Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 5 de mayo de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 5 de mayo de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 73, ESTRAORDINARIA, EN 5 DE MAYO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se pide dictámen al Superintendente de la Moneda sobre aumento de los derechos de amonedacion. —Se aprueba la designacion de los sueldos de los pilotines, timoneles etc. propuesta por el coronel Zapiola. —Se pide dictámen sobre un proyecto de lotería i martillo. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Excmo. Director Supremo acompaña un espediente de don Ignacio Reyes i Saravia con las dilijencias que, para resolver lo conveniente, habia pedido el Senado en oficio fecho a 19 de Abril. (Anexo núm. 622.)
  2. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña, para que el Senado resuelva, el proyecto de sueldos a los pilotines, timoneles, marineros i grumetes, con lo informado por el Comandante Jeneral de Marina. (Anexos núms. 623, 624 i 625.)
  3. De un oficio con que el Gobernador-Intendente de esta capital devuelve informado el recurso de don Juan Agustin Martinez de Luco que, para el efecto, se le pasó el 30 de Abril último. (Anexo núm. 626.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Imponer a la plata un derecho de seis por ciento, i uno de doce por ciento al oro, a mas del tres por ciento de amonedacion, i pedir dictámen sobre este acuerdo a la Superintendencia de Moneda ántes de mandarla cumplir. (Anexo núm. 627.)
  2. Aprobar el proyecto de sueldos a los pilotines, timoneles, marineros i grumetes, con las modificaciones que el coronel don José de Zapiola propone. (Anexo número 628.)
  3. Sobre la solicitud de don Máximo Zamudio (V. sesion anterior), que dictaminen sobre ella el Cabildo de esta capital i el señor fiscal i, fecho, se devuelva al Senado para resolver. (Anexo núm 629.)

=== ACTA ===

En la ciudad de Santiago de Chile, a cinco dias del mes de Mayo de mil ochocientos diezinueve, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, mandó que por secretaría se dijera al Superintendente de la Casa de Moneda que, teniendo meditado que, a mas del 3 por ciento que se ha declarado a favor del amonedante, se exija de la plata fuerte el 6 por ciento i el 12 por ciento sobre el oro, para que este aumento ceda a favor del Erario, esperaba su dictámen para espedir la resolucion, segun las advertencias que le hiciese.

En el espediente que pasó en consulta el Supremo Director sobre la prefijacion de sueldos para los pilotines, timoneles de nuestra escuadra i marineros de ella, examinado lo instruido por los Ministros, Contador i Tesorero de Marina, con lo que adujo la Comandancia Jeneral, aprobó S.E. la designacion de sueldos, segun lo propuesto por el coronel don José de Zapiola.

Se trajo a la vista el espediente de don Máximo Zamudio, que pasó en consulta el Supremo Gobierno, para resolver sobre el proyecto de lotería i martillo que propone; i acordó S.E. se devolviera, para que, oyéndose al Ilustre Cabildo i al señor Fiscal, viniera al Senado, previa esa sustanciacion, para resolver con arreglo a ella. I quedando todo ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. — Fontecilla. —Perez. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 622 editar

Excmo. Señor:

Evacuadas las dilijencias que V.E. pidió en su honorable nota del 19 del próximo pasado para acordar lo conveniente sobre la solicitud de don Ignacio Reyes i Saravia, a este efecto devuelvo a manos de V.E. el espediente orijinal. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial i Mayo 5 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 623 editar

Tengo el honor de acompañar a US., informada, la nota de los Ministros Jenerales de Marina sobre sueldos a la marinería, en virtud del supremo decreto de S.E., para que se sirva US. elevarla al superior conocimiento del Supremo Director. —Dios guarde a US. muchos años. —Valparaíso, Marzo 26 de 1819. —José Zapiola. —Al señor Secretario de Estado en el departamento de Guerra i Marina. Pase en consulta al Excmo. Senado. —O'Higgins.


Núm. 624 editar

Excmo. Señor:

Respecto a las alteraciones que ha habido en el Reglamento de Sueldos con respecto a los individuos estranjeros de la Escuadra, se nos hace indispensable, para proceder con acierto, solicitar la suprema resolucion para nuestro Reglamento en las clases siguientes, proponiendo por conducto de US., las asignaciones que cada una puede disfrutar, en estos términos:

Pilotines 15 $ sueldo i 8 $ grat. de mesa
Timoneles 14 $ sueldo i su racion ordenada
Marineros 1ºs 12 $ sueldo i su racion ordenada
Idem 2ºs 10 $ sueldo i su racion ordenada
Grumetes   7 $ sueldo i su racion ordenada

US. se ha de servir avisarnos lo que S.E. se digne resolver sobre esta materia. —Dios guarde a US. muchos años. —Ministerio jeneral de Marina de Valparaíso, Diciembre 29 de 1818. —Bernardo de Vergara. —Al señor Ministro del despacho universal de Marina. Santiago, Marzo 20 de 1819. —Informe el Comandante Jeneral del Departamento de Marina.


Núm. 625 editar

Excmo. Señor:

Los pilotines de buques de guerra españoles solo tienen el sueldo de timoneles. Por consiguiente, creo que, para que éstos se mantengan con alguna mas decencia, hombres que deben aspirar a otra clase, seria bueno señalarles veinte pesos i su racion; que a los timoneles, marineros 1ºs i 2ºs se les dé dos pesos ménos que los señalados por los Reglamentos Jenerales de Marina, i a los grumetes uno. V.E. resolverá lo que fuere de su superior agrado. —Valparaíso, Marzo 26 de 1819. —Dios guarde a V.E. muchos años. —José Zapiola.


Núm. 626 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la representacion del doctor don Juan Agustin Martinez de Luco, con el informe que se me pide por el decreto superior de V.E. de 30 de Abril último. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Mayo 5 de 1819. —José María de Guzman. —Señores del Excmo. Senado.


Núm. 627 editar

Para evitar el contrabando de la plata i oro i las clandestinas estracciones que se ejecutan con perjuicio del Estado, ha meditado el Excmo. Senado que, a mas del 3 por ciento que se ha declarado a favor del amonedante, se exija el 6 por ciento de toda plata fuerte al tiempo de la amonedacion, i que sobre el oro se imponga el 12 por ciento. Ejecutándose la exaccion en esta forma, no habrá necesidad de rejistros i cada uno será libre para hacer las estracciones a su arbitrio; pero ántes de poner en planta el pensamiento quiere S.E. oir el dictámen de US. i me ordena le signifique que, siendo urjente la resolucion, espera la contestacion para el dia de mañana 6 del que rije. —Dios guarde a US. —Santiago, Mayo 5 de 1819. —Al señor Superintendente de la Casa de Moneda.


Núm. 628 editar

Excmo. Señor:

Con lo espuesto por los Ministros, Contador i Tesorero de Marina i lo informado por la Comandancia Jeneral, aprueba el Senado la prefijacion de sueldos para los pilotines, timoneles i marineros de nuestra escuadra; i si a V.E. no ocurre un inconveniente, puede decretar se les auxilie en la forma que propone el señor coronel don José de Zapiola. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Mayo 5 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 629 editar

Excmo. Señor:

El espediente de don Máximo Zamudio ha venido al Senado sin haber corrido sus trámites. El Ilustre Cabildo ha informado sobre materia en que todavía no ha jestionado. El proyectista, es verdad, que solicitó tanto la lotería cuanto el martillo. V.E., sobre lo primero, pidió informe al Procurador jeneral i Cabildo, mandando dar vista al señor Fiscal. Ha cumplido el Procurador con lo mandado, resta lo haga el Cabildo sobre lotería; reservando el que ha hecho acerca del martillo cuando Zamudio lo pretenda por separado, como V.E. ordena. Cuando aquel cuerpo i el señor Fiscal respondan, puede V.E. mandar al Senado el espediente que, por ahora, se devuelve para que se le dé aquella sustanciacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Mayo 5 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.