Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1820/Sesión del Senado Conservador, en 11 de setiembre de 1820

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1820)
Sesión del Senado Conservador, en 11 de setiembre de 1820
SENADO CONSERVADOR
SESION 275, ORDINARIA, EN 11 DE SETIEMBRE DE 1820
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Asistencia. —Comunicacion de haberse sanciona lo varias cartas de ciudadanía. —Establecimiento de un nuevo resguardo en la capital. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José María de
Villarreal José Maria (secretario)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Comunicar al Supremo Director haberse sancionado las cartas de ciudadanía otorgadas a don Juan O'Neil, a don Prudencio Capetillo, frai Joaquin Ruiz, don Cayetano Peralta, don Juan Domingo de Arrate, don Miguel de Acevedo, don José María Fernández Balmaceda, frai Gregorio Vázquez i don Pedro Gallinato Márquez. (Anexo núm. 484.)
  2. Aprobar la planta i el proyecto de un nuevo resguardo en la capital, propuestos por el Supremo Director, en oficio fecho a 9 de los corrientes. (Anexo núm. 485.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a once dias del mes de Setiembre de mil ochocientos veinte años, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó S.E. se comunicara al Supremo Director haber sido sancionadas las cartas de ciudadanía de don Juan O'Neil, de don Prudencio Capetillo, del relijioso franciscano frai Joaquin Ruiz, de don Juán Domingo de Arrate, de don Miguel de Acevedo, de don José María Fernández Balmaceda, del padre franciscano frai Gregorio Vázquez i la de don Pedro Gallinato Márquez; manifestando a S.E. el resultado de los espedientes de los agraciados para que se comunicara en la Ministerial para satisfaccion dé ellos mismos.

Con presencia de lo espuesto por el Supremo Director, en nota 9 del que rije, aprobó S.E. el establecimiento de un nuevo resguardo en la capital, conviniendo en la ejecución para mejorar la administracion de los fondos públicos, recomendando las observaciones propuestas por la contaduría mayor. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 484 editar

Excmo. Señor:

Desde el mes de Marzo último, en que se comunicó a V.E. la sancion de varias cartas de ciudadanía, han sido despachadas por el Senado la de don Juan O'Neil, natural de Irlanda; la de don Prudencio Capetillo i la del padre frai Joaquin Ruiz, europeos españoles, por haber justificado su buena conducta i comportacion; la del prisionero de guerra, europeo español, don Cayetano Peralta, por haber abjurado, como él se esplica, las banderas tiranas del rei Fernando, habiendo justificado que sus ideas han sido siempre conformes con la libertad de América. La del español europeo don Juan Domingo de Arrate, porque justificó que, hallándose casado en una de las familias mas decididas por el sistema de América, su trato i comunicacion habia sido siempre con los mejores patriotas, por los que se les convenció la justicia de la causa que defiende el país. La del europeo español don Miguel de Acevedo por haber acreditado con la informacion que produjo que, decidido por la libertad de América, tenia prestados a la patria los servicios en que se habia ocupado con aquel honor e ínteres propio de un americano comprometido por el sistema. La del español europeo don José María Fernández Balmaceda, porque hizo constar su Ínteres por la libertad de América, sensibilizándolo con el servicio de capitan de milicias, en la primera época de nuestra emancipacion, i con el hecho de haber aprehendido con sus propios sirvientes a varios soldados europeos que fugaron en la acción de Maipo. La del reverendo padre frai Gregorio Vázquez, del órden seráfico i natural de Europa, porque, repitiendo sus compromisos en honor de la causa de América, hizo ver que, convencido por principios de su justicia, habia manifestado en público i en secreto que era indispensable sostener la independencia i libertad del país; i la del europeo español don Pedro Gallinato Márquez, porque, recordando los empeños i singulares servicios de sus hijos, en obsequio de nuestra emancipacion, justificó su buena conducta i su decisión por la causa del país. Sírvase V.E. mandar que, para satisfacción de los agraciados, se inserte en la Ministerial esta resolucion. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre u de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 485 editar

Excmo. Señor:

Aprueba el Senado el plan de un nuevo resguardo en la capital, según lo indica V.E. en su honorable nota 9 del que rije, i puede V.E. disponer la ejecucion en la forma que propone, para asegurar los intereses del Erario i la mejor administracion de los fondos públicos, que deben colectarse por la administracion jeneral de aduana. Son justas las observaciones al proyecto que propuso la contaduría mayor con este mismo objeto; i será consiguiente que, a presencia de ellas, resuelva V.E. se realice el plan en los términos que tiene acordado. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 11 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.