Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1820/Sesión del Senado Conservador, en 25 de setiembre de 1820

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1820)
Sesión del Senado Conservador, en 25 de setiembre de 1820
SENADO CONSERVADOR
SESION 280, ORDINARIA, EN 25 DE SETIEMBRE DE 1820
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Solicitud de don Ildefonso Arredondo. —Publicacion de unos documentos. —Recusacion de los miembros de la comision que hace las veces de Supremo Poder Judiciario. —Solicitud del administrador i el tesorero de la aduana jeneral. —Id. de don José Rosso. —Proyecto de un colejio de abogados. —Cartas de ciudadanía de don Pedro Bari i don José Fernández Maceda. —Informe sobre establecimiento de una compañía mercante i un banco nacional. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José María de
Villarreal José María (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña en resolucion, una solicitud de don Ildefonso Arredondo, en demanda de que se le otorgue carta de ciudadanía i se le mantenga en su empleo de oficial subalterno de la tesorería jeneral. (Anexo número 533. V. sesion del 5.)
  2. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña en resolucion, una solicitud de doña Mercedes Villegas viuda de Perez, en demanda de pension de gracia. (Anexos núms. 534 a 541. V. sesion del 3 de Octubre entrante.)
  3. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña en resolucion, un proyecto de la Cámara de Justicia para erijir un colejio de abogados. (Anexo número 342.)
  4. De una solicitud entablada por don José Manuel Astorga, administrador de la aduana de Santiago, i por don Juan Manuel Basso, tesorero de la misma, en demanda de que se autorice a los señores senadores don Francisco Antonio Perez i don José María de Rozas i al señor secretario don José María Villarreal, para informar en una causa que se sigue a los suplicantes. (Anexo núm. 343)
  5. De un recurso entablado por don José Rosso, en demanda de que se declare no estar el solicitante obligado a pagar doble contribucion.
  6. De dos espedientes sobre otorgacion de carta de ciudadanía, seguidos respectiva mente por don Pedro Bari i don José Fernández Maceda.
  7. De un dictámen espedido por el ministerio fiscal, sobre el derecho de recusar a los miembros de la comision que hace las veces de Supremo Poder Judiciario. (V. sesion del 22.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar la continuacion de don Ildefonso Arredondo en el empleo de oficial de la tesorería jeneral, con cargo de que ajite el espediente para obtener carta de ciudadanía. (Anexo núm. 544.)
  2. Pasar al señor Ministro de Gobierno copia del acuerdo que confirió al Excmo-Director Supremo el grado de Capitan Jeneral, a fin de que lo haga publicar junto con la contestación de este Majistrado. (Anexo núm. 545. V. sesion del 19.)
  3. Declarar, conforme al dictámen del fiscal que, siendo recusable todo juez, también pueden serlo los que componen la comision nombrada para hacer las veces del Supremo Poder Judiciario; que cada Corte debe conocer de la recusacion de sus miembros; i que cuando se recuse a toda la Corte, la Cámara de Justicia debe conocer de las recusaciones del Supremo Poder Judiciario, i vice-versa. (Anexo núm. 546. V. sesiones del 7 de Enero i 22 de Setiembre de 1820.)
  4. Sobre la solicitud del administrador i el tesorero de la aduana de esta capital, lo que sigue:
"Concédese, con calidad de que el informe debe contraerse a particulares i circunstancias de que hubiesen tenido conocimiento los señores informantes ántes de su ingreso al Supremo Poder Lejislativo. (V. sesion del 20 de Febrero de 1824.)
  1. Sobre el proyecto de una compañía mercante i un banco nacional, lo que sigue:
"Con agregacion del proyecto, pase en informe a los Tribunales del Consulado i de Minería." (V. sesiones del 22 de Setiembre de 1820, 12 de Marzo de 1821 i 23 de Diciembre de 1822.)
  1. Sobre el proyecto de fundacion de un colejio de abogados, lo que sigue:
"Pásese en vista al fiscal para que preste su dictámen sobre el modo i forma de erijir el colejio."
  1. Sobre la solicitud de don José Rosso, lo que sigue:
"Por diferentes providencias del Senado, está dispuesto lo mismo que esta parte solicita. Por tanto, deberá ocurrir al Supremo Gobierno en solicitud de la declaracion i decreto con que debe libertarse de la doble contribucion que se le ha puesto."
  1. En el espediente de don Pedro Bari, resolver lo que sigue:
"Los comprometimientos que, en favor de la libertad de América, resultan del espediente sustanciado por don Pedro Barí natural de Suecia, i la decision con que esplica los sentimientos que animan sus ideas, con los servicios interesantes que ha justificado haber hecho en honor de nuestra independencia i política emancipacion, dan un motivo justo para que, sancionando el Senado la carta de ciudadanía que se le despachó por el Excmo. Señor Supremo Director de la República, le ampare en los privilejios que le deben corresponder como ciudadano de Chile, quedando sujeto a la lei que se sancionará para el goce de esta gracia.
"Archívese el espediente i, dándose al interesado copia del decreto aprobatorio, devuélvasele la carta con el correspondiente certificado que acredite la sancion."
  1. En el espediente de don José Fernández Maceda, lo que sigue:
"Si por lo que justificó el europeo español don José Fernández i Maceda, con la informacion que produjo sobre su conducta política, ha tenido la mejor comportacion, sin causar perjuicio alguno a la causa de América ni ménos a los patriotas, favoreciendo, defendiendo i ocultando los intereses de éstos en lo que estuvo a su alcance, cuando los mandatarios españoles decretaron la confiscacion de los bienes de emigrados, sanciona el Senado la carta de ciudadanía que le ha sido conferida por el Excmo. Señor Supremo Director de la República, quedando sujeto el agraciado al cumplimiento de la lei que se dictará para los efectos de esta gracia. Archívese el espediente i, dándose al interesado una copia del decreto aprobatorio, devuélvase la carta con el certificado de estilo."

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinticinco dias del mes Setiembre de mil ochocientos veinte años, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vió la consulta del Supremo Director, contraída a la peticion del español europeo don Ildefonso Arredondo, para que, permitiéndosele continuar en la plaza que obtiene en la tesorería jeneral, se le conceda carta de ciudadanía; i teniendo S.E. consideracion a las recomendaciones que se hacen de este subalterno, convino en la continuación del empleo que obtiene, previniendo se diera curso al espediente sobre carta de ciudadanía, mandándolo pasar al Gobierno Intendencia para la sustanciacion, teniéndose a la vista el documentó de calificacion, que se mandó devolver.

Dispuso S.E. que, por secretaría, se remitiera al Ministerio de Gobierno copia del acuerdo en que fué nombrado Capitan Jeneral de los ejércitos de la República, el Excmo. Supremo Director, don Bernardo O'Higgins, con la contestacion en que manifestó su gratitud i reconocimiento por el aprecio con que le distinguía la madre patria, para que, en honor del país i para hacer entender que debe siempre premiarse la virtud i los buenos servicios de los defensores de la libertad, se insertara todo en la {{May|Ministerial}.

Con conocimiento de la consulta del Supremo Gobierno, sobre si sea o nó admisible la recusacion de los Ministros que forman el Supremo Poder Judiciario, i dictaminado por el ministerio fiscal, declaró S.E. que, si conforme a las leyes i a lo prevenido en la Constitucion del Estado, es recusable todo juez, pueden serlo los que componen aquel Supremo Tribunal, guardándose el orden establecido por derecho, respecto del Supremo Consejo de España; i en el caso de que la recusacion sea particular i nó jeneral, el mismo Tribunal Judiciario habrá de conocer de las causas que motivan la recusación, del modo que la Cámara, como punto de justicia, debe conocer de las recusaciones de sus Ministros; pero si fuere recusado todo el Tribunal Supremo, deberá decidirlo la Cámara; i si ésta lo fuere en todos sus Ministros, decidirá el Supremo Judiciario; i habiendo implicancia en ámbos tribunales, deberá el Supremo Gobierno elejir letrados que, formando una comision, se resuelva por ella la recusacion. I, mandando pasar esta determinacion al Supremo Director con sus antecedentes, quedó cumplido, firmando los señores senadores con el infrascrito secretario. Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde.—Rozas.—Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 533 editar

Excmo. Señor:

Con la debida consideracion, paso a manos de V.E. la peticion de ciudadanía que ha hecho don Ildefonso Arredondo, poco ántes de publicarse el decreto de 5 del corriente, impreso en la Ministerial, número 61.

Este individuo se calificó en 29 de Julio de 817 en los términos que glosa el adjunto certificado, i en la primera i segunda época de la libertad, ha continuado de oficial subalterno en la tesorería jeneral, a satisfaccion de los jefes, por su probidad i bien conocida conducta moral i, especialmente, por ser uno de los mejores oficinistas, en cuyos hombros puede decirse que pesa todo el despacho i arreglo de la tesorería, i su falta se haria sentir mui en breve, i no habría de quién aprender. Estas consideraciones, su larga residencia en el país, estar casado en él i, sobre todo, el haber continuado en su empleo, que lo constituye un ciudadano de hecho, lo hacen acreedor a la ciudadanía i a que pueda servir de oficial mayor primero de la tesorería jeneral, si V.E. así lo acordare, en ejecución del artículo 5.º, capítulo 2.º, título 4º de la Constitucion provisoria. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Setiembre 23 de 1820. —Bernardo O'Higgins. — Excmo. Senado.


Núm. 534 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la adjunta solicitud de doña Mercedes Villegas, viuda del finado don Domingo Perez, solicitando se le señale una pension en virtud de los servicios que presto a la República su finado esposo, para que V.E., atendiendo los fundamentos en que apoya su solicitud, se sirva acordarle la gracia que solicita, si fuere del agrado de V.E. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Setiembre 25 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 535[1] editar

(Esta instruccion es de letra del señor San Martin, que dio a Perez para que la evacuase en Chile.)
  1. Opinion patriótica de cada una de las provincias.
  2. Fuerza efectiva del enemigo.
  3. Estado de su disciplina.
  4. Id. de su táctica, instruccion de sus oficiales i jefes.
  5. Division de las armas, es decir, su fuerza de infantería, artillería i caballería, con espresion de cómo se halla armada esta última.
  6. Cómo se hallan pagadas i vestidas sus tropas i puntos que ocupan.
  7. Si es posible averiguar el plan de defensa u ofensa del enemigo.
  8. Puntos que cubre con sus avanzadas i número de que se componen.
  9. Noticias de Lima i Perú.
  10. Qué número de caballadas i muladas tienen i punto que ocupan.
  11. Qué clase de trabajos militares ha hecho el enemigo.
  12. Qué buques de guerra o armados tienen disponibles i puertos en que se hallan.
  13. Qué progresos han hecho nuestras fuerzas navales.
  14. Nombres de sus Tejimientos i jefes, i la opinion que cada uno merece.
  15. Si hai unión entre los cuerpos i éstos con el pueblo.
  16. Si son perseguidos con violencia los patriotas.



Núm. 536 editar


Oficio misterioso de San Martin a don Domingo Perez, por si fuese pillado

"La injusta política del antiguo Gobierno circunscribió nuestra industria a un punto de nulidad. Aun nos resentimos de esta fatal consecuencia de la barbarie i despotismo. Solo se nos entregó la elaboracion de las minas. Así es que, puede decirse, que a ellas se debe esclusivamente nuestra importancia pecuniaria. Por eso su proteccion i adelantamiento deben dentrar en los primeros deberes del Gobierno. A este fin, persuadido del celo i aptitud de Ud., se le comisiona para que, pasando, asociado de don Juan Pablo Ramírez, al mineral de Jachal, visite aquellas minas con la delicadeza i exactitud de la Ordenanza, promueva su adelantamiento i presente a este Gobierno un plan de las mejoras de que son susceptibles e ingresos que de momento puede reportar el Erario; como asimismo las cantidades que sean precisas para establecer un banco de rescate. Espero llene Ud. cumplidamente todos los objetos de esta comision, de que dará cuenta. Quedando de interino en la proveeduría el D.D. Casimiro Albano. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Mendoza, Octubre 9 de 1815". José de San Martin. —Al proveedor de víveres don Domingo Perez.



Núm. 537 editar


Carta del finadoPerez a Álamos
(Reservada in totum)
Noviembre 13 de 1815.

Mi digno amigo i honorable patriota chileno:

Aunque a primeras vistas de estos aventureros renglones estrañará Ud. el que yo le escriba, por no haber tenido con Ud. jamas el honor de esta satisfaccion; pero su cordial adhesión a nuestra sagrada causa, i deseos que debe tener de ver a su fértil suelo libre de invasores i tiranos monstruos, por otra parte, la íntima amistad i cordial afecto que sabe Ud. tengo con su digno i benemérito hermano don Juan, perseguido i desgraciado; i en fin debe Ud. conocer a fondo mi decidido patriotismo i los duros desastres que he esperimentado, i actualmente sufro solo con el objeto de servirá mis dignos i tristes conciudadanos, principalmente a todos los errantes i peregrinos emigrados, que cuales almas del limbo ansian por un nuevo restaurador i salvador de su antiguo suelo. Sí, mi digno amigo Álamos, Ud. va a ser desde hoi un héroe de su patria, si condesciende a la súplica que de todo corazon i con el mayor sijilo le voi a hacer, porque vivo i viven muchos con el pleno conocimiento de que Ud. es un entusiasmado republicano, uno de los que aspira a ser libre i ver a sus paisanos seguros de la opresion i crueles cadenas con que la tiranía los oprime en calabozos, grillos i destierros; por último voi a comunicar a Ud. toda mi comision.

Hallándose ya cuasi preparado el ejército arjentino en Mendoza para emprender el duro paso de los nevados Andes, i hacer la reconquista de nuestro Chile, que se debe verificar en fines del próximo Diciembre, dispuso i proyectó el gran San Martin, jeneral de la espedicion, el enviarme a este lado de la cordillera; i porque conoce mi fanatismo por ser libre, a indagar, espiar i saber de los buenos patriotas, todos los puntos que copio a Ud. para que, a la mayor brevedad, me los resuelva i conteste con la mejor verdad i fineza posible. Ud. debe penetrar i conocer cuánto interesa la deseada contestacion i su pronto despacho, para yo partir al momento, i que el jeneral i demas jefes puedan con mas acierto ordenar sus acertadas disposiciones para emprender sus ataques, mediante los cálculos que se formen i hagan con la interesante noticia que a Ud. de todo corazon le pido. Igualmente se desea tener dicha instruccion para calcular el número de tropas que deben venir para la deseada reconquista. El correo, dador de ésta, es un hombre de la mayor confianza i sijilo. Ud. no vacile un pequeño instante sobre cuanto le espongo; en un dia puede Ud. verificarlo, mediante sus buenas luces, sus buenos amigos i fieles al sistema. Viva Ud. i los buenos patriotas, en la seguridad de que hai reconquista, i que las tropas que vienen no son como las antiguas nuestras; son de toda táctica, subordinacion, valor i disciplina. Los jefes son todos héroes i de gran nombre en el país arjentino; los oficiales intrépidos i entusiastas, que detestan i odian con el mayor horror a los tiranos i opresores. Ud. anime por bajo i con sijilo a nuestros hermanos, consuelelos i hágales gustar de esta dulce i benéfica libertadora satisfaccion. Si nuestro buen amigo Allende i benefactor de este aventurero aun existe en su honorífico modo de pensar, si aspira por ser libre, déle Ud., de mi parte, los mas cordiales abrazos de todo mi corazon.

Yo hubiera pasado a ésa; pero me han aconsejado algunos buenos de nuestro partido, que voi a ser pillado i que peligra mi comision, pues en este duro caso la espedicion demoraría, i aun talvez se desgraciarla el fino golpe de nuestra reconquista.

Ea, pues, amigo, conducíase i compadézcase de todos los hermanos, paisanos i compañeros que jimen oprimidos bajo la férula frenética de los crueles vándalos i anti patriotas, de los que aislados en destierros claman i lloran por su suelo i libertad; de los tristes miserables i mendicantes emigrados que solicitan cuasi de puerta en puerta el pan para un escaso alimento i ansian por su fértil patria; i en fin, anímele a Ud. a mi benéfica i patriótica solicitud, el ver tanto infeliz oprimido en calabozos, cárceles i duras cadenas, que estarán clamando al los de la venganzas i beneficencias, la apetecida libertad i redencion de su país.

Esta escribo cuasi sobre la nieve, i de donde diviso i consuelo algún tanto mi ajitado espíritu con la verdura i frondosidad de los amenos i pingües campos sub-andinos; aquí espero sobre duras rocas i con un escaso alimento de harina i bizcocho, la alegre i gustosa contestacion de un amigo, cuyo afecto i memoria vivirán en mi corazon aun más allá del sepulcro.

Vaya un consuelo. Desde mediados de Setiembre último hasta principios de Octubre próximo pasado, habían salido i zarpado de la bahía de Buenos Aires nueve buques de guerra en corso para estos mares, i con alguna jente de desembarco, en ellos vienen muchos paisanos, empleados, i a la parte de presa; dichos buques traen la orden de aquel Supremo Gobierno de sacar de la isla a todos los desterrados infelices, entre ellos su hermano desgraciado don Juan, amigo de todo mi corazon.

El 18 de Setiembre próximo pasado avisa oficialmente el jeneral Rondeau desde el punto de Ayauma en el Alto Perú, que habiendo movido su ejército para acometer al tirano Pezuela, éste en precipitada retirada abandonó sus posiciones de Conda, Ancacato, Atrullagas i Challapata, avanzándose hácia Oruro, que la deserción de sus mejores soldados era en gran número, que habia una division intestina en su prófugo ejército; todo ello pronósticos de su total ruina. Dice el espresado jeneral Rondeau que iba en su alcance, pero con el desconsuelo de conocer por los movimientos rápidos de Pezuela, que éste no le esperaba. Tiene Buenos Aires catorce Tejimientos veteranos o de línea, sin contar ni meter en estos diez mil cívicos i ocho mil reclutas del Paraguay. Artigas en la Banda Oriental tiene ocho mil hombres; i así el país libre arjentino no teme a la débil España, etc.

Si Ud. puede, envíeme les papeles públicos que hayan salido hasta la fecha de su contestacion desde un mes anterior, para consolar a nuestros hemanos en Mendoza, etc.

Adiós, mi dulce amigo i honorable compatriota; téngame i cuente hasta la eternidad por uno de sus mas fieles i afectos entre todos sus buenos amigos. Quien espera lo mas pronto su amable i benéfico contento, lo es quien B.S.M. —D.P.

P.D. El dador asegurará a Ud., si no cae por las iniciales, quién es su amigo i quién le escribe.


PUNTOS QUE EXIJEN EL RESOLVERSE I CONTESTARLOS
  1. Fuerza efectiva del enemigo, i puntos que ocupa.
  2. Estado de su disciplina, táctica e instruccion de sus oficiales, etc.
  3. Division de las armas: es decir, su fuerza de infantería, artillería i caballería i de cómo se halla armada esta última.
  4. Si es posible averiguar el estado o plan de defensa u ofensa del enemigo, i cómo se hallan pagadas i vestidas sus tropas.
  5. Puntos que cubre con sus avanzadas i número de que se componen.
  6. Qué número de caballos i mulas tengan, i en qué lugares se hallan.
  7. Si se han avistado en los puertos buques corsarios i si han hecho presas.
  8. Nombre de los rejimientos i batallones i sus jefes, i el mejor opinado de dichos cuerpos; i si hai unión entre ellos, i éstos cómo están con el pueblo.
  9. Si son perseguidos con violencia los patriotas. Si tienen buques armados en guerra en los puertos, i el número de tropas que guarnecen I los espresados puertos, etc., etc. Cada punto, mi digno amigo, se puede contestar en pocos renglones, i así despacha Ud. breve, que es lo que interesa. Adiós.

Núm. 538 editar


Diario desde el dia que salí de toda la nieve en la cordillera

Octubre 31. En este dia salí de toda la nieve, a la diez de la mañana, i acampé en el Cajon de los Robles; caminé a pié por nieve continua i sin cortarse en parte alguna 18 leguas; dormí dos noches en medio de la nieve sobre piedras, i en una de ellas sin leña ni agua, enfermo de los piés i de la vista, de suerte que los que me acompañaban i aun las débiles cabalgaduras, cuasi amanecieron entumidas o heladas, pues el viento era duro i penetraba hasta los huesos.

Noviembre 1.º En este dia paré en dichos Robles, así para fortalecerme con los mozos, como también que las pocas cabalgaduras tomaran algún aliento i comiesen del bello i frondoso pasto que allí se encuentra. Igualmente envié al paso de Lontué dos esploradores o bomberos para que examinasen i viesen si habia guardias en su paso i vado; los dichos llevaron la órden de esperarme a la salida del Cajon o boquete, i allí con su exámen cierto avanzar el dicho rio i emboscarme en un potrero de la parte opuesta, i procurar hablar con dos amigos de confianza, honor i patriotismo.

Dia 2. Emprendí, pues, mi marcha por el Cajon de Cordillera, cuyo camino es fragosísimo, de mucha piedra i pesados desfiladeros; se atraviesa tres veces el rápido i fuerte estero de los Robles, i se pasa un desfiladero de cuatro cuadras de hielo consolidado. A las cinco leguas de haber caminado por dicho Cajon, que se sale ya al paso del Lontué, encontré a mis bomberos con la plausible noticia de no haber guardia alguna ni recelo el menor para pasar el correntoso predicho rio, el que atravesé con temor bastante, por causa de que todas las cabalgaduras venian rendidas i estropeadas; avancé bien despacio ocho leguas hasta salir al llano de Rio Claro, i aunque lloviendo sin cesar en todo el dia, me embosqué en una colina bastante espesa de árboles; mandé a un bombero a casa de un vaquero de una estancia que estaba cerca, para que nos buscara qué comer, porque ya se habia acabado todo el bastimento con tanto dia de camino; trajo aquél carne, quesos i harina tostada; dormimos sin zozobra hasta mas de media noche. También supe por mi bombero que le habian contado en la casa que compró víveres, no andaba guerrilla alguna i que todo los del lugar de Rio Claro eran patriotas.

Dia 3. Salí de mi emboscada a las cuatro de la mañana, i a las tres leguas me dijeron los prácticos ser preciso me metiese en un monte porque era de dia i debian andar vaqueros o jente por el campo; así lo ejecuté i me oculté en un monte bastante tupido cerca de la estancia de Cumpeu. El capataz de esta hacienda habia sido un sirviente mió en toda la primera campaña de Chile; conocia su honrado proceder i lo mucho que me apreciaba; lo hice llamar i vino a las 12 del dia, trayéndome un grande almuerzo; díjele que respecto de hallarse solo en la estancia, me ocultase en un cuarto dos dias, ínterin enviaba un correo a Talca a buscar a un amigo de mi confianza para noticiarme de todos los asuntos del dia. Contestóme que lo habria hecho con el mayor placer, pero que se lo impedia el haber llegado el cura de Pelarco en la noche ántes a hacer mision en dicha estancia. Me llené de todo gusto al decirme sobre la llegada del cura, porque es un amigo íntimo mió, mui patriota i mui brillante en sus procedimientos. Al momento tomé un lápiz; le escribo andar de aventurero i lleno de trabajos; que urjia para seguridad de mi vida me ocultase i protejiese, etc. Me contestó que, aunque supiera perder cuanto tenia, me ampararía i proporcionaría un todo; pasé, pues solo a las 12 de la noche a su habitacion, pues, mi compañero, dos horas ántes, se habia separado de mí para seguir también sus justas aventuras. Dicho cura, que es el doctor Palacios, así que me vio, me dió un sin número de abrazos; me guardó en su propia habitación. Hablamos largamente de todo lo que pasaba i sucedía en el Estado de Chile, de los proyectos del jeneral, de sus fuerzas, de las contribuciones i de las desgracias de los patriotas.

Dia 4. Permanecí oculto, esperando al correo que envié a Talca a llamar al caballero i amigo que necesitaba para hablar, i que me proporcionase un mozo de toda confianza i secreto para pasar incógnito a la capital.


Núm. 539 editar

En el acto mismo en que US. se dignó confiar a mi conducta la peligrosa i dura comision de pasar a ésta para los fines reservados que ámbos sabemos, se electrizó mi corazon i se llenó mi alma de un fuego patriótico, solo por ser útil, i un mero ájente de la libertad de mi suelo i de todo ese bello país. Pudiera haber puesto a US. varios justos inconvenientes para escusarme i que eran públicos, como el ser enfermo de un antiguado reumatismo i dolores agudos; el no haber pasado jamas nieve i temerle por ser mui friolento; el no ser hombre de a caballo, etc.; pero señor, un entusiasmo por ser libre, un amor por mis semejantes i, en fin, una afectuosa pasión a US., me hicieron olvidar peligros, riesgos e infortunios i despreciar la muerte, no temiendo a los tiranos ni a sus infames cadenas. Despues de 21 dias de una penosa i cruel caminata, abordé a las márjenes del Rio Claro, jurisdiccion de Talca, en donde supe que un eclesiástico, cura de almas, hacia mision en una estancia bastante cercana de donde yo estaba emboscado. Dicho eclesiástico, que por ahora reservo su nombre, es un íntimo amigo mió, hombre digno del mayor elojio por su patriotismo i amor a la sagrada causa; me avoqué con él i en el acto mismo procuró con el mejor empeño ocultarme con todo sijilo; me ha tenido cuatro dias bien guardado, proporcionándome cuanto se me ha ofrecido; él me ha dado todas las noticias que dirijo a US. bajo el número 1. Me ha asegurado que todas son ciertas i que es lo único que él me ha podido informar. Me he detenido escondido el predicho tiempo, por esperar a un gran patriota i sujeto de lo mas principal de Talca, i a quien escribí para que se dejase ver, i no pudo verificar su venida mas pronto, i me ha dado las noticias fidedignas que US. verá por el número 2.

A no haber encontrado los dos mozos que tomé en el camino i que avisé a US., no paso la cordillera; pues no contaba con mas hombre que el viejo Mondaca, útilísimo en todas sus partes i hombre duro i práctico cual ninguno. El pobre Vivanco es mui hombre de bien, poco práctico, mui flojo i bastante cobarde; el infeliz ha hecho cuanto ha estado de su parte, pero no puede mas con su apocado jénio; él es el dador i conductor de estas primeras noticias, i espero que llegue con la felicidad que se quiere i desea; suplico a US. no se le dé por entendido de cosa alguna; ha recibido... pesos por cuenta de su trabajo, i él informará de nuevo a US. de las viles cabalgaduras: que apénas hemos salido mediante las que saqué donde Lémus, algunas mulas de la patria i las dos de Rios, i éstas arriándolas a pié en toda la nieve. De los dos mozos predichos, el mejor se llevó mi buen amigo i compañero; el otro está conmigo, que es el hijo del viejo; es excelente para cualquiera empresa i en particular para correo de cordillera, por ser mui diestro i práctico en ella.

Conviene mucho que US. haga avanzar una guardia al Planchon, la que debe colocarse en el el punto de... pasado los indios del Salado, para que éstos no tengan comunicacion con las guardias del enemigo, ni que trafiquen a este lado, pues el cacique Panchincé es mui adicto a los chilotes, i es mal indio; se logra igualmente que la dicha guardia nuestra puede pillar a algunos soldados del enemigo que quieran internarse a espiar a tratar con dichos indios por el valle Hermoso.

Cuando alojé en la reduccion del cacique Levipil, vino ésta a donde yo estaba i durmió esa noche en mi alojamiento; hablé largamente con él, i entre varios asuntos que tocamos fné tratar sobre el cacique Venancio Coyquepan; me dijo que si US. gustaba, el tal Levipil podria enviarle a Venancio un correo o mensaje, como llaman ellos; me parece que no estaría de mas semejan te proyecto, escribiéndole a aquel caudillo una carta enérjica sobre el sistema, por parte de US., i otra a nombre de don Bernardo O'Higgins, por el influjo i grande aceptacion que este sujeto tiene entre todos los bárbaros araucanos i llanistas. El tal Venancio sabe leer, i seria también útilísimo que el Pe. Inalican, como su paisano, le escribiese otra carta, con la que estoi persuadido voltéabamos al caudillo i lo poníamos otra vez a nuestro favor i protección; en fin, US., que nada se le oculta, verá sobre el particular lo que sea mas conveniente.

Por estar la cordillera cargadísima de nieve, i que aun nevó dos dias seguidos ántes de entrar a ella, tuvimos, según los prácticos, que entrar por Rio Grande o por el Campanario, lo que hizo nuestro camino dilatadoi mas penoso; desde Mendoza hasta llegar a donde principia la nieve, cuento ciento setenta leguas. De pura nieve i sin cortarse en parte alguna, anduvimos 18 leguas a pié, durmiendo dos noches encima del mismo hielo; i desde su salida hasta esta estancia donde me hallo, habrá 20 leguas; todo el camino hasta los últimos indios, es bastante regular aunque no le faltan buenos desfiladeros. Por lo que hace a nieve, no lo pude reconocer por estar todo cubierto; pero luego que uno sale del dicho riesgo i que cae al Cajón de los Robles, es bastante malo, tiene laderas mui precipitadas i de mucha piedra, un rio rápido que se pasa en tres ocasiones i, por último, se pasa por un desfiladero de puro hielo consolidado que tendrá cuatro cuadras i me costó grandes fatigas para atravesarlo. De resultas de tanto caminar a pié, me hallo actualmente con los piés mui hinchados i estropeados, pero no desmayo de mi empresa i patriótica comision.


El sujeto que me haya de buscar i ver, se presentará, cuando llegue al destino de su mision, en la iglesia de Santo Domingo, en el primer altar que hai al lado izquierdo de la entrada por la puerta principal; allí se presentará a las seis de la mañana, i de noche, a las horas de rezar el rosario. Las señas de que sea el sujeto que yo busco i necesito, serán las siguientes: la cara amarrada con un pañuelo colorado, corno que está con un dolor de muelas; un parchesito negro en el carrillo derecho; hincado de rodillas cerca de la tarima del altar i las dos manos puestas en forma de rezar. La contraseña mia para que el sujeto se me descubra i yo le pueda hablar, será el hincarme junto a él, besar el suelo i poner las manos del propio modo que el enviado las tiene, dando al último un suspiro.


Don Gregorio Henríquez fué mandado llevar desde Quirihue, por Atero, en una mula aparejada, con una barra de grillos.

Las Pinedas, Cleyriquis i Bosos, presas por dicho Atero.

Don Pepe Mendiburu preso, i paga su casa quinientos pesos mensuales de contribucion. Los Dragones son 500, armados con tercerola i espada grande.

Los Húsares de Abascal, i Colorado 110
Los Concordianos 300
Id. de Chillan i Valdivianos 500
Id. Chilotes
Id. Talaveras 500
Id. Artilleros 250
Coquimbo 500
Valparaíso 400
Concepcion 300
Rancagua 350

Hai partido por Gainza, por Sánchez i Osorio. Reflexion de Andrade, coronel, en la Tenencia 3.ª; jenerales, oficiales licenciados i retirados i muchos soldados chilotes. (Aquí siguen dos líneas que no se pueden leer por estar la letra medio borrada.)

El capitan Gálvez, clérigo i Talavera, Barañao Porteño es comandante de los Concordianos.

Rubines, el capitan, ha salido como en clase de desterrado a Chillan. De los oficiales, hijos del país, que fueron de auxilio a Pezuela, éste los devolvió, e hizo regresar para Lima.

Se licenciaron en Agosto mas de doscientos soldados chilotes i valdivianos, i se fueron a sus países, como también algunos oficiales; todos los que han pasado para Talca.


Núm. 540 editar

Analiza los servicios de su finado marido para la restauración de Chile: enumera los que por igual causa han sido agraciados, o en sus viudas e hijos, i las pensiones que se les han señalado, i pide que por la misma razon, i en celebridad de este dia 18 de Setiembre se le señale la que se estime de justicia i gracia.

Excmo. Señor:

Doña Mercedes de Villegas, viuda del finado comisario de ejército don Domingo Perez, en la mejor forma que haya lugar en derecho, parezco ante V.E., i digo: que por muerte de éste, dimanada de sus espediciones por entre rios i nieves de cordillera en servicio de la patria, i de las dobles i asiduas tareas de tres cargos, que a un tiempo sirvió de comisario, del taller de vestuarios i de proveedor jeneral del ejército, como consta al físico don Manuel Grajales, que le asistió hasta su fallecimiento, i puede en caso necesario certificar del oríjen de su enfermedad, quedé poco ménos que mendiga, si la bondad de un padre anciano cargado de una numerosa familia de siete hijos no me hubiese recojido a su casa i mesa, auxiliando mis necesidades i con curriendo a los gastos de un hijo postumo que me quedó.

Felizmente yo no tengo que justificar lo que es notorio en Chile i consta a V.E. mismo, de haber sido mi marido uno de los principales instrumentos de la salvacion o restauracion de esta República; que él vino a su costa desde Valdivia por medio de indios infieles que le hubieron preso, i tránsito de nieves i rios caudalosos a anunciar la próxima espedicion invasora, que entónces se preparaba en Chiloé al mando del jeneral Pareja; que él sirvió en Mendoza el cargo de proveedor jeneral del ejército libertador, sin admitir el sueldo que se le daba, sino tan solo aquella mínima parte que bastaba para alimentarse escasamente; que vino ántes de partir la espedicion, enviado por el Excmo. Señor Jeneral don José de San Martin, en calidad de espía de las operaciones del enemigo i para tomar exactas nociones del número de sus tropas, de sus acantonamientos, de la disposicion de estos habitantes, de las personas con quienes podia contar i de las relaciones de correspondencia, que debia dejar entabladas, con otros pormenores que le encargó dicho señor jeneral i desempeñó a satisfaccion, arrostrando para ello mil riesgos mortales de su vida con otras tantas necesidades i privaciones por medio de las nieves, rios i hielos de la cordillera cerrada, que transitó en Octubre de 1816, según consta de los documentos adjuntos, por cuya causa i humedades se estenuó su naturaleza i salud; que en seguida vino en dicha espedicion, i se halló en la jornada i campaña de Chacabuco, abasteciendo al ejército en calidad de proveedor jeneral, de cuanto necesitaba; i en fin, que recuperado Chile, sirvió aquí los empleos de tesorero jeneral, i últimamente los tres a un tiempo de comisaría, del taller i de proveeduría, que dieron con él en tierra, como asienta Grajales, por el demasiado empeño que tomaba, cuando sus fuerzas i quebrantada salud ya no se lo permitían; i todo esto por cooperar a la entera libertad del país i por un principio de honor i hombría de bien, que eran su débil, i de que ha dado pruebas con la rendicion de sus cuentas, gastando su testamentaría en las que le restaban rendir muchos pesos en la ordenata de ellas i en cubrir algunos alcances que le ocasionó la desorganizacion del ejército en Cancha-Rayada i el consiguiente trastorno de papeles i remesas de especies, así como el tener que trasportar, hallándose en cama enfermo i de purga, otros artículos de valor del taller, en virtud de órden superior, para ponerlos a salvo en la villa de Santa Rosa, en Abril de 1818, de suerte que así le fué inevitable su muerte el 30 del mismo Abril i año, i la ruina de los cortos intereses propios que, cuando emigró en 1814, llevó a Mendoza.

Por los apuros de nuestro Erario, he guardado hasta hoi un profundo silencio en medio de mis necesidades, sin representarlas, como lo han hecho otros tantos i tantas viudas o hijos de los que han concurrido a la salvacion de Chile con sus vidas o con sus servicios, i a quienes todos la justificacion i clemencia de V.E. ha dado ali mentos como una deuda pública de gratitud, sin poder entrar muchos de esos buenos servidores en parangon con los que prestó mi marido. Entre esos agraciados, solo recuerdo al ingrato don Felipe Cáceres, que obtuvo la gracia de 50 pesos mensuales, porque solo auxilió a un espía; a doña Antonia Encalada, viuda de don Fernando Márquez de la Plata, de 100 pesos, porque su marido fué adicto i sirvió a nuestra causa en la primera junta; a don Juan Pablo Ramírez, porque siguió la correspondencia con el señor jeneral, que mi marido dejó aquí entablada con él; a doña Tomasa Astorga, viuda del espía don Francisco Perales, de 30 pesos; a doña María Silva, viuda de don José Antonio Salinas, ahorcado en tiempo de Marcó, de 200 pesos de contado i 30 mensuales; a doña Francisca Araya, viuda de don Pedro Regalado, también ahorcado, de la misma suma; a doña Mercedes Portus, viuda de don Juan José Traslaviña, asimismo ahorcado, de la propia cantidad, i contado; a María de la Cruz Aguilera, viuda del sarjento de granaderos Enrique Concha, asesinado en la cárcel, de 200 pesos de contado i 13 mensuales; a doña Ubalda Sofá, viuda de don Clemente Moyano, también allí asesinado, de 200 pesos de contado i 12 mensuales; a doña María del Cármen Garay, madre de don Benito Lagunas, amarrado a la horca, de 100 pesos de contado i 12 mensuales; a doña Juana Tapia, hija de doña Agueda Monasterio, que auxilió a los emisarios i correos del jeneral, de 200 pesos de contado i 30 mensuales; a doña Josefa Vicuña, viuda del brigadier Mackenna, de 41 pesos 5 i cuarto reales; a doña Antonia Maturano, mujer del desterrado don Feliciano Letelier, i a doña Tadea Velázquez, viuda de don Martin Arbulú, de 16 pesos a cada una; i finalmente a doña Manuela Barriga, viuda del interino tesorero, que subrogó a mi marido, don José Jiménez Tendillo, de 20 pesos mensuales.

Si donde milita una misma razon, debe ser igual la disposicion de derecho, i si mi marido, que ademas de sus muchos servicios ha perdido sus propios bienes i vida por la restauracion de Chile, debe contarse entre uno de esos tantos buenos servidores agraciados; yo confío en la recta justificacion de V.E., en las glorias i pacificación de Chile, i por las gracias que concede V.E. en este dia 18 del aniversario de nuestra rejeneracion política, a que ha concurrido mi marido, que se dignará señalarme la pension mensual que estime de justicia; i al efecto. A V.E. imploro se digne otorgarme la gracia pedida, en celebridad de este dia memorable, en la parte que estime bastante para mi alimonía i la de mi hijo, si la estimare de justicia i equidad. —Mercedes de Villegas.


Santiago, Setiembre 18 de 1820. —Informen los Ministros de la tesorería jeneral. —(Hai una rúbrica.) —Dr.Rodríguez.



Núm. 541 editar

Excmo. Señor:

Los Ministros de la tesorería jeneral, sobre la solicitud que hace doña Mercedes Villegas, viuda del finado don Domingo Perez, para que se le conceda la gracia de una pension, como se ha otorgado a otras que refiere, dicen: que lo que únicamente pueden esponer a V.E. es: ser efectivas las pensiones que espresa, i se pagan en esta tesorería; también son ciertos los servicios que dicho su marido desempeñó, i cargos que obtuvo de proveedor jeneral, de tesorero de esta tesorería, del taller de vestuarios i comisario del ejército, en cuyo empleo falleció. —Santiago, Setiembre 22 de 1820. —José Ramón de Vargas i Belbal. —Nicolas Marzan. Santiago, Setiembre 23 de 1820. —Pase al Excmo. Senado, recomendándose la solicitud. —O'Higgins —Dr. Rodríguez.


Núm. 542 editar

Excmo. Señor:

Es laudable el proyecto de la Cámara de Justicia sobre la erección de un colejio de abogados. La esperiencia acredita que, en cuantas partes se ha establecido, ha producido frutos preciosos de ilustracion al cuerpo i de utilidad al público. Examinando V.E. los fundamentos de la Cámara, espuestos en los documentos adjuntos, podrá resolver en la materia lo mas conveniente, como también el uniforme que deba usar el cuerpo de abogados. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Setiembre 23 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.



Núm. 543 editar

Excmo. Señor:

El administrador i tesorero de esta aduana sumisamente representamos a V.E. que pende en el Gobierno-Intendencia un asunto para nosotros gravísimo, por su terminacion. En él se versan puntos sobre que pueden informar los señores senadores don Francisco Antonio Perez, don José María Rozas i el secretario de este Excmo. Cuerpo, don José María Villarreal; i para que lo verifiquen, dígnese V.E. otorgar el correspondiente permiso. —Es gracia, etc. —Mancheño. —José Manuel de Astorga. —Juan Manuel Basso.

Núm. 544 editar

Excmo. Señor:

Supuestas las recomendaciones de V.E., en su honorable nota de 23 del corriente, en favor del oficial 1.º de la tesorería, don Ildefonso Arredondo, i hallarse, por lo mismo, en el caso de lo dispuesto en el artículo 5, capítulo 2, título 4 de la Constitucion, conviene el Senado en su continuacion en el empleo que obtiene i despacha tan a satisfaccion de sus jefes. Por lo mismo, seria conveniente dar curso al espediente en que solicita su carta de ciudadanía, remitiéndolo a la Intendencia para su resolucion i demás trámites acordados, a cuyo efecto se devuelve con el certificado de su calificacion. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 25 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 545 editar

De órden del Excmo. Senado, paso a US. copia del acuerdo en que se resolvió conferir el grado de Capitan Jeneral de los ejércitos de la República, al Excmo. Señor Supremo Director, don Bernardo O'Higgins, para que, en honor del país, i en comprobante de la satisfaccion que ha tenido S.E. en premiar el recomendable mérito del Jefe Supremo del Estado, se sirva US. disponer se publique en la Ministerial la eleccion, el título despachado i la gratitud que sensibiliza el Excmo. Señor Director, en la honorable contestacion, que también incluyo en copia. —Dios guarde a US. —Santiago, Setiembre 26 de 1820. —Al señor Ministro de Estado.


Núm. 546 editar

Excmo. Señor:

Devuelve el Senado a V.E. la consulta de 21 del corriente, con el dictámen fiscal, fundado en las leyes, para que pueda dictarse la resolucion que fuere conforme a justicia, acerca de la recusacion interpuesta a los que componen la comision que, en lugar del Supremo Poder Judiciario, debe juzgar el recurso a que es referente. El Senado, conservador déla Constitucion, opina conforme a ella, que, siendo todo juez recusable, pueden serlo los que componen aquel supremo tribunal, guardando el órden i formalidades que disponen las leyes respecto del supremo consejo de España, cuyo lugar i rango ocupa aquel. Conocer de las causas si son o no bastantes i de su prueba, ni es de la atribucion del Senado ni de la de V.E. por ser un negocio contencioso i una aplicación de la lei, al caso en cuestion. La Cámara conoce de la recusacion de cualquiera de sus Ministros, así el supremo consejo de la de los suyos; pero cuando todo el tribunal sea recusado por una misma causa, ellos mismos no podrán decidirla. En tal caso la Cámara debe conocer de la recusacion del Supremo Poder Judiciario i ésta de las que se hagan a la Cámara, entendiéndose que siendo por una misma causa, se ponga recusacion a todos los Ministros que compongan estos tribunales; mas si el tribunal no recusado se hallase implicado por haber conocido en la causa, podrá V.E. elejir letrados que, puesta la recusacion en forma, declaren si son o nó bastantes las causas en que se funda i si la recusacion está en tiempo, para que apliquen las leyes que cita el fiscal conforme a las circunstancias. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 27 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


  1. Este documento i los siguientes hasta el 541 inclusive, han sido trascritos del volumen titulado Miscelánea, 1820 a 1827, tomo 158, pajinas 11. 12, 13, 15, 16, 19 i 20 vuelta respectivamente, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)