1822. —Bernardo O'Higgins. —Joaquin de Echeverría. —Honorable Convencion.


Núm. 355 [1] editar

Señor diputado del partido de Rere:

Los muchos padecimientos i hostilidades que ha sufrido el vecindario de este partido no le son indiferentes al Teniente Gobernador i Cabildo de él, i hace presente los de mayor porte al señor diputado, para que procure su alivio por la Convencion i por el Excmo. Señor Director de la República, Parece que, en el año de 1818 (sin hacer mencion de los anteriores, especialmente el de 1813, cuando todo forajido tuvo apoyo en el gobierno del jeneral Carrera, porque le son notorios al diputado), se decla i ó el esterminio de las propiedades i abrogacion de arbitrariedades de los que lo han nombrado. Nos particularizaremos.

Con motivo de la emigracion por la retirada del ejército de esta República, en el año de 1817, para la otra parte del Maule, muchos de los que emigraban i que eran de siniestras inclinaciones, hicieron acopio de todo jénero de animales i bienes que se llevaron para su privada utilidad, i los dueños no pudieron reclamar ni evitar por la inevitable confusion. En seguida lo ocupa el mando del ejército enemigo; ¿qué derogaciones bajo el título de prorratas, contribuciones i secuestros no sufrió? Basta decir que aquellas instrucciones prevenían que los que no se hubiesen refujiado al puerto de Talcahuano, se tuviesen por delincuentes, i fuesen penados en el secuestro de bienes; pero estos males se aumentaron despues de ser derrotado aquel ejército en Maipú. Torna el mando Sánchez; ¿qué de sacrificios no le hace sufrir para satisfacer los caprichos i arbitrariedades que le eran característicos? No dejó forajido que no tuviese empleo, con absolutas facultades sobre vidas i haciendas. Parece que con la recuperacion de la provincia cesasen; pero no fué así; porque toman el mando del paitido hombres poco amantes de la justicia, i sí de sus (inintelijible), i siguen los males; informe sobre el caso el señor mariscal de campo don Joaquin Prieto, i dirá los recursos que se le hicieron cuando tuvo el mando de la provincia por ausencia del señor Freire, i lo que se aclaró por la sumaria informacion que actuó de su órden don Félix Antonio Novoa, de unos hechos los mas destructores que se pueden imajinar. El otro que mandaba fué don José Quezada (ya finado), con el título de comandante de armas del partido. ¿Qué no hizo este hombre por el esterminio i aniquilamiento de las propiedades del vecindario, i aun de los hombres honrados que habia? Once partidas armadas, de hombres los mas perversos, mantenía de continuo para destruir, con el velo de prorratas, para sostener sus vicios i caprichos i de los que las componían, hasta que no dejó animales de clase alguna. Mantenia casas de sus liviandades i mesa común para todos, con cuatro comidas diarias de almuerzo, comida, merienda i cena, fuera de las ocurrencias a bebidas de mate, aguardiente i ponche; i todo a costa de prorratas i contribuciones. Se abrogó la facultad de poner jueces diputados, i la eleccion siempre recaia en los hombres mas perversos. En el dia, hai en la cárcel de esta villa uno de aquellos jueces i un comisionado, porque, persuadiéndose que aun podían continuar en sus hurtos i rapiñas a que estaban habituados, continuaban sus excesos de que antes eran disimulados.

Por este pequeño diseño, que no se aumenta por evitar la nota de prolijos, i la moderacion obliga a no particularizar mas, se conocerá lo mucho que ha padecido el vecindario, i el estado miserable e infeliz a que está reducido; por cuya razon en estos dias han muerto veinte personas de hambre (sin hacer mención de las ocasionadas por los indios i enemigos, porque ya de esto se ha noticiado al señor diputado anteriormente), para que sea acreedor a algún alivio que se considere por resarcimiento. La exoneracion de derechos, reclutas, contribuciones i prorratas, son nuestra pretension; que se provea un destino de destierro para los ladrones; pues, siendo este número tan considerable i no habiendo en la provincia un punto adonde remitirlos, según contestacion del señor Gobernador-Intendente, se hace forzosa su escarcelacion, con perjucio de la seguridad pública. I para la dotacion de las es cuelas de primeras letras de cada pueblo del partido, lo que produzca dentro de éste mismo el ramo de mandas forzosas dedicado Instituto Nacional; pues, hallándose ya matriculados para él con mas de doscientos jóvenes, no se encuentra un recurso para salariar los maestros respectivos en los pueblos i demas lugares necesarios para la instruccion. I hallándose el ramo de propios de esta villa cabecera sin ingreso alguno, se conceda en su beneficio i de las escuelas los pasajes de los rios Biobio, Laja e Itata, en los puntos que comprende el partido actualmente, que, aunque son de poca consideracion, pueden contribuir de algún modo al reparo de las ruinas en que se hallan los edificios de cárcel i demás oficinas pertenecientes al Estado.

Para los fines que convenga i estime de justicia, elevamos esta representacion al señor doctor dor Felipe Francisco de Acuña, como diputado de este partido. —Sala Capitular de San Luis Gonzaga i Setiembre 28 de 1822. —Juan de Luna. —Andrés Ramos. —José Irene de la Jara. —Juan Estiban de los Rios. —José Ceferino Robles, secretario.


  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Miscelánea, años 1817 a 47, tomo 166, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)